LEY (Bs. As.) 15510 – Régimen provincial de inversiones estratégicas.
Por medio de la presente ley, la provincia de Buenos Aires crea el “Régimen provincial de inversiones estratégicas” con la finalidad de fomentar la inversión y producción de sectores estratégicos que generen valor agregado; impulsar la generación de empleo calificado y/o registrado; promover el desarrollo de proveedores provinciales; fomentar la promoción, desarrollo y transferencia de nuevas tecnologías, conocimientos e innovación; diversificar la matriz productiva; aumentar las exportaciones provinciales y/o la sustitución de importaciones; promover un desarrollo territorial más equitativo y desarrollar nuevos sectores productivos.
Como principales características se destaca:
– Los sectores alcanzados comprenden a la:
* Industria manufacturera.
* Servicios de turismo, logística, y otros servicios.
* Industrias culturales.
* Salud.
* Intensivos en recursos naturales que incluye minería, energía, petróleo y gas.
* Otros proyectos que sean declarados de interés estratégico.
– El monto del proyecto deberá superar 5 millones de dólares.
– El plazo para incorporase al régimen es 2 años contados a partir de la entrada en vigencia de la reglamentación.
– Incentivos tributarios: El régimen prevé exenciones parciales del pago de los impuestos Inmobiliario, sobre los Ingresos Brutos, y de Sellos y, estabilidad fiscal.
Por último señalamos que se deroga el régimen de promoción industrial bonaerense -ley (Bs. As.) 13565-, no obstante continuaran subsistiendo para las empresas que se hayan acogido al mismo, de acuerdo a su otorgamiento.
RESOLUCIÓN GENERAL (DGR La Pampa) 21/2024 – Calendario de vencimientos del impuesto sobre los ingresos brutos 2025.
A través de la presente resolución, se establecen las fechas de vencimiento de los anticipos del impuesto sobre los ingresos brutos correspondientes al ejercicio fiscal 2025, aplicables a los contribuyentes directos.
Asimismo, se fija el 31 de marzo de 2025 como fecha de vencimiento para la presentación de la declaración jurada anual 2024 de los citados contribuyentes.
RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Formosa) 34/2024 – Actualización de la normativa tributaria de la consulta en línea de la situación fiscal.
Por medio de la siguiente resolución, se actualiza la normativa referida al aplicativo informático denominado “CONSULTA DE SITUACION FISCAL”, mediante el cual se verifica el estado de cumplimiento de todas las obligaciones fiscales -RG (DGR Formosa) 42/2023-.
Al respecto, se establece que la situación Fiscal se informará como regularizada cuando al momento de la consulta se verifiquen concurrentemente los siguientes requisitos y/o condiciones:
– No existan deudas líquidas y exigibles por todos los tributos, multas y demás recursos cuya administración y/o recaudación se encuentren a cargo de la Administración Tributaria Provincial, incluso respecto de los planes de facilidades de pago a los que el contribuyente se hubiere acogido;
– Se haya dado cumplimiento con la presentación de anticipos y declaraciones juradas en caso de corresponder, y que las mismas no hayan sido impugnadas;
Se informará con situación fiscal IRREGULAR cuando:
– Se registre algún incumplimiento respecto a lo establecido en los puntos anteriores;
– El domicilio denunciado por el contribuyente, fuere informado como físicamente inexistente, se encontrare abandonado o desapareciere o se alterare o suprimiere la numeración, hasta que el sujeto subsane la alteración detectada en el mismo.
– El sujeto presente incumplimientos formales respecto de obligaciones que el Fisco establezca, incluso incumplimiento a requerimientos y/o a comparecer.
RESOLUCIÓN GENERAL (AREF T. del Fuego) 896/2024 – Consideran por abonadas en término las primeras cuotas de los planes de pago suscriptos en el marco del Régimen Especial de Presentación Espontánea y Regularización de Deudas.
A través de la presente resolución, se consideran abonadas en término las primeras cuotas de los planes de Ppgo suscriptos en el marco del Régimen Especial de Presentación Espontánea y Regularización de Deudas -RG AREF Nº 782/24-, que hayan podido ser debitadas de las cuentas bancarias informadas por los obligados entre el vencimiento original previsto para el 15 de noviembre de 2024 y el día 21 de noviembre del corriente año.
RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5607 – Clasificador de Actividades Económicas (CLAE) – Formulario 883: adecuación de actividades e incorporación de herramientas digitales.
Mediante la presente resolución, se modifica el “Clasificador de Actividades Económicas (CLAE) – Formulario Nº 883” incorporando a la nómina de actividades, entre otros, los siguientes servicios:
* Mensajeria puerta a puerta gestionados por plataformas digitales;
* Minería y custodia de Criptoactivos y
* Producción de contenido audiovisual para redes sociales como el streaming.
RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5605 – Servicio web CERTIVA: aclaraciones sobre el límite máximo para la emisión de los certificados relacionados con el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI).
Por medio de la siguiente resolución, se efectúan aclaraciones sobre la información que debe registrar la autoridad de aplicación para habilitar la emisión de los Certificados de Crédito Fiscal relacionados con el RIGI.
En tal sentido se establece que deberá informarse la moneda a utilizarse en el plan de inversión, el monto de las inversiones comprometidas, sus modificaciones o ampliaciones, consolidado mensualmente en dicha moneda; y se establece que el tipo de cambio a utilizar para la emisión de los certificados de Crédito Fiscal será el tipo vendedor de la divisa informado por el Banco de la Nación Argentina al cierre del día hábil inmediato anterior al de la emisión del correspondiente comprobante por parte del proveedor, locador o prestador de bienes y/o servicios o a la fecha de oficialización del despacho de importación.
RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5606 – Tramitación Automática de Oficios (TAO): procedimiento de adhesión por parte de los sujetos que deban diligenciar los mismos.
A través de la presente resolución, se establece que los letrados patrocinantes y/o apoderados para quedar habilitados a diligenciar oficios judiciales informativos dirigidos a la ARCA deberán adherir al servicio “Adhesión al servicio Tramitación Automática de Oficios (TAO)” para quedar caracterizados en el Sistema Registral bajo el código “610 – TRAMITACIÓN AUTOMÁTICA DE OFICIOS (TAO) – ABOGADOS MATRICULADOS EN EL ÁMBITO METROPOLITANO DE BUENOS AIRES”.
LEY (Sgo. del Estero) 7393 – Santiago del Estero: Régimen de Regularización Tributaria para el pago voluntario de tributos por las obligaciones vencidas al 30 de Septiembre del 2024.
Por medio de la presente ley, se establece un Régimen de Regularización Tributaria, para el pago voluntario del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Inmobiliario, Sellos, Automotores y Remolcados, y multas -L. (Sgo. del Estero) 6792, art. 109 y 110-, por las obligaciones vencidas al 30 de Septiembre del 2024, inclusive, y cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentra a cargo de la Dirección General de Rentas.
Al respecto, se establece que quedan incluidas en el presente régimen las obligaciones, sin perjuicio de hallarse exteriorizadas o no, provenientes de declaraciones juradas, determinaciones de oficio, anticipos, y pagos a cuenta; las que se encuentren en curso de discusión administrativa, contencioso administrativo o en cobro ejecutivo, incluso aquellas con sentencia firme a la fecha de sanción de la presente ley; las provenientes de retenciones, percepciones o recaudaciones omitidas; y los saldos impagos de los planes de facilidades de pago previstos en el Código Fiscal, vigentes o no.
Dichas deudas podrán ser financiadas en hasta 48 cuotas mensuales , y con una quita de intereses de hasta el 70%.
El importe mínimo de la cuota mensual para cada uno de los planes de regularización tributaria establecidos no puede ser inferior a $ 2.000.
Los planes podrán formularse desde la fecha de entrada en vigencia de la misma y hasta transcurrido 90 días corridos desde esa fecha, inclusive.
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