RESOLUCIÓN GENERAL 5851/2026 – ARCA: Impuestos a las Ganancias, sobre los Bienes Personales y Cedular: extienden el plazo para la presentación de declaraciones juradas e ingreso de saldos correspondientes al período fiscal 2025.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero prorrogó los vencimientos para la presentación de declaraciones juradas y el ingreso de los saldos correspondientes al impuesto a las ganancias – ya sea que se trate de responsables del régimen general o adheridos al Régimen de Declaración Jurada Simplificada-, al impuesto sobre los bienes personales y al impuesto cedular del período fiscal 2025. La nueva fecha límite para personas humanas y sucesiones indivisas será el 27/07/2026.
Asimismo, la presentación de las declaraciones juradas patrimoniales informativas previstas en las RG N° 2442 y 4003 podrá efectuarse hasta el 31/07/2026.
RESOLUCIÓN GENERAL 83/2026 – Santa Fe: Reglamentación de la exención en Ingresos Brutos para eventos calificados de “interés provincial”.
La Administración Provincial de Impuestos de Santa Fe reglamentó la exención en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos aplicable durante el período fiscal 2026 para la actividad de organización y/o representación de eventos declarados de “interés provincial” por la Secretaría de Comunicación Social de la provincia.
A tales efectos, se establece que el beneficio alcanzará únicamente a los ingresos derivados de la venta de entradas, quedando excluidas las actividades complementarias vinculadas, tales como gastronomía o comercialización de productos.
RESOLUCIÓN GENERAL 32/2026 – Tucumán: Consideran cumplidas a término hasta el 29 de mayo las obligaciones referidas al régimen de regularización de deudas.
La Dirección General de Rentas de Tucumán dispuso que, a los fines de adherir al Régimen de Regularización de Deudas Fiscales establecido por el DECRETO (Tucumán) 1243-3/2021, se considerarán regularizadas en término las obligaciones con vencimiento durante los meses de marzo y abril de 2026, siempre que sean canceladas hasta el 29 de mayo de dicho año, junto con los intereses correspondientes, de corresponder.
DECRETO 1042-3/2026 – Tucumán: Reglamentación del Régimen de Promoción a la Inversión y exenciones fiscales.
El Poder Ejecutivo de Tucumán reglamentó el Régimen de Promoción a la Inversión previsto en la Ley N° 9.911, destinado a fomentar nuevos emprendimientos y ampliaciones productivas y turísticas en la provincia mediante distintos beneficios fiscales.
En este sentido, se precisan las condiciones y requisitos para acceder a las exenciones y beneficios previstos en el régimen, así como los mecanismos de control y verificación a cargo de las autoridades competentes.
Asimismo, se establece que los beneficios alcanzarán exclusivamente a los ingresos generados por las actividades promovidas dentro del territorio provincial de Tucumán, excluyendo de manera expresa las operaciones de otras jurisdicciones para el caso de Convenio Multilateral.
DECRETO 1054-3/2026 – Tucumán: Ampliación del Anexo del Régimen de Promoción a la Inversión con la incorporación de actividades comerciales y de servicios.
El Poder Ejecutivo de Tucumán amplió el Anexo del Régimen de Promoción a la Inversión previsto en la Ley N° 9.911 y reglamentado por el Decreto N° 1042-3/2026, incorporando nuevas actividades vinculadas a los sectores comerciales y de servicios.
En este sentido, las actividades adicionadas quedarán comprendidas dentro de los alcances y beneficios previstos por el régimen promocional provincial.
DECRETO 1077-3/2026 – Tucumán: Extensión del beneficio fiscal del 0% en Ingresos Brutos y Sellos por la Expo NOA Famaillá Productivo.
El Poder Ejecutivo de Tucumán prorrogó los beneficios fiscales previstos para la “Expo NOA Famaillá Productivo”, manteniendo la alícuota del 0% en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos y en el Impuesto de Sellos respecto de las actividades, actos y contratos vinculados al evento, y desarrollados entre el 22 y el 25 de mayo de 2026.
Asimismo, se dispone que el beneficio continuará vigente por el término de 15 días contados desde la conclusión del evento.

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