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CHACO. SIRTAC. Parámetro económico de habitualidad
Se actualiza a $750.000 el monto mínimo para considerar habituales, frecuentes o reiteradas las operaciones alcanzadas por el régimen SIRTAC, adecuando los parámetros locales a los vigentes para las plataformas digitales. La modificación resulta aplicable desde el 25 de agosto de 2026.
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JUJUY. SIRTAC. Parámetro económico de habitualidad
Se actualiza a $750.000 el monto mínimo mensual para configurar la habitualidad de operaciones realizadas a través de plataformas digitales, manteniéndose el requisito de un mínimo de diez operaciones. Verificados ambos parámetros, corresponde practicar la retención sobre las operaciones posteriores. La medida entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
> Ver Resolución General (Pág 14)
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RÍO NEGRO. SIRTAC. Parámetro económico de habitualidad
Se actualiza de $200.000 a $750.000 el monto mínimo para considerar habituales determinadas operaciones realizadas a través de tarjetas de crédito y compra, manteniéndose el requisito de un mínimo de diez operaciones. La modificación rige desde la firma de la resolución.

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