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Novedades Impositivas 04/07/25

RESOLUCIÓN (SE) 287/2025 – Régimen de fomento a la generación distribuida de energía renovable: simplifican los trámites y eliminan la obligación de informar sobre proyectos.

La Secretaría de Energía, mediante la Resolución 287/2025, sustituye el Capítulo 2 del Anexo de la Resolución 314/2018, actualizando la categorización y condiciones aplicables a los Usuarios Generadores -individuales, comunitarios y comunitarios virtuales- según su composición y potencia instalada, en el marco de la Ley 27.424. La norma establece los límites de potencia, los requisitos para la conexión de equipamiento de generación distribuida a partir de fuentes renovables y los procedimientos de facturación, disponiendo que las distribuidoras no podrán aplicar cargos adicionales no contemplados en la reglamentación. Además, se elimina la obligación de informar los proyectos a la Subsecretaría de Transición y Planeamiento Energético, y se deroga la Resolución 235/2024, con el objetivo de simplificar los trámites administrativos y promover un acceso más ágil y eficiente a la generación distribuida.

RESOLUCIÓN (DGR Sgo. del Estero) 20/2025 – Santiago del Estero: Fijó la fecha de la Feria Fiscal de invierno.

La Dirección General de Rentas establece la Feria Fiscal entre el 21 y el 25 de julio de 2025, durante la cual se interrumpen los plazos procedimentales en los días hábiles administrativos comprendidos en ese período.

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Novedades Impositivas 03/07/25

RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 275/2025 – Ciudad estableció la Feria Fiscal de invierno 2025.

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos establece la feria fiscal de invierno entre los días 21 y 25 de julio de 2025.

RESOLUCIÓN NORMATIVA (DGR Cba.) 23/2025 – Córdoba: Aclaración sobre la pauta de conversión de moneda en operaciones realizadas mediante los medios de pago del régimen SIRTAC.

Se incorporan aclaraciones al cuerpo normativo reglamentario unificado -RN (DGR Cba.) 1/2023- estableciendo que, para el cálculo de retenciones sobre operaciones en moneda extranjera, deberá realizarse la conversión a moneda nacional utilizando la cotización tipo vendedor del Banco de la Nación Argentina correspondiente al último día hábil anterior a la fecha de emisión de la respectiva liquidación.

RESOLUCIÓN GENERAL (ATP Chaco) 23/2025 – Chaco: Actualización del régimen general de retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

La Agencia de Recaudación Tributaria ha modificado los criterios empleados para determinar el monto a pagar a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, el cual es aplicable a los contribuyentes que llevan a cabo actividades en los centros turísticos de la provincia de Río Negro.

RESOLUCIÓN GENERAL (ATP Chaco) 24/2025 – Chaco: Exención del Impuesto de Sellos para contratos de locación de vivienda única desde el 1° de julio.

La Administración Tributaria Provincial actualiza, a partir del 1° de julio de 2025, la reglamentación para acceder a la exención del Impuesto de Sellos en contratos de locación de inmuebles destinados a vivienda única y de ocupación permanente. Para acceder al beneficio, se deberán cumplir los siguientes requisitos:

-El contrato debe celebrarse a partir del 1° de julio de 2025, inclusive.

-Se aplicará una alícuota del 0‰ cuando el valor mensual inicial del alquiler no supere el equivalente a dos Salarios Mínimo, Vital y Móvil (SMVM). Si el contrato prevé ajustes, el valor actualizado no podrá superar dicho umbral durante los primeros seis meses de vigencia. El SMVM a considerar será el vigente al momento de celebrar el contrato o la cesión respectiva.

-El contrato deberá expresar de forma clara que el inmueble será destinado a vivienda de ocupación permanente.

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Novedades Impositivas 02/07/25

DISPOSICIÓN (CACM) 9/2025 – Convenio Multilateral: prórroga para la presentación de la declaración jurada anual 2024 (Formulario CM05).

La Presidencia de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral prorrogó hasta el 4 de julio de 2025 el vencimiento para la presentación del Formulario CM05 correspondiente al período fiscal 2024, en respuesta a pedidos de contribuyentes y entidades profesionales.

La medida busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales ante la superposición de vencimientos.

El coeficiente unificado aplicable se mantiene según lo establecido en la Resolución General N° 10/2019.

La disposición será notificada a las jurisdicciones adheridas, que podrán emitir normas complementarias con efecto directo para los contribuyentes alcanzados por el régimen.

RESOLUCIÓN (DGR San Juan) 720/2025 – San Juan acepta la presentación y pago de las declaraciones juradas del año 2025 hasta el 30 de junio, y se prorroga el vencimiento de la declaración jurada de mayo para contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos con CEMOFI.

La Dirección General de Rentas considera presentadas y pagadas en término, hasta el 30 de junio de 2025, las declaraciones juradas correspondientes a los períodos de enero a abril de 2025, para los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos – Régimen General o Convenio Multilateral – que cuenten con el Certificado de Mano de Obra Formal e Industrial (CEMOFI), a efectos de aplicar el Bono de Crédito Fiscal.

Asimismo, se prorroga hasta la misma fecha el vencimiento de la declaración jurada correspondiente al mes de mayo de 2025 para dichos contribuyentes.

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Novedades Impositivas 01/07/25

RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5717 – Prórroga de la suspensión de ejecuciones fiscales para empresas beneficiarias del Régimen de Promoción Industrial.

Se extiende hasta el 31 de junio de 2026 el plazo para la suspensión de las ejecuciones fiscales relacionadas con deudas que pueden ser condonadas y que deben ser verificadas, según lo establecido en el régimen de promoción industrial, conforme a la Ley 22021.

Es importante recordar que la ley de presupuesto del año 2017, en su artículo 79, estableció la condonación de las deudas de las empresas que se beneficiaron de dicho régimen de promoción industrial. Estas deudas, generadas hasta el período fiscal de 2015, derivan del uso de una cantidad de bonos de crédito fiscal que excedió la cantidad originalmente reconocida. Además, estas deudas fueron acreditadas en el contexto de un proceso judicial cuyo resultado fue desfavorable para las empresas beneficiarias del régimen, siempre que dichas empresas hayan cumplido con las obligaciones estipuladas en su respectivo acto de concesión de beneficios.

RESOLUCIÓN (ART Río Negro) 471/2025 – Río Negro: Actualización de Parámetros para el Régimen de Pago a Cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

La Agencia de Recaudación Tributaria ha modificado los criterios empleados para determinar el monto a pagar a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, el cual es aplicable a los contribuyentes que llevan a cabo actividades en los centros turísticos de la provincia de Río Negro.