Novedades Impostitivas

Novedades Impositivas 30/04/2024

RESOLUCIÓN NORMATIVA (Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires Bs. As.) 16/2024 BUENOS AIRES. SUSTITUCIÓN DEL RÉGIMEN DE INFORMACIÓN PARA EMPRESAS DE SEGUROS.

ARBA adecua a partir del 1° de mayo de 2024, el régimen de información para empresas de seguros, incluidas las cooperativas, inscriptas como agentes de recaudación, respecto a las pólizas de seguros relacionadas con vehículos automotores cuyos titulares tengan domicilio en la provincia de Buenos Aires y las embarcaciones deportivas o de recreación que tengan su fondeadero, amarre o guardería en la provincia de Buenos Aires.

RESOLUCIÓN NORMATIVA (Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires Bs. As.) 17/2024 – BUENOS AIRES. ADECUACIÓN DEL RÉGIMEN DE INFORMACIÓN PARA COLEGIOS, CONSEJOS O CAJAS DE PREVISIÓN DE PROFESIONALES.

Se sustituye el régimen de información para los colegios, consejos profesionales que tengan a su cargo el gobierno de la matrícula, y las cajas previsionales para profesionales, de la Provincia de Buenos Aires -RN (ARBA) 42/2004-.

LEY (Poder Legislativo Santa Fe) 14259 – SANTA FE. ADHESIÓN AL RÉGIMEN DE FOMENTO A LA GENERACIÓN DISTRIBUIDA DE ENERGÍA RENOVABLE INTEGRADA A LA RED ELÉCTRICA.

La provincia de Santa Fe se adhiere al Régimen de Fomento a la Generación Distribuida de Energía Renovable Integrada a la Red Eléctrica. -Ley (nacional) 27424. 

RESOLUCIÓN (Dir. Prov. Rentas Neuquén) 121/2024 – NEUQUÉN. PERIODO DE VALIDEZ PARA AQUELLAS TASAS GENERADAS HASTA EL 31/3/2024.

Se establece un periodo de validez para aquellas tasas que hubieran sido generadas hasta el 31/3/2024, pudiendo las mismas ser utilizadas hasta el 30/4/2024 sin necesidad de abonar diferencia alguna, en virtud de los incrementos de tasas y montos fijos establecidos en la ley impositiva, aplicables a partir del 1/4/2024-R. (DPR Neuquén) 105/2024-.

RESOLUCIÓN GENERAL (Dir. Gral. Rentas Formosa) 11/2024 – FORMOSA. MODIFICACIÓN AL RÉGIMEN DE RECAUDACIÓN SOBRE ACREDITACIONES BANCARIAS.

Se modifica el régimen de recaudación sobre acreditaciones bancarias -RG (DGR Formosa) 25/2018-, aclarando que quedan obligados a actuar como agentes de recaudación, las entidades regidas por la Ley Nacional N° 21.526, en tanto sean contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos de la provincia de Formosa, y posean sucursales o filiales habilitadas radicadas en la Jurisdicción, quedando comprendidas la totalidad de sus sucursales, filiales, etc., cualquiera sea el asiento territorial de las mismas.

RESOLUCIÓN GENERAL (Dir. Gral. Rentas Formosa) 12/2024 – FORMOSA. INCORPORACIÓN DE PARÁMETROS PARA LA DETERMINACIÓN DE LA CATEGORÍA DE RIESGO FISCAL DE LOS CONTRIBUYENTES.

Se incorporan como nuevos parámetros para establecer los distintos niveles de riesgo fiscal, el pago a cuenta RG 1/2006; y RG 50/2020 y 35/2021.

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Novedades Impositivas 29/04/2024

RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 5507 IMPUESTO A LAS GANANCIAS. SIRADIG 2023: AFIP EXTIENDE EL PLAZO HASTA EL 31 DE MAYO.

Como adelantamos el día viernes, la presentación del formulario de declaración jurada F.572 Web, a través del “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) – TRABAJADOR”, correspondiente al periodo fiscal 2023, podrá ser presentada por los trabajadores en relación de dependencia hasta el día 31/5/2024. 

Consecuentemente la liquidación anual del gravamen que deben realizar los agentes de retención podrá ser realizada hasta el 28 de junio de 2024, inclusive.

RESOLUCIÓN NORMATIVA (Dir. Gral. Rentas Cba.) 8/2024 – CÓRDOBA. ADECUACIONES AL NUEVO CUERPO NORMATIVO REGLAMENTARIO UNIFICADO.

Se modifica el cuerpo normativo reglamentario unificado -RN (DGR Cba.) 1/2023-, introduciendo sólo adecuaciones relacionadas a la numeración del articulado sin alterar su contenido e incorporando los nuevos conceptos que deberán seleccionar los agentes a los efectos de declarar correctamente sus operaciones.

RESOLUCIÓN (Dir. Gral. Rentas Chubut) 312/2024 – CHUBUT. RÉGIMEN DE PERCEPCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS. Se establece un régimen de percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para quienes revistan o asuman la calidad de contribuyentes de la Provincia del Chubut.

Novedades Impostitivas

Novedades Impositivas 26/04/2024

RESOLUCIÓN GENERAL (ATM Mendoza) 50/2024 – Aprobación del aplicativo “CARTA DE PAGO WEB”.

La Administración Tributaria Mendoza (ATM) anuncia la aprobación de la aplicación web “CARTA DE PAGO WEB”. Esta herramienta permite a los contribuyentes generar de forma electrónica la Carta de Pago y Conformidad Profesional necesaria para el levantamiento de las medidas cautelares solicitadas y trabadas en el marco de los juicios de apremio en los que la ATM sea parte actora.

Novedades Impostitivas

Novedades Impositivas 25/04/2024

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 5505 “Certificado de Transferencia de Automotores” (CETA).

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) resuelve que a partir del 25 de Abril de 2024 se elimina la obligación de tramitar el “Certificado de Transferencia de Automotores” (CETA) para la transferencia de vehículos automotores y motovehículos usados radicados en el país. 

La medida no aplica a maquinarias agrícolas, tractores, cosechadoras, grúas, máquinas viales y todas aquellas que se autopropulsen. Por otro lado, informamos que sigue siendo necesario realizar la transferencia en el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios.

RESOLUCIÓN NORMATIVA (ARBA Bs. As.) 15/2024 Beneficios actualizados para la generación distribuida de energía renovable en la Provincia de Buenos Aires.

A través de la presente, la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires introduce importantes modificaciones al “Régimen de Fomento a la Generación Distribuida de Energía Renovable integrada a la Red Eléctrica Pública”.

Los sujetos que se encuentren inscriptos en el Registro de Usuarios-Generadores de Energía Renovable (RUGER) -art. 4° bis de la Ley N° 15.325- de la provincia de Buenos Aires y que desarrollen como única actividad gravada la generación de energía eléctrica de origen renovable, quedan exentos de la obligación de inscribirse en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos ante ARBA. Los sujetos que ya se encuentren inscriptos en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos por esta actividad, deberán solicitar la baja del mismo y quedarán dispensados de la obligación de presentar las Declaraciones Juradas correspondientes a los períodos que se devenguen a partir del 1° de Enero de 2024.

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Novedades Impositivas 24/04/2024

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Tucumán) 26/2024 – A partir de Mayo de 2024, se incrementan los montos mínimos sujetos a retención y percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

La Dirección General de Rentas de Tucumán elevó los montos mínimos a partir de los cuales se deben realizar retenciones y percepciones del Impuesto sobre los Ingresos Brutos. 

Se detalla a continuación: 

  • Régimen general de retenciones: Aumenta de $10.000 a $20.000.
  • Régimen general de percepciones: Se eleva de $100 a $200.
  • Organismos estatales y Comunas rurales: Pasa de $10.000 a $20.000.

Los nuevos montos mínimos detallados anteriormente entran en vigencia a partir del 1° de Mayo de 2024.

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Tucumán) 28/2024 – Se consideran cumplidas en tiempo y forma hasta el 30 de abril de 2024 las obligaciones tributarias a fin de acogerse al Régimen de Regularización de Deudas Fiscales.

A través de la presente, a los efectos de permitir el acogimiento al Régimen de Regularización de Deudas Fiscales, se estableció que aquellas obligaciones cuyos vencimientos operaron los meses de Diciembre de 2023, Enero, Febrero y Marzo de 2024, se considerarán cumplidas en tiempo y forma mientras se abonen hasta el 30 de Abril de 2024, inclusive.

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Sgo. del Estero) 16/2024 – Prórroga del anticipo de marzo de 2024 de la Categoría “A” del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

La Dirección General de Rentas de Santiago del Estero ha extendido el plazo para pagar el anticipo del Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente a la categoría “A” del período fiscal 2024. El nuevo vencimiento para el pago del anticipo es el 26 de Abril de 2024.

Novedades Impostitivas

Novedades Impositivas 23/04/2024

RESOLUCIÓN (SM) 6/2024 Promoción de inversiones mineras. 

La Secretaría de Política Minera del ex Ministerio de Producción y Trabajo establece que las autorizaciones para importar, desafectar o transferir bienes de capital, equipos, repuestos, partes o componentes destinados al desarrollo de la actividad minera bajo la Ley N° 24.196, pueden ser firmadas indistintamente por el titular de la: 

  • Subsecretaría de Desarrollo Minero.
  • Dirección Nacional de Inversiones Mineras.
  • Dirección de Inversiones Mineras.
  • Dirección de Análisis y Desarrollo de Proyectos de Inversión Minera.

Se recuerda que estos bienes están exentos del pago de derechos de importación, impuestos especiales, gravámenes correlativos y tasas de estadística, con excepción de las demás tasas retributivas de servicios.

DECRETO (Bs. As. Ciudad) 174/2024 Código Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires – Texto Ordenado 2024.

El presente Decreto aprueba el Texto Ordenado 2024 del Código Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, junto con su índice y cuadro de correlación de artículos.

RESOLUCIÓN GENERAL (ATM Mendoza) 31/2024 Adecuación del plan de facilidades de pago para obligaciones vencidas.

A través de la presente, se modifican las condiciones para acceder al plan de facilidades de pago establecido en la Resolución General (ATM Mendoza) 42/2022. También se modifica la tasa de interés aplicable a dicho plan.

RESOLUCIÓN (ART Río Negro) 266/2024 Actualización de la tasa de interés punitorio para deudas fiscales.

La Agencia de Recaudación Tributaria (ART) de Río Negro ha actualizado la tasa de interés punitorio para deudas fiscales. A partir del 15 de Abril de 2024, la tasa será del 50% de la tasa de interés establecida para deudas fiscales en el artículo 122 del Código Fiscal (Ley I N°2.686).

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Novedades Impositivas 22/04/2024

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 5502 – Régimen de reintegro a misiones diplomáticas y diplomáticos, agentes consulares y representantes oficiales extranjeros. 

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció en $200.000 el nuevo monto mínimo a partir del cual los comprobantes de determinados gastos de las misiones diplomáticas y personales, de sustento propio, de las familias de los diplomáticos, agentes consulares y demás representantes oficiales, como así también los correspondientes a la adquisición de combustible, deben acompañar la solicitud de reintegro.

RESOLUCIÓN (DPR Neuquén) 113/2024 – Actualización de los importes mínimos no sujetos a retención del impuesto sobre los ingresos brutos.

La Dirección Provincial de Rentas de Neuquén determinó que a partir del 1° de Mayo de 2024, se incrementa el monto mínimo no sujeto a retención del impuesto sobre los ingresos brutos. 

La medida aplica a:

  • Régimen general: El monto mínimo sube de $50.000 a $150.000.
  • Repartición Nacional, Provincial o Municipal u organismos autárquicos descentralizados del Estado Nacional, de las Provincias y de los Municipios, incluyendo a las empresas del Estado: El monto mínimo se incrementa de $75.000 a $200.000.

RESOLUCIÓN (DPR Neuquén) 112/2024 – Plazo excepcional para presentar las retenciones del Impuesto de Sellos efectuadas por los Escribanos del período 03/2024.

A través de la presente, se informa que, con carácter excepcional, las presentaciones de las declaraciones juradas y pagos del período 03/2024, cuyo vencimiento operaba el 9 de Abril de 2024, se consideran realizadas en término hasta el día 30 de Abril de 2024.

Esta prórroga se aplica específicamente a las retenciones del Impuesto de Sellos realizadas por los Escribanos de Registro y sus Adscriptos de la Provincia del Neuquén.

RESOLUCIÓN GENERAL (ATM Misiones) 2/2024 – Modificaciones en la liquidación web del Impuesto de Sellos. La Dirección General de Rentas de Misiones (DGR Misiones) ha implementado modificaciones en la liquidación web del impuesto de sellos, específicamente para instrumentos relacionados con actos sobre inmuebles. En aquellos casos en donde los instrumentos se refieran a celebración de actos sobre inmuebles como operaciones de locación, escrituración, cesión de derechos, compra venta o permuta, será obligatoria la declaración del número de partida inmobiliaria asociada, no debiendo registrar deuda en impuesto inmobiliario o habiendo regularizado la misma hasta el momento de celebración de la operación.

Novedades Impostitivas

Novedades Impositivas 18/04/2024

RESOLUCIÓN (DGR Chubut) 284/2024. Modificación de la tasa de interés mensual para planes de facilidades de pago.

La Dirección General de Rentas fija, a partir del 17 de abril de 2024, en 6,00% la tasa de interés mensual aplicable a los planes de facilidades de pago. La presente Resolución será de aplicación a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial. 

RESOLUCIÓN GENERAL (AREF T. del Fuego) 288/2024. Adecuación del régimen de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos sobre las acreditaciones bancarias y proveedores de servicios de pago que ofrecen cuentas de pago.

Se modifican los supuestos excluidos del régimen de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos sobre las acreditaciones bancarias -RG (AREF T. del Fuego) 412/2021- y sobre proveedores de servicios de pago que ofrecen cuentas de pago -RG (AREF T. del Fuego) 551/2022-, aplicable a contribuyentes locales, como así también a los sujetos a las normas del Convenio Multilateral, a fin de unificar el criterio con las restantes jurisdicciones provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 

Novedades Impostitivas

Novedades Impositivas 17/04/2024

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Sgo. del Estero) 14/2024. SANTIAGO DEL ESTERO. MODIFICACIÓN DE LA NORMATIVA DE CONTROLES PREVIOS A EFECTUAR A LOS CONTRIBUYENTES PARA EL OTORGAMIENTO DEL CERTIFICADO DE CONDUCTA FISCAL.

Se modifican los controles previos a efectuar a los contribuyentes para el otorgamiento del Certificado de Conducta Fiscal estableciendo que los Departamentos Ingresos Brutos, Grandes Contribuyentes, Convenio Multilateral y Delegaciones, previo a otorgar el mismo, deberá verificar que no registre deuda en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Agentes de Retención, Planes Pago y Certificado de Apremio, estos últimos, en lo que respecta al Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Sgo. del Estero) 15/2024. SANTIAGO DEL ESTERO. REDUCCIÓN DEL PLAZO DE VALIDEZ DE LA GUÍAS ELECTRÓNICAS.

Se modifica el plazo de validez de la Guías Electrónicas, reduciendo el mismo a 5 días corridos e improrrogables desde la fecha de emisión. El período antes mencionado será válido tanto para la emisión de la guía y el pago de la misma, así como también para el traslado de la carga desde el origen hasta el destino. Vencido dicho plazo, la guía quedará caduca. En caso de no haber completado la operación, se deberá generar una nueva guía.

CABA: SE MODIFICAN LOS PARÁMETROS DE INCORPORACIÓN AL SISTEMA DE VERIFICACIÓN CONTINUA.

Por medio de la resolución (DGR Bs. As. cdad.) 859/2023 se establece que serán incorporados dentro del Sistema de Verificación Continua para Grandes Contribuyentes, los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos que registren ingresos totales (gravados, no gravados y exentos) superiores a los $1.000.000.000,00.- (y hayan declarado en concepto del impuesto sobre los ingresos brutos un importe superior a $48.000.000,00.-, ambos en el ejercicio fiscal inmediato anterior. –Inc. C) del art. 2, R. (AGIP Bs. As. cdad.) 161/2019 –

Asimismo, la resolución (DGR Bs. As. cdad.) 895/2024 prorroga hasta el 31 de marzo de 2025 la inclusión dentro del Sistema de Verificación Continua para Grandes Contribuyentes de contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos detallados en la norma del párrafo precedente.

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 5501. Se excluyen de los regímenes de percepción de IVA y ganancias determinados insumos importados por las PyMEs.

La AFIP exceptúa del régimen de percepción de IVA y de Ganancias a las importaciones, de determinados insumos, que sean realizadas exclusivamente por empresas que, al momento de la importación, tengan vigente el “Certificado MiPyME”.

RESOLUCIÓN GENERAL (CACM) 6/2024. Se ratifica prórroga del vencimiento de DDJJ y anticipos 2/2024 hasta el 22 de marzo.

La Comisión Arbitral del Convenio Multilateral ratifica la prórroga que consideró presentado y pagado en término, hasta el 22 de marzo de 2024, las presentaciones de las declaraciones juradas y pagos del anticipo 2/2024 del impuesto sobre ingresos brutos-Convenio Multilateral, cuyos vencimientos hayan sido los días 18, 19 y 20 de marzo del 2024.

RESOLUCIÓN GENERAL (CA) 7/2024. Se ratifica la prórroga del pago del anticipo del período febrero/2024 –2° quincena y mensual– que vencía originalmente el 8 de marzo de 2024.

La Comisión Arbitral de Convenio Multilateral ratifica que se considerará presentados en término hasta el día 11/3/2024 el pago correspondiente al anticipo de febrero/2024 (segunda quincena y mensual-terminación 0 al 4) del período fiscal 2024, efectuado a través del servicio “Pagacá” con vencimiento el día 8/3/2024.

DECRETO (Tucumán) 832/2024. Prórroga del régimen de regularización de deudas fiscales hasta el 30 de abril de 2024.

Se prorroga hasta el día 30 de abril de 2024 inclusive la vigencia del Régimen de Regularización de Deudas Fiscales -D. (Tucumán) 1243-3/2021-.

RESOLUCIÓN (DPR Neuquén) 105/2024. Actualización de tasa y montos fijos establecidos en la ley impositiva.

La Dirección Provincial de Rentas establece la primera actualización de incrementos de tasas y montos fijos establecidos en la ley impositiva para el período 2024, aplicable a partir del 1/4/2024-D. (Neuquén) 305/2024-.

DISPOSICIÓN (ASIP Santa Cruz) 196/2024. Consideran realizadas en término hasta el 15 de abril de 2024 las declaraciones juradas y pagos del mes de marzo 2024. Se considera por realizadas en término y hasta el día 15 de abril del corriente año inclusive, las presentaciones de las declaraciones juradas y pagos del período marzo 2024 cuyo vencimiento operó el día 10 de abril de 2024, correspondiente a los agentes de recaudación, retención y/o percepción respecto del impuesto sobre los ingresos brutos e impuesto de sellos -RG (ASIP) 190/2023-.

Novedades Legales

Novedades Legales 12/04/2024

Resolución General N°10/24 de la IGJ: Cambios normativos en materia de sociedades constituidas en el extranjero

El 27/03/2024 se publicó la RG N°10/24 IGJ que ya se encuentra vigente y trae varios cambios normativos para las sociedades constituidas en el extranjero, derogando la RG N°8/21 IGJ. 

Detallamos los puntos relevantes: 

1) Sociedades Vehículos de Inversión: Se derogan las restricciones impuestas por las RG N°8/21 IGJ a las sociedades vehículos de inversión, restableciendo los requisitos previstos con anterioridad, en la Resolución General N°7/15 IGJ. Por lo tanto, resultará factible inscribir sociedades vehículo -sin limitación de cantidad-, siempre y cuando los requisitos sobre activos, actividades o derechos en el exterior establecidos por la RG 7/15 IGJ (Art. 206 RG 7/15) sean cumplidos por su controlante, directa o indirecta, debiendo presentarse además (i) manifestación expresa de condición de vehículo, (ii) organigrama de grupo, (iii) certificado de individualización de accionistas de la sociedad controlante, y (iv) certificado de inscripción de la sociedad controlante en su país de origen, de fecha no mayor a seis meses a la fecha de presentación. Adicionalmente, las sociedades “off shore” podrán inscribirse en IGJ siempre y cuando lo hagan en carácter de sociedades vehículo (Art. 219 RG 7/15).

2) Sociedades Anónimas Unipersonales: Se admitirá la inscripción de una SAU cuyo accionista sea una sociedad unipersonal constituida en el extranjero. 

3) Registraciones provinciales: Se elimina la obligatoriedad de registrar en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (IGJ) a las sociedades extranjeras registradas en jurisdicción provincial que participen de modo principal en una sociedad local inscripta en IGJ.

4) Plan de inversión: Se deroga la obligatoriedad de presentar un plan de inversión a los efectos de registrar una sociedad extranjera en los términos del art. 123 de la Ley N.º 19.550.

5) Integración de grupo: Se reincorpora la posibilidad de que las sociedades extranjeras que están bajo control de un grupo internacionalmente reconocido puedan acreditar activos en el exterior a través de la sociedad que controla al grupo (art. 212 RG 7/15).

6) Sociedades extranjeras que estén constituidas en jurisdicciones y regímenes tributarios especiales: Se reincorpora la posibilidad de registrar sociedades extranjeras que estén constituidas en jurisdicciones y regímenes tributarios especiales considerados no cooperadores a los fines de la transparencia fiscal, y/o categorizadas como no colaboradoras en la lucha contra el Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo, la cual con anterioridad de la entrada en vigencia de la RG 10/2024 se encontraba vedada. Sin embargo, la IGJ apreciará con criterio restrictivo el cumplimiento de los requisitos exigidos para la inscripción de las mencionadas sociedades en el organismo y, para poder acreditar una actividad económicamente significativa en su jurisdicción de origen (art. 217 RG 7/15).

7) Sociedades “off shore”: Se incorpora la prohibición de inscribir sociedades calificadas como “off shore” o provenientes de jurisdicciones de ese carácter (art.218 RG 7/15). 

Asimismo, se establece que no resultan de aplicación las disposiciones de las sociedades “off shore” o sociedades provenientes de jurisdicciones no cooperantes, a las sociedades constituidas en el extranjero que se inscriban como “vehículo” de inversión (art.219 RG 7/15). Por último, a las sociedades off shore registradas con anterioridad a su prohibición, deberán cumplir con las presentaciones de balances, régimen informativo anual y, acreditación de actividad principal en la jurisdicción de origen (art.240 RG 7/15).

8) Traslado de Jurisdicción: Se restablecen los requisitos para inscribir un traslado de jurisdicción desde CABA (art. 222 y 249 RG 7/15)

9) Régimen Informativo anual Abreviado: Se incorpora la posibilidad de presentar el régimen bajo la modalidad abreviada por el periodo máximo 5 (cinco) ejercicios consecutivos y se elimina de la posibilidad de que la IGJ pueda solicitar una certificación contable del patrimonio neto como requisito adicional para dar aprobado este régimen.

10) Resultarán inscribibles los actos registrables de la sociedad local participada aun cuando la sociedad extranjera que participe de la misma (i) adeude presentaciones anuales del Régimen Informativo y (ii) cuando no se encuentre inscripta en los términos del Art. 123 o 118 LGS, salvo que los votos emitidos por dicha sociedad extranjera hayan sido determinantes -por sí solos o en concurrencia con los de otros participantes en el acto- para la formación de la voluntad social.