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Novedades Impositivas 27/01/25

RESOLUCIÓN GENERAL (ATP Chaco) 6/2025. Se establecen los valores del impuesto fijo mensual. 

Mediante la presente resolución se establece un monto fijo mensual de impuesto para las diversas categorías del Régimen Simplificado Provincial, el cual regirá a partir del período fiscal de febrero de 2025.

RESOLUCIÓN (DGR San Juan) 87/2025. Actualización del procedimiento de multas por infracciones a los deberes formales y sustanciales.        

A través de la presente resolución se dispone que los contribuyentes cuentan con un plazo de diez (10) días, a partir de la notificación, para presentar sus descargos y defensas a través de expediente administrativo. Asimismo, en caso de que la multa sea abonada de manera voluntaria dentro de los quince (15) días posteriores a la notificación, el monto de esta será reducido de pleno derecho a la mitad. Para infracciones específicas, será requisito adicional la presentación de la Declaración Jurada omitida. En caso de incumplimiento del pago, se procederá a sustanciar el sumario correspondiente, conforme a la normativa aplicable.

La presente resolución comienza a regir a partir del 1/1/2025.

DECRETO 83/2025. Derecho de Exportación. 

Mediante el presente se fija en 0% la alícuota del Derecho de Exportación (D.E.) para ciertas mercaderías detalladas en el Anexo I del decreto, correspondientes a posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (N.C.M.).

De igual forma, se dispone que, hasta el 30 de junio de 2025, inclusive, se reducirá la alícuota del Derecho de Exportación para las posiciones arancelarias detalladas en el Anexo II, conforme a lo establecido en dicho Anexo. En este marco, se establece que los exportadores de productos comprendidos en las disposiciones de la Ley N° 21.453 (productos de origen agrícola) podrán acceder a la alícuota prevista en el Anexo II, siempre que: se adhieran al beneficio mediante el procedimiento que determine la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA); y liquiden al menos el 95% de las divisas correspondientes a esas mercaderías en un plazo comprendido entre la entrada en vigencia de la presente medida y hasta 15 días hábiles posteriores a la realización de la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE), ya sea mediante cobros por exportaciones, anticipos de liquidación y/o en situaciones de prefinanciación y/o postfinanciación externa.

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Novedades Impositivas 24/01/25

RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5642 – Emergencia por incendios en la Provincia de Córdoba: plazo especial de pago de obligaciones tributarias, requisitos de adhesión a los planes de facilidades de pago y suspensión de intimaciones

Se establece un plazo especial para el pago de los saldos derivados de las declaraciones juradas y, en su caso, de los anticipos correspondientes a los impuestos sobre las ganancias, los bienes personales, el valor agregado, así como al fondo para la educación y promoción cooperativa, y para el cumplimiento de la obligación mensual del monotributo. Asimismo, se prevé la posibilidad de adherir a los planes de facilidades de pago especiales.

Asimismo, se dispone la suspensión, hasta el 28 de febrero de 2025, de las intimaciones por falta de presentación de declaraciones juradas y/o por el incumplimiento de pago de obligaciones, así como de la iniciación de los juicios de ejecución fiscal y la adopción de medidas cautelares contra los sujetos afectados.

Se informa que, para acceder a las presentes medidas, los contribuyentes deberán realizar la solicitud correspondiente hasta el 28 de febrero de 2025, inclusive, a través del servicio “Presentaciones Digitales” con Clave Fiscal, seleccionando el trámite denominado “Zona de Emergencia – Acreditación”.

RG (AREF T. del Fuego) 37/2025 – Parámetros aplicables para la reducción del impuesto sobre los ingresos brutos por buen cumplimiento

Se incrementa el monto de la base imponible del impuesto sobre los ingresos brutos correspondiente al año 2024, de $727.928.640 a $1.585.428.578, cifra que deberá ser considerada para la aplicación de la reducción del impuesto por buen cumplimiento, a partir de la declaración jurada correspondiente a enero de 2025.

RESOLUCIÓN (ATP Chaco) 5/2025 – extensión de plazo para débitos fallidos de planes de pago realizados sobre cuentas del Nuevo Banco del Chaco S.A.

Se informa que, para los débitos en cuenta cuya CBU se encuentre asociada a cuentas del Nuevo Banco del Chaco S.A., se considerarán ingresados en término hasta el 22 de enero de 2025 los pagos correspondientes a enero de 2025, cuyo primer intento de débito estaba originalmente previsto para el 15 de enero de 2025.

Esta medida responde a un error en el procesamiento de los débitos de las cuotas para dichos contribuyentes, lo que ocasionó que el primer intento de débito se realizara el 22 de enero de 2025. 

El segundo intento de débito en cuenta se llevará a cabo el 28 de enero de 2025, manteniéndose sin modificaciones respecto a las previsiones originales.

RG (ATP Chaco) 4/2025 – nuevo medio de pago para obligaciones tributarias

Se establece un nuevo medio de pago, denominado “UNICOBROS”, proporcionado por el Nuevo Banco del Chaco, a fin de que los contribuyentes y/o responsables puedan cancelar sus obligaciones tributarias.

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Novedades Impositivas 23/01/25

RESOLUCIÓN NORMATIVA (ARBA Bs. As.) 3/2025 – Adecuación del régimen de información para empresas de servicios públicos.

Siendo aplicables desde el 1° de Febrero de 2025, a través de la presente resolución se procede a la modificación y a la implementación de la readecuación periódica y automática de las cifras vinculadas al régimen de información que deberán cumplir las entidades estatales y privadas, así como las empresas públicas y privadas, incluidas las cooperativas, que sean titulares de una concesión, licencia o similar para la prestación de servicios públicos a consumidores o usuarios domiciliados en la Provincia de Buenos Aires. 

Los importes establecidos es la presente normativa serán readecuados anualmente y con anterioridad a la fecha de vencimiento establecida para la presentación de la declaración jurada en la que deberán informarse los datos correspondientes al primer cuatrimestre de cada año, tomando en cuenta la variación interanual del Índice de Precios al Consumidor del Gran Buenos Aires.

Por último, se destaca que a través del art. 5 se prorroga hasta el día 28 de febrero de 2025, el vencimiento previsto en el anexo V de la Resolución Normativa N° 37/2023 y modificatorias, para la presentación de la declaración jurada informativa del régimen para empresas de servicios establecido en la Resolución Normativa N° 12/2019 y modificatorias, correspondiente al tercer cuatrimestre del ejercicio fiscal 2024.

RESOLUCIÓN GENERAL (ATM Mendoza) 4/2025 – Actualización de la valuación mínima para el cálculo del impuesto de sellos en transferencias de vehículos.

Se dispone que la tabla de valuación mínima para la determinación del Impuesto de Sellos en contratos y actos relacionados con la transferencia e inscripción inicial de automotores, motocicletas y demás vehículos, será aquella publicada en la página web de la Administración Tributaria Mendoza: www.atm.mendoza.gov.ar.

Además, se establecen consideraciones específicas a tener en cuenta para calcular dicho impuesto en los casos de inscripción inicial de los bienes o cuando se trate de la comercialización de bienes siniestrados.

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Tucumán) 6/2025 – Se consideran cumplidas en tiempo y forma hasta el 31 de enero de 2025 las obligaciones tributarias a fin de acogerse al régimen de regularización de deudas fiscales

Al solo efecto del acogimiento al régimen de regularización de deudas fiscales, se considerarán cumplidas en tiempo y forma a sus respectivos vencimientos, las obligaciones tributarias que se abonen hasta el 31 de enero de 2025 inclusive.

RESOLUCIÓN GENERAL (ATP Chaco) 2/2025 – Se extiende el Plazo para la Presentación y Pago del Anticipo 12/2024 de Ingresos Brutos – Convenio Multilateral.

Se considerarán ingresados en término hasta el 20 de enero de 2025 las presentaciones y pagos de las DDJJ del Impuesto sobre los ingresos brutos-Convenio Multilateral (SIFERE), del período 12/2024, cuyo vencimiento original operaba entre el 15 y el 20 de enero.

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Novedades Impositivas 22/01/25

RESOLUCIÓN (DGR Bs. As. cdad.) 93/2025 – Nueva prórroga para la presentación y pago del Impuesto de Sellos correspondiente al período 12/2024.

Se extiende la prorroga hasta el 24 de enero de 2025 el vencimiento para la presentación y pago de la DDJJ del Impuesto de Sellos, del período 12/2024 para los Agentes de Recaudación.

RESOLUCIÓN GENERAL (API Santa Fe) 43/2024 – Se reglamentan las recientes modificaciones del régimen simplificado provincial y se aprueba la aplicación informática “Régimen Simplificado”.

La Administración Provincial de Impuestos de la provincia ha establecido las normativas correspondientes a las recientes modificaciones en el régimen simplificado provincial y ha aprobado la aplicación informática “Régimen Simplificado”. Esta herramienta está dirigida a los pequeños contribuyentes de la Provincia de Santa Fe, inscriptos en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, que deseen continuar o adherir a dicho régimen.

A través de la mencionada aplicación, los contribuyentes podrán realizar la liquidación y pago del impuesto, gestionar la categorización, recategorización, modificar datos personales, y tramitar la baja o renunciar al régimen.

En cuanto a la recategorización, esta deberá realizarse de forma semestral, con fechas límite el 31 de enero y el 31 de julio de cada año. La recategorización del mes de enero será obligatoria, mientras que la correspondiente a julio no será necesaria si, tras la revisión, el contribuyente permanece en la misma categoría.

Cabe resaltar que estas disposiciones entran en vigencia a partir del 1° de enero de 2025.

RESOLUCIÓN NORMATIVA (DGR Cba.) 16/2025 – Modificación de los importes de ingresos brutos aplicable al régimen simplificado provincial. 

La Dirección General de Rentas de la provincia de Córdoba ajusta los valores del importe fijo mensual del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, aplicables a las diferentes categorías del régimen simplificado provincial.

RRG (DPR Jujuy) 1693/2025 – Se extiende el plazo para la presentación y pago del anticipo 12/2024 de Ingresos Brutos.

Se considera ingresado en término hasta el 20 de enero de 2025 el vencimiento para los pagos de las DDJJ del Impuesto sobre los ingresos brutos -Convenio Multilateral (SIFERE), del período 12/2024, cuyo vencimiento original operaba entre el 15 y el 20 de enero. Asimismo, en dicha fecha se ha fijado el vencimiento para la presentación y pago de las DDJJ del Impuesto sobre los Ingresos Brutos – Régimen Local (SITI-SIR), correspondiente también al período 12/2024.

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Novedades Impositivas 21/01/25

RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5637 – Monotributo: se adecúan los plazos de la recategorización de oficio por controles sistémicos.

Con motivo de haberse modificado a los día 5 de febrero y/o agosto las fechas de recategorización del monotributo, se dispone que el plazo para que el fisco notifique en el Domicilio Fiscal Electrónico la recategorización de oficio por controles sistémicos será dentro de los 10 días hábiles administrativos posteriores al plazo previsto para la recategorización.

RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 21/2025 – Modificación de la reglamentación del régimen simplificado de ingresos brutos.

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos ajusta la normativa del régimen simplificado del impuesto sobre los ingresos brutos, con el objetivo de unificar sus requisitos, formas y demás condiciones para la recategorización, conforme a las recientes modificaciones introducidas en el monotributo a nivel nacional.

RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 22/2025 – Modificación de la metodología y plazos para el pago de la cuota anual de ABL.

La AGIP adecua la metodología y plazo para el pago de la cuota anual del Impuesto Inmobiliario y la Tasa Retributiva por la prestación de los Servicios de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros el cual se percibirá mediante el pago de las Cuotas Nros. 1 a 3 y la correspondiente a la diferencia anual mediante el pago de la cuota única.

RESOLUCIÓN GENERAL (API Santa Fe) 3/2025 – Se extiende el plazo para la presentación y pago del anticipo 12/2024 de Ingresos Brutos para Contribuyentes Locales.

Se extiende hasta el 24 de enero de 2025 el plazo para la presentación y pago de la declaración jurada del Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente al período 12/2024, para los contribuyentes locales del régimen general, cuya fecha de vencimiento original era entre el 15 y el 20 de enero.

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Córdoba) 2216/2025 – Se extiende el plazo para presentar y pagar las declaraciones juradas correspondientes al anticipo 12/2024. 

La Dirección General de Rentas extiende el plazo para presentar y pagar las declaraciones juradas correspondientes al anticipo 12/2024, de los contribuyentes locales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que tributan por el Régimen General, hasta el día 20 enero de 2025.

DECRETO (Corrientes) 3230/2024 – Calendario de vencimientos 2025.

Se fijan las fechas de vencimiento del ejercicio fiscal 2025, para los tributos percibidos por la provincia.

RESOLUCIÓN GENERAL (AREF T. del Fuego) 36/2025 – Se prorroga el vencimiento de la obligación para presentar y abonar la declaración jurada mensual del anticipo 12/2024 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y sus Alícuotas Adicionales.

Se prorroga el vencimiento para la presentación y pago de la declaración jurada mensual del anticipo de diciembre de 2024 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y sus Alícuotas Adicionales, conforme al dígito verificador del número de inscripción en el impuesto de cada contribuyente, según el siguiente detalle:

– Dígito 0 a 5: 23/01/2025.

– Dígito 6 a 9 y A: 24/01/2025.

RESOLUCIÓN GENERAL (AREF T. del Fuego) 34/2025 – Se actualizan los importes fijos mensuales del Régimen Simplificado de ingresos brutos.

Se determinan los importes fijos mensuales que los contribuyentes del Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos deberán abonar a partir del Anticipo 02/2025, según la categoría correspondiente.

DISPOSICIÓN (DGR Catamarca) 2/2025 – Régimen de Recaudación del Impuesto de Sellos.

Se establece el Régimen de Recaudación del Impuesto de Sellos, siendo responsables de actuar como agentes de recaudación los titulares y/o encargados de los Registros Seccionales de la Propiedad Automotor, así como cualquier persona o entidad designada por la Dirección General de Rentas.  

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Novedades Impositivas 20/01/25

RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5638 – Impuesto PAIS: devolución de percepciones ingresadas en exceso.

Se instrumenta un procedimiento excepcional de devolución de saldos a favor para los agentes de percepción y liquidación del Impuesto PAIS, que hubieran ingresado percepciones en exceso respecto de la obligación tributaria que en definitiva les correspondía.

Este procedimiento se efectivizará mediante un mecanismo de compensación de dichos importes, contra el impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias. Dicha compensación podrá ser realizada, en cuotas, hasta el 30/5/2025.

RG (API Santa Fe) 6/2025 – Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes. Modificación de escalas y fechas de vencimiento del año Fiscal 2025.

La Administración Provincial de Impuestos introdujo modificaciones en los tramos de importes de los ingresos brutos anuales del Régimen Simplificado, aplicables para el año fiscal 2025.

Por otra parte, se establece que los pequeños contribuyentes del Régimen Simplificado podrán realizar la recategorización hasta el 28 de febrero de 2025.

Por último, se dispone que serán considerados como realizados en término, tanto el pago correspondiente al período enero/2025, como el pago total anual del período 2025 del régimen simplificado, siempre que se efectúe hasta el 28 de febrero de 2025.

DECRETO (La Pampa) 12/2025 – Se reduce al 0,5% la alícuota del impuesto sobre los ingresos brutos para la actividad de venta por mayor de productos cárnicos bovinos.

Se dispone la reducción al 0,5% de la alícuota del impuesto sobre los ingresos brutos para la actividad de venta por mayor de productos cárnicos bovinos (código de actividades 461.032 y 463.121), exclusivamente para los contribuyentes que cumplan las condiciones que se establecen en el presente Decreto. Dichas disposiciones no serán aplicables cuando los productos se comercialicen a consumidor final.

El citado beneficio tendrá vigencia a partir del 1 de Enero de 2025 o del primer día del mes en que se cumplan totalmente las condiciones establecidas, lo que sea posterior, y hasta el 31 de Diciembre de 2025.

DECRETO (La Pampa) 28/2025 – Se reduce al 0% la alícuota del impuesto sobre los ingresos brutos para la actividad de Distribución de Energía Eléctrica para determinados contribuyentes.

Se establece una reducción al 0% de la alícuota del impuesto sobre los ingresos brutos para la actividad de Distribución de Energía Eléctrica (código de actividad 351.320), aplicable únicamente a ciertos contribuyentes. Esta reducción no se extiende a los ingresos provenientes de la venta de energía eléctrica directamente a los consumidores finales. 

Por último, la medida tendrá vigencia desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025.

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Corrientes) 277/2025 – Corrientes: Ingresos Brutos. Contribuyentes Directos: Prorrogan las fechas de vencimiento de la DDJJ del mes de enero 2025

Se prorrogan por 5 días hábiles los vencimientos correspondientes al mes de enero de 2025 para los contribuyentes Directos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Las nuevas fechas de vencimiento son las siguientes:

  • CUIT 0, 1 y 2: 24/01/2025
  • CUIT 3, 4 y 5: 27/01/2025
  • CUIT 6, 7, 8 y 9: 28/01/2025

RESOLUCIÓN GENERAL (DPR Jujuy) 1691/2025 – Jujuy: Adecuaciones del aplicativo S.I.R.PE.S.E Web para los agentes de retención y percepción del impuesto de sellos.

Con motivo de la aprobación de la ley impositiva para el período fiscal 2025 –L. (Jujuy) 6442-, se procede a la actualización del Nomenclador de operaciones S.I.R.Pe.Se Web.

RESOLUCIÓN GENERAL (DPR Jujuy) 1692/2025 – Jujuy: Actualización del programa aplicativo denominado “Sistema informático de percepción de escribanos públicos” a partir de enero del 2025.

Se aprueba la versión 1.13 del programa aplicativo denominado “Sistema Informático de Percepción de Escribanos Públicos” (S.I.P.E.P. V.1.13), el cual estará disponible para su descarga en el sitio web de la Dirección Provincial de Rentas (www.rentasjujuy.gob.ar).

Cabe destacar que este programa será de aplicación para las presentaciones que se realicen a partir del 1 de enero de 2025.

DECRETO ACUERDO (Tucumán) 1-3/2025 –  Se exime al Estado Provincial de la presentación del certificado de cumplimiento fiscal.

Se exceptúa hasta el 31 de diciembre de 2025 la presentación del certificado de cumplimiento fiscal, a los efectos de la admisibilidad de las ofertas y propuestas que se presenten en las contrataciones de bienes y servicios que realice el Estado Provincial.

PROYECTO DE LEY – Quebrantos impositivos. Actualización. 

El Poder Ejecutivo presentó al Congreso de la Nación un Proyecto de Ley que permitiría la actualización de quebrantos impositivos del Impuesto a las Ganancias para los ejercicios fiscales que se inicien a partir del 1 de enero de 2025, inclusive.

Además, se propone que se admita la actualización respecto de los quebrantos que se hubieran generado con anterioridad a dicha fecha y que sean pasibles de cómputo en los ejercicios fiscales señalados. Esta propuesta será tratada durante el período de sesiones extraordinarias.

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Novedades Impositivas 17/01/25

RESOLUCIÓN (ART Río Negro) 39/2025 – Regulación de la ley impositiva y los incentivos por cumplimiento fiscal para 2025 para la Provincia de Rio Negro.

Por medio de la presente resolución, la Agencia de Recaudación Tributaria de Río Negro regula las alícuotas diferenciales establecidas en la Ley Impositiva 2025 -L. (Río Negro) 5774- para los diferentes impuestos. Además, reglamenta las condiciones para acceder a los incentivos por cumplimiento fiscal del año 2025.

RESOLUCIÓN (SIC) 4/2025 – Actualización de las normas para la exhibición de precios de bienes y servicios.

A través de la presente resolución, la Secretaría de Industria y Comercio establece normas para garantizar que los precios de bienes y servicios al consumidor final sean exhibidos de manera clara y puedan ejercer una adecuada elección respecto a los productos a adquirir. Se destacan los siguientes puntos:

-Los precios deben presentarse en pesos argentinos, con opción a otras monedas.

-El precio exhibido debe ser el total y final que deba abonar el consumidor.

-El precio, sin impuestos nacionales indirectos, debe aparecer en letra más pequeña.

-En caso de financiación, se debe mostrar el precio al contado, el número y monto de las cuotas, y el costo financiero total.

-Se debe indicar el precio de venta por unidad de medida (por kg, litro, metro, etc.), en letra más pequeña.

-Los precios en góndolas deben coincidir con los precios cobrados en caja.

El incumplimiento de estas pautas será sancionado conforme a las normas de Defensa del Consumidor o la Ley de Procedimiento Fiscal, según la infracción.

MONOTRIBUTO. Escalas para la recategorización y nuevos valores.

ARCA publicó las nuevas escalas de categorías y los nuevos valores del Monotributo aplicables a partir del 1° de febrero de 2025. Recordamos que la recategorización semestral podrá realizarse hasta el 05/02/2025.

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Novedades Impositivas 16/01/25

RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. Cdad.) 23/2025 – CABA: Valor locativo de referencia para el ejercicio fiscal 2025. Su actualización.

A través de la presente resolución, la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos establece la actualización anual del valor locativo de referencia para los inmuebles comerciales en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aplicable para el año fiscal 2025. Este valor, que se aplica a los contratos de locación gravables con el Impuesto de Sellos, cuando supera el precio convenido por las partes, se determina mediante una metodología que considera la ubicación del inmueble, su superficie, los circuitos comerciales y las vías de acceso.

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Novedades Impositivas 15/01/25

DISPOSICIÓN (CACM) 2/2025 – SIFERE WEB: Se prorroga el pago del anticipo 12/2024.

A través de la siguiente disposición, la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral ha decidido extender hasta el 20 de enero el plazo para el pago del anticipo 12/2024, debido a inconvenientes técnicos en el aplicativo SIFERE WEB, para los vencimientos del 15, 16, 17 y 20 de enero. 

RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 20/2025 – CABA: Se aplica en forma retroactiva la devolución simplificada de saldos a favor en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Mediante la presente resolución,  la Administración General de Ingresos Públicos establece que el procedimiento simplificado para la verificación y devolución de saldos a favor de hasta $2.000.000 en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, según la R (AGIP Bs As Cdad.) 19/2025, será aplicable a partir del 10 de enero de 2025.

RESOLUCIÓN GENERAL (DPR Jujuy) 1690/2025 – Jujuy: Correspondencia entre el Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación NAES y las Alícuotas en Ingresos Brutos

Por medio de la presente resolución, con la aprobación de la ley impositiva 2025, la Dirección Provincial de Rentas de Jujuy establece una nueva Tabla II en el Anexo I – Nomenclador de Actividades, que detalla las alícuotas aplicables por los contribuyentes locales a partir de enero de 2025. Asimismo, para los contribuyentes del Convenio Multilateral, se aprueba la relación entre el Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación (NAES) y las alícuotas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en el Anexo II, que se aplicarán desde el 1 de enero de 2025.

RESOLUCIÓN (DGR Chubut) 1443/2024 – Chubut: Calendario de vencimientos del impuesto sobre los ingresos brutos 2025.

A través de la presente resolución, la Dirección General de Rentas establece el calendario de vencimientos para el impuesto sobre los ingresos brutos correspondiente al período fiscal 2025, aplicable a contribuyentes directos, del Convenio Multilateral y a aquellos incluidos en el Acuerdo interjurisdiccional de atribución de base imponible.

RESOLUCIÓN GENERAL (ASIP Santa Cruz) 203/2024 – Santa Cruz reglamenta el Régimen excepcional de regularización impositiva y la adhesión al Régimen de Regularización de Activos.

Por la presente resolución, la Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos regula el régimen excepcional de pago para obligaciones pendientes al 30 de junio de 2024 de los impuestos sobre Ingresos Brutos, Inmobiliario Rural, Pesca, Juegos de Azar e Impuesto de Sellos, dirigido a contribuyentes y responsables de dichos tributos.

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Novedades Legales 14/01/25

RESOLUCIONES GENERALES IGJ 3/2025 y 4/2025 

Con fecha 13 de enero de corriente año la Inspección General de Justicia dictó dos resoluciones generales trascendentes con el objetivo de que las entidades privadas que se encuentran en mora cumplan con su obligación de presentar sus balances sin que se les impongan sanciones. Asimismo, derogó el Registro de Entidades Inactivas (REI), atento a la falta de operatividad de este, donde se listaban las entidades que no cumplían con sus obligaciones registrales. 

1) Derogación del Registro de Entidades Inactivas (REI)- Resolución General IGJ 3/2025:

Mediante esta resolución se derogó el Registro de Entidades Inactivas (REI) que había sido creado por Resolución general IGJ 1/2010, con sustento en que el REI no cumplió con los objetivos perseguidos con su creación. 

De acuerdo con lo dispuesto en dicha resolución, el REI queda eliminado a partir del 1º de febrero de 2025.

2) Moratoria de Presentación de Balances- Resolución General IGJ 4/2025

Mediante la presente se dispuso que las Sociedades por Acciones; las de Responsabilidad Limitada cuyo capital alcance el importe determinado en el inciso 2° del artículo 299 de la Ley Nº 19.550; las entidades constituidas en el extranjero inscriptas en los términos del artículo 118 tercer párrafo de la Ley Nº 19.550 y las Asociaciones Civiles y Fundaciones, que adeuden presentaciones de estados contables o la documentación contable conforme la Resolución Conjunta N° 5289/2022 (IGJ-AFIP), en su caso, y la comunicación de las asambleas respectivas, correspondientes a los últimos 10 ejercicios anuales, cerrados hasta el 31 de agosto de 2024, podrán regularizar tal situación presentando a partir del 1° de febrero de 2025 y hasta el 31 de diciembre de 2025 la mencionada documentación, con el pago de un único formulario de “Presentación fuera de termino de estados contables” según el tipo de entidad que corresponda, y sin perjuicio de la documentación relativa a ejercicios anteriores que voluntariamente quisieran presentar.

Por su parte, las Fundaciones, además de presentar los estados contables adeudados, acompañarán las correspondientes reuniones de consejo de administración aprobatorias de los mismos, adjuntando el plan trienal de acción por el trienio siguiente y con relación al último ejercicio contable concluido la restante documentación prevista en el artículo 348 del Anexo A de la Resolución General IGJ N° 15/2024.

Dicha resolución entrara en vigor el 1° de febrero. Desde esa fecha y hasta el 31 de diciembre de 2025 quedarán suspendidos el inicio y la tramitación de procedimientos sumariales por incumplimiento de presentaciones de estados contables de las entidades obligadas, salvo en aquellos casos en los que el procedimiento sumarial debiera ser iniciado, tramitado o instruido por orden judicial o denuncia de tercero interesado.

Los procedimientos sumariales iniciados exclusivamente por falta de presentación de estados contables se archivarán una vez que la entidad incumplidora regularice su situación. 

El Sr. Inspector General señaló que se encontraba en tratativas con las autoridades de Consejo Profesional de Ciencias Económicas de CABA para que, a modo de cooperación con esta iniciativa, se establezca un arancel diferencial bonificado para las legalizaciones de las firmas de los contadores que suscriban los dictámenes en los estados financieros que se presenten bajo este régimen de moratoria. Ello facilitará a las entidades la posibilidad de regularización y cumplimiento de sus obligaciones legales y fiscales.