Novedades Impostitivas

Novedades Impositivas – 02/04/2020

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 4691/2020 – Bienes Personales. Pago a cuenta bienes en el exterior. Prórroga.

En el día de la fecha (02/04/2020) fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución General de referencia mediante la cual se establece una prórroga hasta el 6 de mayo de 2020 del pago a cuenta del período fiscal 2019, que deben realizar aquellos sujetos alcanzados por el Impuesto sobre los Bienes Personales que posean en dicho período bienes en el exterior sujetos a impuesto.

A su vez, se dispone que podrá efectuarse hasta el 6 de mayo de 2020, la solicitud de eximición del pago del gravamen con la alícuota incrementada que el contribuyente debe notificar respecto a la repatriación de activos financieros.

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 4692/2020 – Procedimiento Fiscal. Feria fiscal. Cómputo de Plazos.

En el día de la fecha (02/04/2020) fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución General de referencia mediante la cual se establece la extensión de la feria fiscal extraordinaria entre los días 1 y 12 de abril de 2020, ambos inclusive. Durante dicho período, no se computarán los plazos previstos en los distintos procedimientos ante AFIP, vinculados a la aplicación, percepción y fiscalización de los tributos.

Novedades Impostitivas

Novedades Impositivas – 01/04/2020

DECRETO 330/2020 – Bienes Personales. Repatriación Prórroga

En el día de la fecha (01/04/2020) fue publicado en el Boletín Oficial el Decreto de referencia mediante el cual se prorroga hasta el 30 de abril de 2020, inclusive, la fecha de repatriación de activos financieros previstos para el período fiscal 2019, a los fines de obtener el beneficio de evitar la tasa incremental en el Impuesto sobre los Bienes Personales por los activos que los residentes en el país posean en el exterior.

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 4689/2020 – Precios de transferencia. Nueva prórroga.

Con fecha 31/03/2020 fue publicado en el Boletín Oficial la Resolución General de referencia mediante la cual se prorrogaron los vencimientos de precios de transferencia de los ejercicios fiscales cerrados entre el 31 de diciembre de 2018 y el 30 de septiembre de 2019 -previstos para la semana del 20 de abril a los días 18 al 22 de mayo de 2020.

Dicha Resolución no hace referencia a la próxima aprobación de una nueva norma por parte de las Autoridades Fiscales en reemplazo de la RG 1122/2019. A raíz de ello, es incierto si finalmente será publicado el borrador que está fuera del objeto de observaciones por parte de los organismos profesionales.

DECRETO (Poder Ejecutivo) 316/2020 – Moratoria para MiPyMEs. Prórroga para su acogimiento.

Con fecha 28/03/2020 fue publicado en el Boletín Oficial el Decreto de referencia mediante el cual el Gobierno extendió el plazo para el acuerdo al plan de facilidades de pago para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas hasta el 30 de junio del 2020, el cual estaba previsto estaba previsto para el 30 de abril del 2020.

El dictado de normas complementarias y aclaratorias necesarias para su implementación necesaria a la carga de la AFIP.

Registre que el mencionado plan se aplica a aquellos sujetos que encuadren y se encuentran inscriptos como Micro, Pequeñas o Medianas Empresas, para las deudas correspondientes a las obligaciones vencidas al 30 de noviembre del 2019, inclusive, o las infracciones relacionadas con las obligaciones, el régimen de regularización de deudas tributarias y de los recursos de seguridad social y de condonación de intereses, multas y demás restricciones de índole tributaria.

A tal fin, será necesario acreditar su inscripción con el Certificado MiPyME, tanto se tratará de personas humanas o jurídicas.

La Resolución 279/2020 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, publicada en el BO el 1/4/2020 derogó la Resolución 219/2020.

Generica Finanzas

Reglamentación Del Ministerio De Trabajo, Empleo Y Seguridad Social – Aislamiento Social Preventivo Y Obligatorio

El 20 de marzo de 2020 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 219/2020 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (la “Resolución”), que reglamenta el alcance del aislamiento social preventivo y obligatorio dispuesto por el Decreto de Necesidad y Urgencia 297/2020, de fecha 19 de marzo de 2020.

La Resolución establece que los trabajadores y trabajadores alcanzados por el “aislamiento social preventivo y obligatorio” quedarán dispensados ​​del deber de asistencia al lugar de trabajo.

Asimismo, la Resolución establece situaciones diferentes, en función del poder o no realiza tareas desde el lugar de aislamiento:

• Cuando sus tareas u otras análogas pueden ser realizadas desde el lugar de aislamiento requerido en el marco de la buena fe contractual, establecer con su empleador las condiciones en que dicha mano de obra será realizada. Quienes efectivamente acuerden este modo de realización de sus tareas, percibirán su remuneración habitual.

• En aquellos casos en que esto no sea posible, las sumas percibidas tienen un carácter no remunerativo, excepto el respecto de los aportes y las contribuciones al sistema nacional del seguro de salud y el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados.

Por lo tanto, en este último caso deberán ingresarse únicamente:

    ➢ Aportes y contribuciones al sistema nacional del seguro de salud (Obra Social):

        o Trabajador: 3%

        o Empleador: 6%

    ➢ Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP):

        o Trabajador: 3%

        o Empleador: 1,57% a 1,59%

La Administración Federal de Ingresos Públicos dispondrá de las medidas necesarias a fin de verificar la correcta aplicación de esta disposición.

Asimismo, la Resolución establece las siguientes consideraciones:

• Quienes prestan servicios en las actividades descriptas en el artículo 6 del DNU 297/2020 (ampliado posteriormente por la Decisión Administrativa 429/2020 de la Jefatura de Gabinete) que serán esencialmente “personales esenciales” en los términos de la Resolución 207 del Ministerio de Trabajo.

• Están incluidos dentro del concepto de trabajadores quienes presten servicios de forma continua bajo figuras no dependientes como las locaciones de servicio reguladas por el Decreto Nro. 1109 del 28 de Diciembre de 2017 (prestación de servicios profesionales autónomos que sean necesarios para el desarrollo de tareas, estudios, proyectos o programas especiales), aquellas otras que se desarrollen en forma análoga dentro del sector privado, las prestaciones resultantes de becas en lugares de trabajo y las pasantías, como así también las residencias médicas comprendidas en la Ley N° 22.127 y los casos de pluriempleo o de múltiples receptores de servicios.

• La reorganización de la jornada de trabajo a efectos de garantizar la continuidad de la producción de las actividades declaradas esenciales en condiciones adecuadas de salubridad en consonancia con los protocolos establecidos por la autoridad sanitaria, será considerado un ejercicio razonable de las facultades del empleador. Las horas suplementarias que resulten de cumplimiento necesario para estos fines, tendrán una reducción del 95% de la alícuota prevista en el artículo 19 de la Ley N° 27.541 que se destine al Sistema Integrado Previsional Argentino.

• La necesidad de contratación de personal mientras dure la vigencia del “aislamiento social preventivo y obligatorio”, deberá ser considerada extraordinaria y transitoria en los términos del artículo 99 de la Ley de Contrato de Trabajo. Los salarios de los trabajadores contratados por este período bajo esta modalidad tendrán una reducción del 95% de la alícuota prevista en el artículo 19 de la Ley N° 27.541 (Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública) que se destine al Sistema Integrado Previsional Argentino.

En consecuencia, las alícuotas de contribuciones patronales referidas en los dos puntos anteriores, quedarán establecidas como sigue:

     ➢ Empleadores pertenecientes al sector privado cuya actividad principal encuadre en el sector “Servicios” o en el sector “Comercio”, siempre que sus ventas totales anuales superen los límites para la categorización como empresa mediana tramo 2 (según Resolución SEPyME): 1,02 % (en lugar de 20,40%).

     ➢ Restantes pertenecientes al sector privado y sector público: 0,9% (en lugar de 18%).

• Los protocolos requeridos al personal que deba continuar prescribiendo tareas de una certificación para ser exhibida en caso de requerimiento por parte de controles policiales, en el nombre del usuario, número de teléfono y otros datos que dependen de una identificación adecuada de la empresa; nombre, número de documento y domicilio del trabajador, su calificación como personal esencial y domicilio del lugar de trabajo.

Contacto: María Eugenia Castex mecastex@russellbedford.com.ar

Imagen: Freepik.es

Novedades RBI

Russell Bedford Scoops Top Honours At Prestigious International Accountancy Awards

Global accounting network, Russell Bedford International was awarded the title of ‘Network of the Year’ at the 2019 International Accounting Bulletin Awards ceremony which took place at the iconic Waldorf Hilton in London on Thursday, 3 October.

Additionally, the network’s CEO, Stephen Hamlet took the individual award for ‘Personality of the Year’, gaining recognition for his leadership and contribution to the profession.

As winners of the award for ‘Network of the Year’, Russell Bedford demonstrated the successful execution of profitable growth strategies and was recognised by the industry as a reputable brand that consistently delivers high quality professional services. The network also excelled in a number of key strategic and operational areas over the past 12 months and is compliant with the IFAC definition of a network.

In his capacity for the award of ‘Personality of the Year’, Stephen Hamlet demonstrated his passion as an ambassador for addressing the issues that are affecting the profession, with a vested interest in working through the challenges that affect the member firms in the network. He also showed a vibrant and positively fresh personality, opening dialogue on key issues and maintaining a progressive and solution-based attitude, keeping Russell Bedford firmly on the path of continuous development.

The judges’ comments included:

Network of the Year

“This year’s winner raised and refreshed its profile and delivered growth. Not only did this network grow its revenue, but it also recruited new members in new territories outside its long-standing comfort zones.”

Personality of the Year

“The winner of this award is someone who has developed a strong presence within the industry over the last year and has worked tirelessly to build the brand and profile of their network. Tonight’s winner must have very good miles as he has travelled extensively to various member firms across the world to build greater relationships between member firms. He also took a special interest in appealing to younger people in its member firms, meeting as many face to face as well as building a good online presence.”

Speaking of the awards, Russell Bedford CEO, Stephen Hamlet said: “I am absolutely ecstatic! Although I have always wholeheartedly believed in Russell Bedford and our network’s capabilities, having become CEO in the middle of 2017, I couldn’t in my wildest of dreams have expected to see the network progress to such heights in such a short space of time. I have been truly overwhelmed by the phenomenal response to these acknowledgements and am so extremely proud to lead this incredible group of talented individuals. A huge thank you to everyone who was involved in receiving these awards – there are so many great people behind such magnificent achievement and I am forever grateful to everyone who has supported me and our network. We’ll be celebrating together for some time, I’m sure!”

Russell Bedford Chair, Bruce Saward, added: “I am overjoyed by this fantastic news. It is a great recognition of the hard work and success of the last year especially, and a real endorsement of the strategy and the impact of the actions taken over the last few years. This will be another element that assists in further growth and recruiting like-minded firms. I thank the entire team for their great efforts and constant dedication.”

See the official 2019 International Accounting Bulletin Digital Accountancy Awards winners HERE.

Generica Negocios internacionales

Decreto 609/2019 | Comunicación “A” (BCRA) 6770. Exterior Y Cambios. Adecuaciones

Se establecen determinadas modificaciones al régimen de ingresos y egresos en el mercado de cambios con vigencia a partir del 01/09/2019 y hasta el 31/12/2019. Entre las novedades, destacamos las siguientes:

Para las exportaciones que se realicen a partir del 2/9/2019: deberán liquidarse los dólares como máximo 5 días hábiles después del cobro o 180 días después del permiso de embarque (15 días para las commodities). Mientras que para las exportaciones oficializadas antes del 2/9/2019 que se encuentren pendientes de cobro: tendrán que liquidarse los dólares como máximo dentro de los 5 días hábiles posteriores al cobro (incluyendo anticipos y prefinanciación). Respecto a los egresos no hay restricciones para la compra de divisas para el comercio exterior.
Se prohíbe el acceso al mercado de cambios para el pago de deudas y otras obligaciones en moneda extranjera entre residentes concertadas a partir del 01/09/2019.
Respecto a las personas jurídicas residentes, podrán comprar divisas sin restricciones para la importación o pago de deudas a su vencimiento. Por su parte, necesitarán autorización por parte del BCRA para la compra de divisas con el fin de formar activos externos para la precancelación de deudas, para girar al exterior utilidades y dividendos y realizar transferencias al exterior. Asimismo, tendrán impedida la compra de divisas con fines de atesoramiento.
Personas humanas: podrán comprar hasta USD 10.000 por mes sin limitaciones. Para montos mayores, requerirán autorización previa del BCRA.
Personas humanas y jurídicas no residentes: podrán comprar hasta USD 1.000 por mes  sin autorización previa del BCRA.
Por su parte, no habrá limitaciones para extraer moneda extranjera de las cuentas y ni restricciones sobre viajes al exterior.

Quedamos a disposición para cualquier aclaración o ampliación del presente.

Novedades Seguros

Las Empresas De Seguros Y Sus Expansiones.

Entrevistadora: Se están generando empresas pequeñas, que son disruptivas del sistema, y están atacando, la cadena de valor de las empresas existentes, verdad?

Gabriel: Si, hay muchos negocios en nicho que se están diferenciando.

Siempre se dice que en la Argentina hay muchas empresas de seguros comparadas con el mundo, y si lo miramos fríamente, puede que 200 compañías para el mercado que tenemos, que tiene apenas el 3% del PBI de la Argentina, si sean muchas.

Pero la realidad es que, a diferencia del resto del mundo, en Argentina las compañías están muy segmentadas.

Cuando segmentamos esas 200 compañías en sus nichos y separamos las compañías de banca seguros, las que se dedican solo atención de negocios sindicales, las que están segmentadas por ramos, por especialización, etc. realmente no hay tal dispersión, ni tal magnitud.

Por otro lado, estos negocios por ramo indican que el mercado está concentrado: por especialización hay 3 o 5 compañías que lo dominan, hay realmente una posición dominante.

Hoy este sector dominante, es un sector de capitales nacionales, a diferencia de lo que pasaba en otro momento, y como son capitales argentinos no tienen muchas opciones de elegir si se quedan acá o se van a otro lado.

A lo mejor en otro momento una crisis como esta hubiese generado una estampida, en este caso, no se da, porque no están: no estuvieron con el gobierno anterior y no vinieron con este gobierno, por lo tanto, somos los que somos y operamos los que estamos, y cada uno trata de sobrevivir o diferenciarse de sus competidores en la coyuntura que le toca vivir.

Y es más, la mayoría de los operadores grandes son de sistemas cooperativos, son empresas que realmente se han diferenciado e inclusos, varios, se han expandido regionalmente.

Hoy ya tenemos dos o tres cooperativas que además de tener una muy fuerte y muy buena gestión en la Argentina se han extendido a Uruguay, Paraguay, Bolivia, Brasil y en toda la región.

Se han transformado en cooperativas multinacionales, impensado hace varios años.

Es un mercado muy chiquito, pero es para destacar que una cooperativa que apenas podía competir con las multinacionales hace 15 o 20 años, hoy sea un operador regional muy fuerte en Uruguay, en Paraguay, incluso en Brasil.

Que pueda competir de igual a igual con los operadores locales de esos lugares, es parte de la experiencia y el aprendizaje que han vivido.

E: Estas empresas también están dedicándose a invertir en proyectos o emprendimientos que salen del sector seguros, para poder hacer un puente a una transformación a futuro, esto es algo que se está pensando en general en el sector?

G: La mayoría de las compañías si están pensando en tener negocios complementarios o integrados verticalmente con la actividad de seguros.

La actividad de seguros es, en esencia, una actividad de servicios pero financieros, primero cobran la póliza y, en algún momento, cuando ocurre el siniestro, pagan, mientras tanto deben administrar su cartera de inversiones de una manera eficiente.

En el 2017, la Superintendencia emitió una normativa que impulsaba el desarrollo de la economía real mediante proyectos de emprendimientos inmobiliarios, hubo compañías de seguros que implementaron esas inversiones inmobiliarias cómo desarrolladoras, mejorando la rentabilidad financiera propia, pero además, incentivando a la economía real.

Por otro lado, otras compañías están invirtiendo en negocios paralelos, desde otorgar préstamos de consumos, hasta comprar un banco o hacer desarrollos inmobiliarios financiando la compra de la vivienda.

Hay una compañía que está desarrollando un complejo muy grande de casi 4000 viviendas en la Ciudad de Buenos Aires que tiene como proyecto otorgar ese financiamiento de acceso a la vivienda a su grupo de afinidad, que son taxistas, por ejemplo. O sea, vende seguros de autos a taxistas y desarrolló un proyecto para financiarles viviendas.

En otros casos, se están desarrollando proyectos para fidelizar a los clientes, ya sea al consumidor final o a sus productores.

Si, el sector se está expandiendo lateralmente, pero esta expansión no es orgánica, cada uno desde su lugar y mirando su ecosistema desarrolla políticas que le permitan diferenciarse o mejorar su actividad financiera.

E: ¿Qué nichos son tendencia?

G: Se ven varias cosas dependiendo de quién sea el operador.

Por un lado las compañías que operan en todos los ramos necesitan operar en autos porque les da volumen.

Pero también la inmensa mayoría de las compañías quieren complementar el negocio de seguro de auto, que es deficitario, con ramos más nobles.

Así complementan la póliza del auto con la póliza del hogar o de la vida o de accidentes personales, tratando de vender un servicio que el asegurado antes no necesitaba y que ahora tiene.

También se da que el seguro del auto tiene un resultado técnico negativo que está fuertemente compensado por las ganancias financieras.

En contexto de alta tasa de interés y tasa inflacionaria es lógico que las compañías vendan con un resultados técnicos de 10/12 puntos negativos porque ganan 25 financieramente, en la medida que las tasas de interés empiecen a bajar las compañías van a necesitar vender a las tasas técnicas más razonables y que no tengan resultado técnico, hoy, todas están preparándose para ese escenario.

Una forma es vendiendo productos complementarios y otra es empezando a suscribir con mayor especialización técnica o con mayor segmentación, porque a veces lo que genera resultado técnico negativo general no está generado por toda la cartera sino por determinados componentes o determinadas particularidades.

D: Las compañías de seguros venden a un precio, pagan los siniestros, pagan las comisiones a los productores y pagan los gastos de empleados, oficinas, etc.

La diferencia la ganan, pero muchas dicen: no, no importa si pierdo. La cuenta matemática que hice, si da perdida no me preocupa, porque yo mientras tanto, como dijo Gabriel, invierto el dinero.

Porque pago más tarde los siniestros, y los resultados financieros son espectaculares.

Cubro lo que pierdo y gano.

“Pierden” en el resultado técnico, pero, cuando agregas lo que ganan financieramente el resultado final puede ser muy bueno.

Las compañías más serias no pretenden ganar basados en lo financiero, sino que pretenden tener precios con ganancia real, lo que se llama ganancia técnica.

Obviamente que muchos precios los dicta el mercado y no pueden hacerlo, actualmente, en seguro de autos, claramente: no es posible.

Generica Fintech

2019: Perspectiva De Un Año Electoral Y Nuevas Tecnologías.

Le preguntamos a Gabriel Marinozzi cuales eran las expectativas que se proyectaban hacia este 2019 que estamos transitando. Aquí les compartimos su visión, con el panorama nacional y los avances mundiales en el mercado.

Gabriel: El año electoral va a marcar la agenda de todos, y con eso, la perspectiva de que la Argentina pueda ir a un default, o resuelva definitivamente los problemas coyunturales que hemos arrastrado durante los últimos 30 años, y se encamine hacia una senda de normalidad y crecimiento, no tan alto pero sostenible.

Me parece que la discusión es de corto plazo: qué ideología política y que implementadores ganaran las elecciones. Esta incertidumbre va a durar hasta el momento mismo de la elección, para, en una segunda instancia, ver cómo va a resolver la bomba de tiempo que estalló.

Cómo se van a resolver los problemas coyunturales de la Argentina, que son: Si se sostiene la baja del déficit y cómo se resuelve. Si se resuelve bruscamente o se resuelve por las buenas. Cómo impacta eso en las tasas de intereses. Cómo impacta eso en la inflación. Cómo impacta en el tipo de cambio. Sus efectos en el empleo, en la producción y en el crecimiento del PBI.

Por esto, todas las inversiones van a ser con una mirada de corto plazo, nadie va a decidir inversiones de largo plazo, inversiones estratégicas.

La industria de seguros, en particular, tiene una coyuntura, en el corto plazo, beneficiosa.

Tiene activos que, en general, son líquidos y aunque fueran revaluados, por la devaluación, o por las tasas de interés exageradas, cuentan con que los pasivos no crecen con esa velocidad.

Los pasivos de las compañías de seguro son los juicios o los siniestros que se tendrán que pagar que, en general, están pesificados, y si bien, en el largo plazo tienden a equipararse porque se actualizan por tasa de interés, esta tasa es bastante inferior, o más lenta, que la revalorización de los activos.

Entonces tenemos un sector de seguros que está más sólido que hace un año, a pesar de la crisis, y que, si las compañías son inteligentes, pueden ayudar a reducir sus pasivos utilizando la revaluación más rápida de los activos.

De cualquier manera la crisis les va a llegar: hay personas que antes tomaban un seguro y ahora no lo van a poder pagar, como también hay personas que antes tomaban una cobertura más alta y hoy tomarán una inferior. En el día a día, y en el mediano plazo, el impacto de la crisis se va a sentir, a pesar de que financieramente hayan tenido algún beneficio coyuntural en el corto plazo. 

Entrevistadora: ¿Cuáles son tus recomendaciones para moverse o salir de este escenario? 

G: Yo creo que la clave es adaptarse al escenario.

El sector es muy dinámico y se adapta rápido, hay que aprovechar la oportunidad de poder salir a cancelar pasivos con activos ahora revaluados.

También empezar a ofrecer productos de crisis, invocando la innovación y entendiendo las necesidades de los clientes pueden ser muy útiles.

Por ejemplo: hay muchas pólizas que tienen muchos servicios agregados, algunas compañías están implementando “recortarles” servicios, como una manera de bajar precios manteniendo las coberturas esenciales, entonces: si antes brindaban una cobertura de seguros con “x” sumas aseguradas y le agregaban productos colaterales para diferenciarse en el mercado, en época de crisis, probablemente, lo que convenga es recortar esos accesorios que elevan los precio y las hacen más difícil de pagar para el usuario. 

Por otro lado, también, vemos lo contrario: mantengo el precio y agregó coberturas para diferenciarme del resto, “cómo estoy perdiendo mercado le quiero comer mercado al resto”. Hay estrategias diversas de los dos lados.

También hay que tener en cuenta que el mundo avanza y la modernidad nos llega a pesar de la crisis económica. 

Ya hay muchas compañías que están trabajando en implementar tecnologías que permitan, de forma muy irruptiva, ser mucho más rápidas, que se diferencien de los demás.

Hay mucha tecnología disponible para instalar en el mercado.

Hay compañías que ya nos han contactado para ser totalmente digitales, donde desde la contratación del seguro hasta el pago de un siniestro no intervenga una persona, que sea todo realizado a través de aplicaciones o por algún medio digital.

Hay muchas compañías que lo están pensando, algunas en parte, pero esto, que es una implementación muy irruptiva, puede cambiar la lógica del mercado, y habrá quienes sean las primeras, pero al poco tiempo, por necesidad, el resto de las compañías se van a tener que adaptar.

A la larga, va a contribuir a la eficiencia del sector.

En el mundo hay mucha tecnología disponible que la Argentina puede captar.

Y hay otra tecnología que no está disponible pero que va a estar: desde hace 3 o 4 años hay compañías privadas que están lanzando microsatélites o nanosatélites al espacio a muy bajo costo.

Hoy ya hay compañías privadas que, con inversiones inferiores a 50 millones de dólares, han instalado satélites que filman o sacan fotos cada 5 minutos con una definición de un metro en la tierra.

Para una compañía de seguros va a ser muy fácil, por ejemplo, detectar en qué momento y en qué circunstancias se dio un siniestro, eliminando un montón de fraudes, y un montón de discusiones legales, haciendo muy sencillo resolverlo.

E: ¿Ante todo en agro?

G: En agro o en autos: vas a poder ver si el choque que se dio en tal esquina ocurrió y de quien fue la culpa. Resolviendo muy fácimentel el conflicto que hoy existe. 

Hoy muchas compañías van a juicio, no porque no quieran pagar, sino porque no está claro si el culpable del accidente es el asegurado o el tercero y en qué caso son culpa del concurrente.

Entonces todas esas cuestiones que: encarecen el proceso, que dejan disconforme al asegurado, y que dejan disconforme a quién debería ser el receptor del beneficio, se van a subsanar simplemente con mirar una imagen que probablemente tenga un costo casi ínfimo comparado con el mercado.

Toda la tecnología y toda las cuestiones que tengan que ver con innovación van a tener un impacto muy significativo.

Yo creo que no solamente en el sector de seguros, en el resto de las actividades también. 

Dentro de 5 años vamos a vivir en un mundo totalmente diferente.

Hace 7, 8 años no nos imaginábamos que cualquiera podía filmar un video con un teléfono y hoy no nos imaginamos el mundo contrario, todas las tecnologías van cambiando nuestra vida y la vida de las empresas muy rápidamente.

Lo que quiero decir es que, a pesar de la coyuntura que no es tan buena para la industria, el mundo avanza y hoy es muy fácil y rápido contar con eso.

Entonces, en algunos casos, si la economía está bien, lo tenés que utilizar para diferenciarte y, si la economía está mal, lo tenés que utilizar para sostenerte, pero ya sea como estrategia ofensiva o defensiva, siempre está bien disponer de esas tecnologías que ayudan a apalear un poco la crisis.

Novedades Impostitivas

Novedades Impositivas – Plan De Pagos 60 Cuotas

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 4547

Se establece que el segundo y tercer anticipo correspondiente al impuesto a las ganancias que deberán ingresar las personas humanas en los meses de octubre y diciembre de 2019 deben ser calculados aplicando sobre la base de cálculo pertinente el porcentaje del 10% en lugar del 20%. Cabe señalar que la medida resulta de carácter financiero, por lo que el saldo de la declaración jurada generará un importe mayor a ingresar del que se hubiera generado si los 2 anticipos citados hubieran sido ingresados por su importe original.

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 4548

Hasta el 31 de diciembre de 2019 no se tendrá en cuenta la categoría SIPER para acceder al régimen de facilidades de pago permanente, y se incrementa de 6 a 10 la cantidad máxima de planes vigentes a la que podrán acceder las pymes. Aquellos sujetos que tenían un SIPER con perfil de riesgo medio o superior podrán acceder a reducciones en las tasas de financiamiento y una mayor cantidad de cuotas en los planes de pago. 

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 4546

La AFIP procede a incrementar en un 20% el mínimo no imponible y la deducción especial del impuesto a las ganancias para los trabajadores en relación de dependencia, jubilados, pensionados y actores; ya han sido difundidas elas tablas mensuales para efectuar las retenciones del impuesto en relación con las remuneraciones y/o haberes que sean abonados a partir de septiembre, y hasta diciembre de 2019. Los nuevos importes anuales incrementados son los siguientes: 
– Ganancia no imponible [art. 23, inc. a)]: $ 103.018,79 
– Deducción especial [art. 23, inc. c)]: $ 494.490,17 
Con relación a las diferencias que surjan en la liquidación por la aplicación de los nuevos importes, si las mismas generan saldo a favor de los sujetos retenidos, deberán ser reintegradas en 2 cuotas iguales en los meses de setiembre y octubre de 2019, a ser exteriorizadas en los recibos de sueldo correspondientes bajo el concepto “Beneficio Decreto 561/19”.

Novedades Impostitivas

Régimen General De Retención – Resolución General 4525/2019

Régimen general de retención. Se incrementan los montos no sujetos a retención y los importes mínimos de retención – Resolución General 4525/2019

El día 15/07/2019 fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución General de referencia, mediante la cual se modifica el Anexo VIII de la Resolución General 830 en lo que respecta a los montos no sujetos a retención.

Entre las principales modificaciones destacamos:        

  • De $ 142.400  a $224.000 cuando se trate de pagos por enajenación de bienes muebles y bienes de cambio.
  • De $ 42.700 a $67.170 cuando se trate de pagos por locaciones de obra y/o servicios no ejecutados en relación de dependencia no mencionados expresamente en otros incisos.
  • De $7.120 a $11.200 cuando se trate de pagos por alquileres o arrendamientos de bienes muebles.

Asimismo, se modifican los importes mínimos de retención, según el siguiente detalle:

  • Pagos a sujetos inscriptos en el impuesto: de $150 a $240.
  • Pagos a sujetos no inscriptos en el impuesto, en concepto de alquileres o arrendamientos de bienes inmuebles urbanos: de $650 a $1.020.
  • Pagos a sujetos no inscriptos en el impuesto, por conceptos no mencionados en el inciso precedente: de $150 a $240.

Adjuntamos el anexo con las modificaciones respectivas.  DESCARGAR

Destacamos que las modificaciones introducidas por la presente resolución serán de aplicación para los pagos que se efectúen a partir del 01/08/2019.