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Novedades Impositivas 15/08/24

GANANCIAS Y BIENES PERSONALES:  Habilitación del “Ingreso especial de un importe a cuenta” en Sistema de Cuentas Tributarias. 

Ya se encuentra disponible en el Sistema de Cuentas Tributarias el “ingreso especial de un importe a cuenta”, que deberán abonar aquellos sujetos que opten por la presentación y el pago de la Declaración Jurada dentro del plazo especial del mes de septiembre, dispuesto por la Resolución General (AFIP) 5548. 

RESOLUCION GENERAL (MHyF San Juan) 349/2024. Prórroga del régimen especial de regularización de las obligaciones tributarias. 

Se establece una prórroga hasta el 30 de septiembre de 2024 inclusive de los beneficios dispuestos en el régimen especial de regularización de las obligaciones tributarias LEY (San Juan) 2646 Art. 3 Inciso I y 2.

Por otra parte, se prorroga desde el 01 de octubre de 2024 al 31 de octubre de 2024 inclusive los beneficios dispuestos en el Inciso 3 del Artículo 3 de la Ley (San Juan) 2646.

RESOLUCION (ART Río Negro) 591/2024. Tratamiento fiscal diferencial en el nomenclador de actividades para determinadas actividades de industria y minería. 

La Agencia de Recaudación Tributaria establece los códigos en el nomenclador de actividades a los fines de aplicar las alícuotas diferenciales establecidas para las actividades con los códigos 051000, 052000, 071000, 072100, 072910, 072990, 081100, 081200, 081300, 081400, 089110, 089120, 089200, 089300 y 089900 LEY (Río Negro) 5734 en los casos en que los contribuyentes excedan la categoría de micro empresa, para el sector de Industria y Minería y cuando se destinen a la actividad hidrocarburífera, entendiendo como tal a la etapa de producción primaria de petróleo crudo y gas natural, su industrialización y comercialización mayorista y minorista, así como también el transporte y los servicios complementarios.

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Novedades Impositivas 14/08/24

RESOLUCIÓN (ATER E. Ríos) 256/2024. Se aprueban los requisitos a cumplimentar y la documentación a adjuntar para solicitar la reducción de la alícuota SIRCREB/SIRCUPA.

La Administradora Tributaria de Entre Ríos aprueba los requisitos y la documentación a adjuntar para solicitar la reducción de la alícuota SIRCREB/SIRCUPA, debido a la acumulación de saldos a favor en el Impuesto a los Ingresos Brutos. Los requisitos son: 

  • Tener constituido el domicilio fiscal electrónico.
  • No registrar solicitud Certificado de no Retención/Percepción pendiente de resolución.
  • No registrar deudas no regularizadas en ATER.
  • Declarar saldos a favor acumulados en las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondientes a los últimos tres meses.

Los contribuyentes de Ingresos Brutos, Directos y de Convenio Multilateral, accederán al servicio con la clave fiscal de AFIP desde el sitio web www.afip.gob.ar – Servicios Administradora Tributaria Entre Ríos. – Servicios – “Reducción de alícuota SIRCREB /SIRCUPA.

RESOLUCIÓN (ATER E. Ríos) 255/2024. Incorporación de operaciones al trámite de imputación del impuesto de sellos, mediante el aplicativo “Imputación de sellos”.

Se incorporan operaciones obligatorias al trámite de imputación del impuesto de sellos mediante el aplicativo “Imputación de sellos” -R. (ATER E. Ríos) 67/2021-.

DECRETO (Tucumán) 2390-3/2024. Prórroga del régimen de regularización de deudas fiscales hasta el 30 de agosto de 2024.

Se prórroga hasta el día 30 de agosto de 2024, inclusive, la vigencia del Régimen de Regularización de Deudas Fiscales establecido por el Decreto N° 1.243/3 (ME)-2021.

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Tucumán) 58/2024. Versión 36.0 del aplicativo “Régimen de regularización de deudas fiscales”.

Se aprueba la versión 36.0 del programa aplicativo “Régimen de regularización de deudas fiscales decreto 1243/3 (ME) 2021”, para el acogimiento al régimen de regularización de deudas fiscales -D. (Tucumán) 1243-3/2021-.

NEUQUÉN: MORATORIA, BLANQUEO Y MODIFICACIONES AL RÉGIMEN SIMPLIFICADO DE INGRESOS BRUTOS. 

La Provincia del Neuquén, mediante la Ley 3.450, establece una serie de medidas fiscales que van en línea con lo dispuesto por la Ley 27.743 de medidas fiscales paliativas y relevantes. Entre ellas, un régimen de regularización impositiva y planes de facilidades de pago (en adelante, moratoria provincial), un régimen de regularización de activos (en adelante, blanqueo provincial) y modificaciones a los importes mensuales a pagar del régimen simplificado de ingresos brutos.

Moratorio Provincial: 

  • Obligaciones adeudadas, formas de pago y beneficios: Se permite regularizar las obligaciones adeudadas correspondientes a los impuestos sobre los ingresos brutos, sellos e inmobiliario vencidas al 31 de mayo de 2024. Asimismo, se definen dos esquemas de pago con diferente beneficio, pago al contado y plan de pagos.
  • Refinanciación de planes vigentes: El régimen establece que los planes efectivizados hasta el 31 de mayo de 2024 podrán ser refinanciados hasta el 30/9/2024.
  • Caducidad de los planes de pago: Los planes en cuotas suscriptos por el presente régimen caducarán, por falta de pago de 3 cuotas consecutivas o 4 alternadas; a los 90 días corridos desde el vencimiento de la última cuota del plan; que se registre alguna cuota impaga y cuando se encuentre firme la apertura del concurso preventivo o la declaración de quiebra del contribuyente o responsable titular del plan.

Blanqueo Provincial:

La Provincia realiza su adhesión al régimen de regularización de activos nacional consagrado por la Ley 27.743, con plazo hasta el 30/4/2025 de acuerdo con la fecha de su par nacional. 

Con referencia al impuesto de sellos, quedarán gravados por el 50% de la alícuota que les hubiera correspondido aquellos instrumentos que surjan de la exteriorización que deba hacerse para poder acogerse. Solo quedan liberados los recargos por mora.

Para el caso de los contribuyentes del Convenio Multilateral, será considerado como ingresos brutos omitidos de la Provincia el que resulte de multiplicar el valor de los bienes exteriorizados por el coeficiente unificado de la Provincia del Neuquén que surja de la última declaración jurada CM05 vencida a la fecha de acogimiento en la jurisdicción y Para aquellos que tributen por alguno de los regímenes especiales del Convenio Multilateral, se tomará como coeficiente el porcentaje que surja de la proporción de los ingresos atribuidos a la Provincia del Neuquén sobre el total de ingresos declarados de la última declaración jurada CM05 vencida a la fecha del acogimiento en la jurisdicción. 

Régimen simplificado del impuesto sobre los Ingresos Brutos: Se modifica los importes establecidos en el artículo 8 de la ley impositiva 3407 del año 2024 para los contribuyentes del régimen simplificado del impuesto sobre los ingresos brutos.

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Somos finalistas de la categoría “Transfer Pricing Firm of the Year” de la ITR

Compartimos el orgullo de nuestro equipo de Tax por el prestigioso reconocimiento que recibió Russell Bedford Argentina por parte de la ITR (International Tax Review) ubicándonos como finalistas dentro de las mejores firmas de Transfer Pricing del año en Argentina.

Este logro no hubiese sido posible sin el compromiso y esfuerzo de nuestro enorme equipo de trabajo: Diego Kelln, Juan Manuel Cuenca Martínez, Leandro Castaño, Florencia Arigüel, María Rosario Velázquez, Sofía María Calzone y Mireya Terrazas.

Agradecemos también a nuestros clientes por su apoyo y confianza constantes.

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Novedades Impositivas 13/08/24

RESOLUCIÓN (ATM Mendoza) 54/2024. Actualización de los índices para el cálculo de intereses resarcitorios y punitorios. 

La  Administración Tributaria de Mendoza sustituye los índices correspondientes al ejercicio 2024 para el cálculo de intereses resarcitorios y punitorios desde agosto a diciembre 2024.

  • Intereses Resarcitorios:
  • Intereses Punitorios:

LEY (Neuquén) 3450. Régimen especial de regularización impositiva y pago contado y Régimen Provincial de regularización de activos. 

Se establece un régimen especial de regularización impositiva y pago contado para obligaciones adeudadas de los impuestos sobre los Ingresos Brutos, Inmobiliario e Impuesto de Sellos Asimismo, se establece, con carácter general y temporario, un Regimén Provincial de Regularización de activos para los contribuyentes y responsables que se presenten a regularizar su situación fiscal frente a los Impuestos y Tasas Provinciales, como consecuencia de su manifestación de adhesión al Redimen nacional de Regularización de Activos – Título II de la Ley Nacional 27.743.

RESOLUCIÓN (ATP Chaco) 24/2024. Ley tarifaria. Modificación de alícuotas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para la actividad Industrial. Se establecen nuevos valores y alícuotas especiales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para actividades Industriales y Manufactureras que aplicarán en la liquidación a partir del periodo fiscal agosto 2024.

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Novedades Impositivas 12/08/24

RESOLUCION GENERAL (AFIP) 5545. Registro de Locaciones de Inmuebles: reducen los alcances del deber de registración. 

Se acotan los alcances del deber de registración de contratos de locación, a los locadores que decidan usufructuar determinados incentivos fiscales; y se elimina el Régimen de registración de contratos de locaciones de inmuebles.

RESOLUCION GENERAL (AFIP) 5546. Monotributo: se establece el procedimiento para reingresar al régimen y la forma de usufructuar el beneficio para locadores de inmuebles. 

Se establece que hasta el 30/09/2024 podrían reingresar al monotributo aquellos contribuyentes que en virtud de los nuevos parámetros dispuestos por el Paquete Fiscal quedan nuevamente incluidos en el régimen. A tal efecto se establece el procedimiento a llevar a cabo para efectuar el reingreso.

Por otra parte, también se establece la forma de acceder a la exención en el régimen para aquellos sujetos que obtengan ingresos de hasta dos inmuebles en locación. 

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 5547. Ganancias empleados: modificaciones al régimen de deducción de alquileres.

Se suprime la obligación de adjuntar el contrato de locación a través del “Sistema de Registro y Autorización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SIDARIG)” a los fines del cómputo de las deducciones del 40% y del 10% de las sumas pagadas en concepto de alquileres de inmuebles destinados a vivienda.

RESOLUCION GENERAL (AFIP) 5548. Impuestos a las Ganancias, sobre los Bienes Personales y Cedular: plazo especial para la presentación de Declaraciones Juradas y pagos. 

Por medio de la presente Resolución, la Agencia Federal de Ingresos Públicos estableció un plazo especial y excepcional hasta el cual se consideran presentadas en termino las Declaraciones Juradas y el pago del saldo del Impuesto a las Ganancias, sobre Bienes Personales y Cedular, correspondientes al período fiscal 2023. 

Presentación de Declaración Jurada: 

  • CUIT terminado en 0, 1, 2 y 3: Hasta el 18/09/2024, inclusive. 
  • CUIT terminado en 4, 5, y 6: Hasta el 19/09/2024, inclusive. 
  • CUIT terminado en 7, 8, y 9: Hasta el 20/09/2024, inclusive. 

Fecha para el pago: 

  • CUIT terminado en 0, 1, 2 y 3: Hasta el 19/09/2024, inclusive. 
  • CUIT terminado en 4, 5, y 6: Hasta el 20/09/2024, inclusive. 
  • CUIT terminado en 7, 8, y 9: Hasta el 23/09/2024, inclusive. 

Además, establece para los contribuyentes y responsables que opten por realizar la presentación y pago hasta las fechas detallada, un ingreso especial de Pago a Cuenta para los Impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales del 40% sobre la base de cálculo de los anticipos del periodo fiscal 2023: 

  • CUIT terminado en 0, 1, 2 y 3: Hasta el 26/08/2024, inclusive. 
  • CUIT terminado en 4, 5, y 6: Hasta el 27/08/2024, inclusive. 
  • CUIT terminado en 7, 8, y 9: Hasta el 28/08/2024, inclusive.
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Novedades Impositivas 09/08/24

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 5541 – Ganancias y Bienes personales: se prorroga el vencimiento para el ingreso de anticipos.

Se establece la extensión de los plazos para el ingreso del primer y segundo anticipo del impuesto a las ganancias y del impuesto sobre los bienes personales correspondientes al período fiscal 2024.

  • Primer Anticipo: Vencimientos en octubre de 2024, distribuidos por terminación de CUIT:

Terminaciones 0, 1, 2 y 3: 14/10/2024
Terminaciones 4, 5 y 6: 15/10/2024
Terminaciones 7, 8 y 9: 16/10/2024
 

  • Segundo Anticipo: Vencimientos en noviembre de 2024, distribuidos por terminación de CUIT:

Terminaciones 0, 1, 2 y 3: 13/11/2024
Terminaciones 4, 5 y 6: 14/11/2024
Terminaciones 7, 8 y 9: 15/11/2024

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 5544 – Reglamentación del Régimen Especial de Ingreso del Impuesto a los Bienes Personales – REIBP-.

La AFIP establece las normas complementarias, aclaratorias y operativas necesarias para la efectiva aplicación del Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP). Para adherirse a este régimen, es esencial contar con un CUIT o CUIL activo y sin limitaciones, y asegurarse de que los datos de domicilio fiscal y código de actividad estén correctos en el sistema de AFIP.

El proceso comienza con la manifestación de la opción de adhesión. A tal efecto deberá confeccionarse el formulario correspondiente al régimen especial (F. 3337) a través del servicio “Régimen especial de ingreso de Bienes Personales (REIBP)”. Luego, se deberá realizar el pago inicial del 75% del impuesto, el cual deberá efectuarse hasta la fecha de vencimiento de la declaración jurada correspondiente mediante Volante Electrónico de Pago (VEP).

Es fundamental confirmar que la adhesión se haya registrado correctamente en el sistema de AFIP para evitar problemas futuros. Además, la declaración jurada del REIBP debe ser presentada en el sitio web de AFIP, mediante el apartado “Declaración Jurada y pago”, antes del 30 de septiembre de 2024. Adicionalmente, es importante abonar el saldo pendiente de integración del régimen en dicho plazo.

RESOLUCIÓN GENERAL (AGIP Bs. As. cdad.) 291/2024 -CIUDAD. Escala del Régimen Simplificado del Impuesto sobre los ingresos brutos.

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos establece la tabla de categorización del Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos aplicable a partir del 1° de julio de 2024. Además, se prorroga hasta el día 31 de agosto de 2024, el plazo de recategorización de los contribuyentes incluidos en el Régimen Simplificado correspondiente al mes de julio.

RESOLUCIÓN GENERAL (AGIP Bs. As. cdad.) 292/2024 – CIUDAD. Conceptos excluidos del régimen de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos sobre acreditaciones bancarias.

Se introducen exenciones al régimen de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos aplicable a las acreditaciones bancarias, establecido por la Resolución AGIP Bs. As. cdad. 211/2020. En este contexto, se determina que no estarán sujetos a este régimen los montos acreditados por la devolución de tributos dispuesta por las jurisdicciones provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como aquellos importes derivados de la restitución de fondos debido a la revocación de la aceptación de productos o servicios.

RESOLUCIÓN NORMATIVA (ARBA Bs. As.) 24/2024 – BUENOS AIRES. Regularización de deudas por impuesto a los automotores vencidas a partir del 1° de enero de 2024 sin intereses.

La Resolución establece un régimen especial para regularizar deudas del Impuesto a los Automotores (excluyendo embarcaciones) vencidas desde el 1° de enero de 2024. Los contribuyentes que se adhieran entre el 12 de agosto y el 6 de septiembre de 2024 podrán pagar con una reducción del 99% en los intereses, en un solo pago o en tres cuotas sin intereses. No es necesario formalizar el acogimiento para el pago único, pero debe hacerse dentro de los cinco días posteriores a la liquidación. Esta Resolución entra en vigor el 12 de agosto de 2024.

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Novedades Impositivas 08/08/24

RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 284/2024 – CIUDAD: Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos: Unificación de la regulación del Régimen en un solo cuerpo normativo.

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos unifica la regulación del Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en un solo cuerpo normativo.
En tal sentido se reglamentan las modificaciones introducidas en el Código Fiscal y en la Ley Tarifaria para el año 2024, – L. (Bs. As. cdad.) 6721, vinculadas con actualización de los parámetros del Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

RESOLUCIÓN (MHyF Mendoza) 186/2024 MENDOZA: Actualización de las tasas de interés resarcitorio y punitorio a partir del 15 de agosto de 2024. Se determina la tasa de interés resarcitorio, en el 5.60% mensual y punitorio en el 11.20% mensual, aplicables a partir del 15 de agosto de 2024. Además, se autoriza a la ATM a establecer tasas de interés de financiación de hasta el 5% mensual, para los planes de facilidades de pago.

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Novedades Impositivas 07/08/24

Disp. (SPI) 28/2024 – Modificación del reglamento del “Registro de Beneficiarios y Productos del Régimen de Incentivo para Fabricantes de Bienes de Capital.

Se adecua la reglamentación referida a la inscripción en el “Registro de Beneficiarios y Productos del Régimen de Incentivo para Fabricantes de Bienes de Capital”. Su objetivo es simplificar y clarificar los trámites para los fabricantes beneficiarios del régimen.

RESOLUCIÓN (DGR Bs. As. cdad.) 2040/2024 – CIUDAD. Vencimiento de la declaración jurada anual 2023 del impuesto sobre los ingresos brutos para contribuyentes locales.

Se fijan, desde el 20/9/2024 hasta el 26/9/2024, las fechas de vencimiento para la presentación de la declaración jurada anual del período fiscal 2023, por parte de los contribuyentes locales del impuesto sobre los ingresos brutos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Destacamos que las mismas se determinarán sobre la base del dígito verificador de la CUIT del contribuyente.

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Salta) 9/2024 – Adhesión de la Provincia de Salta al Registro Único Tributario – Padrón Federal.

A partir del 1 de septiembre de 2024, la provincia de Salta se adhiere al “Registro Único Tributario – Padrón Federal” (RUT). Este registro será el medio autorizado para que los contribuyentes del impuesto a las actividades económicas, que tributen bajo el régimen del Convenio Multilateral, realicen su inscripción en el gravamen, así como para efectuar modificaciones de datos, ceses de jurisdicciones o actividades, transferencias de fondo de comercio, fusión y escisión.

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Novedades Impositivas 06/08/24

RESOLUCIÓN (SE) 195/2024 – Impuesto PAÍS: se excluyen del impuesto nuevos proyectos vinculados a la generación de energía eléctrica por fuentes renovables.

Se han establecido nuevos proyectos enfocados en la generación de energía eléctrica mediante fuentes renovables. Dichos proyectos están excluidos de la aplicación del impuesto PAIS en relación con las obligaciones por importaciones de bienes vinculados a la generación de energía eléctrica, conforme a lo dispuesto en la Resolución SE 714/2023.

RESOLUCIÓN (ME) 679/2024 – SANTA CRUZ: Estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario.

La Provincia de Santa Cruz ha declarado el estado de emergencia y/o desastre agropecuario debido a las graves condiciones climáticas que han afectado el sector agrícola. Esto permite a los productores afectados acceder a medidas de asistencia y alivio, como facilidades en el cumplimiento de obligaciones fiscales y financiamiento preferencial. La medida busca mitigar los impactos de la emergencia en la producción agropecuaria y apoyar la recuperación del sector.

RESOLUCIÓN (ME) 680/2024 – CHUBUT: Estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario.

Se declara el estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario para las explotaciones ganaderas afectadas por nevadas intensas, en los Departamentos de Florentino Ameghino, Sarmiento, Río Senguer, Escalante y Paso de Indios de la Provincia del Chubut.

RESOLUCIÓN (ME) 681/2024 – RÍO NEGRO: Estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario.

Se declara el estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario para las explotaciones ganaderas afectadas por nevadas intensas y fríos extremos, en los Departamentos de Bariloche, El Cuy, Ñorquinco, Pilcaniyeu y 25 de Mayo de la Provincia de Río Negro.