RESOLUCIÓN GENERAL (AREF T. del Fuego) 315/2026 – Aprobación del régimen de inscripción, modificación y cese en Ingresos Brutos.
Por medio de la presente resolución, la Agencia de Recaudación Fueguina (AREF) modifica la RG (AREF T. del Fuego) 331/21 modernizando los trámites de inscripción, modificación y cese en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos tanto para personas humanas, condominios, sucesiones indivisas, sociedades con o sin personería jurídica, uniones transitorias de empresas, agrupaciones de colaboración empresaria y demás entes que desarrollen actividades en forma habitual y a título oneroso, lucrativas o no, en el ámbito de la Provincia de Tierra del Fuego, A. e I.A.S.
En materia de inscripción, se dispone que los sujetos que desarrollen actividades en la provincia deben encontrarse previamente inscriptos en la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y gestionar el alta en el impuesto a través del sistema DRACMA, dentro del mes de inicio de actividades o hasta quince días previos.
En relación con el cese definitivo de actividades, se establece que deberá gestionarse dentro de los quince días hábiles de ocurrido el hecho, quedando condicionado su otorgamiento a la inexistencia de deudas o a su previa regularización.
Por otra parte, se dispone que los contribuyentes alcanzados por el régimen de Convenio Multilateral deberán regirse por la normativa específica aplicable, sin perjuicio de la obligación de informar a la AREF las altas, modificaciones y ceses de actividades.
Finalmente, se establece que la totalidad de los trámites se realizarán de manera electrónica, admitiéndose la vía presencial únicamente en casos de contingencia debidamente justificada. Y ante el incumplimiento de las obligaciones formales, se prevén sanciones.
La presente disposición entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación.

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