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Novedades Legales 17/07/24

Disposición N° 64/2024 de la Dirección Provincial Personas Jurídicas sobre sociedades extranjeras.

Mediante la Disposición N° 64/2024 la DPPJ deroga el “Capítulo VI de la Disposición General N° 45/2015” y “aprueba el Anexo I” que regula los procedimientos vinculados a la actividad de las sociedades constituidas en el extranjero que actúan en la República Argentina. 

Las principales modificaciones son las siguientes:

  1. Sociedades Off Shore: Se establece la improcedencia de la inscripción de las sociedades “off shore” provenientes de jurisdicciones de tal carácter, son consideradas sociedades “off shore” las que su objeto social no puede desarrollarse en el país de origen o aquellas sociedades provenientes o inscriptas en países de nula o baja tributación.
  2. Sociedades Vehículo: Se considera como sociedades vehículo a aquellas cuya inscripción se requiera con el exclusivo fin de ser vehículo o Instrumento de inversión de otra sociedad extranjera, que directa o indirectamente ejerza su control de poseer derechos de votos suficientes para formar la voluntad social de la peticionaria. Este tipo de sociedades deberán declarar su condición al momento de su inscripción originaria en DPPJ, no admitiéndose la condición de sociedad vehículo de manera sobreviviente.
  3. Incorporación del Régimen Informativo Anual para sociedades extranjeras: Se establece que dentro de los 120 días corridos posteriores a la fecha de cierre de los estados contables de las sucursales, asientos o representaciones permanentes se deberá presentar el régimen informativo anual.
  4. Acto aislado: La DPPJ específica que actos serán considerados como Actos aislados, y establece específicamente que la compraventa de bienes registrables no se considera acto aislado, salvo supuestos excepcionales, que deberán ser acreditados. 

Dicha disposición se aplicará a partir del 18 de julio y los cambios en la normativa serán aplicables también a las sociedades extranjeras que se encuentren en trámite de inscripción. 

Podemos concluir que la DPPJ está adoptando medidas que actualmente han sido derogadas de la IGJ. 

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