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Novedades Impositivas 13/02/25

RESOLUCIÓN GENERAL (API Santa Fe) 8/2025 – Santa Fe: adecuación del régimen general de recaudación de ingresos brutos para determinadas escrituras donde intervengan escribanos como agentes.

La Administración Provincial de Impuestos de Santa Fe actualiza la alícuota al 3% en el régimen general de retención y percepción del impuesto sobre los ingresos brutos para la comercialización de lotes efectuada por los responsables que realicen el loteo, conforme a lo establecido en el inciso e bis) del artículo 7 de la ley impositiva provincial anual N°3650 (t.o. 1997 y sus modificatorias).

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Novedades Legales 13/02/25

Resolución General 5/2025 I.G.J.: Transformación a “sociedades atípicas”.

Mediante dicha resolución la I.G.J. estableció los requisitos y el procedimiento para que las sociedades con domicilio en la Ciudad de Buenos Aires, constituidas bajo alguno de los tipos societarios indicados en el Capítulo II de la Ley 19.550 (es decir las SA, SAU, SRL, SCS, SCI, SC y las SAS), puedan transformarse en sociedades atípicas, incluidas en la Sección IV de la Ley Nº 19.550, dentro del plazo de tres (3) meses de haberse celebrado el acuerdo de transformación. 

Como mencionó el Inspector General, permitirá reconocer qué sociedades constituidas regularmente puedan escapar de la rigidez de los tipos societarios a los que están sujetas para migrar hacia mecanismos donde tengan un mayor ámbito de autonomía de la voluntad y la libertad para establecer las cláusulas que las rijan en el futuro. 

Asimismo, se mantendrá la transparencia del sistema porque estas sociedades ya transformadas podrán continuar llevando sus registros contables y su contabilidad regular en los libros rubricados por I.G.J. como lo hacían antes de transformarse, y la transformación quedará registrada como anotación marginal en la matrícula de la sociedad típica y regular inscripta en el Registro Público que se cancela.

Link para acceder a la resolución completa: 
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/320942/20250211

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Novedades Impositivas 12/02/25

RESOLUCIÓN (ATP Chaco) 9/2025 – Chaco: restablecimiento del Régimen de Incentivos Fiscales hasta 2026.

La Administración Tributaria Provincial restablece, a partir del 1 de enero de 2025 y hasta el 31 de diciembre de 2026 inclusive, el Régimen de Incentivos Fiscales previsto en la ley provincial N° 2266-F.

RESOLUCIÓN GENERAL (AREF T. del Fuego) 55/2024 – Tierra del Fuego: exclusión de las propinas del régimen de retención del impuesto sobre los ingresos brutos.

Se excluyen del régimen de retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a las propinas, recompensas o gratificaciones abonadas por el consumidor de productos o servicios. Esta exclusión aplica a los contribuyentes incluidos en el padrón del Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra (SIRTAC), conforme a lo establecido en la Resolución General (AREF T. del Fuego) 643/2020.

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Corrientes) 278/2025 – Actualización del monto para la aplicación del régimen de Retenciones y/o Percepciones del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

La Dirección General de Rentas de Corrientes actualizó el monto mínimo para la aplicación del régimen de Retenciones y Percepciones del Impuesto sobre los Ingresos Brutos. A partir de esta resolución, no corresponderá aplicar retención ni percepción del tributo cuando el total de las operaciones realizadas en un mes con el mismo sujeto pasivo sea inferior a $60.000.

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Novedades Impositivas 11/02/25

LEY (Ciudad Autónoma de Buenos Aires) 6780 – Régimen de participación privada científica tecnológica y de innovación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Se crea el Régimen de Participación Privada Científica, Tecnológica y de Innovación en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Dentro de este régimen, quedan comprendidas las personas humanas o jurídicas domiciliadas o que desarrollen actividades económicas bajo el régimen del Convenio Multilateral en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que financien proyectos y actividades científicas, tecnológicas y de innovación de interés para la Ciudad en la forma prevista en la presente Ley y su reglamentación.
En materia impositiva, los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, podrán imputar los aportes a proyectos como un pago a cuenta del gravamen, con un monto máximo de la imputación del 50% del costo del proyecto, y un límite del 20% de la determinación anual del Impuesto sobre los Ingresos Brutos del ejercicio anterior. En el caso de grandes contribuyentes, el límite es del 10%.

RESOLUCIÓN (DPR Neuquén) 24/2025 – Neuquén: prórroga del Programa De Reactivación Productiva Y Turística Provincial.

Se aprueba la reglamentación de la prórroga mencionada. La misma comprende el beneficio de los certificados de crédito fiscal para ser imputados en las Declaraciones Juradas de Ingresos Brutos (Convenio/Contribuyente local). Podrán ser otorgados hasta el periodo 03/2025, pudiendo utilizarse hasta el 31/12/2028.

RESOLUCIÓN GENERAL (DPR Jujuy) 1695/2025 – Jujuy: se establecen los valores para el cálculo de la base imponible del impuesto automotor y del impuesto de sellos.

La Dirección Provincial de Rentas, resuelve aplicar y aprobar a partir del 9 de marzo de 2025 las nuevas tablas de valuación de automotores emitida por DNRPA, publicada en la página web de este último, para el cálculo de la base imponible del impuesto de sellos y automotores. En los casos en que no pudiera establecerse el valor de acuerdo con dicha tabla, se tendrá en cuenta los valores que surgen de las tablas de valuación que publica en la página web la Asociación de Concesionarios de Automotores de la República Argentina (A.C.A.R.A.). 

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Novedades Impositivas 10/02/25

RESOLUCIÓN (MEHF Formosa) 295/2025 – Formosa: incremento de los montos mínimos mensuales del impuesto sobre los ingresos brutos.

Por resolución ministerial, a partir de enero 2025 se establecen los incrementos de los importes mínimos mensuales del impuesto sobre los ingresos brutos. Los mismos se encuentran, según actividad, en el Anexo I de la RG mencionada.

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Tucumán) 9/2025 – Tucumán: versión 42.0 del aplicativo “Régimen de Regularización de Deudas Fiscales”.

La Dirección General de Rentas, resuelve aprobar la versión 42.0 del programa aplicativo “Régimen de Regularización de Deudas Fiscales Decreto 1243/3 (ME) 2021”, con la finalidad de ser utilizado para acogerse al régimen de regularización de deudas fiscales -D. (Tucumán) 1243-3/2021-.

RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5647 – Emisión de comprobantes: homologación de “Controlador Fiscal” de nueva tecnología.

Se homologa el equipo denominado “Controlador Fiscal” de nueva tecnología para la generación de documentos fiscales, no fiscales homologados, e informes. (Marca SAM4s – modelo N3-330F; siendo la Empresa Sistemas Electrónicos de Registración SA, su proveedora). Señalamos que se trata del tipo “caja registradora”.
Para la utilización de este equipo, se deberá cumplir con los requisitos establecidos en el Anexo II de la RG N° 3561/2013.
Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia el primer día hábil siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

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Novedades Impositivas 07/02/25

RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5648 – Nuevo plazo para la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias para personas humanas y sucesiones indivisas.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) establece, a través de la presente resolución, que la presentación de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias para personas humanas y sucesiones indivisas vencerá en el mes de junio del año siguiente al período fiscal declarado. El vencimiento operará conforme al cronograma anual determinado según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) de los contribuyentes.

Esta modificación sustituye lo dispuesto en la Resolución General (ARCA) 5592, que fijaba el vencimiento en mayo, y será de aplicación a partir del período fiscal 2024.

RESOLUCIÓN GENERAL (ATM Mendoza) 13/2025 – Actualización de los índices para el cálculo de interés resarcitorios.

La Administración Tributaria de Mendoza dispone la actualización de los índices aplicables al cálculo del interés resarcitorio para el ejercicio 2025. Los nuevos valores regirán desde febrero hasta diciembre de 2025.

DECRETO (Tucumán) 166/2025 – Prórroga del Régimen de Regularización de Deudas Fiscales

La provincia de Tucumán prorroga hasta el 28 de febrero de 2025, inclusive, la vigencia del Régimen de Regularización de Deudas Fiscales establecido por el Decreto N° 1243/3 (ME)-2021. Esta prórroga brinda a los contribuyentes la oportunidad de regularizar deudas vencidas y exigibles al 30 de septiembre de 2024, con beneficios que incluyen reducciones en intereses y multas, así como opciones de financiamiento especiales para facilitar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

RESOLUCIÓN GENERAL (DPR Jujuy) 1694/2025 – Régimen de Percepción del Impuesto de Sellos para operaciones sobre Automotores, Motovehículos y Maquinarias.

La Dirección Provincial de Rentas de Jujuy introduce modificaciones en el régimen de percepción del Impuesto de Sellos para la inscripción, transmisión, modificación o extinción de derechos reales sobre automotores, motovehículos y maquinarias. Estas disposiciones serán aplicables a las gestiones realizadas en los Registros Seccionales dentro de la provincia.

En virtud de esta normativa, los Encargados e Interventores de estos registros serán designados como Agentes de Percepción, debiendo aplicar el impuesto a todas las operaciones, contratos y actos que se encuentren alcanzados. La base imponible se determinará según los valores establecidos por la Dirección General de Rentas.

Asimismo, como constancia de percepción, se emitirá el formulario F-0202, disponible a través del servicio “Sistema Informático de Percepción de Sellos Automotor”.

Los agentes deberán presentar una declaración jurada de manera quincenal. El plazo de vencimiento será el quinto día hábil posterior al cierre de cada período, y el ingreso de las percepciones deberá realizarse al día hábil siguiente. Esta normativa entrará en vigor a partir del 9 de marzo de 2025.

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Novedades Impositivas 06/02/25

RESOLUCIÓN GENERAL (API Santa Fe) 7/2025 – “Red Plus Pagos”: Nuevo medio de pago para cancelación de obligaciones fiscales.

La provincia de Santa Fe incorpora un nuevo medio de pago permitiendo la cancelación de obligaciones fiscales a través de la plataforma “Red Plus Pagos”. Este servicio estará disponible las 24 horas, todos los días del año, en forma inmediata a la liquidación de la deuda.

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Tucumán) 7/2025 – Constancia de inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos: Incorporación de nuevas exigencias para su validez. 

La Dirección General de Rentas de Tucumán actualiza la normativa respecto a las exigencias para la validez de la constancia de inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

En este marco, se incorporan las siguientes situaciones que afectarán dicha validez:

  1. Planes de pago caducos: Contribuyentes con planes de facilidades de pago vencidos hasta el penúltimo mes anterior a la vigencia de la constancia.
  2. Deudas en ejecución fiscal: Contribuyentes con deudas en proceso de ejecución fiscal hasta el mismo período mencionado anteriormente.
  3. Incumplimiento de agentes de retención/percepción: Agentes que no hayan presentado o abonado sus declaraciones juradas hasta el penúltimo mes previo a la vigencia de la constancia.

Por otra parte, se realizaron ciertas aclaraciones para la nómina de sujetos pasibles de percepción, en relación con los coeficientes aplicables para aquellos contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que no cumplan con la presentación y/o pago de las declaraciones juradas correspondientes a dicho impuesto y sus anticipos.

RESOLUCIÓN GENERAL (DGIP La Rioja) 2/2025 – Prórroga del Régimen Especial de Regularización de deudas de Obligaciones Tributarias.

La Dirección General de Ingresos Provinciales de La Rioja ha dispuesto una prórroga hasta el 28 de febrero de 2025 para adherir al Régimen Especial de Regularización de Deudas de Obligaciones Tributarias Provinciales. Este régimen abarca todos los tributos administrados por dicha Dirección, incluyendo las deudas vencidas y exigibles hasta el 31 de agosto de 2024, inclusive.

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Novedades Impositivas 05/02/25

RESOLUCIÓN GENERAL (ATP Chaco) 8/2025 – Nueva escala de sanciones por incumplimiento de obligaciones formales.

A través de la presente, la Administración Tributaria Provincial de Chaco implementará una actualización en la escala de sanciones dirigidas a contribuyentes y responsables que no cumplan con sus obligaciones formales.

Asimismo, se incorporan penalizaciones específicas para transportistas de producción primaria y productos elaborados que no hayan abonado el impuesto sobre los ingresos brutos al momento de obtener la guía de transporte en el punto de origen de la carga.

Dichas escalas serán aplicables a partir del 1 de marzo de 2025.

RESOLUCIÓN GENERAL (ATP Chaco) 7/2025- Se anticipa la fecha de débito de los planes de pago correspondiente a impuestos provinciales.

Debido a la implementación de cambios tecnológicos por parte de la entidad bancaria encargada de centralizar los cobros, la Administración Tributaria Provincial de Chaco dispone que los débitos correspondientes a las cuotas de los planes de financiación y regularización de obligaciones impositivas provinciales del mes de febrero de 2025 se realizarán el 14 de febrero, con una fecha alternativa el 26 de febrero de 2025, en reemplazo de los días 15 y 28, respectivamente. Es importante destacar que esta medida no afecta los vencimientos de las cuotas de los periodos siguientes.

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Novedades Impositivas 03/02/25

Resolución General 5646/2025 (ARCA) – Derechos de Exportación: Modificaciones a la Resolución General 5643/2025.

A través de la presente, se introducen modificaciones a la Resolución General 5643/2025, vinculadas a los plazos para la liquidación de divisas y un sistema de notificación cuando existan incumplimientos por parte del exportador.

La Resolución establece que los exportadores que deseen acceder a los beneficios de reducción de alícuotas de exportación, conforme lo dispuesto por el Decreto 38/2025, deberán garantizar que al menos el 95% de las divisas relacionadas con sus Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE) han sido liquidadas desde la vigencia del Decreto 38/25 o lo serán no más allá desde los 15 días hábiles desde aprobación.

Además, establece un sistema de notificación, el cual notificará electrónicamente al exportador, a través del Sistema Informático de Comunicaciones y Notificaciones Electrónicas Aduaneras (SICNEA), quien tendrá un plazo de 48 horas para regularizar su situación o abonar la diferencia de tributos. De no regularizarse, se generará la liquidación por la diferencia de tributos correspondientes para la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE) en cuestión.

Hasta tanto se cumplimente el pago de los tributos liquidados, no podrá volver a hacer uso del beneficio de la reducción de la alícuota de los derechos de exportación.

Finalmente, el exportador deberá informar a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero, mediante una declaración jurada, el monto negociado a través de operaciones de compraventa con valores negociables en el plazo establecido en el Decreto 38/2025.

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Salta) 3/2025 – Impuesto a las Actividades Económicas: actualización del procedimiento para solicitar la exención.

A través de la presente, se actualizan los procedimientos para la solicitud de exención del Impuesto a las Actividades Económicas establecido en la provincia de Salta.

Los contribuyentes mencionados en el artículo 174 del Código Fiscal de la provincia, deberán realizar su solicitud de exención de manera electrónica a través de la página web de la Dirección General de Rentas. 

Por otro lado, aquellos sujetos que no se encuentren inscriptos como contribuyentes en el mencionado impuesto deberán efectuar el trámite de manera presencial.

RESOLUCIÓN (DGR San Juan) 104/2025 – Aumento del impuesto fijo mensual del Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

A partir del 1 de febrero de 2025, se incrementan los montos fijos mensuales que deben ingresar los contribuyentes del Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la Provincia de San Juan.

DISPOSICIÓN (CACM) 4/2025 – Convenio Multilateral: Rectificación de Declaraciones Juradas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos por inconvenientes en SIFERE WEB. 

Debido a las fallas técnicas registradas en el Sistema SIFERE WEB el 24 de diciembre de 2024, los contribuyentes que realizaron la presentación de la Declaración Jurada CM03 en esa fecha y se encuentren mencionados en el ANEXO I de la citada Disposición deberán realizar el siguiente procedimiento antes del 28 de febrero de 2025, inclusive:

  • Rectificar los periodos indicados en el ANEXO I, verificando la información consignada en el apartado “Determinación del Anticipo” para la provincia de Tucumán.

La Comisión Arbitral, en coordinación con la provincia de Tucumán, revisará y validará los datos proporcionados. Una vez finalizado el análisis, se enviará una respuesta confirmando la corrección. 

RESOLUCIÓN (MHyF Mendoza) 14/2025 – Actualización de las tasas de interés.

A través de la presente, la provincia de Mendoza informa que, a partir del 1ero de febrero de 2025, se establecen las siguientes actualizaciones en las tasas de interés:

  • Tasa de interés resarcitorio: 2,60% mensual, de aplicación quincenal.
  • Tasa de interés punitorio: 5,20% mensual, de aplicación quincenal.
  • Tasa de financiación: 2% mensual, aplicable a los planes de facilidades de pago otorgados por la Administración Tributaria Mendoza (A.T.M.).

DISPOSICIÓN (DGR Catamarca) 3/2025 – Actualización de los montos correspondientes al Régimen Simplificado Provincial del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

La Dirección General de Rentas de la provincia de Catamarca actualiza los importes mensuales correspondientes al monto fijo que deberán ingresar las distintas categorías del Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

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Novedades Impositivas 31/1/25

DECRETO 50/2025. Impuestos Internos: suspensión y reducción de alícuotas aplicables a vehículos automotores, motos y embarcaciones.

A través del presente se suspende, hasta el 30 de junio de 2027, el impuesto interno que afecta las operaciones relacionadas con automóviles, motocicletas, chasis con motor y motores, así como embarcaciones y motores fuera de borda, los cuales estaban sujetos a una tasa del veinte por ciento (20%).

Además, se reduce hasta esa misma fecha la alícuota del treinta y cinco por ciento (35%) al dieciocho por ciento (18%) para los vehículos automotores y motocicletas, y la alícuota del treinta por ciento (30%) se reduce al quince por ciento (15%) para los motociclos y velocípedos con motor.

DECRETO 51/2025. Se difiere a marzo de 2025 la actualización del año 2024 del impuesto sobre los combustibles líquidos y al dióxido de carbono.

Por medio del presente se establece que los montos de impuesto sobre los combustibles líquidos y al dióxido de carbono, de la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil, aplicables a los tres primeros trimestres del año 2024, tendrán efecto para los hechos gravados que se perfeccionen a partir del 1° de marzo de 2025. Cabe señalar que previamente, se había establecido que estos aumentos comenzarían a regir a partir del 1° de febrero de 2025.

RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 41/2025. Categorización del Régimen Simplificado del Impuesto sobre los ingresos brutos 2025.

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) establece la tabla de categorización del Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, especificando las bases imponibles, el precio máximo unitario de venta y los montos de la obligación tributaria correspondientes a cada categoría para el año 2025.

RESOLUCIÓN (ME Tucumán) 72/2025. Monto mínimo para ejecución fiscal durante el período 2025.

Mediante la presente resolución se establece que, desde el 1° de enero hasta el 31 de diciembre de 2025, ambos inclusive, el monto de PESOS CIEN MIL ($100.000) será el mínimo requerido para el inicio del juicio por ejecución fiscal.