Novedades-Impostitivas-1600x900 ff

Novedades Impositivas 19/6/26

RESOLUCIÓN GENERAL (ATP Formosa) 24/2026 – Formosa: nuevas alícuotas en el pago a cuenta de Ingresos Brutos según nivel de riesgo fiscal.

La Administración Tributaria Provincial de Formosa dispuso la aplicación de alícuotas incrementadas en el régimen de pago a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, aplicable en Puestos de Control Camineros, agencias y delegaciones.

En este sentido, se establecen las siguientes alícuotas:

  • 3%: para contribuyentes categorizados con riesgo fiscal.
  • 4%: para contribuyentes con riesgo fiscal alto y no inscriptos.

Asimismo, se dispone que los agentes de recaudación deberán consultar previamente la categoría de riesgo fiscal del contribuyente en el sitio web oficial de la ATP, antes de practicar la percepción.

La norma rige desde el día 8 de junio de 2026.

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR La Pampa) 11/2026 – La Pampa: exclusión del régimen SIRCREB para contribuyentes de baja facturación.

La Dirección General de Rentas de La Pampa dispuso la exclusión de oficio del régimen SIRCREB (recaudación sobre acreditaciones bancarias del Impuesto sobre los Ingresos Brutos) para determinados pequeños contribuyentes.

La medida alcanzó a aquellos sujetos que cumplieron simultáneamente las siguientes condiciones:

  • Desarrollen su actividad exclusivamente en la Provincia de La Pampa (sin estar comprendidos en el Convenio Multilateral).
  • Hayan presentado la declaración jurada del período fiscal 2025.
  • Registren ingresos totales declarados y/o acreditaciones bancarias en dicho período que no superen el tope máximo de la categoría B del Monotributo vigente al 31/12/2025.

Verificados estos requisitos, los contribuyentes serán excluidos del padrón SIRCREB, dejando de estar sujetos a las retenciones sobre acreditaciones bancarias.

La presente resolución entra en vigor el 1 de julio de 2026.

RESOLUCIÓN (DGR San Juan) 1012/2026 – San Juan: implementación del SIRCIP en el régimen de percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

La Dirección General de Rentas de San Juan dispuso la implementación del Sistema de Recaudación sobre Circulación de Bienes y Servicios (SIRCIP) como nueva plataforma para el régimen de percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, en el ámbito del Convenio Multilateral.

La norma introduce una reorganización del régimen vigente, destacándose los siguientes aspectos:

  • Establecimiento de un padrón de contribuyentes con alícuotas diferenciadas según la situación fiscal.
  • Definición de pautas aplicables a sujetos no incluidos en el padrón o sin alta en la jurisdicción.
  • Determinación de reglas respecto de la base de cálculo, el momento de la percepción y su cómputo como pago a cuenta del impuesto.

RESOLUCIÓN (ART Río Negro) 387/2026 – Río Negro: ampliación del beneficio de exclusión del pago a cuenta de IIBB por compensación de saldos.

La Agencia de Recaudación Tributaria de Río Negro modificó las condiciones para acceder a la excepción del régimen de pago a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos previsto en la Resolución N° 251/2016.

En particular, se flexibiliza el requisito de no registrar deudas en otros tributos provinciales. En este sentido, se establece que los contribuyentes podrán igualmente acceder al beneficio aún cuando registren deudas, siempre que posean un saldo a favor en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos igual o superior al total de las deudas líquidas y exigibles mantenidas en otros tributos administrados por la Agencia.

DECRETO (Tucumán) 1108-3/2026 – Tucumán: beneficio fiscal con alícuota 0% en IIBB y Sellos en la Expo Ganadera 2026.

El Poder Ejecutivo de Tucumán dispuso la aplicación de alícuota 0% en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos y en el Impuesto de Sellos para las actividades y operaciones vinculadas a la Expo Ganadera 2026.

El beneficio alcanza exclusivamente a:

  • Ingresos generados por actividades desarrolladas en el predio de la Sociedad Rural de Tucumán (Yerba Buena).
  • Actos, contratos y operaciones formalizados en dicho ámbito, en el marco del evento.

La aplicación del beneficio se encuentra limitada en forma temporal y territorial, siendo válida únicamente durante el período comprendido entre el 23 y el 27 de septiembre de 2026, y dentro del predio ferial mencionado.

Novedades-Impostitivas-1600x900 ff

Novedades Impositivas 18/6/26

DECRETO 475/2026: modificaciones al régimen de exenciones del Impuesto a los Débitos y Créditos (Decreto 380/01).

El presente Decreto actualiza las exenciones del impuesto a los débitos y créditos para adecuarlas al contexto Fintech.

En este sentido, amplía el alcance para empresas dedicadas al servicio electrónico de pagos y/o cobranzas por cuenta y orden de terceros, con uso exclusivo.

Extiende el beneficio de estas empresas cuando también actúan como agencias complementarias de servicios financieros.

Por último, incorpora nuevas exenciones, a saber:

  • Cuentas utilizadas exclusivamente por empresas proveedores de activos virtuales,
  • Entidades emisoras de tarjetas, bajo ciertas condiciones, respecto de las operaciones relacionadas con préstamos bancarios y obligaciones negociables,
  • Transportadoras de caudales por las cuentas que se utilicen para rendir a sus titulares el dinero en efectivo recaudado.

RESOLUCIÓN GENERAL (ATM Mendoza) 27/2026: régimen de transparencia fiscal en facturación.

A través de la presente resolución, la Administración Tributaria de Mendoza reglamenta el régimen de transparencia fiscal a consumidores finales.

Al respecto, se establece la obligación de informar la alícuota de Ingresos Brutos en comprobantes “B” emitidos a consumidores finales.

En caso de múltiples actividades, deberá indicarse la alícuota menor, con leyendas específicas (incluyendo tasa cero o exención).

Por último, se aclara que los monotributistas quedan excluidos de informar la alícuota de Ingresos Brutos en sus facturas.

La resolución tendrá vigencia a partir del 1° de octubre de 2026, con sanciones por incumplimientos.

DECRETO (Tucumán) 1107-3/2026: beneficio fiscal para el Congreso Internacional de Drones.

El decreto fija alícuota 0% en Ingresos Brutos y Sellos para las actividades comerciales que se ejerzan dentro del predio ferial en el Primer Congreso Internacional de Drones.

Aplica únicamente del 23 al 25 de septiembre de 2026, en el marco del mencionado Congreso.

RESOLUCIÓN (ART Río Negro) 365/2026: modificación de parámetros para el régimen de pago a cuenta de Ingresos Brutos.

La Agencia de Recaudación Tributaria actualiza los parámetros aplicables al cálculo del pago a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, destinado a contribuyentes que operan en los centros turísticos de la provincia de Río Negro.

Novedades-Impostitivas-1600x900 ff

Novedades Impositivas 17/6/26

DECRETO (Tucumán) 1105-3/2026 – Tucumán: beneficio fiscal con alícuota 0% en IIBB y Sellos para Expo Agrosur 2026.

El Poder Ejecutivo de la Provincia de Tucumán estableció un beneficio tributario transitorio con motivo de la realización de la EXPO AGROSUR 2026, a desarrollarse del 20 al 22 de agosto de 2026 en el predio Marcial Córdoba (Concepción).

En este marco, se dispone:

  • Alícuota 0% en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos respecto de los ingresos provenientes de las actividades de venta y exposición realizadas durante el evento en el predio ferial.
  • Alícuota 0% en el Impuesto de Sellos para los actos, contratos y operaciones celebrados durante el evento o en su marco, vinculados principalmente a comercialización de maquinarias, vehículos y agroquímicos.

Novedades-Impostitivas-1600x900 ff

Novedades Impositivas 16/6/26

RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5864: Ampliación del uso de la declaración jurada como garantía en operaciones aduaneras

A través de la presente resolución general se modifica la Resolución General 3885/2016 para adecuar el régimen de garantías al Decreto N° 838/2025. En ese marco, se sustituye el Cuadro I del Anexo I.

La modificación amplía las operaciones de destinación suspensiva que pueden usar declaración jurada como garantía suficiente.

Las disposiciones de la presente norma entran en vigencia desde el día de la fecha y se aplicarán según el cronograma de implementación publicado en el micrositio “Garantías -Operaciones aduaneras” del sitio web de esta Agencia de Recaudación y Control Aduanero (https://www.arca.gob.ar).

RESOLUCIÓN GENERAL (CACM) 6/2026: Registro Único Tributario – Incorporación de San Luis al Padrón Federal

Mediante la resolución general de referencia se define que los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos inscriptos en el régimen del Convenio Multilateral, con jurisdicción sede en San Luis, deberán utilizar el Registro Único Tributario-Padrón Federal a partir del 1 de julio de 2026.

RESOLUCIÓN (SI Cba.) 244/2026: Córdoba extiende plazo de adhesión al Programa de Promoción Industrial.

Se extiende hasta el 31/07/2026 el plazo de inscripción al Programa de Promoción para el Desarrollo Industrial de la Provincia de Córdoba.

Las solicitudes ingresadas dentro del nuevo plazo conservarán los beneficios y efectos económicos del régimen.
Dichos beneficios tendrán efecto retroactivo al 1° de enero de 2026.

Novedades-Impostitivas-1600x900 ff

Novedades Impositivas 12/6/26

RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5863 – Se establece la feria fiscal de invierno 2026.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) fijó el período de feria fiscal de invierno entre los días 13 y 24 de julio de 2026, ambas fechas inclusive.

Durante dicho lapso, se suspenderá el cómputo de los plazos previstos en los distintos procedimientos vinculados con la aplicación, percepción y fiscalización de los tributos y de los recursos de la seguridad social a cargo del organismo, en los términos de la Resolución General N° 1.983 y sus normas modificatorias y complementarias. La medida resulta aplicable en todas las dependencias del país.

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Corrientes) 301/2026 – Modificaciones al régimen de allanamiento digital en fiscalizaciones tributarias.

La Dirección General de Rentas de la provincia de Corrientes introdujo modificaciones al régimen de allanamiento digital aplicable a los procedimientos de fiscalización y verificación tributaria, regulado por la Resolución General (DGR) N° 290/2025.

La principal novedad consiste en la incorporación expresa de la firmeza automática de las diferencias aceptadas por el contribuyente. En este sentido, se establece que, una vez transcurrido el plazo de tres (3) días hábiles previsto para ejercer el derecho de retractación sin que este sea utilizado, las diferencias conformadas quedarán firmes.

Asimismo, se mantiene la posibilidad de que el contribuyente revoque su aceptación dentro del plazo mencionado, facultad que podrá ejercerse por única vez respecto de cada trámite. En caso de retractación, el procedimiento administrativo continuará su curso conforme a las reglas generales aplicables.

Finalmente, la norma adecua el formulario digital F.2035 “Allanamiento de Inspección mediante Uso de Clave de Acceso Virtual”, a las modificaciones introducidas.

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Tucumán) 38/2026 – Se incrementa el monto para tramitar devoluciones de saldos a favor.

La Dirección General de Rentas de la Provincia de Tucumán modificó el régimen de devolución de saldos a favor de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos y para la Salud Pública, regulado por la Resolución General (DGR) N.° 90/2016.

En particular, se actualizó el parámetro económico previsto para la tramitación de solicitudes de devolución de créditos fiscales originados en pagos indebidos o en exceso, elevando el importe de $50.000 a $500.000.

Novedades-Impostitivas-1600x900 ff

Novedades Impositivas 11/6/26

DISPOSICIÓN (CACM) 7/2026 – Convenio Multilateral: Se prorroga al 1 de diciembre de 2026 la implementación del SIRCIP.

La Comisión Arbitral del Convenio Multilateral, postergó hasta el 1 de diciembre de 2026 la entrada en vigencia del Sistema Informático de Recaudación, Control e Información de Percepciones (SIRCIP), cuya implementación había sido aprobada mediante la Resolución General CA N.º 9/2025.

Asimismo, se dispuso que las jurisdicciones que participarán de la implementación inicial del sistema serán informadas oportunamente mediante futuras Disposiciones de Presidencia.

Cabe recordar que el SIRCIP tiene por objeto unificar, administrar y coordinar los regímenes de percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos aplicables a contribuyentes comprendidos en el Convenio Multilateral, centralizando la información y la gestión de dichos regímenes a través de una plataforma única.

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Tucumán) 37/2026 – Actualización del aplicativo para adherir al Régimen de Regularización de Deudas Fiscales.

La Dirección General de Rentas de Tucumán aprobó la versión 58.0 del aplicativo “Régimen de Regularización de Deudas Fiscales”, adecuándolo a la reciente prórroga del régimen de regularización dispuesta por el Decreto N.° 1177/3 (MEyP)-2026.

La nueva versión permite incorporar al régimen las obligaciones fiscales vencidas y exigibles al 31 de marzo de 2026, ampliando así el universo de deudas susceptibles de regularización.

DECRETO (Tucumán) 1178/2026 – Ampliación del Régimen de Regularización Fiscal para empresas de transporte público.

Mediante el presente, la Provincia de Tucumán adecuó el régimen especial de regularización de deudas fiscales aplicable a la actividad de transporte automotor urbano e interurbano de pasajeros, en línea con la reciente prórroga del régimen general de regularización fiscal.

La medida extiende el período alcanzado por el beneficio, incorporando las obligaciones fiscales vencidas y exigibles hasta el 31 de mayo de 2026 inclusive, y fija el 1 de junio de 2026 como nueva fecha de referencia para la adhesión al régimen.

Adicionalmente, se dispone que las empresas comprendidas podrán acceder al máximo de cuotas previsto por el régimen general para la cancelación de sus obligaciones mediante pagos parciales, sin aplicación de las restricciones previstas para otros contribuyentes. El beneficio alcanza también a deudas en instancia judicial, así como a planes de facilidades de pago caducos o que no hubieran sido formalizados.

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Sgo. del Estero) 21/2026 – Reglamentación del Régimen de Regularización de Obligaciones Tributarias y condonación de multas previstas en la Ley 7411.

La Dirección General de Rentas de Santiago del Estero reglamentó el régimen de regularización tributaria previsto en la Ley N.° 7.411, destinado a la cancelación de obligaciones fiscales e infracciones vencidas o cometidas hasta el 31 de diciembre de 2025.

La adhesión deberá efectuarse de manera electrónica a través del sitio web del organismo, utilizando CUIT y Clave Fiscal, siendo requisito indispensable contar con domicilio fiscal electrónico constituido.

Asimismo, el régimen quedará formalizado con la presentación del plan y el pago del anticipo dentro de las 72 horas de su emisión. La falta de pago de las cuotas producirá la caducidad automática de los beneficios otorgados, habilitando el inicio de las acciones de cobro correspondientes.

La norma también establece condiciones específicas para la incorporación de deudas en fiscalización o determinación, regula la adhesión de agentes de retención, percepción y recaudación, y contempla la posibilidad de migrar determinados planes de facilidades de pago vigentes al nuevo régimen.

Finalmente, se reglamentan los beneficios de condonación de multas previstos en la Ley N.° 7.411 y se aprueba el formulario de declaración jurada que deberá utilizarse para formalizar la adhesión.

Novedades Previsionales (1)

Novedades Previsionales y Laborales 11/6/26

RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5862 – Reglamentación del Régimen de Promoción del Empleo Registrado.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) reglamentó el Régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER), previsto en la Ley N° 27.802, estableciendo los requisitos, condiciones y procedimientos para la regularización de relaciones laborales no registradas o deficientemente registradas iniciadas hasta el 5 de marzo de 2026 y vigentes al momento de la adhesión.

La regularización podrá efectuarse hasta el 28 de noviembre de 2026 mediante los sistemas “Simplificación Registral” y “Declaración en Línea”, incluyendo tanto trabajadores no registrados como aquellos cuya fecha de ingreso o remuneración hubieran sido declaradas incorrectamente.

Entre los principales beneficios, se prevé la condonación parcial de las deudas por aportes y contribuciones a la seguridad social, alcanzando el 90% para micro y pequeñas empresas y entidades sin fines de lucro, el 80% para medianas empresas y el 70% para los restantes empleadores. Asimismo, se establece la condonación total de las infracciones, obligaciones vinculadas al Sistema Nacional del Seguro de Salud, al régimen de riesgos del trabajo y al Seguro Colectivo de Vida Obligatorio correspondientes a los trabajadores regularizados como así también prevé la extinción de la acción penal.

La deuda no alcanzada por la condonación podrá cancelarse hasta el 28 de noviembre de 2026 mediante pago al contado, con una reducción adicional del 50% sobre el saldo exigible, o mediante planes de facilidades de pago de hasta 72 cuotas para micro y pequeñas empresas y entidades sin fines de lucro, hasta 48 cuotas para medianas empresas y hasta 36 cuotas para los restantes empleadores, con una tasa de financiación del 1% mensual.

Por último, la norma regula las condiciones de adhesión, los supuestos de caducidad de los planes de pago y las consecuencias derivadas del incumplimiento de las obligaciones asumidas en el marco del régimen.

Novedades-Impostitivas-1600x900 ff

Novedades Impositivas 9/6/26

RESOLUCIÓN GENERAL CONJUNTA (MG Chubut – ARCA) 5860/2026 – Impuesto a las Ganancias: Se admite la presentación de estados contables simplificados para las asociaciones civiles de primer grado de Chubut que quieran obtener el certificado de exención en el impuesto.

Mediante la presente resolución se establece un régimen simplificado para las asociaciones civiles de primer grado de la Provincia de Chubut sujetas al control y fiscalización de la Inspección General de Justicia (IGJ) e incluidas en la Categoría I prevista por la Resolución N° 148/2025 (IGJ Chubut).

En este sentido, dichas entidades podrán presentar ante la IGJ un Estado de Recursos y Gastos, confeccionado conforme al modelo establecido por ese organismo, el cual será considerado como estado contable válido a los efectos de cumplir con los requisitos exigidos por ARCA para la obtención y conservación del certificado de exención en el Impuesto a las Ganancias.

Asimismo, la IGJ deberá informar electrónicamente a ARCA las entidades alcanzadas mediante la presentación del Formulario de Declaración Jurada N° 1266, tras lo cual estas serán caracterizadas en el Sistema Registral con el código “(587) – Asociaciones Civiles – CHUBUT”.

Por otra parte, se dispone que el mencionado Estado de Recursos y Gastos deberá presentarse ante ARCA a través del servicio “Presentación Única de Balances (PUB)”, sustituyendo, para las entidades comprendidas, la obligación de presentar estados contables tradicionales prevista en la normativa vigente.

Finalmente, se prevé un mecanismo de regularización para aquellas asociaciones civiles que, a la fecha de entrada en vigencia de la resolución, adeuden la presentación de estados contables correspondientes a ejercicios anteriores, permitiéndoles subsanar dicho incumplimiento mediante la presentación del referido Estado de Recursos y Gastos.

Vigencia y aplicación: la norma entra en vigor el 9 de junio de 2026 y resulta aplicable a los ejercicios económicos iniciados a partir del 1 de enero de 2025.

DECRETO (Tucumán) 1177-3/2026 – Prórroga del Régimen de Regularización de Deudas Fiscales con nuevos beneficios y condiciones.

Por medio del presente decreto, se prorroga hasta el 30 de junio de 2026 la vigencia del Régimen de Regularización de Deudas Fiscales de la Provincia de Tucumán, establecido por el Decreto N.°1243/3 (ME)-2021, incorporando además diversas modificaciones en sus condiciones.

En tal sentido, podrán regularizarse las obligaciones tributarias vencidas y exigibles al 31 de marzo de 2026, incluyendo deudas por anticipos, cuotas, retenciones, percepciones y recaudaciones no efectuadas, así como intereses adeudados y otras obligaciones comprendidas por el régimen.

Asimismo, se modifican los beneficios aplicables a la regularización, estableciéndose nuevas reducciones de intereses según la modalidad de pago elegida, y se actualizan las condiciones para la adhesión a planes de facilidades de pago, incorporándose limitaciones vinculadas a la existencia de planes caducos, no formalizados o deudas en instancia judicial.

Por otra parte, se introducen modificaciones en materia sancionatoria, ampliando los beneficios sobre multas e infracciones tributarias mediante reducciones, remisiones totales y tratamientos diferenciales según el tipo de incumplimiento y la situación particular del contribuyente. También se incorporan disposiciones específicas para la regularización de sanciones de clausura y para determinados organismos y entidades públicas.

Finalmente, se actualiza el tratamiento de los honorarios profesionales devengados en juicios de ejecución fiscal, disponiéndose reducciones y la posibilidad de cancelarlos mediante planes de pago en cuotas.

RESOLUCIÓN (DPR Neuquén) 150/2026 – Modificaciones en el SIRTAC para operaciones digitales y actualiza los criterios de habitualidad.

Mediante la presente, la Dirección Provincial de Rentas de Neuquén modifica el régimen de recaudación sobre acreditaciones efectuadas mediante tarjetas de crédito, compra y pago (SIRTAC), actualizando el tratamiento aplicable a los sujetos no incluidos en el padrón de contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

En particular, se mantiene la aplicación de la alícuota del 3% sobre las operaciones realizadas en establecimientos ubicados en la Provincia de Neuquén por sujetos no incorporados al padrón, y se extiende dicho tratamiento a las operaciones efectuadas a través de plataformas digitales, sitios web, aplicaciones tecnológicas y otros medios electrónicos, siempre que se verifiquen determinadas condiciones de habitualidad.

A tal efecto, se redefinen los parámetros para determinar la habitualidad en las operaciones digitales, adecuándolos a los criterios establecidos por ARCA. Entre otros requisitos, deberá verificarse que el comprador o usuario se encuentre vinculado a la Provincia de Neuquén mediante su domicilio, dirección de facturación, cuenta bancaria utilizada para el pago u otros indicadores técnicos previstos por la normativa.

Asimismo, una vez configurada la habitualidad, la retención deberá practicarse en todas las operaciones posteriores y períodos siguientes, aun cuando la actividad se desarrolle de manera periódica o discontinua, sin que ello implique la pérdida de dicha condición.

RESOLUCIÓN (ARECH Chubut) 656/2026 – Se deroga el régimen de estimación del valor locativo para la liquidación del Impuesto de Sellos.

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Chubut deja sin efecto el régimen que establecía un modelo de declaración jurada para la estimación del valor locativo contractual en los contratos de locación con destino habitacional, utilizado para la determinación del Impuesto de Sellos.

En consecuencia, se deroga la Resolución N° 445/2020-DGR a partir del 15 de junio de 2026, adecuándose los procedimientos aplicables a los contratos de locación de inmuebles destinados a vivienda que se celebren desde dicha fecha.

Novedades-Impostitivas-1600x900 ff

Novedades Impositivas 8/6/26

DECRETO (Tucumán) 1140-3/2026 – Impuesto sobre los Ingresos Brutos – Actividades turísticas: Prórroga de la alícuota diferencial.

La Provincia de Tucumán prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2026, inclusive, la vigencia de la alícuota diferencial del 1,5% del Impuesto sobre los Ingresos Brutos prevista para los contribuyentes que desarrollen actividades vinculadas a la prestación de servicios turísticos y se encuentren inscriptos en el Registro Provincial de Prestadores de Servicios Turísticos.

La medida extiende el beneficio oportunamente establecido por el Decreto N° 1998/3 (ME)-2023 y prorrogado por el Decreto N° 1389/3 (MEyP)-2025, manteniendo las condiciones de acceso al régimen promocional para el sector turístico provincial.

RESOLUCIÓN 75/2026 – Bienes alcanzados por el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI) para el sector agropecuario.

La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca aprobó los listados de bienes correspondientes a inversiones productivas en sistemas y/o equipos de riego, mallas antigranizo para el sector agropecuario y bienes semovientes, los cuales podrán acceder a los beneficios previstos en el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), creado por la Ley N.° 27.802, sin quedar sujetos al cumplimiento de los montos mínimos de inversión establecidos en el artículo 181 de dicha norma.

En particular, los bienes comprendidos se agrupan en las siguientes categorías:

  • Sistemas y/o equipos de riego: pivotes de riego, bombas sumergibles, bombas centrífugas, sistemas de riego por goteo y compuertas.
  • Mallas antigranizo para el sector agropecuario: mallas antigranizo, postes, alambres y torniquetas destinados a la instalación de estos sistemas de protección.
  • Bienes semovientes: animales vivos de las especies bovina, porcina, ovina y caprina; aves de corral (gallos, gallinas, patos, gansos y pavos); equinos (caballos, asnos, mulos y burdéganos) y otros animales vivos destinados a reproducción.
    En este último caso, la norma establece requisitos específicos vinculados a la calidad genética de los animales, exigiendo que se trate de ejemplares puros de pedigrí, puros registrados, puros controlados, puros por cruza o de genética superior, destinados a reproducción dentro del territorio nacional y en sistemas productivos formalmente registrados.

La medida complementa la reglamentación operativa del RIMI al definir expresamente los bienes agropecuarios elegibles para acceder a los beneficios de amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias y devolución de créditos fiscales de IVA, aun cuando las inversiones realizadas no alcancen los montos mínimos exigidos con carácter general por el régimen.

Novedades-Impostitivas-1600x900 ff

Novedades Impositivas 4/6/26

RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5858: Régimen especial de facilidades de pago para establecimientos de salud con internación

ARCA establece un régimen especial de facilidades de pago para establecimientos de salud con internación, destinado a regularizar obligaciones impositivas, de la seguridad social, retenciones, percepciones y deudas aduaneras vencidas al 31/05/2026. 

El plan prevé hasta 60 cuotas, con un anticipo del 3% de la deuda consolidada y una tasa de financiación equivalente al 50% de la tasa de interés resarcitorio vigente. 

La adhesión podrá efectuarse entre el 09/06/2026 y el 30/09/2026, ambos inclusive, siempre que el establecimiento se encuentre previamente caracterizado por ARCA como sujeto alcanzado por el régimen.

DECRETO (E. Ríos) 1122/2026: Aprobación del circuito para subsanar errores en los certificados de obra pública exentos de Ingresos Brutos.

La provincia de Entre Ríos dispone que, en los certificados de obra pública emitidos a partir del 01/01/2025, deberá excluirse el componente correspondiente al Impuesto sobre los Ingresos Brutos cuando resulte aplicable la exención prevista en el Código Fiscal. 

Asimismo, establece un procedimiento para relevar y recuperar las sumas indebidamente abonadas a contratistas por la inclusión de dicho concepto en certificados ya emitidos y pagados, permitiendo su compensación mediante descuentos en certificados futuros o acuerdos de regularización.

RESOLUCIÓN GENERAL (ATM Mendoza) 24/2026 – Actualización de índices de intereses resarcitorios y punitorios

La Administración Tributaria Mendoza actualiza, a partir de junio de 2026, los índices aplicables para el cálculo de los intereses resarcitorios y punitorios correspondientes al ejercicio fiscal 2026.

RESOLUCIÓN GENERAL (DPIP San Luis) 16/2026: Incorporación al Registro Único Tributario del Convenio Multilateral Integración obligatoria de contribuyentes de Ingresos Brutos al padrón federal

La Provincia de San Luis incorpora a los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos comprendidos en el Convenio Multilateral, con jurisdicción sede en dicha provincia, al Registro Único Tributario (RUT) – Padrón Federal. En consecuencia, las inscripciones, modificaciones de datos y ceses de actividades deberán gestionarse a través del sistema unificado administrado por ARCA, quedando la información declarada con carácter de declaración jurada y vinculante para los registros provinciales.

La presente Resolución comenzará a regir a partir del 1° de julio de 2026.

LEY (Sgo. del Estero) 7411: Régimen de regularización tributaria con condonación de intereses y facilidades de pago

La Provincia de Santiago del Estero establece un régimen general de regularización tributaria para obligaciones vencidas al 31/12/2025 correspondientes a tributos administrados por la Dirección General de Rentas. El régimen contempla importantes beneficios en materia de condonación de intereses, con mayores reducciones para quienes cancelen la deuda al contado, y permite financiar los saldos adeudados mediante planes de pago de hasta 36 cuotas.

La adhesión estará disponible por 90 días corridos desde la entrada en vigencia de la norma.

RESOLUCIÓN (ART Río Negro) 320/2026: Reducción del plazo de vigencia del Certificado único de libre deuda

La Agencia de Recaudación Tributaria de Río Negro modifica el régimen de emisión del Certificado de Libre Deuda, estableciendo que tendrá una vigencia de 30 días corridos desde su emisión y que se otorgará un único certificado que comprenderá la totalidad de los tributos recaudados por el organismo correspondientes al contribuyente solicitante.

DECRETO (Tucumán) 1206-3/2026: Dejan sin efecto la reglamentación de la exención en Sellos para préstamos hipotecarios de vivienda única

La Provincia de Tucumán deroga el Decreto N.º 368/3 (ME)-2019, que reglamentaba la exención en el Impuesto de Sellos para los préstamos bancarios destinados a la compra, construcción o ampliación de vivienda única, familiar y de ocupación permanente.