Novedades-Impostitivas-1600x900 ff

Novedades Impositivas 05/11/24

RESOLUCIÓN NORMATIVA (ARBA Bs. As.) 28/2024. Modificación del texto normativo del Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra “SIRTAC”.

En virtud de la derogación del régimen de retención del IVA y ganancias para operaciones de transferencias electrónicas de fondos de AFIP -RG (AFIP) 4622-, se adecua el texto de la normativa de adhesión de Buenos Aires al Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra “SIRTAC” eliminando la referencia a la mencionada resolución general de la AFIP.

Novedades-Impostitivas-1600x900 ff

Novedades Impositivas 04/11/24

RESOLUCIÓN (ATER Entre Ríos) 385/2024. Reglamentación del Régimen de Regularización de Activos.

Se reglamenta la adhesión al Régimen de Regularización de Activos LEY (Entre Ríos) 11150-, estableciendo que los contribuyentes y/o responsables que hubiesen adherido al mismo, a fin de liberarse de los gravámenes provinciales que debieron declarar e ingresar a la Provincia de Entre Ríos, deben ingresar a la web de la AFIP con Clave Fiscal, manifestar su voluntad de adherir, completar la información requerida y adjuntar la documentación necesaria para la declaración jurada de regularización. El plazo para realizar la presentación es desde el 1 de noviembre de 2024 hasta el 3º de junio de 2025, pudiendo prorrogarse.
Destacamos que los sujetos y responsables deberán poseer Domicilio Fiscal Electrónico.

RESOLUCIÓN NORMATIVA (ARBA Bs. As.) 27/2024. ARBA: Condiciones especiales aplicables a regímenes de regularización de deudas.

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires establece mayores beneficios y condiciones especiales para quienes se acojan a los regímenes de regularización para deudas en instancia prejudicial vencidas o devengadas entre el 1° de enero de 2024 y hasta el 31 de diciembre de 2024 y/o al régimen de facilidades de pago permanente.
Destacamos que los beneficios varían de acuerdo a la fecha de acogimiento y la cantidad de cuotas, y pueden llegar hasta un 30% de reducción del monto de acogimiento en el caso que se abone en 1 solo pago.
Señalamos que estas condiciones especiales tienen vigencia entre el 4 de noviembre y el 15 de diciembre de 2024. 

RESOLUCIÓN (DPR Neuquén) 325/2024. Tasas de interés aplicables a partir del mes de noviembre de 2024.

La Dirección Provincial de Rentas adecúa, a partir del 1° de noviembre de 2024, a 4% la tasa de interés resarcitorios y de planes de facilidades de pago.

RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5596. Blanqueo de capitales: adecuaciones normativas de acuerdo a la última prórroga.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero modifica la reglamentación del “Régimen de regularización de activos”, a raíz de la prórroga dispuesta por el Poder Ejecutivo por medio del decreto 977/2024, la cual se extiende hasta el día 7 de mayo del 2025.

Novedades-Impostitivas-1600x900 ff

Novedades Impositivas 01/11/24

DECRETO 977/2024 – Blanqueo: se prorrogan las fechas del Régimen de Regularización de Activos para las tres etapas.

El Poder Ejecutivo Nacional ha establecido prorrogar las fechas del Régimen de Regularización de Activo, según se detalla a continuación:

1 ETAPA

  • Periodo para manifestar la adhesión y el pago adelantado obligatorio: del 1 de noviembre de 2024 y hasta 8 de noviembre
  • Presentación de la DJ y pago del impuesto: 6 de diciembre de 2024


2 ETAPA

  • Periodo para manifestar la adhesión y el pago adelantado obligatorio: del 9 de noviembre de 2024 y hasta el 7 de febrero de 2025.
  • Presentación de la DJ y pago del impuesto: 7 de marzo de 2025.


3 ETAPA

  • Periodo para manifestar la adhesión y el pago adelantado obligatorio: del 8 de febrero de 2025 y hasta el 7 de mayo de 2025
  • Presentación de la DJ y pago del impuesto: 6 de junio de 2025

Los contribuyentes que, adheridos durante este plazo de extensión, hubiesen regularizado fondos por un total mayor a cien mil dólares estadounidenses (USD 100.000), deberán mantener sus fondos hasta el 31 de diciembre de 2025 para evitar el pago del impuesto.

RESOLUCIÓN (SPyMEEyEC) 480/2024 – Régimen de Factura de Crédito Electrónica MIPYMES: prórroga de plazos a partir de noviembre.

Se establece que, desde el 1° de noviembre 2024 hasta el 31 de octubre de 2025, serán de VEINTIÚN (21) días corridos los plazos:

  • Para la aceptación tácita en caso de que el receptor no la hubiese aceptado o rechazado.
  • El rechazo de la factura de crédito electrónica MiPyMEs ocasionado por las causales previstas en los incisos a) al f) del artículo 8 de la Ley N° 27.440.

DECRETO 973/2024 – Se difiere la actualización del impuesto sobre los combustibles líquidos y al dióxido de carbono y se modifica el cronograma de aumentos.

Se establece en forma diferida el impacto del incremento del impuesto sobre los combustibles líquidos y al dióxido de carbono aplicable a la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil.

Se detalla a su vez que el incremento en los montos de impuesto que resulte de la actualización correspondiente al primer trimestre del año 2024 y el que se origine en la actualización correspondiente al segundo trimestre calendario del año 2024 surtirán efectos respecto de la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil, para los hechos imponibles que se perfeccionen desde el 1° de diciembre de 2024.

RESOLUCIÓN (SIP Cba) 55-D/2024 – Córdoba: Revisión de pautas utilizadas en la designación de agentes para reducir y actualizar el universo de los mismos.

Se dispone que la Dirección General de Rentas efectúe una revisión integral de las pautas, reglas y/o parámetros sistémicos que utiliza en el análisis y propuesta de designación de los distintos Agentes de Retención, Percepción y/o Recaudación, a los fines de que en un plazo de 10 días hábiles contados a partir del 1/11/2024, se proceda a reducir el universo de sujetos nominados como tales.

Dicho organismo deberá notificar al domicilio fiscal electrónico del agente el cese en su condición de tal y la fecha a partir de cual se haga efectiva la misma.

RESOLUCIÓN (SIP Cba.) 57/2024 – Córdoba: Adecuación del Régimen de Facilidades de Pago permanente.

La Secretaria de Ingresos Públicos adecúa el régimen de facilidades de pago permanente de tributos que permitirá a los contribuyentes regularizar sus deudas tributarias vencidas hasta el 31 de octubre.

Al respecto, faculta a la Dirección General de Rentas para ajustar las normativas aplicables y extender la fecha de adhesión hasta el 10 de diciembre de 2024.

LEY (Chaco) A-4088 – Chaco: adhesión al Régimen de Regularización de Activos y Desgravación de Retenciones.

La provincia se adhiere al Régimen de Regularización de Activos, conforme a la Ley Nacional N° 27743, sin embargo, reserva a la Administración Tributaria Provincial la forma en la que los sujetos deberán acreditar la propiedad, posesión, tenencia o guarda de los activos.

Al respecto, destacamos que los sujetos que estén incluidos en el régimen obtendrán los siguientes beneficios:

  • Quedan liberados de toda infracción establecida en el código tributario por incumplimiento de deberes formales y materiales.
  • No enfrentarán procedimientos de determinación de oficio por tributos provinciales correspondientes a los períodos no prescritos hasta diciembre de 2023, vinculados a lo declarado en este régimen.

Además, se implementa una desgravación de retenciones en el Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra -SIRTAC-, facilitando así el cumplimiento fiscal y alivianando la carga tributaria de los contribuyentes locales.

RESOLUCIÓN (ART Río Negro) 802/2024 – Río Negro: Modificaciones a la ley impositiva.

Se reglamentan las modificaciones a las alícuotas aplicables para el período fiscal 2024 para la liquidación del impuesto sobre los ingresos brutos – LEY (Río Negro) 5750 -.

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Tucumán) 79/2024 – Calendario de vencimientos para el ejercicio fiscal 2025.

La Dirección General de Rentas establece el calendario de vencimientos para la presentación de declaraciones juradas y pago de las obligaciones tributarias provinciales, como así también de las Contribuciones que Inciden Sobre los Inmuebles (CISI) Comunas Rurales, correspondientes al período fiscal 2025.

DECRETO 971/2024 – Silencio positivo: aprueban el listado de los procedimientos administrativos de autorización a los que resultará aplicable. Se aprueban los listados de procedimientos administrativos para la obtención de autorizaciones administrativas regladas de la Administración Pública Nacional centralizada y descentralizada a los que resultará de aplicación el silencio con sentido positivo y aquellos que se encuentran exceptuados de su aplicación. Las reparticiones de la Administración Pública Nacional deben incorporar los trámites que en la actualidad tramiten en formato papel a la plataforma Trámites a Distancia (TAD) o a la que la repartición correspondiente utilice a tales efectos, en los próximos 5 días hábiles.

Novedades-Legales-1600x900

Novedades Legales 01/11/24

Desde hoy rige el nuevo marco normativo de IGJ: La RG IGJ 7/2015 es reemplazada por la RG IGJ 15/2024

Te compartimos los principales cambios para tener en cuenta.:

  • Respecto a las sociedades locales:
    • Se suprime el control de pluralidad sustancial o derivada de accionistas. 
    • Se elimina el requisito de publicación de edictos en los trámites de inscripción de cesiones de cuotas sociales en las Sociedades de Responsabilidad Limitada. 
    • Se incorporan y aceptan activos digitales como aporte. Refiere a activos virtuales depositados en una plataforma o billetera virtual de un Proveedor de Servicios de Activos Virtuales registrado ante la Comisión Nacional de Valores.
    • En los aumentos de capital con aporte en efectivo se elimina la exigencia de establecer que el valor de suscripción de las acciones incluya una prima de emisión.
    • Se elimina la prohibición de la “operación acordeón”, permitiendo la inscripción de la reducción a cero del capital social y su simultáneo aumento, estableciendo los requisitos necesarios. 
    • Los aportes irrevocables a cuenta de futuros aumentos de capital permanecerán contabilizados en el patrimonio neto, a menos que se rechace el aporte en forma expresa y se decida su devolución, o si se hubiera convenido expresamente la necesidad de aceptación por parte de la asamblea dentro de un plazo determinado y no se hubiera cumplido con ello. Se le da el carácter de crédito subordinado frente a la quiebra o liquidación. 
    • Se simplifican los requisitos para la confección de la “Memoria ampliada” (antes establecidos en el Art. 306 de la RG 7/15), siendo obligatoria la misma solo para las sociedades comprendidas dentro del Art. 299 de la Ley General de Sociedades y modificatorias. 
    • Se elimina la obligación de otorgar destino específico a los resultados positivos que existieran al momento de considerar los EECC. Ante un resultado positivo, los accionistas no tendrán la obligación de darle un destino específico al mismo, pudiendo de así estimarlo conveniente, mantenerlo en la cuenta de “Resultados No Asignados”. Asimismo, ante un supuesto de resultado negativo, los socios son libres de decidir el orden de prelación para la absorción de pérdidas.
    • Se simplifica el régimen de revalúos técnicos y se admite el revalúo de activos biológicos.
    • En relación a las SAS se mantiene el régimen simplificado y desregulado establecido en las Resoluciones Generales IGJ Nº 11/2024 y Nº 12/2024.
    • Posibilidad de establecer un objeto social múltiple.
  • Respecto a las sociedades extranjeras:
    • Se elimina la exigencia del RIA (Régimen Informativo Anual) requerido a las sociedades extranjeras inscriptas. 
    • Se simplifica el procedimiento de inscripción de la renuncia de los representantes designados por sociedades constituidas en el extranjero.
    • Se elimina la necesidad de acreditar la titularidad de activos localizados en el extranjero para aquellas sociedades que pretenden inscribirse en el marco del Art. 118 y 123 de la Ley General de Sociedades, el plan de inversión y el deber de informar su composición accionaria.
Novedades Impostitivas

Novedades Impositivas 30/10/24

RESOLUCIÓN. (SPYMEYEYEC) 471/2024 – Sociedades de Garantía Recíproca: modificaciones en la reglamentación.

Se simplifica el marco regulatorio aplicable a las Sociedades de Garantía Recíproca (SGR), con el fin de hacer más eficiente el sistema, generar incentivos para un funcionamiento más transparente, promover e incrementar la asistencia dirigida a MIPYMES, y posibilitar un crecimiento controlado, justificado, previsible, responsable e eficiente del impacto fiscal que genera el régimen de SGR.

DECRETO (Sgo. del Estero) 1696/2024 – Santiago del Estero: Incremento del monto mínimo no imponible para profesionales liberales. A partir del 1° de noviembre de 2024, el mínimo no imponible del impuesto sobre los ingresos brutos, no acumulativo, para los profesionales que no estén organizados bajo ninguna forma asociativa de empresa, se incrementará a $ 110.000 mensuales.

Novedades-Impostitivas-1600x900 ff

Novedades Impositivas 29/10/24

RESOLUCIÓN GENERAL (API Santa Fe) 31/2024 – SANTA FE: Baja de oficio de la inscripción en el impuesto sobre los ingresos brutos de los sujetos inscriptos como contribuyentes locales y de Convenio Multilateral.

Se establecen las circunstancias en las que la Administración Provincial de Impuestos podrá disponer de oficio la baja de la inscripción en el impuesto sobre los ingresos brutos de los sujetos inscriptos como contribuyentes locales del Régimen General o Régimen Simplificado como así también la baja en la jurisdicción de Santa Fe para aquellos sujetos que tributan por el régimen de Convenio Multilateral.

La baja de oficio establecida regirá a partir de la fecha en la cual esta Administración Provincial de Impuestos procese la información obrante en su base de datos, a fin de verificar el cumplimiento de los requisitos. El procesamiento de información mencionado sólo comprenderá a sujetos que registren inscripción en el impuesto sobre los ingresos brutos con una antigüedad igual o superior a los 12 meses, computados desde el período mensual vencido inmediato anterior al del inicio del proceso.

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Tucumán) 75/2024 – Adecuaciones al regímenes generales de percepción y retención del impuesto sobre los ingresos brutos y aprobación del programa “SIRETPER – Versión 6.0 Release 2”

Se adecúa el régimen general de retención -RG (DGR Tucumán): 23/2002- y el régimen general de percepción del impuesto sobre los ingresos brutos -RG (DGR Tucumán) 86/2000-, en particular, en lo que concierne al aspecto temporal de los regímenes, eliminando la obligación de presentar declaración jurada anual.

Además, se aprueba el programa aplicativo denominado “SIRETPER – Versión 7.0”, el cual podrá ser transferido desde la página web ww.rentastucuman.gob.ar, a partir del 25 de Noviembre de 2024, inclusive.

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR La Pampa) 18/2024 – Modificaciones a la liquidación del impuesto sobre los ingresos brutos para determinados bancos y entidades financieras.

Se modifican las disposiciones para realizar la declaración y liquidación de las bases imponibles y del impuesto sobre los ingresos brutos para determinados bancos y entidades financieras -RG (DGR La Pampa) 13/2024-, estableciendo que para bases imponibles desde el 1° Septiembre de 2024, deberá acumularse el total de los ingresos asignables a esta jurisdicción desde el 1° de Septiembre de 2024 y hasta el último día del mes que se declara, y liquidarse el impuesto a la alícuota identificada con el Tratamiento Fiscal 5 en el SIFERE.

Novedades-Impostitivas-1600x900 ff

Novedades Impositivas 28/10/24

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 5595 – SAS: procedimiento para la obtención de CUIT por parte de sociedades con domicilio en Provincia de Buenos Aires

Las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS) con domicilio legal en la Provincia de Buenos Aires deberán seguir un procedimiento simplificado para obtener la CUIT al momento de solicitar su registración ante la Dirección Provincial de Personas Jurídicas. Como parte de este proceso, deberán proporcionar la información necesaria para adherirse al domicilio fiscal electrónico y designar al administrador de relaciones de la clave fiscal.

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 5594 – SISA: Se establece la opción para compartir información productiva al Directorio de Esquemas de Diferenciación Agroindustriales.

La AFIP habilita, para los productores inscriptos en el Sistema Informático Simplificado Agrícola (SISA) excepto “Derivados granarios”, la opción de compartir la información productiva suministrada en el “MÓDULO INFORMACIÓN PRODUCTIVA” del mencionado aplicativo con alguna de las personas jurídicas inscriptas en el “Directorio de Esquemas de Diferenciación Agroindustriales”.

LEY (La Pampa) 3589 – La Pampa: Modificación a la alícuota prevista para las actividades desarrolladas por Bancos u otras instituciones sujetas al régimen de la Ley de Entidades Financieras y para las actividades de explotación de casinos

Se modifica de 15,47% a 20% el incremento de la alícuota prevista para las actividades desarrolladas por los Bancos u otras Instituciones sujetas al régimen de la Ley de Entidades Financieras (641910, 641920, 641930 y 641941) y para la actividad de Explotación de Casino (920009) – LEY (La Pampa) 3582-.
La misma tendrá vigencia desde el 1° de septiembre de 2024.

Novedades-Impostitivas-1600x900 ff

Novedades Impositivas 25/10/24

DECRETO Poder Ejecutivo 953/2024 – Se disuelve la AFIP y se crea la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

Mediante el presente decreto, el Gobierno de la Nación Argentina  crea la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) como ente autárquico y se disuelve la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) pasa a ejercer las funciones que estaban previstas para ser ejercidas por la AFIP.

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 5592 – Impuesto a las ganancias: prorrogan vencimientos para el ingreso de los anticipos correspondientes al período fiscal 2024.

A través de la presente resolución, la Administración Federal de Ingresos Públicos prorroga el vencimiento del primer anticipo del impuesto a las ganancias correspondientes al período fiscal 2024, para personas humanas y sucesiones indivisas. Las fechas son las siguientes:

– Para los CUIT terminados en 0, 1, 2 y 3 el vencimiento es el 13/11/2024

– Para los CUIT terminados en 4, 5 y 6 el vencimiento es el 14/11/2024

– Para los CUIT terminados en 7, 8 y 9 el vencimiento es el 15/11/2024

Señalamos que también se modifican las fechas de los anticipos segundo, tercero y cuarto del periodo fiscal 2024 para los meses de Diciembre, febrero, y Marzo de 2025 respectivamente.

Además, para el ingreso del primer anticipo no se encontrarán habilitados el débito automático y el pago telefónico mediante tarjetas de crédito, ni la opción de débito en cuenta a través de cajeros automáticos.

Por último y con relación a la presentación de la declaración jurada se dispone que la misma deberá efectuarse durante el mes de mayo del año siguiente al del período fiscal que se declara, según el cronograma de vencimientos que se establezca para cada año fiscal.

LEY Poder Legislativo 27782 – Declaración de emergencia ambiental, económica y habitacional por incendios en la provincia de Córdoba.

Por medio de la presente resolución, el Gobierno de la Nación Argentina declara la emergencia ambiental, económica y habitacional, por 180 días, prorrogables por igual plazo, en la provincia de Córdoba, específicamente en las localidades ubicadas en las Sierras de Córdoba y en aquellos departamentos afectados por los incendios ocurridos durante los meses de agosto y septiembre de 2024. Esta declaración se realiza con el fin de adoptar todas las medidas conducentes a combatir los incendios en la provincia de Córdoba para restaurar y restablecer las zonas afectadas y prevenir nuevos focos, en el marco del Sistema Federal de Manejo del Fuego y la Gestión Integral de Riesgos.

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Salta) 14/2024 – Reglamentación del régimen excepcional y transitorio de regularización de deudas tributarias, adhesión al blanqueo y acceso al beneficio para contribuyentes cumplidores.

Por la presente resolución, La Dirección General de Rentas de Salta establece los requisitos, formas y demás condiciones para acceder al régimen de regularización de deudas tributarias por deudas devengadas al 31 de marzo de 2024, la adhesión al blanqueo nacional y usufructuar el beneficio de contribuyentes cumplidores -Ley N° 8461-.

Destacamos que la calificación como Contribuyente Cumplidor se hará de oficio para poder acceder de manera automática a los beneficios, los que deberán calcularse y aplicarse en las declaraciones juradas de los anticipos correspondientes a los meses de Junio y Diciembre de 2025.

Asimismo para adherir al Régimen de Regularización de Activos, se requiere acceder con clave fiscal al sitio web del Organismo, en la opción “Régimen de Regularización de Activos – Ley 8461 / Manifestación de adhesión”.

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Salta) 12/2024 – Nuevos contribuyentes incorporados al Sistema automatizado de recaudación y control de la Provincia de Salta .

En función de la presente resolución, La Dirección General de Rentas de Salta incorpora, a partir de las obligaciones fiscales que se devenguen en noviembre de 2024 con vencimiento en diciembre de 2024, nuevos contribuyentes y/o responsables al “Sistema automatizado de recaudación y control de la provincia de Salta – Sares 2000” -RG (DGR Salta) 30/1994-.

RESOLUCIÓN (DPR Neuquén) 321/2024 – Prórroga del Régimen especial de regularización impositiva por deudas vencidas al 31 de mayo.

A través de la presente resolución, la Dirección Provincial de Rentas de Neuquen extiende hasta el 31 de octubre el plazo de acogimiento al Régimen especial de regularización impositiva y Facilidades de Pago establecido -L. (Neuquén) 3450.

Novedades-Impostitivas-1600x900 ff

Novedades Impositivas 24/10/24

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 5591 – IVA web F 2002 por actividad: En las declaraciones juradas se podrá visualizar el débito y crédito fiscal cargado en el Libro de IVA Digital

Mediante la presente resolución, la Administración Federal de Ingresos Públicos establece que a partir del periodo fiscal octubre 2024, la información del débito y crédito fiscal, ingresada previamente en el “Libro IVA Digital”, se podrá visualizar en el formulario “F2002 IVA por Actividad”.

LEY (Salta) 8461 – Régimen excepcional y Transitorio de Alivio Fiscal, adhesión al blanqueo nacional y beneficio para contribuyentes cumplidores

A través de la presente resolución, la provincia de Salta aprueba un régimen excepcional y transitorio para la regularización de deudas tributarias administradas por la Dirección General de Rentas de Salta por obligaciones tributarias, intereses, recargos y multas devengadas o aplicadas al 31 de marzo de 2024.

Asimismo la provincia adhiere al régimen de regularización de activos -Ley Nacional N° 27743, Titulo II- y establece un programa de beneficios para contribuyentes cumplidores.

DISPOSICIÓN (DGR Catamarca) 47/2024 – Exclusión de las Cuentas Especiales de Regularización de Activos del Régimen de recaudación sobre acreditaciones bancarias

Por medio de la presente resolución, la Dirección General de Rentas de Catamarca excluye las Cuentas Especiales de Regularización de Activos (C.E.R.A.) del régimen de recaudación sobre acreditaciones bancarias del impuesto sobre los ingresos brutos para contribuyentes locales y de Convenio Multilateral -RG (AGR Catamarca) 49/02.

RESOLUCIÓN GENERAL (ATP Chaco) 31/2024 – Se consideran presentadas y pagadas en término las declaraciones juradas del anticipo 9/2024 hasta el 16/10

Por la presente resolución, la Administración Tributaria Provincial de Chaco considera en término las presentaciones de las DDJJ y pagos correspondientes al anticipo 9 del periodo fiscal 2024, de los contribuyentes locales del IIBB y de convenio multilateral (SIFERE).

Novedades-Impostitivas-1600x900 ff

Novedades Impositivas 23/10/24

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 5588 – REIBP: extienden los plazos para el cumplimiento de obligaciones.

Mediante la presente resolución, la Administración Federal de Ingresos Públicos extiende hasta el 28 de octubre de 2024, inclusive, el plazo para realizar el ingreso del pago inicial por parte de aquellos sujetos que al 30/9/2024 no hayan cumplido con la totalidad de las obligaciones posteriores a la manifestación de la opcion al REIBP por los bienes que no hayan regularizado.

Además hasta el 28/10/2024 los sujetos que hayan presentado la declaración jurada del Impuesto sobre los Bienes Personales correspondiente al período fiscal 2023 podrán manifestar la opción de adhesión al REIBP, e ingresar el pago inicial correspondiente.

Por último se extiende hasta el 31 de octubre de 2024, el plazo para efectuar la presentación de la declaración jurada y realizar el pago del saldo resultante.

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 5589 – Se implementa el servicio web “CERTIVA – Certificados de Crédito Fiscal IVA” para la gestión de certificados de incentivo fiscal.

A través de la presente resolución, la Administración Federal de Ingresos Públicos implementa el servicio web “CERTIVA – Certificados de Crédito Fiscal IVA” para la gestión de los Certificados de Crédito Fiscal del impuesto al valor agregado emitidos en el marco de regímenes que contemplen incentivos tributarios.

En tal sentido se establecen los requisitos, procedimientos y condiciones a tener en cuenta para la emisión, imputación y utilización de los citados certificados.

Señalamos que en una primera etapa el servicio estará disponible a partir del 1/12/2024 para los certificados relacionados con el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI).

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 5590 – RIGI: unificación de procedimientos y formalidades tributarias y aduaneras.

Por medio de la presente resolución, la Administración Federal de Ingresos Públicos establece en un mismo cuerpo normativo los procedimientos, las formalidades y demás condiciones que los distintos sujetos intervinientes deberán observar, a fin de usufructuar los beneficios tributarios y aduaneros instituidos en el marco del RIGI, con el objetivo de lograr la simplificación y digitalización de los procesos y mejorar la calidad de los servicios brindados a los contribuyentes y usuarios aduaneros.

Dichos procedimientos son los siguientes:

– Obtención de la CUIT especial para los vehículos de proyecto único (VPU), su alta en impuestos y/o regímenes

– Registración de las destinaciones de importación y exportación

– Emisión y utilización de los certificados de crédito fiscal en el Impuesto al Valor Agregado

– Operaciones del VPU con sujetos vinculados y precios de trasferencia

– Régimen especial de amortización en el impuesto a las ganancias

– Facturación

RESOLUCIÓN GENERAL (DPR Jujuy) 1682/2024 – Adecuaciones en el texto normativo del Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra “SIRTAC”.

Por la presente resolución, la Dirección Provincial de Rentas de Jujuy en virtud de la derogación del régimen de retención del IVA y ganancias para operaciones de transferencias electrónicas de fondos de AFIP -RG (AFIP) 4622-, se adecúa el texto de la normativa de adhesión de Jujuy al Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra “SIRTAC” eliminando la referencia a la mencionada resolución general de la AFIP.