Novedades Impostitivas

Novedades Impositivas 22/09/2023

RESOLUCION 1416/2023. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. PROCEDIMIENTO FISCAL. MONOTRIBUTO. IMPUESTO A LAS GANANCIAS. EL MINISTERIO DE ECONOMÍA DA A CONOCER LAS MEDIDAS QUE BUSCAN BENEFICIAR A PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES

En la presente resolución estas medidas beneficiarán a los autónomos, monotributistas y otros pequeños contribuyentes a través de planes de facilidades de pago y prórrogas de sus obligaciones.

A tal fin encomienda a la AFIP la instrumentación de las siguientes medidas:
• Autónomos: prorrogarán el pago de su aporte personal y el IVA de los períodos septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023 (salvo para directores y administradores de sociedades).
• Pequeños contribuyentes, MiPyMEs Tramo 1- con “Certificado MiPyME” y entidades sin fines de lucro: establecerán un plan de facilidades de pago para la cancelación de sus obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social, vencidas hasta el 31 de agosto de 2023, inclusive. Además, hasta el 31/12/2023, no les iniciarán juicios de ejecución fiscal ni traba de medidas cautelares.
• Monotributistas: suspenderán hasta el 31/12/2023 los mecanismos de exclusión y baja automática.
• Régimen de retención de Ganancias -RG (AFIP) 830-: se actualizarán los importes de la escala y/o alícuotas aplicables para el pago de honorarios.
• Nuevo régimen opcional de presentación de declaraciones juradas y pago de los impuestos, cuyos vencimientos operen durante el mes de enero de 2024: la AFIP deberá instrumentar, además, el ingreso de un pago a cuenta por cada obligación.

En el caso del régimen de retención de Ganancias -RG 830- se actualizarán los importes de la escala y/o alícuotas aplicables para el pago de honorarios.


RG 5420. PROCEDIMIENTO FISCAL.IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. EMPLEADORES DEL SECTOR SALUD: FORMALIDADES, PLAZOS Y CONDICIONES PARA ADHERIR AL BENEFICIO DE EXIMICIÓN DE CONTRIBUCIONES PATRONALES Y AL PLAN DE FACILIDADES DE PAGO.

Mediante la presente resolución se establecen las formalidades, plazos y condiciones para adherir al beneficio de eximición de contribuciones patronales durante los meses de septiembre de 2023 a marzo de 2024, para los empleadores inscriptos en el Registro Federal de Establecimientos de Salud que hayan asumido el Acuerdo de Compromiso de Cuotas.

Además, se determina un régimen especial de facilidades de pago en el ámbito del sistema “Mis Facilidades” destinado a la regularización de las obligaciones correspondientes a las contribuciones patronales del Sistema Único de la Seguridad Social y del Impuesto al Valor Agregado, respecto de los períodos fiscales devengados en los meses de agosto, septiembre, octubre y noviembre de 2023.

Señalamos que el acogimiento al presente régimen de facilidades de pago podrá realizarse desde el 10 de octubre de 2023 y hasta el 29 de febrero de 2024, inclusive.


RG 66/2023. TUCUMÁN. SE CONSIDERAN CUMPLIDAS EN TIEMPO Y FORMA HASTA EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2023 LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS A FIN DE ACOGERSE AL RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN DE DEUDAS FISCALES

En la presente resolución se estableció que a fin de posibilitar el acogimiento al régimen de regularización de deudas fiscales -D. 1243/3(ME)-2021-, se consideran cumplidas en tiempo y forma a sus respectivos vencimientos las obligaciones tributarias que se abonen hasta el 30 de septiembre de 2023 inclusive, cuyos vencimientos operaron durante los meses de mayo, junio, julio y agosto de 2023, según la obligación de que se trate.

Novedades Impostitivas

Novedades Impositivas 19/09/2023

RESOLUCIÓN (Dir. Gral. Rentas Chubut) 1167/2023. MODIFICACIÓN DE LA TASA DE INTERÉS MENSUAL PARA PLANES DE FACILIDADES DE PAGO .

La Dirección General de Rentas fijas, a partir del 16 de septiembre de 2023, en 7,48% la tasa de interés mensual a aplicada en los planos de facilidades de pago otorgados sobre la base de la tasa activa nominal anual del Banco del Chubut SA para «restantes operaciones vencidas» en pesos, informada mensualmente por el Banco del Chubut SA Se deja sin efecto la Resolución N° 761/2023-DGR.