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Novedades Impositivas 20/01/25

RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5638 – Impuesto PAIS: devolución de percepciones ingresadas en exceso.

Se instrumenta un procedimiento excepcional de devolución de saldos a favor para los agentes de percepción y liquidación del Impuesto PAIS, que hubieran ingresado percepciones en exceso respecto de la obligación tributaria que en definitiva les correspondía.

Este procedimiento se efectivizará mediante un mecanismo de compensación de dichos importes, contra el impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias. Dicha compensación podrá ser realizada, en cuotas, hasta el 30/5/2025.

RG (API Santa Fe) 6/2025 – Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes. Modificación de escalas y fechas de vencimiento del año Fiscal 2025.

La Administración Provincial de Impuestos introdujo modificaciones en los tramos de importes de los ingresos brutos anuales del Régimen Simplificado, aplicables para el año fiscal 2025.

Por otra parte, se establece que los pequeños contribuyentes del Régimen Simplificado podrán realizar la recategorización hasta el 28 de febrero de 2025.

Por último, se dispone que serán considerados como realizados en término, tanto el pago correspondiente al período enero/2025, como el pago total anual del período 2025 del régimen simplificado, siempre que se efectúe hasta el 28 de febrero de 2025.

DECRETO (La Pampa) 12/2025 – Se reduce al 0,5% la alícuota del impuesto sobre los ingresos brutos para la actividad de venta por mayor de productos cárnicos bovinos.

Se dispone la reducción al 0,5% de la alícuota del impuesto sobre los ingresos brutos para la actividad de venta por mayor de productos cárnicos bovinos (código de actividades 461.032 y 463.121), exclusivamente para los contribuyentes que cumplan las condiciones que se establecen en el presente Decreto. Dichas disposiciones no serán aplicables cuando los productos se comercialicen a consumidor final.

El citado beneficio tendrá vigencia a partir del 1 de Enero de 2025 o del primer día del mes en que se cumplan totalmente las condiciones establecidas, lo que sea posterior, y hasta el 31 de Diciembre de 2025.

DECRETO (La Pampa) 28/2025 – Se reduce al 0% la alícuota del impuesto sobre los ingresos brutos para la actividad de Distribución de Energía Eléctrica para determinados contribuyentes.

Se establece una reducción al 0% de la alícuota del impuesto sobre los ingresos brutos para la actividad de Distribución de Energía Eléctrica (código de actividad 351.320), aplicable únicamente a ciertos contribuyentes. Esta reducción no se extiende a los ingresos provenientes de la venta de energía eléctrica directamente a los consumidores finales. 

Por último, la medida tendrá vigencia desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025.

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Corrientes) 277/2025 – Corrientes: Ingresos Brutos. Contribuyentes Directos: Prorrogan las fechas de vencimiento de la DDJJ del mes de enero 2025

Se prorrogan por 5 días hábiles los vencimientos correspondientes al mes de enero de 2025 para los contribuyentes Directos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Las nuevas fechas de vencimiento son las siguientes:

  • CUIT 0, 1 y 2: 24/01/2025
  • CUIT 3, 4 y 5: 27/01/2025
  • CUIT 6, 7, 8 y 9: 28/01/2025

RESOLUCIÓN GENERAL (DPR Jujuy) 1691/2025 – Jujuy: Adecuaciones del aplicativo S.I.R.PE.S.E Web para los agentes de retención y percepción del impuesto de sellos.

Con motivo de la aprobación de la ley impositiva para el período fiscal 2025 –L. (Jujuy) 6442-, se procede a la actualización del Nomenclador de operaciones S.I.R.Pe.Se Web.

RESOLUCIÓN GENERAL (DPR Jujuy) 1692/2025 – Jujuy: Actualización del programa aplicativo denominado “Sistema informático de percepción de escribanos públicos” a partir de enero del 2025.

Se aprueba la versión 1.13 del programa aplicativo denominado “Sistema Informático de Percepción de Escribanos Públicos” (S.I.P.E.P. V.1.13), el cual estará disponible para su descarga en el sitio web de la Dirección Provincial de Rentas (www.rentasjujuy.gob.ar).

Cabe destacar que este programa será de aplicación para las presentaciones que se realicen a partir del 1 de enero de 2025.

DECRETO ACUERDO (Tucumán) 1-3/2025 –  Se exime al Estado Provincial de la presentación del certificado de cumplimiento fiscal.

Se exceptúa hasta el 31 de diciembre de 2025 la presentación del certificado de cumplimiento fiscal, a los efectos de la admisibilidad de las ofertas y propuestas que se presenten en las contrataciones de bienes y servicios que realice el Estado Provincial.

PROYECTO DE LEY – Quebrantos impositivos. Actualización. 

El Poder Ejecutivo presentó al Congreso de la Nación un Proyecto de Ley que permitiría la actualización de quebrantos impositivos del Impuesto a las Ganancias para los ejercicios fiscales que se inicien a partir del 1 de enero de 2025, inclusive.

Además, se propone que se admita la actualización respecto de los quebrantos que se hubieran generado con anterioridad a dicha fecha y que sean pasibles de cómputo en los ejercicios fiscales señalados. Esta propuesta será tratada durante el período de sesiones extraordinarias.

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