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Novedades Impositivas 20/2/26

DISPOSICIÓN (CACM) 5/2026. Convenio Multilateral. Prórroga.

Según lo adelantáramos el día de ayer, la presente disposición, ha sido publicada en el Boletín Oficial el día de hoy. Recordemos que la disposición prórroga hasta el 20 de febrero del 2026 la presentación y pago del anticipo 01/2026 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (Convenio Multilateral) cuyos vencimientos operaban los días 13, 18 y 19 de febrero de 2026.

RESOLUCIÓN NORMATIVA (DGR Cba.) 32/2026. Actualización del régimen aplicable a entidades recaudadoras y medios de pago electrónicos.

Mediante la presente resolución, la Dirección General de Rentas de Córdoba actualiza el régimen relacionado con los pagos electrónicos, las condiciones para la utilización del sistema en línea y las pautas y condiciones para solicitar la baja o el desistimiento del débito automático.

Quedan alcanzadas entre otros, las entidades autorizadas a prestar servicios de cobranzas, captura de datos y otros servicios conexos a la recaudación de tributos provinciales.

RESOLUCIÓN (ARECH Chubut) 119/2026. Nuevo régimen permanente de facilidades de pago para obligaciones tributarias.

A través de la presente resolución, la Agencia de Recaudación de la Provincia de Chubut establece un régimen permanente de planes de pago destinado a regularizar deudas que se encuentren en etapa administrativa o en proceso judicial. No podrán acceder a este régimen:

  • Los Agentes de retención y/o percepción por los importes que adeuden como tales.
  • Los contribuyentes que se encuentren en concurso preventivo o en quiebra solamente por las deudas que adeuden dentro de estos periodos.

Asimismo, quedan excluidas las cuotas de los planes de facilidades de pago que estén vigentes y las obligaciones fiscales incluidas en dos o más Las obligaciones fiscales incluidas en planes de pagos caducos salvo que exista un reclamo administrativo con fecha posterior a la caducidad de dicho plan, entre otros.

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Tucumán) 13/2026.  Vencimientos tributarios del 19/02/2026. Prórroga.

Mediante la presente resolución, la Dirección General de Rentas de Tucumán establece que las declaraciones juradas y los pagos cuyo vencimiento operaba el día de ayer 19/2/2026 se considerarán presentados y pagados a tiempo si se realizan hasta el 20/2/2026. Esta medida alcanza a los tributos de Ingresos Brutos, Automotores, Inmobiliario, Juegos de Azar y al Impuesto de Sellos.

RESOLUCIÓN NORMATIVA (ARBA Bs. As.) 11/2026. Prórroga. 

Mediante la presente resolución, es fisco provincial extendió hasta el 26 de febrero el plazo para el pago del Impuesto Inmobiliario de planta urbana —tanto edificada como baldía— correspondiente a la primera cuota y al importe anual 2026.

RESOLUCIÓN GENERAL (CNV) 1108/2026. Reglamentación del régimen de inocencia fiscal en el mercado de capitales y activos virtuales

Mediante la presente resolución, se regula el procedimiento para que aquellas personas físicas y sucesiones indivisas que hayan optado por el Régimen Simplificado para el Impuesto a las Ganancias puedan destinar fondos y/o activos a operaciones del mercado de capitales o a transacciones con Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAVs).

Quienes opten por invertir a través del mercado de capitales o de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales podrán efectuar:

a) Depósitos en efectivo en las cuentas bancarias de los Agentes de Liquidación y Compensación (ALyCs), de los agentes que intervienen en la colocación de Fondos Comunes de Inversión y de los PSAVs.

b) Transferencias de valores negociables desde o hacia subcuentas comitentes a su nombre o en cotitularidad, abiertas en ALyCs o en agentes vinculados a la colocación de fondos comunes de inversión.

c) Transferencias de activos virtuales desde o hacia cuentas propias o cotitulares en PSAVs inscriptos ante la Comisión Nacional de Valores. Para las operaciones indicadas en los puntos b) y c), las subcuentas comitentes o cuentas utilizadas no podrán estar ubicadas en jurisdicciones no cooperantes en materia de transparencia fiscal, ni en aquellas consideradas de Alto Riesgo por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).

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Novedades Impositivas 19/2/26

DECRETO (PE) 105/2026. Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI). Prórroga e incorporación de modificaciones en la reglamentación.

A través del presente decreto se prorroga la vigencia del plazo para acogerse al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) por el periodo de un año a contar desde el 8 de julio de 2026 así como también se introducen modificaciones en los criterios técnicos vinculados a la admisión y ampliación de proyectos, con especial foco en los sectores tecnológicos y energéticos.

Entre las principales modificaciones se destacan las siguientes:

  • Reformulación del concepto de “ampliación” y adecuaciones específicas para la actividad de tecnología, petróleo y gas. Actualización de los montos mínimos de inversión en activos computables por sector y subsector productivo.
  • Se han fijado precisiones respecto de aquellos beneficios aplicables a las importaciones de bienes de capital nuevos, repuestos, partes y componentes que se relacionen directamente con el Plan de Inversión.
  • Se precisan y aclaran puntos relacionados a las amortizaciones, dividendos o utilidades y el tratamiento y cómputo de divisas en la medida que se encuentren efectivamente destinadas al Proyecto.

DISPOSICIÓN (CACM) 4/2026. Convenio Multilateral. Prórroga. 

Mediante la presente disposición y debido a que se verificaron inconvenientes que afectaron el normal funcionamiento del servicio SIFERE es que aquellas presentaciones y pagos que operaban con vencimiento el pasado viernes 13 de febrero se considerarán en término hasta el día de hoy.

DISPOSICIÓN (CACM) 5/2026. Convenio Multilateral. Prórroga.

Mediante la presente disposición, y debido a inconvenientes técnicos en el sistema SIFERE ocasionados por problemas con proveedores de internet, se considerarán presentadas y pagadas en término las declaraciones juradas del anticipo 01/2026 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (Convenio Multilateral) cuyos vencimientos operaban los días 13, 18 y 19 de febrero de 2026, prorrogándose el plazo hasta el 20 de febrero de 2026.

Es importante mencionar que aún no se encuentra publicada en el Boletín Oficial

RESOLUCIÓN NORMATIVA (ARBA Bs. As.) 9/2026. Régimen Provincial de Inversiones Estratégicas: procedimiento para el reconocimiento y registración de los beneficios fiscales

Mediante la presente resolución el fisco provincial dispone que las exenciones en los impuestos Inmobiliario, Ingresos Brutos, Impuesto de Sellos y el beneficio de estabilidad fiscal contemplados en el Régimen Provincial de Inversiones Estratégicas (Ley 15.510) se registrarán únicamente con la información que remita el Ministerio de Producción. No se aceptarán gestiones directas de los contribuyentes ante el organismo.

Entre los puntos principales se destacan:

  • Ingresos Brutos: para que la exención se refleje en el padrón, el contribuyente debe estar previamente inscripto. ARBA ajustará las alícuotas de retención y percepción conforme a la normativa vigente.
  • Impuesto de Sellos: el beneficio se aplicará mediante la correspondiente declaración jurada en los instrumentos alcanzados.
  • Intercambio de información: el Ministerio consultará, a través de la aplicación web de ARBA, la existencia de deudas exigibles en los impuestos Inmobiliario, Automotores e Ingresos Brutos.

RESOLUCIÓN NORMATIVA (ARBA Bs. As.) 10/2026. Régimen de recaudación sobre créditos bancarios para contribuyentes con cuentas recaudadoras. Prórroga.

El organismo provincial adecua el procedimiento para gestionar exclusiones y posterga hasta el 1° de marzo de 2026 la entrada en vigor de las modificaciones al régimen general de recaudaciones bancarias establecida por la RN (ARBA) 1-2026.

En relación con la exclusión de retenciones en cuentas destinadas a la administración de fondos por cuenta y orden de terceros, los agentes de recaudación deberán presentar una declaración jurada detallando la operatoria y acreditando el cumplimiento de los requisitos. Dicha gestión deberá realizarse obligatoriamente a través del Sistema Integral de Reclamos y Consultas (SIRyC), utilizando CUIT y CIT.

Cabe aclarar que la exclusión no opera de manera automática ya que el organismo analizará la solicitud y notificará por el Sistema Integral de Reclamos y Consultas (SIRyC) la fecha desde la cual dejarán de practicarse las retenciones.

Asimismo, se confirma que los contribuyentes que sufran retenciones sobre operaciones exentas o no alcanzadas deberán canalizar sus reclamos directamente ante la entidad bancaria correspondiente.

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Cba.) 2224/2026. Anticipo 01/2026 de Ingresos Brutos. Prórroga.

La Dirección General de Rentas dispone un plazo excepcional hasta el 20/02/2026, considerándose efectuadas en término la presentación de la declaración jurada y el pago del anticipo 01/2026 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para los contribuyentes locales del Régimen General.

LEY (Cba.) 11092. Régimen de promoción de la industria de eventos y creativa con incentivos e impactos tributarios.

La Legislatura provincial instituye un régimen integral destinado a fomentar la industria de eventos y el sector creativo.

En ese marco, dispone la creación de un registro obligatorio para personas humanas y jurídicas que desarrollen actividades en estas áreas, y faculta al Poder Ejecutivo a implementar programas de promoción, asistencia y beneficios fiscales. Asimismo, la normativa contempla, entre los incentivos a reglamentar, la posibilidad de conceder exenciones y otros estímulos impositivos a quienes se inscriban en el registro, garantizando su aplicación sin distinciones entre los sujetos alcanzados.

Novedades Previsionales (1)

Actualización de Quebrantos Impositivos: ¿y ahora qué?

Durante el día de ayer, la Cámara de Diputados dio luz verde a un proyecto de reforma con implicancias laborales e impositivas que, en cuanto aquí interesa, pretende poner fin a la controversia sobre la actualización de los quebrantos impositivos en la determinación del Impuesto a las Ganancias.

Hasta el momento, el panorama es harto confuso, puesto que, si bien en el 2018 se habría introducido la posibilidad de actualizar quebrantos por IPIM, lo cierto es que en contraposición se mantuvieron vigentes las suspensiones de actualización para ajustes generales (conforme Ley 24.073).

Esta tensión normativa generó posiciones contrapuestas entre el Fisco nacional y los contribuyentes, llevando a diferentes prácticas de contribuyentes, publicación de dictámenes por parte de la Dirección Nacional de Impuestos en línea con la negativa a la actualización, gran cantidad de fiscalizaciones impulsadas por la ARCA para quienes decidían actualizar quebrantos y, finalmente, jurisprudencia de la Corte Suprema que en algunos casos reconoció actualización por confiscatoriedad (casos “Carsa”, “Telecom”, entre otros).

Si el proyecto ha sido nuevamente remitido a la Cámara de Senadores, para el tratamiento de algunas modificaciones de naturaleza laboral, lo cierto es que, en cuanto a la posibilidad de actualizar quebrantos impositivos, el cambio será el siguiente:

Redacción actualProyecto de Reforma
  Artículo 25, penúltimo párrafo, de la Ley de Impuesto a las Ganancias  
Los quebrantos se actualizarán teniendo en cuenta la variación del Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM), publicado por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, organismo desconcentrado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA, operada entre el mes de cierre del ejercicio fiscal en que se originaron y el mes de cierre del ejercicio fiscal que se liquida.Los quebrantos generados en los ejercicios fiscales que se inicien a partir del 1° de enero de 2025, inclusive, se actualizarán teniendo en cuenta la variación del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) que suministre el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, organismo desconcentrado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, operada entre el mes de cierre del ejercicio fiscal en que se originaron y el mes de cierre del ejercicio fiscal que se liquida, sin que resulte de aplicación lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 93 de esta ley.  

Luce evidente que la controversia se mantendrá sobre los quebrantos generados hasta el 31 de diciembre de 2024, por cuanto el proyecto no admite su actualización desde el momento de generación de la pérdida, todo lo que representa un potencial perjuicio patrimonial para el contribuyente.

En definitiva, la reforma no viene a resolver la situación de aquellos contribuyentes cuyas pérdidas anteriores son tan significativas, que la falta de real actualización deviene en un supuesto de confiscatoriedad.

En Russell Bedford Argentina ya estamos trabajando con muchos de nuestros clientes, determinando la mejor estrategia a seguir, frente a los riesgos involucrados y el impacto financiero a largo plazo que puede suponer la actualización de quebrantos en la determinación del Impuesto a las Ganancias.

Si tenés alguna pregunta no dudes en contactarnos:

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Novedades Impositivas 18/2/27

RESOLUCIÓN GENERAL (CACM) 2/2026. Confirmación de cambios en los plazos de pago.

La Comisión Arbitral del Convenio Multilateral ratificó la reprogramación de las fechas de ingreso correspondientes a la segunda quincena de enero, febrero, mayo, julio y octubre de 2026, conforme a lo establecido en la Disposición (CACM) 1/2026.

DISPOSICIÓN (CACM) 3/2026. Convenio multilateral: se posterga hasta el 1/7/2026 la entrada en vigor del Sistema Informático de Recaudación, Control e Información de Percepciones “SIRCIP”.

A través de la RG (CACM) 09/2025, se posterga hasta el 01/07/2026 la implementación del sistema “SIRCIP” debido a los pedidos efectuados por cámaras empresariales y agentes de percepción, quienes informaron inconvenientes de índole operativo y sistemático para su implementación. Asimismo, algunas de las jurisdicciones que han manifestado su adhesión, aún no han adecuado su normativa local en relación con dicho régimen.

RESOLUCIÓN (MPCT Bs. As.) 36/2026. Reglamento Operativo del Régimen Provincial de Inversiones Estratégicas.

El Ministerio de Producción de la Provincia de Buenos Aires oficializó el Reglamento Operativo del Régimen Provincial de Inversiones Estratégicas, el cual establece los procesos, condiciones y documentación necesarios para la presentación y análisis de proyectos de inversión que pretendan obtener los incentivos fiscales contemplados en la Ley 15.510.

RESOLUCIÓN (API Santa Fe) 23/2026. Implementación de la deducción en Ingresos Brutos por prestaciones de salud a afiliados de IAPOS.

La Administración Provincial de Impuestos (API) establece el mecanismo para que los prestadores asistenciales y de salud tramiten la deducción contemplada en la Ley 14.426 correspondiente al período fiscal 2026. Este beneficio permite disminuir la base imponible del Impuesto sobre los Ingresos Brutos por los ingresos originados en prestaciones brindadas a afiliados de IAPOS, fijando un límite general de hasta un 10% de la base mencionada y otro especial para prestaciones relacionadas con personas con discapacidad de hasta un 20%.

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Novedades Impositivas 13/2/26

RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5824 – Régimen de emisión de comprobantes: modificación de requisitos y procedimientos. 

La Agencia de Recaudación de Control Aduanero introduce diversas modificaciones en los requisitos, excepciones y procedimientos vinculados a la emisión de comprobantes.

Entre los cambios más relevantes, se incorpora la posibilidad de que ciertos responsables puedan documentar sus operaciones mediante un único comprobante electrónico mensual. 

Asimismo, se establece la obligación de identificar al adquirente, locatario o prestatario cuando se trate de comprobantes emitidos a consumidores finales, siempre que estos lo soliciten para respaldar gastos o deducciones admitidas en el impuesto a las ganancias.

Por otra parte, la norma redefine el universo de sujetos exceptuados de emitir comprobantes e incorpora a quienes ahora quedan obligados a hacerlo. Entre ellos, los directores de sociedades anónimas, síndicos, integrantes del consejo de vigilancia, socios gerentes de sociedades de responsabilidad limitada, socios administradores de sociedades en comandita simple y en comandita por acciones, fideicomisarios y consejeros de sociedades cooperativas, por los honorarios y/o retribuciones; quienes perciban por vía judicial honorarios u otras retribuciones por el desarrollo de sus actividades (abogados, peritos, etc.); las entidades financieras sujetas al régimen de la Ley 21.526 y las entidades que administran o emiten sistemas de pago (tarjetas de crédito, compra y prepagas, así como sistemas de pago por transferencia); y las instituciones educativas de gestión privada.

Adicionalmente, se habilita la posibilidad de asociar los puntos de venta o emisión con alguna de las actividades económicas declaradas en el “Sistema Registral”.

Finalmente, la obligación de emitir comprobantes para los sujetos alcanzados por las modificaciones introducidas en la presente norma resultará aplicable a las operaciones concertadas a partir del 1 de julio de 2026, inclusive.

RESOLUCIÓN 22/2026 – Santa Fe: Prórroga del vencimiento del anticipo 01/2026 de Ingresos Brutos para contribuyentes locales. 

La Administración Provincial de Impuestos otorga una prórroga excepcional para la presentación y el pago del anticipo 01/2026 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, destinada a los contribuyentes locales del Régimen General. En tal sentido, se considerará cumplida en término la presentación y el pago de la declaración jurada correspondiente a dicho anticipo, cuyos vencimientos originales estaban fijados para los días 13, 18, 19 y 20 de febrero de 2026, siempre que efectúen su presentación y pago hasta el día 27 de febrero de 2026.

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Novedades Impositivas 12/2/26

RESOLUCIÓN NORMATIVA 31/2026 – Córdoba: Incorporación de pautas sobre garantías y uso de créditos en el régimen de promoción territorial. 

La Dirección General de Rentas de la Provincia de Córdoba actualiza la reglamentación del régimen de promoción previsto en la Ley (Cba.) 1.062, incorporando lineamientos sobre la constitución y evaluación de las garantías exigidas para los proyectos promovidos.

En tal sentido, se establecen condiciones para hipotecas y seguros de caución, así como los requisitos de información y documentación necesarios para su ofrecimiento y control.

Asimismo, se precisan las pautas para la imputación de los beneficios de reducción o exención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a través de la Billetera Digital CIDI, determinando los supuestos en los que corresponde la compensación y la forma en que deben declararse los ingresos promovidos. 

Finalmente, se regulan los efectos derivados de la caducidad de los beneficios y la exigibilidad de los tributos compensados.

DECRETO 301/2026 – Entre Ríos: Actualización de importes mínimos y parámetros vinculados a alícuotas de Ingresos Brutos.

El Poder Ejecutivo dispuso la actualización de los importes mínimos y de los parámetros económicos que inciden en la aplicación de alícuotas, exenciones y en la determinación del tributo correspondiente al régimen de Ingresos Brutos y al impuesto sobre el ejercicio de profesiones liberales, con vigencia a partir del período fiscal 2026.

La medida eleva los umbrales de ingresos utilizados para definir beneficios o límites del impuesto, así como los montos mínimos, tanto anuales como por anticipo, aplicables según cada actividad. Por su parte, se actualizan los importes referidos en el Código Fiscal que funcionan como referencia para la aplicación de tratamientos diferenciados.

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Novedades Impositivas 11/2/26

RESOLUCIÓN GENERAL 5823 – ARCA. El Sistema de Control Electrónico ahora se llama Programa de Promoción del Cumplimiento Voluntario

Se sustituyen las disposiciones vinculadas al “Sistema de Control Electrónico de Obligaciones” por el nuevo Programa de Promoción del Cumplimiento Voluntario, orientado a incentivar el cumplimiento espontáneo de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes y/o responsables a través de campañas de inducción, requerimientos y fiscalizaciones electrónicas.

Por su parte, se fija un plazo de quince (15) días hábiles administrativos para atender los requerimientos electrónicos y formularios de respuesta emitidos en el marco de dichas fiscalizaciones. La falta de cumplimiento dentro de ese término incidirá en la calificación SIPER del contribuyente. 

RESOLUCIÓN 55/2026 – Ciudad de Buenos Aires: Unificación del régimen del Impuesto de Sellos aplicable a vehículos.

La Administración Provincial de Ingresos Públicos de la Ciudad de Buenos Aires unifica en un único cuerpo normativo las disposiciones aplicables al Impuesto de Sellos en actos vinculados con vehículos nuevos, usados importados y usados nacionales. 

Asimismo, integra y actualiza los criterios relativos a inscripción inicial, transferencias, base imponible, planes de ahorro, y actuación de los agentes de recaudación.

RESOLUCIÓN GENERAL 1748/2026 – Jujuy: Regulación de la exclusión voluntaria del Régimen Simplificado de Ingresos Brutos.

La Dirección Provincial de Rentas reglamenta el procedimiento, los requisitos y los plazos aplicables para que los contribuyentes que desarrollen exclusivamente actividades incluidas en el Anexo I puedan solicitar su exclusión del Régimen Simplificado.  Asimismo, establece los períodos mínimos para el reingreso al régimen y aprueba los formularios oficiales correspondientes al trámite.

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Novedades Impositivas 10/2/26

RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5822 – Régimen general de retención del impuesto. Los intereses de depósitos en moneda extranjera que obtienen las personas humanas no se encuentran sujetos a retención.

La Agencia de Recaudación de Control Aduanero, mediante resolución general, dispone que los intereses generados por depósitos en moneda extranjera efectuados por personas humanas y sucesiones indivisas en entidades financieras reguladas por la Ley N.º 21.526 no se encuentran sujetos a retención.

RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5821 – Se adecúan las disposiciones relacionadas con la emisión de las Cartas de Porte de granos y derivados. 

Se adecúan las disposiciones relacionadas a la emisión de cartas de porte, a fin de asegurar que los operadores se encuentren debidamente registrados y cuenten con sus plantas habilitadas en el SISA (Sistema de Información Simplificado Agrícola).

Asimismo, se elimina la obligación de utilizar la “Carta de Porte Electrónica – Derivados Granarios” para las mercaderías entregadas en planta o trasladadas mediante ductos, cintas transportadoras u otros medios de transporte terrestre.

RESOLUCIÓN 91/2026 – Chubut: prórroga de vencimientos de Ingresos Brutos 2026.

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Chubut prorroga los vencimientos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y del Impuesto de Sellos para los contribuyentes con domicilio en las localidades afectadas por los recientes incendios, los cuales han dificultado el normal desarrollo de sus actividades económicas.

RESOLUCIÓN 90/2026 – Chubut: nuevo monto para la exención de la actividad ganadera para el período 2026.

La Provincia de Chubut establece que el valor de referencia de la lana sucia de 20 micrones, con un rinde del cincuenta y cinco por ciento (55%), será de $7.513,08. 

Asimismo, se fija en $105.183.120,00 el monto máximo de operaciones de venta que podrán realizar los productores para mantener la exención prevista en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos para dicha actividad.

RESOLUCIÓN 92/2026 – Chubut: Adhesión a nuevos vencimientos SIRCAR y modificación del calendario 2026.

La provincia de Chubut adopta lo dispuesto por la Disposición de Presidencia N.º 1/2026 de la Comisión Arbitral, fijando las fechas de vencimiento para la presentación de declaraciones juradas y pagos de los agentes de retención y percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos incluidos en el SIRCAR.

Por su parte, también modifica las fechas previstas para determinados anticipos del período 2026.

RESOLUCIÓN 93/2026 – Chubut: Implementación del Sistema Informático de Recaudación, Control e Información de Percepciones (SIRCIP).

La Agencia de Recaudación de la Provincia del Chubut introduce modificaciones en el régimen de percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (Resolución 312/2024) con el fin de armonizar su funcionamiento con el sistema SIRCIP.

Entre los principales cambios, se destaca que deberán actuar como agentes de percepción aquellos sujetos que, siendo contribuyentes del Convenio Multilateral, sean nominados por el organismo provincial.

Asimismo, se actualiza el padrón de alícuotas identificadas por letras, que abarcan valores desde el 0,00% hasta el 5,00%.

Por su parte, para las operaciones realizadas con sujetos que no estén incluidos en el padrón, se fija una alícuota general del 2%. En tanto, para los contribuyentes locales de otras provincias o para los contribuyentes de Convenio Multilateral que no registren alta en Chubut, la alícuota de percepción será del 1%.

RESOLUCIÓN 244/2026 – San Juan: Actualización del régimen general de aplicación de multas por infracciones tributarias.

La Dirección General de Rentas de la Provincia de San Juan fija un nuevo régimen de multas con el objetivo de armonizar las sanciones con los principios de razonabilidad y proporcionalidad. 

Dicha resolución alcanza a todos los contribuyentes y responsables, excluyendo únicamente a quienes pertenezcan al Régimen Simplificado Provincial

INSTRUCCIÓN GENERAL 2/2026 – Pautas para la aplicación de la multa prevista en el artículo 38 de la Ley N° 11.683.

La Agencia de Recaudación e Control Aduanero establece las pautas procedimentales para la aplicación de sanciones por falta de presentación de declaraciones juradas.

INSTRUCCIÓN GENERAL 3/2026 – Reducción de plazos de prescripción en materia tributaria y previsional por la Ley 27.799.

La Agencia de Recaudación e Control Aduanero define los criterios para aplicar los nuevos plazos de prescripción reducidos en tributos y obligaciones previsionales.

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Novedades Impositivas 9/2/26

DECRETO 93/2026 – Reglamentación del régimen simplificado del Impuesto a las Ganancias.

El Poder Ejecutivo reglamentó el régimen simplificado de declaración jurada del Impuesto a las Ganancias previsto en la Ley de Inocencia Fiscal (Ley 27.799), definiendo su alcance procedimental y operativo. 

La reglamentación establece los requisitos verificables para acceder y permanecer en el régimen, tales como los límites de ingresos y patrimonio, la condición de residencia fiscal y la exclusión de los grandes contribuyentes nacionales, y define el procedimiento de adhesión y ratificación anual ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

Asimismo, dispone que la declaración jurada se confeccionará sobre la base de información precargada por el organismo y reconoce efecto liberatorio del pago y presunción de exactitud respecto del Impuesto a las Ganancias y el Impuesto al Valor Agregado de los períodos no prescriptos, siempre que no se verifiquen discrepancias significativas.

RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5820 – Ganancias: se sustituyen los requisitos, plazos y condiciones para la modalidad simplificada de declaración jurada.

Se sustituye el régimen anterior de declaración jurada simplificada del Impuesto a las Ganancias, establecido por la RG (ARCA) 5704, y se implementa un nuevo procedimiento para la adhesión, ratificación anual, convalidación y desistimiento, en el marco de la Ley de Inocencia Fiscal (Ley 27.799) y el Decreto 93/2026.

A tales efectos, el servicio “Sistema Registral”, opción “Ganancias PH Simplificada”, estará disponible a partir del 11 de febrero de 2026 para realizar las acciones previstas en la norma. 

Por otro lado, los contribuyentes que hubieran adherido al régimen bajo la vigencia de la RG (ARCA) 5704 para el período fiscal 2025 deberán convalidar su opción a través del sistema, a fin de acreditar el cumplimiento de los nuevos parámetros previstos por la Ley 27.799.

RESOLUCIÓN GENERAL 294/2026 – Corrientes: actualización de parámetros para actuar como agentes de retención y percepción en Ingresos Brutos.

La Dirección Provincial de Rentas de la Provincia de Corrientes redefinió los parámetros que determinan la obligación de actuar como agente de retención o percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, incorporando nuevos montos mínimos de ingresos y manteniendo la facultad de inclusión excepcional mediante decisión debidamente fundada. 

Quedan alcanzados los contribuyentes que hayan obtenido en el año calendario inmediato anterior ingresos brutos operativos iguales o superiores a $ 1.300.000.000, así como quienes inicien actividades y alcancen ingresos mensuales de $ 112.000.000 en un semestre.

RESOLUCIÓN GENERAL 295/2026 – Corrientes: se eleva a $80.000 el monto mínimo para aplicar retenciones y percepciones de Ingresos Brutos.

La Dirección Provincial de Rentas actualizó el importe mínimo mensual para la exclusión del régimen de retenciones y percepciones del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, estableciéndolo en $ 80.000 por sujeto pasivo.

RESOLUCIÓN GENERAL 1747/2026 – Jujuy: modificación del calendario de vencimientos impositivos provinciales para el período fiscal 2026.

La Dirección Provincial de Rentas de Jujuy actualizó el calendario fiscal 2026, redefiniendo los vencimientos aplicables a los regímenes provinciales de retención, percepción e información.

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Novedades Impositivas 6/2/26

RESOLUCIÓN CONJUNTA (API-SCIT Santa Fe) 17/2026 – Santa Fe: actualización de clasificadores y cuadros guía del SCIT para Impuesto de Sellos y Tasas Retributivas.

La API y el SCIT (Servicio de Catastro e Información Territorial) aprueban la actualización del “Clasificador de Operaciones – Impuesto de Sellos y Tasas Retributivas de Servicios del SCIT” y los nuevos “Cuadro Guía para Reposición de Trámites ante el SCIT” y “Cuadro Guía para Reposición de Trámites Web del SCIT”, utilizados por contribuyentes y/o responsables para la liquidación del Impuesto de Sellos y Tasas Retributivas de Servicios en trámites ante el SCIT, adecuándolos a las modificaciones introducidas por la Ley N° 14.426, que dispuso la derogación de Sellos y tasas aplicables a ciertos trámites que se diligencian ante dicho Organismo. Cabe mencionar que las liquidaciones del Impuesto de Sellos y Tasas Retributivas deberán generarse a través del sistema SETA WEB o mediante los servicios web del SCIT.

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Tucumán) 10/2026 – Tucumán: Nueva versión del aplicativo para regularización de deudas fiscales.

Se aprueba la versión 54.0 del aplicativo “Régimen de Regularización de Deudas Fiscales – Decreto N° 1243/3 (ME)-2021”, a fin de adecuarlo a la prórroga del régimen dispuesta por el Decreto N° 135/3 (MEyP)-2026, que extiende su vigencia hasta el 27 de febrero de 2026 e incorpora las deudas vencidas y exigibles al 30 de noviembre de 2025, inclusive, debiendo utilizarse dicha versión para el acogimiento al régimen. El citado programa aplicativo podrá ser transferido desde la página web de Rentas (www.rentastucuman.gob.ar).