RESOLUCIÓN GENERAL (ART RÍO NEGRO) 904/2023. REGLAMENTACIÓN DE LA EXENCIÓN PARA LOS INGRESOS OBTENIDOS DURANTE LOS PRIMEROS 24 MESES DE CONTRIBUYENTES ADHERIDOS AL RÉGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES.
La Agencia de Recaudación Tributaria de Río Negro establece las modalidades, términos y condiciones para el reconocimiento del beneficio de exención respecto a los ingresos que tengan los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, durante los primeros veinticuatro 24 meses desde el alta en el inicio de sus actividades económicas, siempre que cumplan con las siguientes condiciones:
a) Que tengan entre dieciocho (18) y veintinueve (29) años de edad;
b) Que inicien y mantengan sus actividades dentro de las categorías “A” o “B” del Régimen Simplificado;
c) Que no obtengan ingresos provenientes de las siguientes actividades o beneficios: Cargos públicos, trabajos en relación de dependencia, ejercicio de la dirección, administración y/o conducción de sociedades, prestaciones e inversiones financieras, compraventa de valores mobiliarios y de participaciones en las utilidades de cualquier sociedad y locación de bienes muebles o inmuebles;
Asimismo, para acceder al beneficio los contribuyentes deberán efectuar la presentación a través de la oficina virtual de la Agencia de Recaudación Tributaria que se encuentra disponible con clave fiscal de AFIP en el servicio ART – Provincia de Río, adjuntando la siguiente documentación:
- Nota en carácter de declaración jurada en la cual se solicite el beneficio y se manifieste no poseer ingresos provenientes de los que se mencionan en el punto c) anterior.
- Documento Nacional de Identidad (DNI).
- Constancia de inscripción en AFIP.
