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Novedades Impositivas 2/12/25

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Corrientes) 284/2025 – Corrientes: reforma del Régimen Especial y adecuación de percepciones en Ingresos Brutos.

La Dirección General de Rentas de Corrientes dispuso que los Contribuyentes incluidos dentro del Régimen Especial no serán pasibles de retenciones ni percepciones del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y acreditarán su condición de tales ante los Agentes de Recaudación mediante la exhibición y entrega de fotocopia debidamente suscripta de la Credencial extendida por este Organismo. Esta disposición, no alcanza al Régimen de Recaudación Bancaria dispuesto por Decreto N° 75/2003 y al Régimen de Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos SIRCUPA establecido por la RG 256/2024 y modificatorias, pudiendo la Dirección General de Rentas, en función de parámetros que estipule, a los fines de determinar la conducta fiscal y capacidad contributiva de los Contribuyentes, incluirlos en la nómina de sujetos pasibles de percepciones bancarias y retenciones SIRCUPA que remite mensualmente a los Agentes de Recaudación de estos regímenes.

Como consecuencia, estos contribuyentes ya no están automáticamente exceptuados del régimen de percepciones previsto en la RG 256/2024.

La presente resolución entrara en vigencia a partir del 01 de diciembre de 2025.

LEY (San Juan) 2767-I – San Juan: actualización de la Ley Impositiva y ajustes tributarios.

La jurisdicción de San Juan introduce nuevas modificaciones a la Ley Impositiva, incorporando los siguientes ajustes:

  • Ingresos Brutos (Industria Manufacturera): se amplía la facultad del Poder Ejecutivo: ahora podrá establecer mecanismos de compensación y/o pago a cuenta sobre los tributos que perciba la Dirección General de Rentas, en lugar de limitarse al Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
  • Impuesto a la Radicación de Automotores: se elimina la condonación del impuesto inferior al mínimo anual. Además, se incorpora la obligación de destinar el 10% de la recaudación anual a obras viales, administradas por la Dirección Provincial de Vialidad.
  • Impuesto de Sellos: se redefine el alcance: aplica a transferencias de vehículos usados e inscripciones iniciales de 0 km, sobre el mayor valor entre precio acordado y tabla ACARA (antes incluía “vehículos nuevos o usados”).

La presente resolución entrara en vigencia a partir del 01 de diciembre de 2025.

RESOLUCIÓN (JGM) 160/2025 – Servicios de Comunicación: cambios en la asignación de espacios y distribución del pago a cuenta.

La Jefatura de Gabinete de Ministros modifica la segmentación de licenciatarios (radio, TV y servicios por suscripción) utilizada para la distribución del monto total considerado como pago a cuenta de impuestos nacionales por la cesión de espacios de publicidad con fines electorales.

Las disposiciones de esta resolución entrarán en vigencia a partir del día 02 de diciembre de 2025.

RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5794 – ARCA actualiza importes y reglas del régimen de percepción de IVA en portales virtuales.

Se incrementan los montos para definir habitualidad, se modifica el inicio de percepciones para sujetos no categorizados y se habilita la consulta de motivos y alícuotas en “Nuestra Parte”.

Principales modificaciones:

  • Sujetos pasibles del régimen especial de ingreso:
    – Monto mínimo mensual: pasa de $200.000 a $750.000.
    – Monto acumulado para operaciones en cuatrimestre: se ajusta al nuevo parámetro (igual o superior al previsto en el punto 1, es decir, $750.000).
    -Monto para operaciones de bienes usados de uso personal: pasa de $400.000 a $1.500.000.
  • Oportunidad en que debe practicarse la percepción:
    – El sujeto pasa a ser “no categorizado” a partir del primer día del mes siguiente al que se configuren las condiciones.
    – Las percepciones se aplican desde ese mes y en los siguientes, hasta que se inscriba en IVA, adhiera al Monotributo o cese la habitualidad.
    – Se elimina la obligación de constatación cuatrimestral por el agente de percepción.
  • Constancia de la percepción realizada:
    – Se elimina el envío al domicilio fiscal electrónico la comunicación con el motivo y alícuota aplicada, determinándose así, que el contribuyente debe consultar el motivo y la alícuota aplicada a través del servicio “Nuestra Parte”.
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Novedades Impositivas 1/12/25

RESOLUCIÓN (MEyGP Cba.) 433/2025 – Córdoba: nuevo vencimiento para adherir al régimen de regularización de tributos provinciales.

Se prorroga el plazo para adherir al régimen excepcional de facilidades de pago establecido por el Decreto N.º 222/2025, que permite regularizar obligaciones fiscales vencidas al 31 de agosto de 2025 (tributos provinciales, actualizaciones, recargos, intereses y/o multas).

Los contribuyentes y/o responsables podrán acceder al régimen hasta el 9 de enero de 2026 (anteriormente el plazo era al 30 de noviembre de 2025).

La presente resolución entrará en vigencia a partir del 1 de diciembre de 2025.

CABA: aprobación de leyes fiscales, arancelarias y modificaciones al Código Fiscal para 2026.

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó el Presupuesto General 2026, la Ley Impositiva, la Ley Arancelaria y modificaciones al Código Fiscal.

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Novedades Impositivas 28/11/25

DECRETO 840/2025 – Prórroga parcial de la actualización del Impuesto a los Combustibles Líquidos y al Dióxido de Carbono hasta enero de 2026.

Mediante el presente, se actualizan los montos fijos del Impuesto a los Combustibles Líquidos (ICL) y del Impuesto al Dióxido de Carbono (IDC) aplicables a naftas y gasoil, estableciendo incrementos que regirán exclusivamente para los hechos imponibles ocurridos entre el 1 y el 31 de diciembre de 2025.

Asimismo, se dispone que el incremento total remanente —correspondiente a las actualizaciones de 2024 y de los tres primeros trimestres de 2025 que aún no han sido incorporadas— se postergará nuevamente, comenzando a regir de manera plena a partir del 1 de enero de 2026.

El decreto entra en vigor el 1 de diciembre de 2025.

RESOLUCIÓN NORMATIVA (DGR Córdoba.) 26/2025 – Adecuación al nuevo NAES y reempadronamiento obligatorio para contribuyentes locales de Ingresos Brutos.

La Dirección General de Rentas de la Provincia de Córdoba introduce modificaciones a la Resolución Normativa 1/2023 con el fin de adecuar la normativa local a las actualizaciones del Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación (NAES) dispuestas por la Comisión Arbitral mediante la RG 12/2025.

La resolución:

  • Adhiere al NAES actualizado, incorporando las nuevas equivalencias previstas por la Comisión Arbitral y deroga la anterior tabla de correspondencias utilizada para el reempadronamiento histórico previo al año 2018.
  • Establece la obligación de reempadronamiento para los contribuyentes locales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos cuyos códigos de actividad hayan sido sustituidos o que desarrollen actividades incorporadas recientemente al NAES. Este trámite deberá realizarse entre el 1° y el 31 de enero de 2026, a través de los medios habilitados por DGR.
  • Dispone que quienes no cumplan con el reempadronamiento dentro del plazo serán pasibles de multas por incumplimiento a los deberes formales.
  • Prevé que, una vez vencido el plazo, la DGR efectuará de oficio la conversión automática únicamente para contribuyentes inscriptos en determinados códigos específicos (530099, 631119, 631129 y 649299). En esos casos, la nueva codificación será notificada al Domicilio Fiscal Electrónico, manteniendo la fecha original de inicio de actividades.

La resolución entra en vigor desde su publicación, y sus disposiciones serán de aplicación a partir del 1 de enero de 2026.

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Novedades Impositivas 27/11/25

RESOLUCIÓN GENERAL (DPR Misiones) 19/2025 – Nuevas herramientas de autenticación: firma digital y validación biométrica para clave fiscal.

La Dirección General de Rentas de la Provincia de Misiones incorpora la firma digital para documentos y actos administrativos, otorgándoles plena validez jurídica y probatoria, equiparándolos a aquellos suscriptos de manera ológrafa. Su utilización será obligatoria para los niveles de Dirección Provincial, Subdirección General, Direcciones y Jefaturas de Departamento, con posibilidad de extenderse a otros agentes mediante disposición administrativa.

Asimismo, se establece un nuevo procedimiento totalmente digital para la obtención y el blanqueo de la clave fiscal nivel 2 mediante el Formulario SR-368, que incorpora validación biométrica facial. El trámite se realiza en línea, requiriendo la carga del DNI y la autenticación biométrica a través de los servicios integrados con los registros oficiales. Una vez confirmada la identidad del solicitante, el sistema emitirá la clave fiscal correspondiente.

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Salta) 18/2025 – Mecanismo para la devolución del importe fijo del Régimen Simplificado.

La Dirección General de Rentas de la Provincia de Salta establece el procedimiento operativo para la restitución del importe fijo mensual correspondiente al Régimen Simplificado del Impuesto a las Actividades Económicas, aplicable a los períodos diciembre 2025 y diciembre 2026. El beneficio alcanza a los contribuyentes que cumplan los requisitos previstos en el artículo 13° de la Ley 8461 —no registrar deuda del importe fijo hasta noviembre de 2025— y/o en el artículo 3° de la Ley 8496 —adhesión al débito automático para los pagos de enero a noviembre—.

La Dirección notificará el inicio del proceso de restitución a través del domicilio fiscal electrónico de cada contribuyente. Para acceder al reintegro, los beneficiarios deberán registrar una CBU para devoluciones mediante el servicio disponible con clave fiscal en el portal de la DGR.

Respecto del período diciembre 2025, las devoluciones se realizarán entre enero y junio de 2026. La primera restitución se efectuará en enero para quienes registren su CBU hasta el 31/12/2025; los reintegros siguientes se procesarán mensualmente para aquellos que informen su CBU antes del último día del mes previo a cada pago.

El mismo esquema se aplicará para el período diciembre 2026, con restituciones mensuales desde enero hasta junio de 2027, siempre que se cumplan los requisitos legales y se encuentren procesados los padrones correspondientes.

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Salta) 19/2025 – Registro de cese en el alta del Impuesto a las Actividades Económicas.

La Dirección General de Rentas de la Provincia de Salta incorpora la condición registral “Cese en el Alta” para contribuyentes del Régimen General del Impuesto a las Actividades Económicas que, según la evaluación de los últimos 36 meses, no evidencien desarrollo de actividad gravada.

Para la inclusión en esta condición, los contribuyentes deberán cumplir simultáneamente con los siguientes parámetros:

  • Falta de presentación de declaraciones juradas del Impuesto a las Actividades Económicas.
  • No registrar recaudaciones en los regímenes de retención, percepción y demás sistemas de recaudación.
  • No registrar Planes de Facilidades de Pagos, vigentes y/o caducos.
  • No registrar deudas administrativas y/o en procesos de cobro prejudicial o judicial, que no superen 2.700 Unidades Tributarias (UT).

Asimismo, se efectuarán verificaciones en el Registro Único Tributario (RUT) – ARCA, confirmando que los sujetos no se encuentren inscriptos en IVA ni en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, y que no existan datos registrales que indiquen la realización de actividad gravada.

La asignación de la condición “Cese en el Alta” producirá, entre otros, los siguientes efectos:

  • Registración de la fecha de cancelación en el Padrón de Contribuyentes, en el Impuesto a las Actividades Económicas – Régimen General.
  • La no generación de nuevas obligaciones fiscales en las cuentas corrientes del Impuesto a las Actividades Económicas.
  • Exclusión de los padrones de los distintos regímenes y sistemas de recaudación.
  • Exclusión de los padrones de calificación de conducta fiscal.
  • Bloqueo de la constancia de inscripción (Formulario F.901).
  • La conservación de la condición registral en el Padrón de Contribuyentes. Solo cesa su alta en el Impuesto a las Actividades Económicas.

Los sujetos alcanzados podrán solicitar la reactivación del alta mediante nota fundada. La medida será aplicable, desde el 1° de diciembre de 2025, a los contribuyentes incluidos en el Anexo I, el cual será publicado en el sitio web oficial de la DGR.

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Novedades Impositivas 26/11/25

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Tucumán) 84/2025 – Se reconocen como cumplidas en término las obligaciones tributarias vencidas en septiembre y octubre de 2025 que sean abonadas hasta el 28/11/2025, a los efectos de acceder al Régimen de Regularización.

La Dirección General de Rentas de Tucumán establece que, a los efectos de acceder al Régimen de Regularización de Deudas Fiscales establecido por el Decreto N.º 1243/3 (ME)-2021 y su prórroga mediante el Decreto N.º 3229/3 (MEyP)-2025, se considerarán cumplidas en tiempo y forma las obligaciones tributarias con vencimiento en los meses de septiembre y octubre de 2025, siempre que sean canceladas —con los intereses previstos en el artículo 51 del Código Tributario Provincial— hasta el 28 de noviembre de 2025 inclusive. Asimismo, se aclara que este reconocimiento no exime la generación de intereses, accesorios y sanciones, ni limita las acciones que pueda ejercer la administración tributaria respecto de dichas obligaciones, de conformidad con lo previsto en la RG (DGR) N.º 79/24, a partir de sus vencimientos originales.

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Novedades Impositivas 25/11/25

RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5792 – Régimen optativo para la conversión a dólares de saldos de libre disponibilidad asociados a operaciones de comercio exterior y reintegros de exportación.

Por medio de la presente, se implementa el procedimiento previsto por la Resolución (ME) 1834/2025, estableciendo un régimen voluntario para que los contribuyentes que posean saldos de libre disponibilidad vinculados a impuestos nacionales asociados a operaciones de comercio exterior, así como reintegros de exportación pendientes, acumulados al 31/10/2025, puedan optar por expresarlos en dólares estadounidenses.

La adhesión podrá efectuarse entre el 5/12/2025 y el 1/3/2026 a través del servicio “Opción de conversión/exposición de saldos Reso. 1834/2025 – MEC”, utilizando Clave Fiscal nivel 3 o superior. Los importes aceptados serán convertidos a dólares al tipo de cambio vendedor del Banco Nación del 18/11/2025 (fecha de entrada en vigencia de la Resolución ME 1834/2025).

A partir del 1/1/2027, los créditos resultantes se encontrarán disponibles en el Sistema Informático MALVINA (SIM), permitiendo solicitar su compensación con tributos interiores y aduaneros o, en su defecto, su devolución, aplicándose para ello el tipo de cambio comprador del día anterior al trámite correspondiente.

El régimen es de adhesión voluntaria y su ejercicio implica la renuncia a los intereses devengados desde la fecha de la opción, así como a la promoción de acciones y reclamos administrativos o judiciales respecto de los montos incluidos.

RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5791 – Actualización del régimen aplicable al Registro de Control Online del impuesto indirecto sobre apuestas digitales.

La presente Resolución introduce modificaciones relevantes al Registro de Control Online del Sistema de Apuestas, ajustando los procedimientos de inscripción, los plazos de resolución, la vigencia de las alícuotas de percepción y los mecanismos de revisión ante decisiones del organismo fiscal.

Los principales cambios incorporados son los siguientes:

  • Plazo para resolver inscripciones: ARCA contará con 60 días corridos para resolver solicitudes de incorporación al Registro, contados desde la validación del organismo regulador competente o desde la interposición de la solicitud, si esta fuera posterior. El plazo podrá suspenderse ante requerimientos de documentación adicional.
  • Inicio de vigencia de la alícuota: La alícuota de percepción consignada en el certificado emitido regirá a partir del primer día de la quincena inmediata siguiente a su fecha de emisión, permitiendo a los operadores adecuar sus sistemas.
  • Procedimiento de disconformidad: Dispondrán de 15 días corridos desde la notificación para manifestar su disconformidad ante denegatorias, bajas de la inscripción o la alícuota asignada.
  • Hechos imponibles durante la tramitación: Para los hechos imponibles que se perfeccionen mientras se tramita la inscripción y hasta que la alícuota del certificado entre en vigencia, se aplicarán las alícuotas previstas en el artículo 12 del Decreto 293/22.

RESOLUCIÓN CONJUNTA (SIP – SAF Córdoba) 34-D/2025 – Nuevo procedimiento obligatorio para la registración de beneficios fiscales en regímenes promocionales.

La Secretaría de Ingresos Públicos y la Secretaría de Administración Financiera de la Provincia de Córdoba establecen un nuevo procedimiento obligatorio para la registración sistémica de los beneficios fiscales otorgados en el marco de regímenes y programas promocionales, en cumplimiento de lo dispuesto por el Decreto 151/2025.

El régimen dispone que las autoridades de aplicación deberán registrar en la Plataforma de Gestión de Cupos Tributarios, dentro de los dos días hábiles posteriores de dictado el acto administrativo, la información correspondiente al beneficio fiscal otorgado: resolución, identificación del beneficiario, monto estimado para el presupuesto vigente, vigencia y documentación respaldatoria

Asimismo, se establece que no podrán otorgarse beneficios fiscales que superen el cupo anual vigente. Una vez alcanzado el límite presupuestario, la emisión de nuevos actos de otorgamiento quedará suspendida hasta que el Poder Ejecutivo Provincial autorice su ampliación.

Finalmente, la resolución aclara que la responsabilidad sobre el contenido y legalidad de los actos administrativos recae exclusivamente en la autoridad de aplicación que los dicta, y faculta a la Secretaría de Ingresos Públicos a disponer los ajustes técnicos necesarios para asegurar la adecuada implementación del sistema.

RESOLUCIÓN (DGR Misiones) 20/2025 – Modificación del régimen SIRTAC: exclusión de propinas de la base de recaudación y reglas para operaciones en moneda extranjera.

La Dirección General de Rentas de la Provincia de Misiones introduce modificaciones al régimen del Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compras (SIRTAC), disponiendo que la recaudación deberá aplicarse sobre el total de cupones o comprobantes presentados por el comerciante, excluyendo las propinas, recompensas o gratificaciones siempre que estas se encuentren correctamente identificadas y desglosadas, conforme a los lineamientos del DNU 731/2024.

Asimismo, se incorpora el criterio aplicable a operaciones en moneda extranjera: cuando los importes recaudados correspondan a transacciones en divisas, deberán ingresarse en pesos, utilizando la cotización del tipo de cambio vendedor del Banco Nación al cierre del día hábil anterior al de la recaudación. La retención se practicará en el momento de la liquidación y/o rendición del importe respectivo, teniendo en cuenta la clasificación del contribuyente en el padrón SIRTAC. En el caso de sujetos no incluidos en dicho padrón, la retención deberá efectuarse en el mismo momento previsto para el resto de los contribuyentes.

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Novedades Impositivas 21/11/25

DECRETO (Tucumán) 3445-3/2025. Exención del Impuesto de Sellos para contratos vinculados a obra aeroportuaria.

Mediante el presente decreto, el Poder Ejecutivo provincial establece una alícuota del 0% del Impuesto de Sellos para los actos y operaciones vinculados a la remodelación de la Terminal de Pasajeros del Aeropuerto “Tte. Benjamín Matienzo” ; asimismo faculta a la Dirección General de Rentas a reglamentar la medida.

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Novedades Impositivas 19/11/25

RESOLUCIÓN (API Santa Fe) 18/2025. Aprobación del programa aplicativo SIPRES versión 4 – release 00.

Mediante la presente resolución, la Administración Provincial de Impuestos de Santa Fe aprueba la Versión 4 – Release 00 del Sistema de Percepción y Retención de Sellos y Tasa Retributiva de Servicios (SIPRES). Esta versión será la herramienta que deberán utilizar los agentes alcanzados para generar, presentar y abonar sus respectivas Declaraciones Juradas. Asimismo, se establece que esta nueva versión del aplicativo podrá utilizarse libremente y se encontrará disponible para su descarga en el sitio web oficial de la Administración Provincial de Impuestos, dentro del apartado “Impuesto de Sellos – Aplicativos”, en el sector de documentos.

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Novedades Impositivas 18/11/25

DISPOSICIÓN DE PRESIDENCIA 15/2025 CACM – Convenio Multilateral: prórroga de vencimiento del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Mediante la presente disposición, la Comisión Arbitral establece que se extiende la presentación y el pago del anticipo 10/2025 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, cuyos vencimientos originales estaban fijados para los días 14 ,17,18 y 19 de noviembre de 2025 según lo establecido en la RG 12/2024, considerándose presentados en término aquellos realizados hasta el jueves 20 de noviembre inclusive.

RESOLUCIÓN (ME) 1834/2025 Impuestos Nacionales: posibilidad de expresar en dólares los saldos a favor en comercio exterior y los reintegros de exportación.

Por medio de la presente resolución se instruye a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) a establecer un sistema que permita a los contribuyentes optar por expresar en dólares estadounidenses los saldos a favor de impuestos nacionales y los reintegros por exportación acumulados al 31 de octubre de 2025. La conversión deberá solicitarse hasta el 1 de marzo de 2026, utilizando el tipo de cambio vendedor del Banco de la Nación Argentina (BNA) del 18 de noviembre de 2025.

A partir del 1 de enero de 2027, los contribuyentes que hayan ejercido esta opción podrán aplicar los montos expresados en dólares a la compensación de tributos interiores y aduaneros cuya recaudación esté a cargo de la Dirección General de Aduanas, o bien solicitar su devolución, empleándose en ambos casos el tipo de cambio comprador del día anterior a la operación.

RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5790. Autónomos, Monotributistas y empleadores de Casas Particulares: nuevas pautas para el débito automático en cuenta. 

A través de la presente resolución, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispone las siguientes pautas para discontinuar el débito automático en cuenta de los trabajadores autónomos, los pequeños contribuyentes adheridos al Monotributo y los empleadores que realizan aportes por personal de Casas Particulares deberán solicitar previamente la adhesión al débito directo en su cuenta bancaria, con adhesiones solicitadas hasta el 20 de cada mes con efecto al mes siguiente. En el caso que se efectúen tres rechazos consecutivos en la CBU informada, se notificará al contribuyente a través del Domicilio Fiscal Electrónico para que regularice la situación. Ante un cuarto rechazo consecutivo, la adhesión quedará sin efecto. Asimismo, para restablecer el débito automático deberán gestionar una nueva adhesión.

RESOLUCIÓN NORMATIVA (ARBA Bs. As.) 27/2025. Prórroga del nuevo procedimiento de generación de comprobantes y declaración jurada de agentes de recaudación de Ingresos Brutos.

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires prorroga al día 1° de marzo de 2026, inclusive, la entrada en vigencia del nuevo procedimiento para la generación de comprobantes de retención y Declaraciones Juradas de agentes de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos establecido originalmente en la RN 22/2025 (prevista para el 1° de diciembre de 2025).

RESOLUCIÓN NORMATIVA (ARBA Bs. As.) 28/2025. Extensión de validez de los certificados catastrales solicitados en diciembre 2025.

Por medio de la presente normativa la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires dispone la extensión hasta el 15 de enero de 2026, inclusive de la validez de los certificados catastrales solicitados durante el mes de diciembre 2025, manteniendo la valuación fiscal vigente en dicho año. La medida tiene por objeto permitir que los Escribanos Públicos puedan cumplir con las obligaciones que le corresponden como Agente de Recaudación del Impuesto de Sellos.

DECRETO (Misiones) 2318/2025. Feria administrativa verano 2025-2026. 

Mediante el presente decreto se establece una Feria Administrativa en la Administración Central, desde el 26 de diciembre de 2025 hasta el 7 de febrero de 2026, inclusive Durante dicho período, los plazos y términos administrativos, quedarán suspendidos y los días serán considerados inhábiles.

Asimismo, se otorgan facultades a la Dirección General de Rentas para establecer las pautas necesarias de organización y funcionamiento, a fin de asegurar la continuidad y regularidad de sus servicios esenciales.

RESOLUCIÓN (DPR Jujuy) 1730/2025. Prórroga de los vencimientos del segundo tramo de noviembre 2025 para SIRCREB y SIRCUPA.

Por medio de la presente resolución la Dirección Provincial de Rentas de Jujuy dispone la prórroga de la presentación y pago de los vencimientos del segundo tramo del mes de noviembre de 2025 correspondientes al Régimen de Recaudación y Control sobre Acreditaciones Bancarias (SIRCREB) y al Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago (SIRCUPA). Las fechas previstas inicialmente para el 26 y 27 de noviembre, se unifican y se establece para el 28 de noviembre de 2025.

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Novedades Impositivas 17/11/25

DISPOSICIÓN DE PRESIDENCIA 14/2025 CACM – Convenio multilateral: prórroga de vencimiento del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Mediante la presente disposición, la Comisión Arbitral establece que se extiende la presentación y el pago del anticipo 10/2025 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, cuyo vencimiento original era el viernes 14 de noviembre de 2025 pasado, considerándose presentados en término aquellos realizados hasta el 17 de noviembre.

DECRETO 811/2025. Derecho de Exportación: reducción de alícuota.

Mediante el presente Decreto, se establece en cero por ciento (0%) la alícuota del Derecho de Exportación aplicable a determinados aceites y lubricantes comprendidos en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (N.C.M.), según se detalla en el Anexo que integra la norma.

RESOLUCIÓN (API Santa Fe) 14/2025. : Incorporación de padrones de servicios digitales al Padrón Web de percepción de Ingresos Brutos. 

A través de la presente resolución, se incorpora la opción “Descarga de Padrones” dentro del Padrón Web Contribuyentes Locales, con el objetivo de centralizar la información requerida por los agentes de Retención y/o Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Asimismo, se incorporan los padrones de alícuotas de percepción de servicios digitales, que se clasifican de la siguiente manera:

  • Prestadores de Servicios Digitales 3% (para suscripciones audiovisuales)
  • Prestadores de Servicios Digitales 4,5% (para el resto de los servicios digitales)

Los padrones incorporados a través de la presente estarán disponibles para su descarga a partir de los días 20 del mes anterior a su aplicación, o en su defecto el día hábil inmediato siguiente.

RESOLUCIÓN (MEyGP Cba.) 423-D/2025: Creación del Registro único de Sujetos y Actividades Promovidas para coordinar beneficios fiscales del régimen de promoción. 

Mediante la presente resolución el Ministerio de Economía y Gestión Pública de Córdoba crea el Registro Único de Sujetos y Actividades Promovidas (RUSAP), con el objetivo de coordinar de manera integral y sistémica, los procesos de inscripción, empadronamiento y reempadronamiento de las personas humanas y/o jurídicas que accedan a los regímenes de promoción establecidos en el Programa de Promoción para el Desarrollo e Igualdad Territorial -LEY (Cba.) 11062- y en las demás normas promocionales vigentes en la Provincia de Córdoba.
Destacamos los siguientes puntos:

  • La inscripción será automáticamente al momento del reconocimiento del beneficio.
  • Los beneficiarios vigentes deberán empadronase antes del 28 de febrero del 2026.
  • El registro permitirá centralizar la información, permitiendo trazabilidad y controlar los beneficios fiscales.
  • Se establecen criterios de proporcionalidad entre inversión y beneficio, límites al monto individual (máximo 10% del cupo anual), y compensación fiscal contra el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

RESOLUCIÓN GENERAL (ASIP Santa Cruz) 171/2025.  Sustitución de sellos manuales por constancias digitales en el Impuesto de Sellos. 

Mediante la presente resolución general la Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos (ASIP) establece que a partir del 1° de diciembre de 2025 se utilizarán constancias digitales generadas exclusivamente a través del Sistema Integral Tributario Santa Cruz (SIT Santa Cruz), cesando la validez de la intervención física mediante sellos de tinta en instrumentos gravados por el impuesto de sellos.

La acreditación del cumplimiento fiscal se realizará mediante la presentación conjunta del instrumento original, la Declaración Jurada, la boleta de pago y el comprobante de pago emitidos por el SIT, los cuales deberán adjuntarse en copia a cada ejemplar original firmado por las partes. Además, se establece la obligación de digitalizar el instrumento que origina el gravamen en formato PDF, incluyendo fecha y firmas de todos los participantes.

Cabe aclarar que, en caso de errores en la Declaración Jurada, la Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos podrá determinar diferencias de impuesto y aplicar sanciones e intereses.

RESOLUCIÓN GENERAL (ATP Chaco) 38/2025.  Actualización del régimen de percepción de Ingresos Brutos desde enero 2026.

La Administración Tributaria de la Provincia del Chaco dispone adecuar el régimen de percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y del adicional del 10% previsto en la Ley 666-K, conforme a las nuevas alícuotas establecidas por la Ley 4156-F.

Asimismo, se actualizan las bases imponibles y se precisan las alícuotas aplicables para las distintas actividades, incluyendo operaciones con monotributistas, transacciones con sujetos no inscriptos, y productos como medicamentos, combustibles, bebidas alcohólicas, agroquímicos y cigarrillos.