Novedades Impostitivas

Novedades Impositivas 17/01/2024

LEY (Poder Legislativo) 5830 – CATAMARCA. LEY IMPOSITIVA 2024 Y MODIFICACIONES AL CÓDIGO TRIBUTARIO

Se establecen las alícuotas y los montos aplicables de los impuestos, tasas y contribuciones correspondientes al período fiscal 2024 y se disponen modificaciones al Código Tributario.

RESOLUCIÓN GENERAL (Dir. Gral. Rentas) 252/2023 – CORRIENTES. RÉGIMEN DE RETENCIONES DEL IMPUESTO DE SELLOS

Se establece un Régimen de Retenciones del Impuesto de Sellos que estará a cargo de aquellas personas físicas o jurídicas que intervengan, directa o indirectamente en la instrumentación de actos, contratos y/o operaciones.

Novedades Impostitivas

Novedades Impositivas 16/01/2024

RESOLUCIÓN (Min. Economía) 8/2024 – SANTA FE. MODIFICACIÓN DE LAS TASAS DE INTERÉS RESARCITORIO PARA DEUDAS TRIBUTARIAS

Se modifica a partir del 1° de febrero de 2024 la tasa de interés resarcitorio mensual aplicable a los pagos fuera de término y las tasas de interés mensual para convenios de pago comunes.

RESOLUCIÓN (Agencia de Recaudación Tributaria) 76/2023 – RÍO NEGRO. REGLAMENTACIÓN DE LOS INCENTIVOS POR CUMPLIMIENTO FISCAL PARA EL AÑO 2024

La Agencia de Recaudación Tributaria de Río Negro reglamenta las alícuotas diferenciales para los distintos impuestos, establecidas en la ley impositiva 2024 -L. (Río Negro) 5701-.
Asimismo, establece los requisitos que deberán cumplir los contribuyentes a fin de gozar de los incentivos por cumplimiento fiscal aplicables al año 2024.

DECRETO (Administradora Tributaria) 350/2023 – ENTRE RÍOS. MODIFICACIONES DE LOS MÍNIMOS DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS Y LAS CUOTAS DEL RÉGIMEN SIMPLIFICADO

Se establecen adecuaciones de valores contenidos en la ley impositiva.
Entre las principales, destacamos:
-Incremento de los importes mínimos mensuales y anuales a ingresar del impuesto sobre los ingresos brutos.
-Modificación del impuesto mensual a ingresar para los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado del impuesto sobre los ingresos brutos.

RESOLUCIÓN GENERAL (Dir. Prov. Rentas) 1656/2024 – JUJUY. ACTUALIZACIÓN DEL PROGRAMA APLICATIVO DENOMINADO “SISTEMA INFORMÁTICO DE PERCEPCIÓN DE ESCRIBANOS PÚBLICOS”

Se aprueba la versión 1.12 del programa aplicativo denominado, “Sistema Informático de Percepción de Escribanos Públicos ”, S.I.P.E.P. V.1.12, el cual podrá ser transferido de la página web de la Dirección Provincial de Rentas (www.rentasjujuy.gob.ar).

Novedades Impostitivas

Novedades Impositivas 11/01/2024

RESOLUCIÓN GENERAL CONJUNTA (AFIP-SC) 5478/2024 – PRORROGAN EL PLAZO DE INSCRIPCIÓN EN EL “PADRÓN DE DEUDA COMERCIAL POR IMPORTACIONES CON PROVEEDORES DEL EXTERIOR”.  

Mediante la  presente se prorroga hasta el 24 de enero del 2024 inclusive, el plazo para que los sujetos que cuenten con deuda comercial por importaciones de bienes y/o de servicios se inscriban al “Padrón de Deuda Comercial por Importaciones con Proveedores del Exterior” y efectúen la correspondiente declaración jurada. Ello siempre que se trate de importaciones con fecha de oficialización anterior al 13 de diciembre de 2023. 
 

RESOLUCIÓN NORMATIVA (ARBA BS.AS.) 2/2024 – ADECUACIÓN DE LOS PARÁMETROS PARA INSCRIBIRSE COMO AGENTE DE RETENCIÓN Y/O PERCEPCIÓN DE INGRESOS BRUTOS EN EL PERÍODO 2024. 

A través de la presente resolución, ARBA eleva los montos de facturación obtenidos en el año inmediato anterior para ser agentes de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos.
En tal sentido, se establece que deberán actuar como agentes de retención y/o percepción del gravamen los contribuyentes que hayan obtenido en el año calendario inmediato anterior ingresos brutos operativos (gravados, no gravados y/o exentos) superiores a $ 1.250.000. Dicho límite se eleva a $ 1.875.000 para aquello contribuyentes que realizan como actividad principal el expendio al público de combustibles líquidos derivados del petróleo.
Asimismo, deberán actuar como agentes de percepción del impuesto aquellos sujetos con ingresos brutos operativos en el año inmediato anterior superiores a $ 625.000.000, siempre y cuando desarrollen determinadas operaciones de venta de cosas muebles, relacionadas entre otras, con la venta al por mayor de insumos agropecuarios , productos alimenticios, de ferreteria y materiales eléctricos, papel y productos de papel, artículos de construcción, etc.

Dichas actividades se pueden encontrar en el Nomenclador de Actividades para el Impuesto sobre los Ingresos Brutos (NAIIB 18) aprobado por la Resolución Normativa N° 38/2017.

Cabe destacar, que los nuevos agentes de recaudación deberán inscribirse hasta el 31/1/2024, debiendo comenzar a actuar como tales a partir del 1/3/2024.

RESOLUCIÓN GENERAL (DGIP LA RIOJA) 22/2023 – CALENDARIO DE VENCIMIENTOS PARA EL AÑO 2024. 

La Dirección General de Ingresos Provinciales de la provincia de La Rioja establece las fechas de vencimientos de los diversos tributos que recauda dicha jurisdicción, por el período fiscal 2024.  

LEY (CHUBUT) XXIV-106 – LEY IMPOSITIVA 2024.

Se establece las alícuotas y los valores aplicables desde el 1 de enero de 2024 para la percepción de los tributos provinciales. 

Entre ellas destacamos las siguientes: 

Ingresos brutos:
*Se incrementa del 3% al 3,5% la alícuota aplicable a la venta de autos nuevos, siempre que no se realice en comisión.
*Se disminuye del 6% al 5,5% la alícuota general aplicable a los servicios de seguro de salud.

RESOLUCIÓN (DGR CHUBUT) 1/2024 – MONTO DEL PERÍODO 2024 PARA LA EXENCIÓN DE LA ACTIVIDAD GANADERA.

La Dirección General de Rentas de la Provincia de Chubut fija el importe para el ejercicio fiscal 2024 en 18.808.440,00.- como monto total de ventas anuales para obtener la exención en el impuesto sobre los ingresos brutos de la actividad ganadera para el período fiscal 2024. Asimismo, la actividad ganadera gozará de la exención en el impuesto, por las ventas que no superen los 14.000 kg de lana sucia de 20 micrones y con un rinde del cincuenta y cinco por ciento (55%).

RESOLUCIÓN GENERAL (DGIP LA RIOJA) 1/2024 – MONTOS MÍNIMOS DE RETENCIÓN Y PERCEPCIÓN PARA LOS AGENTES DE RECAUDACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS.

Mediante la presente, se eleva el monto a partir del cual es obligatorio practicar las retenciones, el mismo pasa a ser de $30.000,00.- 

Por otro lado, se establece que no será obligatorio practicar percepciones del impuesto sobre los ingresos brutos, cuando el monto de la percepción sea igual o inferior a la suma de $575,00.- 

RESOLUCIÓN GENERAL (DPR JUJUY) 1655/2024 – MODIFICACIÓN DE LOS REGÍMENES GENERALES Y PARTICULARES DE RETENCIÓN Y PERCEPCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS. 

Mediante la presente, se eleva en $40.000,00.- el monto mínimo sujeto a retención en el impuesto sobre los ingresos brutos en la Provincia de Jujuy, no aplicables a regímenes particulares. Asimismo, se actualizan las alícuotas del nomenclador de regímenes particulares y alícuotas especiales.

Novedades Impostitivas

Novedades Impositivas 10/01/2024

RESOLUCIÓN (SERyC) 1/2024 – PRORROGA DEL ANTICIPO 11/2023 DE INGRESOS BRUTOS PARA CONTRIBUYENTES DE BAHÍA BLANCA

Mediante la misma, ARBA considera presentadas y abonadas en término hasta el día 12 de enero 2024, inclusive, las declaraciones juradas correspondientes al anticipo mensual 11/2023 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de los contribuyentes cuyo domicilio principal de actividades declarado se encuentre ubicado en el partido de Bahía Blanca debido al al fenómeno climatológico ocurrido el 16 de diciembre de 2023.


RESOLUCIÓN GENERAL (API SANTA FE) 3/2024 – RECATEGORIZACIÓN OBLIGATORIA DEL RÉGIMEN SIMPLIFICADO PROVINCAL PARA EL AÑO 2024. 

A través de la misma se establece que la recategorización para el año 2024 será de carácter obligatorio, independientemente si se modifica o no la situación del contribuyente. 

RESOLUCIÓN (DGR CHUBUT) 1626/2023 – CALENDARIO DE VENCIMIENTOS DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS 2024.

La Dirección General de Rentas establece el calendario de vencimientos para el período fiscal 2024 del impuesto sobre los ingresos brutos para contribuyentes directos, Convenio Multilateral y para los incorporados al Acuerdo interjurisdiccional de atribución de base imponible para contribuyentes directos. 

RESOLUCIÓN GENERAL (DPR JUJUY) 1653/2023 – CALENDARIO DE VENCIMIENTOS 2024 Y ADECUACIÓN DEL VALOR DE LA UNIDAD FISCAL.

La Dirección Provincial de Rentas de Jujuy establece las fechas de vencimientos para el período fiscal 2024, asimismo, se fija en $ 192.000,00.- la Unidad Fiscal, valor de referencia a que se utilizará para la categorización de los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos y que se actualizará anualmente. 

LEY (LA RIOJA) 10702 – LEY IMPOSITIVA 2024 Y MODIFICACIONES AL CÓDIGO TRIBUTARIO.  Mediante la misma, se establecen los importes fijos y las alícuotas de los tributos correspondiente al período fiscal 2024, asimismo, se establecen modificaciones en el Código Tributario de la provincia de La Rioja.

Novedades Impostitivas

Novedades Impositivas 09/01/2024

LEY (PODER LEGISLATIVO SANTA FE) 14244 – MODIFICACIONES A LA LEY IMPOSITIVA Y AL CÓDIGO FISCAL PARA EL PERÍODO FISCAL 2024. 

Mediante la misma se establecen modificaciones al código fiscal y a la ley impositiva para el período fiscal 2024. Entre ellas se destaca:

  • Impuesto inmobiliario: Se establece un incremento del 190% en concepto de Impuesto Inmobiliario Rural, Urbano y Suburbano, aplicable a partir del período fiscal 2024, sobre el impuesto calculado para el período fiscal 2023 o el que hubiera correspondido. Asimismo, se incrementa el impuesto mínimo para los inmuebles ubicados en zona rural, de $ 4.082 a $ 11.838; y para los inmuebles del resto del territorio, de $1.830 a $ 5.307.
  • Impuesto sobre los ingresos brutos: Se incrementa de $ 227.000.000 a $432.000.00 el monto hasta el cual se encuentran exentas las actividades industriales en general de empresas, excepto los ingresos que provengan del expendio de productos de propia elaboración directamente al público consumidor, la actividad industrial desarrollada bajo la modalidad de fasón y la actividad de transformación de cereales y oleaginosas. Además se modifican las alícuotas aplicables para las siguientes actividades: actividad de comercialización de cereales, forrajeras, oleaginosas y cualquier otro producto agrícola; servicios de comunicaciones; actividad de Retribución a emisores de tarjetas de crédito o compras; explotación de casinos, salas de juego y similares y para los préstamos de dinero, descuentos de documentos de terceros y demás operaciones financieras efectuadas por entidades no sujetas al régimen de entidades financieras, incluidas las casas de préstamos. 
  • Régimen simplificado: Se incrementa a $ 21.530.600 el monto máximo de ingresos brutos totales obtenidos en el período fiscal inmediato anterior, considerado para poder adherir al Régimen Tributario Simplificado. Además, se incrementan los montos de importe mensual a ingresar para las diferentes categorías del Régimen Tributario Simplificado.
  • Sellos: Se incrementa el valor del Módulo Tributario pasando de $1,60 a $4,20. Y se faculta al Poder Ejecutivo a incrementar dicho valor. 
  • Reducción de alícuotas 2024: Se establece la aplicación del beneficio de reducción de alícuotas en el ejercicio fiscal 2024 para los contribuyentes que desarrollen las actividades industriales en general, actividades industriales de transformación de cereales llevadas a cabo por empresas caracterizadas como “PyMES Santafesinas” y actividades industriales realizadas bajo la modalidad de fasón por los sujetos denominados fasoniers o confeccionistas que vean incrementada su carga tributaria del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a nivel consolidado del total de las jurisdicciones donde tributen.

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR SAN JUAN) 1898/2023 – DETERMINACIÓN DE LA BASE IMPONIBLE DIFERENCIAL EN INGRESOS BRUTOS PARA LA VENTA MAYORISTA DE CARNES PARA EL PERÍODO 2024. 

La Dirección General de Rentas de San Juan establece que a efectos de aplicar la base diferencial, durante el período fiscal 2024, los contribuyentes que desarrollen la actividad de  Comercialización Mayorista de Carnes en General efectuada por abastecedores, deben tener cancelado o regularizado al 31 de Agosto del año 2024, el Impuesto Inmobiliario y el Impuesto a la Radicación de Automotores que se encuentre vencido al 30 de Junio del año 2023, de los inmuebles y automotores de su propiedad, ello sin perjuicio del cumplimiento del resto de los requisitos establecidos en la norma (Ley N° 151-I). 

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR SAN JUAN) 1899/2023 – PRÓRROGA DE LA VIGENCIA DE LAS CLAVES CUR OTORGADAS HASTA EL 7 DE DICIEMBRE 2022. 

Mediante la misma, se establece para aquellos contribuyentes que realizan actividades de producción primaria y de producción de bienes, que deseen gozar de la exención en el impuesto a los ingresos brutos, durante el período fiscal 2024, deben tener pagado al 31 de Agosto del año 2024, el Impuesto Inmobiliario y el Impuesto a la Radicación de Automotores que se encuentre vencido al 30 de Junio del año 2023, de los inmuebles y automotores de su propiedad. El requisito mencionado no será exigible a los productores agropecuarios cuyas explotaciones sean de hasta treinta (30) hectáreas cultivadas.

Novedades Impostitivas

Novedades Impositivas 08/01/2024

DECRETO (DGR TUCUMÁN) 892-3/2023 – FERIA FISCAL PARA EL PERÍODO COMPRENDIDO ENTRE EL 1 Y EL 31 DE ENERO DEL 2024, AMBAS FECHAS INCLUSIVE.  

La Dirección General de Rentas de Tucumán establece que no se computarán respecto de los plazos procedimentales los días hábiles administrativos comprendidos entre el 1° y el 31 de enero de 2024, ambas fechas inclusive. 

DECRETO (DGR TUCUMÁN) 912-3/2023 – PRÓRROGA HASTA EL 31/12/2024 INCLUSIVE A LA ALÍCUOTA 0% EN EL IMPUESTO DE SELLOS PARA LAS GARANTÍAS Y CONTRAGARANTÍAS DE LAS SOCIEDADES DE GARANTÍA RECÍPROCA. 

Mediante el mismo se establece una prórroga hasta el 31/12/2024 inclusive a la alícuota 0% en el impuesto de sellos para los actos, contratos y operaciones que instrumenten las garantías y contragarantías de las sociedades de garantía recíproca (SGR) siempre que se encuentren vinculadas a créditos otorgados a empresas MIPYMES.

RESOLUCIÓN GENERAL (AREF T. DEL FUEGO) 1091/2023 – MODIFICACIONES AL RÉGIMEN GENERAL DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS. 

La Agencia de Recaudación Fueguina modifica el régimen general de retención del impuesto sobre los ingresos brutos (RG 616/2021).

Entre dichas modificaciones se fija el importe mínimo sujeto a retención fijándolo en la suma igual o superior a pesos doscientos mil ($200.000,00), asimismo, para el caso de alícuotas adicionales para el Fondo de financiamiento de servicios sociales y el Fondo de financiamiento para el sistema previsional. 

La presente resolución entra en vigencia a partir del 1° de enero del 2024.
  

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR SAN JUAN) 1885/2023 – PRÓRROGA DE LA VIGENCIA DE LAS CLAVES CUR OTORGADAS HASTA EL 7 DE DICIEMBRE 2022. 

La Dirección General de Rentas de San Juan establece que las claves CUR otorgadas hasta el 7 de diciembre de 2022 tendrán vigencia hasta el 30 de Abril del 2024. A partir de la fecha indicada no se procede a emitir una nueva CUR ni se permite la recuperación de la misma.

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR SAN JUAN) 1886/2023 – PRÓRROGA DE LA CARGA SIMPLIFICADA MANUAL DE LOS IMPORTES TOTALES DE DECLARACIONES JURADAS DE AGENTES DE RECAUDACIÓN DEL IMPUESTO DE SELLOS. 

A través de la misma se prorroga hasta el 30 de Abril de 2024 la vigencia para la opción de carga simplificada manual de los importes totales para Declaraciones Juradas de Agentes de Recaudación del Impuesto de Sellos.


RESOLUCIÓN GENERAL (DGR SAN JUAN) 1887/2023 – PRÓRROGA DE LA CARGA SIMPLIFICADA MANUAL DE LOS IMPORTES TOTALES PARA EL SERVICIO “PRESENTACIÓN DE DECLARACIÓN JURADA DE AGENTES DE RECAUDACIÓN DEL IMPUESTO DE SELLOS – PLAZO FIJO”.

Se establece prorrogar hasta el 30 de abril de 2024 la fecha de vigencia de la carga simplificada manual de los importes totales del servicio “Presentación de Declaración Jurada de Agentes de Recaudación del Impuesto de Sellos – Plazo Fijo”.

Novedades Impostitivas

Novedades Impositivas 05/01/2024

BUENOS AIRES (CIUDAD) LEY 6692 -. MODIFICACIÓN DE LA LEY DEL DISTRITO DEL VINO

Se establecieron modificaciones a la ley de Distrito del Vino -L. (Bs. As. cdad.) 6447- entre las que destacamos: 
– Las presentaciones de los proyectos de desarrollo de espacios establecidos en la mencionada ley podrán efectuarse hasta el 31 de enero de 2026.  
La Autoridad de Aplicación podrá prorrogar dicho plazo, por única vez y hasta el 9 de diciembre de 2027.
 

RESOLUCIÓN GENERAL (Dir. Gral. Rentas Tucumán) 106/2023 – TUCUMÁN. PROGRAMA APLICATIVO SIAPRE CON VIGENCIA Y OBLIGATORIEDAD TEMPORAL PARA LOS CONTRIBUYENTES DEL CONVENIO MULTILATERAL

Se adecua la vigente normativa relacionada con el formulario de declaración jurada CM 03 -RG (DGR Tucumán) 84/2013-, estableciendo que el uso del programa aplicativo SiAPre en esta primera etapa mantendrá una vigencia y obligatoriedad temporal para los contribuyentes del Convenio Multilateral.

RESOLUCIÓN GENERAL (Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos Santa Cruz) 190/2023 – SANTA CRUZ. CALENDARIO DE VENCIMIENTOS 2024

Por medio de la presente, la Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos fija las fechas de vencimiento para el cumplimiento de las obligaciones impositivas correspondientes al período fiscal 2024.

DISPOSICIÓN GENERAL (Dir. Gral. Rentas Catamarca) 48/2023- CATAMARCA. CALENDARIO DE VENCIMIENTOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2024

Se establecieron las fechas de vencimiento de los tributos – obligaciones impositivas- a cargo de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Catamarca para el período fiscal 2024. 
Se fija el 26 de junio de 2024, como fecha de vencimiento para la presentación de la declaración jurada anual del impuesto sobre los ingresos brutos correspondiente a los contribuyentes locales respecto del período fiscal 2023.
 

LEY (Poder Legislativo San Luis) VIII-254/2023- SAN LUIS. LEY IMPOSITIVA 2024 Y MODIFICACIONES AL CÓDIGO TRIBUTARIO

Se establecieron las alícuotas, los mínimos y las multas correspondientes a los impuestos, las tasas y demás contribuciones para el año 2024. Asimismo, se introdujeron modificaciones al Código Tributario provincial – LEY (San Luis) 490 – y se fijan las fechas de vencimiento de los distintos tributos provinciales.

En el Anexo I de la presente resolución, se encuentra publicada la lista de alícuotas por actividades.
 

LEY (Poder Legislativo Jujuy) 6372 – JUJUY. LEY IMPOSITIVA 2024 Y MODIFICACIONES AL CÓDIGO FISCAL

Se establecieron modificaciones al Código Fiscal y se fijan las alícuotas, importaciones, valores mínimos y fijos para la percepción de los tributos de la provincia, correspondientes al período fiscal 2024.

RESOLUCIÓN GENERAL (Dir. Gral. Rentas Tucumán) 95/2023 

Se aprueba el Release 5 del programa aplicativo denominado “Declaración Jurada – Agentes de Percepción – Impuesto de Sellos y Tasas Retributivas de Servicios – RG (DGR) N° 73/11 – Versión 3.0 Release 4”, podrá ser transferido desde la página web de la Dirección General de Rentas (www.rentastucuman.gob.ar), a partir del 28 de diciembre de 2023. 
El citado programa aplicativo será de utilización obligatoria para las presentaciones que se efectúen a partir del día 6 de enero de 2024, inclusive. –

RESOLUCIÓN GENERAL (Agencia de Recaudación Tributaria Río Negro) 42/2023 – RÍO NEGRO. INCREMENTO DE LOS IMPORTES A INGRESAR POR EL RÉGIMEN SIMPLIFICADO ESPECIAL DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS

Se modifican a partir del 1° de enero de 2024, los importa a ingresar en concepto del régimen simplificado especial del impuesto sobre los ingresos brutos -R. (ART Río Negro) 1091/2019-. 
Cabe destacar, están incluidos en el citado régimen especial aquellos contribuyentes que desarrollarán exclusivamente determinadas actividades primarias, industriales, de construcción y/o transporte.

El art, 24 de la RG N° 1091/2019, queda entonces, con la determinación de los siguientes saldos ingresados.

CATEGORÍA AFIP | IMPUESTO A INGRESAR 
A $ 1.942.- 
B $ 2.915.- 
C $ 3.881.- 
D $ 5.831.- 
E $ 7.774.- 
F $ 9.712.- 
G $11.648.- 
H $16.187.- 
I $19.017.- 
J $21.847.- 
K $24.273-


DISPOSICIÓN GENERAL (Agencia de Recaudación Catamarca) 47/2023 – CATAMARCA. TASAS DE INTERÉS APLICABLES A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2024

Se sustituyen a partir del 1 de enero de 2024 las tasas de interés aplicables en la provincia, de acuerdo con el siguiente detalle: – Interés resarcitorio mensual: 9,5% 
– Interés punitorio mensual: 11,5% 
– Tasa de financiación mensual para planes de pagos: 9%

Novedades Impostitivas

Novedades Impositivas 04/01/2024

DECRETO (Poder Ejecutivo) 14/2024 – IMPUESTO PAIS. EXCLUYEN DEL IMPUESTO PAÍS A DETERMINADAS OPERACIONES DE IMPORTACIÓN

Quedan excluidas de la aplicación del impuesto PAÍS las operaciones correspondientes a destinaciones suspensivas de importación temporaria; y la introducción de mercaderías hacia una Zona Franca, que cuenten con el respaldo de un Certificado de Tipificación de Zonas Francas.
La presente medida comenzará a regir el día 4/1/24 y será aplicable a las operaciones de compra de billetes y divisas en moneda extranjera que se efectúen a partir de esa fecha, inclusive.
 

RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Prov. Impuestos Santa Fe) 21/2023 – SANTA FE. CONSIDERAN PRESENTADAS Y ABONADAS EN TÉRMINO HASTA EL 22 DE DICIEMBRE LA PRESENTACIÓN Y PAGO DE LA DECLARACIÓN JURADA DEL PERÍODO 11/2023 DE CONTRIBUYENTES DEL RÉGIMEN DE CONVENIO MULTILATERAL

Se considera ingresada en término hasta el día 22 de diciembre de 2023, la presentación y pago de la declaración jurada anticipo 11/2023 del impuesto sobre los ingresos brutos Convenio Multilateral, con vencimiento entre los días 18 y 20 de diciembre de 2023 -dígitos de control 3-5, 6-7 y 8-9-
 

RESOLUCIÓN (Min. Economía Tucumán) 258/2023 – TUCUMÁN. TASAS DE INTERÉS RESARCITORIO Y PUNITORIO APLICABLES A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2024

Se establece a partir del 1 de enero de 2024, en 10% mensual la tasa de interés resarcitorio y en 12% mensual la tasa de interés punitorio -arts. 50 y 89 del CT provincial, a efectos de estimular el cumplimiento en término de las obligaciones tributarias provinciales. 

RESOLUCIÓN GENERAL (Dir. Gral. Rentas Tucumán) 94/2023 – TUCUMÁN. APROBACIÓN DEL RELEASE 3 DEL PROGRAMA APLICATIVO “DECLARACIÓN JURADA – IMPUESTO DE SELLOS” – VERSIÓN 2.0

Mediante la presente resolución se aprueba el release 3 de la versión 2.0 del programa aplicativo “Declaración Jurada – Impuesto de Sellos” para la confección y generación de la declaración jurada del gravamen.

Destacamos que podrá ser descargado desde la página web de la Dirección General de Rentas, y será de utilización obligatoria para las presentaciones que se efectúen a partir del día 1° de febrero de 2024.
 

RESOLUCIÓN GENERAL (Agencia de Recaudación Fueguina Tierra del Fuego) 1047/2023 – TIERRA DEL FUEGO. ACTUALIZACIÓN DE CATEGORÍAS Y PARÁMETROS DEL RÉGIMEN SIMPLIFICADO DE INGRESOS BRUTOS PARA EL PERÍODO 2024

Se establecen los importes fijos mensuales que los contribuyentes incluidos en el Régimen Simplificado del impuesto sobre los ingresos brutos deberán abonar a partir del anticipo 01/2024 según cada categoría.

Quedando los mismos de la siguiente forma:

Categ    |   MONTO FIJO MENSUAL
A               $2.900,00.-
B               $4.200,00.-
C               $5.900,00.-
D               $8.100,00.-
E               $10.700,00.-
F               $13.400,00.-
G               $16.100,00.-
H               $19.900,00.-
I (*)            $27.800,00.-
J (*)           $31.900,00.-
K (*)           $35.350,00.-

(*) Venta de Bs. Muebles
 

RESOLUCIÓN (Administradora Tributaria Entre Ríos) 495/2023 – ENTRE RÍOS. ADECUACIÓN DE LOS IMPORTES DE LAS MULTAS POR INCUMPLIMIENTO A LOS DEBERES FORMALES La Administradora Tributaria de Entre Ríos adecúa los importes de las multas por incumplimiento a los deberes formales de los contribuyentes y/o responsables, a partir del 1° de enero de 2024.
Actualizándose así, los importes de las multas previstas en el Artículo 45° del Código Fiscal (t.o. 2022), por incumplimiento establecidos en los Artículos 21° y 26° del mencionado cuerpo legal.