Novedades-Impostitivas-1600x900 ff

Novedades Impositivas 19/5/26

RESOLUCIÓN GENERAL CONJUNTA 5849/2026 – SE – SAGYP – ARCA: Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI): Requisitos, pautas y condiciones para acceder a los beneficios.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero y las Secretarías de Agricultura, Ganadería y Pesca, y de Energía establecieron los requisitos operativos y de acceso vinculados al Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI).

Entre otras cosas, se implementa el servicio web “Sistema de Gestión de Inversiones (SGI)” mediante el cual se registrarán las inversiones, se seleccionarán los beneficios solicitados por los contribuyentes y se gestionará el trámite en forma integral.

También se realizan aclaraciones respecto a la caracterización como Micro, Pequeñas o Medianas Empresas -hasta Tramo 2- y la vigencia del Certificado MiPyME requerido para adherir al régimen, así como pautas específicas de caracterización para las entidades sin fines de lucro que no puedan acceder al trámite de dicho certificado.

Por su parte, y en lo referido a las inversiones productivas no alcanzadas por los montos mínimos, dispone que la Secretaría de Energía y de Agricultura será la encargada de elaborar un listado taxativo de aquellos bienes de capital que podrán ser objeto de incorporación al régimen, así como del mecanismo a seguir en caso de inversiones que no encuadren en forma directo en dicho listado.

Las disposiciones resultarán aplicables desde el 19/05/2026.

RESOLUCIÓN GENERAL 6/2026 – Salta: Plan transitorio de facilidades de pago para deudas tributarias.

La Dirección General de Rentas de la provincia de Salta estableció un Plan de Facilidades de Pago Especial y Transitorio destinado a la regularización de obligaciones tributarias provinciales, intereses, recargos y multas devengadas o aplicadas desde el 01/08/2025 hasta el 31/07/2026 -incluyendo aquellas que se encuentren en curso de discusión administrativa-.

El régimen permite formalizar las deudas en hasta 18 cuotas -incluido el anticipo- y con un interés equivalente al 50% de la tasa de interés resarcitorio aplicable actualmente por la provincia frente a moras en los pagos – artículo 36 del Código Fiscal.

El acogimiento podrá realizarse a partir de la publicación de la presente en el Boletín Oficial y hasta el 31/07/2026 inclusive.

RESOLUCIÓN GENERAL 13/2026 – Chaco: Exclusión del régimen de retención en canjes agropecuarios del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

La Administración Tributaria de la Provincia del Chaco incorporó una exclusión al régimen general de retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para las operaciones de canje de productos primarios efectuadas por productores de algodón en bruto, granos de cereales y oleaginosas no destinados a la siembra y legumbres secas.

La medida alcanza a las entregas realizadas por productores a canjeadores como contraprestación por bienes, servicios o locaciones de obra, siempre que se cumplan los requisitos y el régimen de información previstos en la RG N° RES-2025-32-20-1.

La medida entrará en vigencia a partir del 01/06/2026.

RESOLUCIÓN GENERAL 14/2026 – Chaco: Actualización de la escala de alícuotas progresivas para actividades industriales en Ingresos Brutos.

La Administración Tributaria de la Provincia del Chaco actualizó la escala progresiva correspondiente al Impuesto sobre los Ingresos Brutos aplicable a actividades industriales y manufactureras previstas en el artículo 12 inciso b) de la Ley Tarifaria Provincial N° 299-F.

Las disposiciones resultan aplicables desde el período fiscal mayo de 2026.

RESOLUCIÓN GENERAL 31/2026 – Tucumán: Reglamentación de la exención en Sellos para vivienda familiar única.

La Dirección General de Rentas de Tucumán reglamentó la exención del Impuesto de Sellos aplicable a actos vinculados con la adquisición, construcción o ampliación de vivienda familiar, única y de ocupación permanente.

A tales efectos, se establecen los requisitos documentales exigibles para acreditar el beneficio ante los agentes de percepción o mediante la declaración jurada web, incluyendo, según corresponda, la presentación de los informes “No es titular dominial” o “Única propiedad”.

Asimismo, la norma aclara el alcance de la exención respecto de viviendas con cocheras y bauleras así como supuestos especiales como nuda propiedad y usufructo.

La presente resolución entrará en vigencia a partir del día 18/05/2026.

Add a Comment

Your email address will not be published. Required fields are marked *