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Novedades Impositivas 16/4/26

RESOLUCIÓN (DGR San Juan) 614/2026 – Modificación del régimen de exclusión de retenciones en Ingresos Brutos para beneficiarios CEMOFI.

La Dirección General de Rentas de San Juan modifica el régimen aplicable a empresas industriales beneficiarias del CEMOFI (R. 429/2026), estableciendo que la exclusión de los regímenes de retención, percepción y recaudación queda condicionada a la existencia de saldo disponible del certificado. Asimismo, se incorpora como requisito para obtener el certificado de no retención y no percepción no registrar deuda exigible ni incumplimientos formales al momento de la solicitud (vigente desde el 20/04/2026).

La vigencia de la presente Resolución rige a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.

RESOLUCIÓN GENERAL (ATP Formosa) 17/2026 – Actualización de valuaciones fiscales mínimas de referencia.

La Administración Tributaria de Formosa aprueba y actualiza las valuaciones fiscales mínimas de referencia aplicables a la producción primaria y a determinados bienes y servicios, incluyendo sectores pecuarios, agrícola, forestal, minerales, flete terrestre, materiales reciclables y plantas ornamentales, las cuales deberán utilizarse como base mínima para la determinación de la base imponible en los tributos provinciales vinculados a su comercialización.

La presente Resolución General entrará en vigor a partir del 13 de abril de 2026.

RESOLUCIÓN GENERAL (AREF Tierra del Fuego) 245/2026 – Adhesión al Portal Federal Tributario y obligatoriedad del Domicilio Fiscal Electrónico Federal.

La Agencia de Recaudación formaliza su adhesión al Portal Federal Tributario de la Comisión Arbitral y dispone la utilización del Domicilio Fiscal Electrónico Federal (DFEF) como canal válido para notificaciones, comunicaciones e intimaciones en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos. La medida alcanza tanto a contribuyentes de Convenio Multilateral como a contribuyentes locales, en estos últimos casos cuando no exista otro medio electrónico habilitado. Se establece, además, la obligación de habilitar el servicio antes del 31 de mayo de 2026, bajo apercibimiento de las sanciones previstas en el Código Fiscal.

La presente resolución entrará en vigor a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

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