Novedades Impostitivas

Novedades Impositivas 17/11/2023

RESOLUCIÓN (Sec. EC) 718/2023 – Crean el “Certificado Polo Tecnológico Cooperativo de Economía del Conocimiento”.

Por medio de la presente resolución, se tendrá como objetivo reconocer, promocionar y propiciar la consolidación de Polos Tecnológicos Cooperativos de Economía del Conocimiento, entes que estarán formados por una MiPyME -dedicada a alguna actividad promovida por la Ley de Economía del Conocimiento- o una Universidad, con al menos una cooperativa o MiPyme licenciatarias de Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC).

La entrega de este certificado no implicará retribución económica alguna ni reconocimiento de gastos de ningún tipo.

RESOLUCIÓN GENERAL (ATP Chaco) 2165/2023 – Reglamentación del régimen de regularización excepcional de obligaciones tributarias provinciales.

Mediante la siguiente resolución, se establecen las formas, plazos, requisitos y condiciones que deberán cumplir los contribuyentes para acceder al Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias Provinciales para deudas vencidas al 31/7/2023, inclusive.

Entre las principales características del régimen destacamos las siguientes:

-Podrán incluirse, las siguientes deudas:

Ingresos brutos:

* Deudas por anticipos mensuales relacionados con períodos fiscales omitidos hasta el período fiscal junio 2023, como contribuyente directo o por percepciones y/o retenciones no ingresadas;

* Deudas del Régimen Simplificado Provincial hasta el periodo fiscal julio de 2023

* Deudas surgidas por la omisión del pago a cuenta “Traslado de producción primaria” como contribuyente directo y/o responsable, por el ingreso de productos en la Provincia del Chaco o por el egreso de la producción primaria fuera de la misma, adeudados al 31/07/2023.

Sellos:

* Por los actos, contratos y operaciones formalizados hasta el 31/07/2023 como contribuyente directo o en calidad de agente de recaudación.

Fondo de Salud Pública, Impuesto Inmobiliario Rural, planes de facilidades de pago vigentes o caducos otorgados con anterioridad al presente régimen, tasa retributiva de servicios, multas por infracciones a los deberes formales y/o materiales que se encuentren firmes y otros tributos provinciales.

-El saldo adeudado podrá ser cancelado en hasta 48 cuotas iguales, mensuales y consecutivas. Para agentes de retención, percepción y recaudación de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos y Sellos, el saldo adeudado podrá ser cancelado en hasta 12 cuotas iguales, mensuales y consecutivas.

-El monto total de cada cuota no podrá ser inferior a $5000.

Novedades Impostitivas

Novedades Impositivas 16/11/2023

DISPOSICIÓN (SsPyME) 499/2023 – Certificado MIPYME: prórroga y flexibilización de requisitos para cooperativas.

Por medio de la presente resolución, se deja sin efecto hasta el 15 de mayo de 2024 inclusive la obligación que tienen las cooperativas de verificar que todos los miembros o integrantes de las mismas se encuentran inscriptos en el Registro de Empresas MIPYMES.

Asimismo se modifica el procedimiento que se aplica en caso de vinculación y/o control en pos de procurar un tratamiento equitativo entre las distintas entidades solicitantes otorgando similar tratamiento con respecto de las empresas susceptibles de obtener el Certificado MIPYME.

RESOLUCIÓN GENERAL 9/2023 – Se ratifica la prórroga del vencimiento del anticipo del impuesto sobre los ingresos brutos -SIRCREB y SIRCUPA- que vencía originalmente los días 6 y 7 de noviembre de 2023.

A través de la siguiente resolución, la Comisión Arbitral de Convenio Multilateral ratifica la modificación de los vencimientos de la presentación y pago correspondiente a la tercera decena del período octubre de 2023 de los mencionados Sistemas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos – Convenio Multilateral.

En tal sentido, se dispuso que el vencimiento para la presentación de la declaración jurada será el día 7 de noviembre de 2023 y el vencimiento para su pago será el 8 de noviembre de 2023.

RESOLUCIÓN GENERAL (ATM Mendoza) 48/2023 – Simplificación del procedimiento para solicitar el certificado de no retención y no percepción del impuesto sobre los ingresos brutos.

Mediante la mencionada resolución, la Administración Tributaria Mendoza simplifica el procedimiento para la solicitud del certificado de no retención y no percepción del impuesto sobre los ingresos brutos por parte de los contribuyentes, tanto locales como los sujetos a las normas del Convenio Multilateral. El mismo deberá ser solicitado mediante el sistema “Mis trámites On-line” disponible en la página web institucional de la Administración Tributaria Mendoza (www.atm.mendoza.gov.ar.).

El contribuyente deberá cumplir con los siguientes requisitos:

1. Encontrarse inscripto en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos Régimen General Local o de Convenio Multilateral.

2. Poseer saldo a favor en la última declaración jurada vencida y presentada.

3. No encontrarse categorizado como contribuyente de riesgo fiscal.

4. Tener presentadas todas las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos vencidas a la fecha de la solicitud.

5. La/s alícuota/s declarada/s en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos por el periodo no prescripto, en cada código de actividad, deberán ser acordes a lo que establece la Ley Impositiva vigente para cada periodo fiscal, salvo los certificados tramitados en el año 2023 cuyo periodo analizado será a partir del 2019.

6. Las retenciones y percepciones comerciales; las retenciones bancarias y en cuentas de pago; y las aduaneras, y toda otra retención que se incluya en el futuro o las reemplace, deducidas por el contribuyente deberán ser de conformidad a las declaradas por los Agentes.

Destacamos que el citado certificado tendrá una vigencia acorde a la situación fiscal del contribuyente declarada en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en los últimos 6 meses y en caso de subsistir saldo a favor en el impuesto, vencido el periodo de vigencia del certificado, el contribuyente podrá solicitarlo nuevamente.

Novedades Impostitivas

Novedades Impositivas 15/11/2023

RESOLUCIÓN (SE) 930/2023 – Se adecúa el reglamento de promoción de proyectos de inversión en obras de infraestructura.

A raíz de cambios internos en los organismos de control y evaluación de proyectos, se aprobó un nuevo reglamento de promoción de proyectos de inversión en obras de infraestructura, que otorgan beneficios fiscales a quienes adhieran a los beneficios de las Leyes 26360 y 26422.

Recordemos que estos regímenes establecen, entre otros beneficios, la devolución anticipada del IVA y la amortización acelerada en el impuesto a las ganancias.

RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 393/2023 – Valor inmobiliario de referencia. Procedimiento operativo aplicable al ejercicio fiscal 2024.

Mediante la presente resolución, la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece el procedimiento operativo para la aplicación del valor inmobiliario de referencia (VIR) para los inmuebles ubicados en la Ciudad para el ejercicio fiscal 2024.

RESOLUCIÓN NORMATIVA (ARBA Bs. As.) 34/2023 – Adecuación de la reglamentación del régimen simplificado del impuesto sobre los ingresos brutos.

A través de la siguiente resolución, la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires establece que las solicitudes de inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos de contribuyentes locales y su incorporación simultánea en el Régimen Simplificado, serán efectivas a partir del primer día del mes en el que tales solicitudes se formalicen, como también las altas de oficio (anteriormente era a partir del mes calendario inmediato posterior a aquel en que la solicitud se hubiere formalizado).

RESOLUCIÓN NORMATIVA (ARBA Bs. As.) 31/2023 – Reglamentación de exenciones impositivas para el Fondo de Integración Socio Urbana (FISU) y de su entidad fiduciaria, Bice Fideicomisos SA.

Por medio de la mencionada resolución, se dispone la forma, modo y condiciones en que ARBA hará efectivo el reconocimiento de las exenciones previstas en la ley impositiva, a favor del Fondo Fiduciario Público denominado Fondo de Integración Socio Urbana (FISU) y de su entidad fiduciaria, Bice Fideicomisos SA -art 139 y 140 de la ley 15391-, de todos los impuestos, tasas, tasas registrales y contribuciones provinciales.

RESOLUCIÓN (SIP Cba.) 37-D/2023 – Adecuaciones a la reglamentación del Acuerdo Conclusivo Voluntario.

Mediante la siguiente resolución, se adecúan los procedimientos de determinación de oficio para la habilitación de la instancia de Acuerdo Conclusivo Voluntario – R. (SIP Cba.) 31-D/2023 -, estableciendo que cuando la propuesta conciliatoria no abarque la totalidad de los períodos y/o conceptos objeto de la determinación, el procedimiento de determinación de oficio continuará por los períodos y/o conceptos no incluidos, desglosándose las actuaciones relacionadas con el procedimiento de acuerdo conclusivo para formar un nuevo expediente.

RESOLUCIÓN (DPR Neuquén) 467/2023 – Actualización de la alícuota del Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra “SIRTAC”.

Se establece que a partir del 1 de noviembre de 2023 la alícuota general del Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra “SIRTAC” será del 1,2%.-R. (DPR Neuquén) 233/2020-.

RESOLUCIÓN (DPR Neuquén) 468/2023 – Modificación de alícuotas del Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago – SIRCUPA.

A través de la presente resolución, se actualizan las alícuotas generales de retención correspondientes al Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago – SIRCUPA -R. (DPR Neuquén) 455/2022-.

Al respecto, se incrementa del 1,2% al 1,5% la alícuota a aplicar al momento de acreditar el importe correspondiente a los contribuyentes locales.

Novedades Impostitivas

Novedades Impositivas 14/11/2023

DECRETO 594/2023 – Tierra del Fuego: Prorrogan beneficios promocionales para la industria textil.

Por medio del siguiente decreto, se prorrogan hasta el 31 de diciembre de 2028 el cese de los beneficios para los proyectos de producción de bienes comprendidos en la Sección XI de la Nomenclatura Común del Mercosur que estuvieran vigentes al día 23 de octubre de 2021, inclusive. Además, se establece una reducción progresiva de los beneficios a partir del año 2025, en un 2,3% anual y hasta la fecha de caducidad del régimen.

Por otra parte, se implementa la opción de solicitar la sustitución de fabricación de productos por la producción de ciertos insumos agroindustriales de alta demanda, tales como agroquímicos, fertilizantes, herbicidas, plaguicidas, productos fitosanitarios y/o similares.

RESOLUCIÓN (DPR Neuquén) 465/2023 – Adecuación del Régimen de recaudación sobre acreditaciones en cuentas abiertas en entidades financieras para sujetos comprendidos en el Convenio Multilateral.

A través de la presente resolución, se modifica el régimen de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos sobre los importes acreditados en cuentas abiertas en entidades financieras, aplicable sobre los contribuyentes comprendidos en el régimen de Convenio Multilateral -R. (DPR Neuquén) 417/2018.

Entre las principales adecuaciones, señalamos:

-Se excluyen del presente régimen las acreditaciones efectuadas como consecuencia de la devolución de impuestos ordenadas por las jurisdicciones provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

-Quedan excluidos del citado régimen las acreditaciones realizadas en cuentas bancarias por la restitución de fondos como consecuencia de la revocación de la aceptación de productos o servicios contratados, en los términos de los artículos 34° de la Ley 24.240 y 1.110°del Código Civil y Comercial de la Nación.

-Se actualizan las alícuotas del impuesto que deberán practicar los distintos contribuyentes.

Las presentes modificaciones serán aplicables a partir del 1/11/2023.

RESOLUCIÓN (DPR Neuquén) 466/2023 – Modificaciones al régimen de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos adecuado al SIRCREB para los contribuyentes locales.

Mediante la mencionada resolución, se modifican los conceptos excluidos y las alícuotas del régimen de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos adecuado al SIRCREB -Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias- para los contribuyentes locales -R. (DPR Neuquén) 426/2018-.

Entre las principales modificaciones del presente régimen, destacamos las siguientes:

-Se incrementa de 1,2% a 1,5% la alícuota la alícuota que deberán practicar al momento de acreditarse el importe correspondiente.

-Se excluyen del presente régimen las acreditaciones efectuadas como consecuencia de la devolución de impuestos ordenadas por las jurisdicciones provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

-Quedan excluidas del citado régimen las acreditaciones provenientes de las recaudaciones, rendiciones periódicas y/o liquidaciones que los agrupadores y/o concentradores del sistema de cobranza que efectúen a usuarios/clientes en el marco del “Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra (SIRTAC)”.

Las presentes modificaciones serán aplicables a partir del 10/11/2023.

Novedades Impostitivas

Novedades Impositivas 13/11/2023

DECRETO 593/2023 – Infracciones a la ley de inversiones mineras: actualizan los montos por sanciones.

A partir de hoy se establece como valor de referencia para su determinación el salario mínimo, vital y móvil. Además, se contemplarán sanciones escalonadas y proporcionales para las diversas infracciones.

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Tucumán) 81/2023 – Versión 27.0 del aplicativo “Régimen de regularización de deudas fiscales”.

Mediante la presente resolución, se aprueba la versión 27.0 del programa aplicativo “Régimen de regularización de deudas fiscales decreto 1243/3 (ME) 2021”, para el acogimiento al régimen de regularización de deudas fiscales -D. (Tucumán) 1243-3/2021-.

LEY (Chaco) F-3898 – Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias Provinciales y medidas de alivio fiscal.

A través de la siguiente ley, se establece un régimen de regularización excepcional de obligaciones tributarias provinciales, y diferentes medidas de alivio fiscal respecto al impuesto sobre los ingresos brutos, régimen simplificado provincial e impuesto inmobiliario rural, entre otros.

Al respecto, se establece que podrán acogerse al régimen de regularización tributaria aquellos sujetos pasivos de obligaciones fiscales provinciales cuyo vencimiento hubiera operado al 31 de julio del 2023, y el acogimiento al presente régimen de regularización podrá formularse hasta el 1/3/2024.

Además, se establecen las siguientes medidas de alivio Fiscal:

-La Administración Tributaria Provincial no actualizará el impuesto fijo a ingresar mensualmente por el plazo de 18 meses a contar desde el período fiscal julio del año 2022, relacionado al régimen simplificado provincial.

-Se establece un régimen de bonificación especial del 30% del Impuesto Inmobiliario Rural de la Provincia del Chaco para el ejercicio fiscal 2023 y 2024, para todos los contribuyentes del impuesto referido, que se encuentren con sus obligaciones tributarias no prescriptas regularizadas y realicen pago de contado anticipado en una cuota, según liquidación respectiva y reglamentación que establezca a Administración Tributaria Provincial.

-Se reestablece hasta el 31 de diciembre de 2024 el Régimen de Incentivos Fiscales para contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos – L-(PE Chaco) F- 2266-.

Novedades Impostitivas

Novedades Impositivas 10/11/2023

BUENOS AIRES (CIUDAD) – RESOLUCIÓN Adm. Gral. Ingresos Públicos BS AS Ciudad 386/2023 – METODOLOGÍA DE CÁLCULO DEL VALOR LOCATIVO DE REFERENCIA PARA EL 2024 PARA EL PAGO DEL IMPUESTO DE SELLOS.  

Se aprueba la metodología de cálculo del valor locativo de referencia mínimo de los inmuebles de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con destino comercial en general , que será la base para el pago del impuesto de sellos.

Novedades Impostitivas

Novedades Impositivas 08/11/2023

TUCUMÁN (Tucumán) 1243-3/2021 – PRÓRROGA DEL RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN DE DEUDAS FISCALES.  

Se prorroga hasta el día 30 de noviembre de 2023 inclusive la vigencia del Régimen de Regularización de Deudas Fiscales.

OPERACIONES DE HACIENDA BOVINA, BUBALINA Y PORCINA – ACTUALIZACIÓN DE LOS VALORES DEL PAGO A CUENTA DEL IVA APLICABLES A PARTIR DE NOVIEMBRE.  

La AFIP publicó en su página web los nuevos valores correspondientes a los a los pagos a cuenta, retenciones y percepciones aplicables a partir del 1° de noviembre que alcanza a los operadores de la cadena de producción y comercialización de haciendas y carnes bovinas y bubalinas y de carnes porcinas.

BUENOS AIRES – ARBA HABILITÓ UNA APLICACIÓN WEB PARA QUE LOS CONTRIBUYENTES GESTIONEN PLANES DE PAGO.  

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires implementó una aplicación web para que las y los contribuyentes puedan gestionar desde un solo lugar todos los planes de pago vigentes con el fisco, incluso los caducos. La herramienta posibilita regularizar deudas de los impuestos Inmobiliario (en todas sus plantas), a los Automotores, Embarcaciones Deportivas e Ingresos Brutos de una manera simple y ágil.
En la página de ARBA, www.arba.gob.ar, los contribuyentes podrán acceder a “Gestionar Planes de Pago”, a partir del CUIT y la Clave CIT, y verán en una misma pantalla todos los planes de facilidades de pago que tiene en los objetos asociados, el estado (caduco o vigente) y qué deuda tiene regularizada en cada uno de ellos.

Novedades Impostitivas

Novedades Impositivas 07/11/2023

TUCUMÁN – SE CONSIDERAN INGRESADAS EN TÉRMINO HASTA EL 7 DE NOVIEMBRE DE 2023 LAS OBLIGACIONES VENCIDAS EL 6 DE NOVIEMBRE DE 2023.  

Se consideran presentados e ingresados en término las Declaraciones Juradas y los Pagos que se efectúen hasta el 7 de noviembre de 2023 inclusive, de aquellas obligaciones tributarias cuyos vencimientos operan el día 6 de noviembre de 2023 correspondientes a:

  • Impuesto sobre los ingresos brutos – Agentes de Recaudación RG (DGR) Nº 80/03: Pago período10/2023, decena 3.
  • Impuesto de sellos: Instrumentos cuyos vencimientos operan el 6 de noviembre de 2023.
Novedades Impostitivas

Novedades Impositivas 02/11/2023

DISPOSICIÓN (COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL) 12/2023 – SIRCREB Y SIRCUPA: PRÓRROGA DEL VENCIMIENTO DE INGRESOS BRUTOS DE LOS DÍAS 6 Y 7 DE NOVIEMBRE DE 2023.  

Mediante la presente se modifica el vencimiento de la declaración jurada correspondiente a la tercera decena del período de octubre de 2023, referida al Régimen de Recaudación y Control sobre Acreditaciones Bancarias (SIRCREB) y al Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago (SIRCUPA), el cual operará el día 7 de noviembre de 2023 y el pago respectivo el día 8 de noviembre de 2023, dichas modificaciones se realizan con motivo de la celebración del “Día del Empleado Bancario”.

RESOLUCIÓN (DGR Bs. As. CIUDAD) 2856/2023 – PRÓRROGA DE LA DECLARACIÓN JURADA Y PAGO DEL ANTICIPO 10/2023 DE LOS AGENTES DE RECAUDACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS.  

La Dirección General de Rentas de la CABA establece prorrogar hasta el día 9 de noviembre de 2023, el vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada y el pago del período de octubre 2023 de los Agentes de Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Ciudad de Buenos Aires, cuyo vencimiento original opera el día 7 de noviembre de 2023.

RESOLUCIÓN GENERAL (ATP CHACO) 2163/2023 – RÉGIMEN DE MULTAS Y SANCIONES POR OMISIÓN, INFRACCIÓN Y DEFRAUDACIÓN FISCAL: MODIFICACIÓN DE ACTAS. 

Mediante la presente se readecua el modelo de acta que será utilizado en la instrucción de sumario administrativo con notificación por vía electrónica modificando la dependencia a la que deberán dirigirse los escritos para alegar defensa y ofrecer pruebas.

Novedades Impostitivas

Novedades Impositivas 01/11/2023

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 5440 – SUJETOS QUE SUSCRIBAN ACUERDOS DE PRECIOS. SE EXTIENDE LA VIGENCIA DE LOS BENEFICIOS. 

Mediante la presente la AFIP extiende hasta el 31 de Diciembre del 2023 los beneficios para los sujetos que suscriban acuerdos de precios para el mercado local con la Secretaría de Comercio. Dichos beneficios son:

  • Iva y contribuciones patronales:  se establece una prórroga de los vencimientos para el pago de los períodos fiscales devengados de noviembre y diciembre de 2023 hasta el día 7 o 20 de marzo de 2024, según se trate de contribuciones de la Seguridad Social o del IVA, respectivamente. Asimismo, por dichos períodos prorrogados se pueden incorporar en un régimen de especial de facilidades de pago -incluidos sus intereses y multas-. El acogimiento al presente régimen podrá realizarse desde el 1 de marzo de 2024 hasta el 29 de marzo de 2024, inclusive.
  • Impuesto PAÍS: se extiende la suspensión hasta el 31 de diciembre de 2023 de la percepción del gravamen para la adquisición y realización de operaciones en moneda extranjera y el régimen de percepción de los impuestos a las ganancias o sobre los bienes personales, para las operaciones alcanzadas por el mencionado impuesto.

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 5441 – IMPORTACIÓN DE ENERGÍA: SE EXTIENDE LA VIGENCIA DE LA EXCLUSIÓN DE LOS REGÍMENES DE PERCEPCIÓN Y ADEMÁS PERMITE PRESENTAR CERTIFICADOS DE NO RETENCIÓN. 

Mediante la presente la AFIP excluye a determinadas operaciones de importación relacionadas con la energía de los regímenes de percepción de IVA y Ganancias. Se trata de importaciones definitivas correspondientes a las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM) comunicadas al ente fiscal por la Secretaría de Energía. 

En cuanto a la presentación de certificados de no retención del impuesto a las ganancias y de exclusión del impuesto al valor agregado, se podrá presentar de manera transitoria hasta el 30 de noviembre de 2023.

DECRETO (Poder Ejecutivo)  567/2023 – SE DIFIERE AL 1 DE FEBRERO DE 2024 LA ACTUALIZACIÓN DEL IMPUESTO.

A través de este se establece que los incrementos en los montos de los impuestos fijados, que resulten de las actualizaciones correspondientes al tercer y cuarto trimestre calendario del año 2021, al primer, segundo, tercer y cuarto trimestres calendario del año 2022 y al primer, segundo y tercer trimestres calendario del año 2023, surtirán efectos para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil a partir del 1° de febrero de 2024 inclusive, con el fin de una necesaria estabilización y una adecuada evolución de los precios.

RESOLUCIÓN (DGR SAN JUAN) 1375/2023 – SUSPENSIÓN DE LA CALIFICACIÓN DE RIESGO FISCAL POR EL MES DE NOVIEMBRE 2023.

La Dirección General de Rentas de San Juan suspende la operatividad de la calificación de riesgo fiscal por el mes de noviembre 2023.