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Novedades Impositivas 11/09/24

RESOLUCIÓN GENERAL (ATP Chaco) 27/2024 – Ingresos brutos y Adicional 10%. Cómputo del pago a cuenta por traslado de producción primaria y los derivados del servicio de transporte relacionado al traslado de producción primaria o productos en general.

Mediante la presente resolución, la Administración Tributaria Provincial de Chaco establece las pautas para el cómputo del pago a cuenta del impuesto sobre los ingresos brutos y Adicional 10% por los pagos en concepto de producción primaria y los derivados del servicio de transporte relacionado al traslado de producción primaria o productos en general.

En tanto, se dispone que, para los pagos en concepto de producción primaria el cómputo será de acuerdo a si son sujetos obligados o no obligados a actuar como agentes de retención y para pagos en conceptos de fletes de acuerdo a si son sujetos obligados a actuar como agentes de retención, sujetos no obligados a actuar como agentes de retención o sujetos que realizan servicios de transporte.

Novedades Legales

Novedades Legales 11/09/24

Resolución IGJ N° 19/2024 – Registro de “Sucursales Dedicadas o Especiales” que deseen adherir al RIGI (“Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones”)

Antecedentes.

A partir de la sanción de la Ley Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos N° 27.742, se estableció en su Art. 164 y subsiguientes, la creación del Régimen de Incentivo para las Grandes Inversiones (“RIGI”), el cual dentro de sus objetivos principales dispone: el incentivo a las grandes inversiones (nacionales y extranjeras), la promoción del desarrollo económico, fortalecer la competitividad, incrementar las exportaciones de mercaderías y servicios al exterior, favorecer la creación de empleo,  fomentar la industria, y generar seguridad jurídica y previsibilidad para los inversores.

De acuerdo con dicha norma, podrán solicitar su adhesión al RIGI los Vehículos de Proyecto Único (“VPU”), que deberán tener como único objeto una o más fases de un proyecto que califique como gran inversión, y asimismo, no deberán desarrollar actividades ni poseer activos no afectados a dicho proyecto. Los sectores que prevé la norma para el desarrollo de proyectos que pueden ser incluidos en el RIGI son: la industria forestal, turismo, infraestructura, minería, tecnología, siderurgia, minería, energía, gas y petróleo. 

Los requisitos y condiciones para su inclusión en régimen, así como capitales mínimos de inversión se encuentran establecidos en el Decreto 749/2024 (Texto completo | Argentina.gob.ar)

A los fines de la presente, son considerados VPU las sociedades anónimas – incluidas las sociedades anónimas unipersonales-, las sociedades de responsabilidad limitada, las sucursales establecidas por sociedades extranjeras en los términos del Art. 118 de la Ley General de Sociedades (“LGS”), las Sucursales Dedicadas previstas en el Art. 170 de la Ley 27.742, y las uniones transitorias y otros contratos asociativos.

Reglamentación por parte de la Inspección General de Justicia. 

Mediante Resolución General de la Inspección General de Justicia N° 19/2024 (RG IGJ N° 19/2024) publicada el 5 de septiembre de 2024 en el Boletín Oficial de la República Argentina, se reglamentó el procedimiento para la inscripción de las llamadas Sucursales Dedicadas o Especiales, establecidas en el artículo 170 de la Ley Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos N° 27.742 y reglamentadas por el Decreto 749/2024.

La RG IGJ N° 19/2024 establece los requisitos necesarios para la inscripción de Sucursales Dedicadas o Especiales en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que deberán cumplir las sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada o las sucursales establecidas por sociedades extranjeras en los términos del Art. 118 de la LGS, que no cumplan con los supuestos previstos en el Art. 169 de la Ley N° 27.742, en cuanto al desarrollo de un objeto único o que posean uno o más activos no afectados a dicho proyecto, y que opten por la apertura de una sucursal al sólo efecto de su adhesión al RIGI. 

A tales fines la Inspección General de Justicia requiere para su inscripción: 

1. La presentación del testimonio de escritura pública o instrumento privado original conteniendo la decisión adoptada por el órgano social competente de la apertura de la Sucursal Dedicada o Especial a los efectos de adherir al RIGI, indicando en el mismo:

  1. la sede de la Sucursal Dedicada; 
  2. la designación del representante a cargo, con su aceptación y constitución de domicilio especial en la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; 
  3. el monto del capital asignado a la Sucursal Dedicada y la modalidad bajo la cual se le atribuirán; y 
  4. la descripción del objeto único del proyecto de inversión atribuido a la Sucursal Dedicada.

2. Dictamen contable emanado de Contador Público expidiéndose sobre la composición de los bienes afectados a la asignación del capital de la Sucursal Dedicada o Especial.

3. En caso de sociedades o sucursales inscriptas en jurisdicción provincial deberán acreditar además su inscripción y vigencia en la jurisdicción de origen mediante la presentación de la respectiva constancia o bien con la verificación de dicho extremo por el profesional Dictaminante.

4. Rúbrica de libros. En paralelo, se deberá solicitar la individualización y rúbrica de los libros correspondientes, a los fines de cumplimentar con la exigencia de llevar una contabilidad separada a la sociedad a la cual pertenece.

Asimismo, la RG IGJ N° 19/2024 regula la posibilidad de solicitar la cancelación de la inscripción de la Sucursal Dedicada o Especial, una vez cumplimentado el proyecto para el cual fue creada o bien por la decisión expresa de no continuarlo. 

Dicha resolución entró en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

A continuación, el link de acceso de la resolución completa: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/313374/20240905 

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Novedades Impositivas 10/09/24

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 5561 – Blanqueo: AFIP establece precisiones para Monotributistas y para acreditar la titularidad y la valuación de determinados bienes.

Mediante la presente resolución, la Administración Federal de Ingresos Públicos realiza precisiones sobre los efectos de la regularización respecto de sujetos adheridos al Monotributo y también sobre la documentación y/o constancias que acrediten la titularidad y valuación de diversos bienes sujetos al Blanqueo, incluidas obras y mejoras.

LEY (Tucumán) 9789 – Tucumán: Adhesión al Régimen de Regularización de Activos.

Por medio de la presente ley, la Provincia de Tucumán se adhiere al Régimen de Regularización de Activos -Ley Nacional N° 27743, Titulo II-, y establece beneficios a los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, inscriptos o no, que adhieran a dicho régimen.

RESOLUCIÓN GENERAL (ATP Formosa) 28/2024 – Modificaciones al Régimen de Retención SIRTAC. A través de la presente resolución, la Administración Tributaria Provincial de Formosa introduce modificaciones en el régimen de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos sobre tarjetas de crédito y compra “SIRTAC”-RG (DGR Formosa) 63/2021-, redefiniendo las características que deben reunir las operaciones para ser consideradas habituales.

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Novedades Impositivas 09/09/24

LEY  NACIONAL 27.754 – Convenio para evitar la doble imposición con la República de Turquía.

Mediante la presente ley, se aprueba el acuerdo con la República de Turquía para evitar la doble imposición en materia de tributos sobre la renta y para prevenir la evasión y la elusión fiscal; como así también su protocolo, que fueron suscriptos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 1/12/2018.

RESOLUCIÓN GENERAL (ATM Misiones) 8/2024 – Misiones. Exclusión de conceptos del régimen de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos sobre acreditaciones bancarias.

Por medio de la presente resolución, la Agencia Tributaria Misiones excluye del régimen de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos sobre acreditaciones bancarias -RG (DGR Misiones) 35/2002- , a las acreditaciones de importes en concepto de préstamos otorgados a través del Consejo Federal de Inversiones (CFI).

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Novedades Impositivas 06/09/24

LEY (Córdoba) 10980 – Exención del impuesto sobre los ingresos brutos a los sujetos que adhieran al Régimen de Regularización de Activos.

Mediante la presente ley, se establece que los sujetos que adhieran al Régimen de Regularización de Activos, accediendo a sus beneficios y, en tanto no se verifique el decaimiento de los mismos, quedan liberados del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, por los ingresos que hubieran omitido declarar por períodos fiscales no prescriptos al 31 de diciembre de 2023.

DECRETO (Tucumán) 2812/2024 – Prórroga del régimen de regularización de deudas fiscales hasta el 30 de septiembre de 2024.

Se prórroga hasta el día 30 de Septiembre de 2024, inclusive, la vigencia del Régimen de Regularización de Deudas Fiscales establecido por el Decreto N° 1243/3 (ME)-2021.

RESOLUCIÓN GENERAL (ATP Chaco) 29/2024 – Chaco. Incorporación de servicios al sistema de declaración jurada web del impuesto de sellos y tasas retributivas de servicios.

Por medio de la siguiente resolución, la Administración Provincial de Impuestos incorpora actos, contratos y operaciones al sistema de autoliquidación del Impuesto de Sellos y Tasa Retributiva de Servicios-RG (ATP Chaco) 1853/2015-.

Al respecto se incorporan diferentes matrículas y registros. En tanto, se establece que en los casos de actos, contratos y operaciones no contemplados en el Sistema de Autoliquidación del Impuesto de Sellos y Tasa Retributiva de Servicios, los contribuyentes y/o responsables podrán solicitar la liquidación correspondiente en Sede Central de la Administración Tributaria Provincial, las Receptorías del Interior de la Provincia y Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Novedades Impostitivas

Novedades Impositivas 05/09/24

RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 336/2024 – Modificaciones en el procedimiento de la inscripción de oficio del impuesto sobre los ingresos brutos.

Mediante la presente resolución, se establecen modificaciones en el procedimiento a aplicar en aquellos supuestos en que la Dirección General de Rentas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires detecte la existencia de sujetos que realicen actividades alcanzadas por el impuesto sobre los ingresos brutos en el ámbito de la Ciudad y verifique la falta de inscripción en el tributo.

Por parte de los mismos cualquiera sea su domicilio fiscal, con el objeto de lograr la regularización de su situación fiscal o proceder a su inscripción de oficio. -R. (AGIP Bs. As. cdad.) 59/2015-.

En tanto, se delega en las distintas Subdirecciones Generales dependientes de la Dirección General de Rentas, la facultad de efectuar intimaciones masivas a los fines de la inscripción de los contribuyentes en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
 
RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Tucumán) 60/2024 – Utilización obligatoria del S.I.Re. – Sistema Integrado de Recaudaciones – para las empresas acopiadoras de tabaco.

Por medio de la siguiente resolución, se establece que a partir del 1° de Septiembre de 2024 inclusive, las empresas acopiadoras de tabaco designadas como agentes de retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos -art. 1° de la Ley N° 4682 (texto consolidado por Ley N° 8240), se encuentran obligadas a utilizar el sistema informático denominado “S.I.Re. – Sistema Integrado de Recaudaciones” -RG (DGR Tucumán) 42/2024- para la presentación de la declaración jurada mensual.

RESOLUCIÓN (DGR Chubut) 828/2024 – Adecuaciones al Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra “SIRTAC”.

A través de la mencionada resolución, se establecen modificaciones al Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra “SIRTAC”-R. (DGR Chubut) 105/2021- estableciendo las condiciones para cuando una operatoria se considera de forma habitual, frecuente o reiterada.

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Novedades Impositivas 04/09/24

DISPOSICIÓN (Ss.PI) 45/2024 – Modificación de la reglamentación del régimen de incentivo fiscal para el desarrollo del autopartismo argentino.

Mediante la presente disposición, se modifica la reglamentación del régimen de incentivo fiscal para el desarrollo del autopartismo argentino -L. 27263-, estableciéndose modificaciones en el procedimiento para el pedido de otorgamiento de prórroga a los proyectos aprobados, el modo de pago de honorarios por tareas de verificación y el momento en que se llevarán las mismas.
 
RESOLUCIÓN GENERAL (ATM Mendoza) 56/2024 – Disposición de características que deben reunir las operaciones para ser consideradas habituales en el Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra “SIRTAC”.

Por medio de la mencionada resolución, la provincia de Mendoza establece las características que deben reunir las operaciones para ser consideradas habituales en el Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra “SIRTAC”.

Las mismas deben reunir en forma conjunta las siguientes características:

1. resulten iguales o superiores a la cantidad de DIEZ (10) y

2. su monto total resulte igual o superior a pesos doscientos mil ($ 200.000.-).

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Salta) 11/2024 – Salta. Prórroga para la implementación del Régimen de Recaudación por los hechos imponibles de responsables sustitutos.

A través de la siguiente resolución, se prorroga hasta el 1 de octubre de 2024 la entrada en vigencia del régimen de recaudación del impuesto a las actividades económicas -con carácter de pago único y definitivo-, aplicable a sujetos radicados, constituidos o domiciliados en el exterior, cuando se verifiquen los respectivos hechos generadores de la obligación tributaria previstos para el citado impuesto -RG (DGR Salta) 6/2024-.

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Novedades Impositivas 03/09/24

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 5559 – Impuesto PAIS: Modificación de los montos del pago a cuenta.

Mediante la presente resolución, en concordancia con la disminución de las alícuotas para los pagos sobre fletes y transportes y sobre la importación de determinada mercadería, ahora se reduce a 7,125% el pago a cuenta para la importación de las mercaderías beneficiadas con la reducción de la citada alícuota.
 
RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 5558 – Sujetos obligados a emitir la “Liquidación Primaria de Granos”: Adecuación de requisitos.

Por medio de la mencionada resolución, se efectúan adecuaciones con respecto a los requisitos que deben cumplir los responsables obligados a emitir la “Liquidación Primaria de Granos”, con relación al RUCA.

RESOLUCIÓN (ME) 814/2024 – Creación del Comité Evaluador de Proyectos RIGI.

A través de la presente resolución, se crea el Comité Evaluador de Proyectos RIGI, que tendrá la evaluación final de las solicitudes de adhesión al RIGI y planes de inversión presentados por los Vehículos de Proyecto Único (VPU). El Comité a través de un informe conclusivo recomendará la aprobación o rechazo de las solicitudes de adhesión al RIGI

RESOLUCIÓN (ME) 828/2024 – Creación del Comité Evaluador de Proyectos RIGI: Rectificación.

Se modifica la integración de del Comité Evaluador de Proyectos RIGI y la Secretaría de Coordinación de Energía y Minería actuará como Unidad de Coordinación RIGI.

RESOLUCIÓN (SE) 235/2024 – Régimen de fomento a la generación distribuida de energía renovable integrada a la red eléctrica pública y para la fabricación de sistemas, equipos e insumos para su generación.

A través de la mencionada resolución, se  modifican aspectos relacionados con las categorías de los usuarios generadores de Energía y el valor de potencia instalada máxima permitida por Punto de suministro para todas las categorías de Usuario Generador.

Cabe mencionar que el régimen de fomento a la generación distribuida de energía renovable distribuida prevé el beneficio de obtención de un certificado de crédito fiscal para el pago de impuestos nacionales, como así también la amortización acelerada en el impuesto a las ganancias y la devolución anticipada del IVA por las inversiones realizadas para fabricar equipos e insumos destinados a la generación de la mencionada energía.

DECRETO (Bs. As. cdad.) 299/2024 – Sustitución de la reglamentación del Régimen de promoción cultural.

A través del presente decreto, se sustituye la reglamentación del régimen de participación cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, destinado a estimular e incentivar la participación privada para el financiamiento de proyectos culturales -L. (Bs. As. cdad.) 6026-

Cabe mencionar que los aportes efectuados por los patrocinadores a los proyectos culturales podrán ser computados como pago a cuenta del impuesto sobre los ingresos brutos con ciertas limitaciones.

Novedades Previsionales (1)

Novedades Laborales y Previsionales 03/09/24

Novedades Previsionales | Laborales – AGOSTO 2024

A continuación, les hacemos llegar las novedades nacionales más relevantes publicadas en el Boletín Oficial en materia previsional y laboral.  

INCREMENTO BASE IMPONIBLE SEGURIDAD SOCIAL – 23/08/2024 – RESOL-2024-588-ANSES-ANSES  

Incremento de base imponible mínima y máxima de seguridad social para el período devengado 09/2024. 

Base Mínima: $ 78.993,11 | 

Base Máxima: $ 2.567.238,86 | 

AUTONOMOS NUEVOS VALORES A PARTIR DEL 15/08/2024  

Categoría I:     40.497,37  

Categoría II:    56.695,45  

Categoría III:   80.994,04

Categoría IV: 129.590,40

Categoría V:  178.186,10

PROPINAS – MODIFICACIONES LCT – 14/08/2024 – DNU-2024-731-APN-PTE 

Las propinas no son remuneración – Se modifica el artículo 113 de la Ley de Contrato de Trabajo 

LCT – ARTÍCULO 113.- Propinas. Cuando el trabajador, con motivo del trabajo que preste, tuviese oportunidad de obtener beneficios o ganancias en concepto de propinas o recompensas, no serán considerados parte de la remuneración”.

IMPUESTO A LAS GANANCIAS EMPLEADOS – 12/08/2024 – RESOG-2024-5547-E-AFIP-AFIP  

La AFIP elimina la obligación de presentar el contrato de locación en el SIRADIG para proceder al cómputo de la deducción del 40% y 10% de las sumas pagadas en concepto de alquileres de inmuebles destinados a vivienda. 

SALARIO MINIMO VITAL Y MOVIL – 08/08/2024 – RESOL-2024-14-APN-CNEPYSMVYM#MT – SMVM a partir del 29/07 – Se establece la vigencia de los montos del Salario Mínimo Vital y Móvil dispuesto por la Resolución 13/2024 en los siguientes montos: 

07/2024:  $254.231,91 

08/2024:  $262.432,93

09/2024:  $268.056,50 

10/2024:  $271.571,22

Quedamos a disposición para ampliar o precisar más información sobre cómo estas reformas o para cualquier consulta.

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Novedades Impositivas 02/09/24

DECRETO 777/2024 – Baja del impuesto pais para determinadas importaciones, y para servicios de fletes.

Mediante el presente decreto, se reduce al 7,5% la alícuota del Impuesto PAÍS para las operaciones de compra de billetes y divisas en moneda extranjera efectuadas por residentes en el país, para el pago de obligaciones por la importación de determinados bienes y por la adquisición de servicios de fletes y otros servicios de transporte por operaciones de comercio exterior.

Las presentes disposiciones resultan de aplicación para las operaciones de compra de billetes y divisas en moneda extranjera efectuadas desde el 3/9/2024.
 
DECRETO 779/2024 – Importación de mercaderías para perfeccionamiento industrial: la AFIP podrá percibir el 100% del impuesto PAIS.

Por medio del siguiente decreto, se establece que la AFIP podrá percibir el pago del 100% del impuesto PAIS en los casos de importación para consumo de mercadería previamente importada bajo una destinación suspensiva de importación temporaria -realizada bajo el régimen del D.1330/2004-.

Por otra parte se realizan determinadas adecuaciones al régimen de importación temporaria de mercaderías destinadas a recibir un tratamiento industrial. 

LEY (Chubut) IX-171 – Chubut. Adhesión al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) A través de la mencionada ley, la Provincia adhiere al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) -L. 27742, Título VII-, que establece un marco regulatorio de incentivos impositivos, certidumbre económica, y seguridad jurídica, que habilita el fomento de grandes inversiones en la provincia.