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Novedades Impositivas 12/5/26

Santa Fe: Creación de un plan especial de facilidades de pago con tasas diferenciales – RESOLUCIÓN (API Santa Fe) 91/2026.

A través de esta norma, se implementa un Régimen Especial de Facilidades de Pago para regularizar deudas vencidas al 31/03/2026 correspondientes a los Impuestos sobre los Ingresos Brutos, Inmobiliario, Sellos, Patente Única e Instituto Becario, incluyendo intereses y multas. En el caso de agentes de retención y percepción por dichos tributos, se podrán regularizar exclusivamente los intereses y multas generadas en su rol como tales, y en tanto se haya ingresado el capital.

El plan prevé distintas alternativas de financiación de hasta 36 cuotas, con tasas diferenciales según la capacidad contributiva, el nivel de ingresos y el grado de cumplimiento fiscal de cada contribuyente. Asimismo, contempla condiciones especiales para determinados sectores, incluyendo una financiación a tasa 0% para prestadores de servicios de salud y asistencia a personas con discapacidad.

La resolución también establece exclusiones para ciertos tipos de obligaciones y contribuyentes, como deudas vinculadas al SIRCREB o incluidas en planes vigentes. El régimen podrá ser utilizado hasta el 31 de julio de 2026.

Santa Fe: Reglamentación del plan especial de regularización de deuda – RESOLUCIÓN GENERAL (API Santa Fe) 79/2026.

La Administración Provincial de Impuestos de Santa Fe reglamentó el Régimen Especial de Regularización de Deudas establecido por la Resolución (API Santa Fe) 91/2026, definiendo los requisitos, condiciones y procedimientos operativos para adherir a los planes de facilidades de pago. La norma dispone que los contribuyentes deberán gestionar los planes a través de los sistemas informáticos habilitados, generando un plan por cada concepto tributario, y establece que la adhesión quedará formalizada con el pago de la primera cuota, mientras que las restantes serán debitadas automáticamente de la cuenta bancaria informada.

Asimismo, se regulan aspectos vinculados con los vencimientos, los reintentos de débito automático y la aplicación de intereses ante incumplimientos. La resolución también contempla el tratamiento de deudas en instancia de fiscalización, ejecución judicial, concursos y quiebras, así como la reformulación de planes vigentes o caducos y las consecuencias derivadas de la caducidad de los convenios.

La Pampa: Implementación del Registro Único Tributario para contribuyentes de Convenio Multilateral con sede provincial. – RESOLUCIÓN GENERAL (DGR La Pampa) 8/2026.

La Dirección General de Rentas de La Pampa dispuso la incorporación de los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos comprendidos en el régimen de Convenio Multilateral y con sede en la provincia al Registro Único Tributario (RUT) – Padrón Federal. La medida se enmarca en el proceso de modernización y simplificación administrativa, con el objetivo de centralizar y unificar la gestión registral de los contribuyentes mediante una ventanilla única digital.

A partir de la entrada en vigencia del régimen, prevista para el 1° de junio de 2026, los contribuyentes alcanzados deberán realizar, a través del servicio “Sistema Registral” de Agencia de Recaudación y Control Aduanero, los trámites vinculados con inscripciones, modificaciones de datos y ceses de actividades o jurisdicciones. Asimismo, la información declarada en el sistema tendrá carácter de declaración jurada y será vinculante para el padrón de la Dirección General de Rentas provincial.

La Pampa: Implementación del Domicilio Fiscal Electrónico Federal – RESOLUCIÓN GENERAL (DGR La Pampa) 9/2026.

La Dirección General de Rentas de La Pampa implementó el uso del “Domicilio Fiscal Electrónico Federal” como medio válido, seguro y fehaciente para efectuar citaciones, notificaciones e intimaciones a los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos comprendidos en el régimen de Convenio Multilateral y que no tengan habilitado el domicilio fiscal electrónico previsto por el artículo 30 del Código Fiscal provincial. Cabe mencionar que esta medida no implica sustituir la obligatoriedad de constituir el domicilio fiscal electrónico a todos los efectos fiscales dispuestos por el Código Fiscal.

La resolución entra en vigencia a partir del 1° de junio de 2026.

Tucumán: Nueva versión del aplicativo para regularización de deudas fiscales – RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Tucumán) 29/2026.

La Dirección General de Rentas de Tucumán aprobó la versión 57.0 del aplicativo “Régimen de Regularización de Deudas Fiscales Dcto. N° 1243/3 (ME)-2021”, con el objetivo de adecuarlo a la prórroga del régimen de regularización dispuesta por el Decreto 915/3 (MEyP)-2026. La actualización incorpora la posibilidad de incluir dentro del plan las deudas vencidas y exigibles al 28 de febrero de 2026.

El nuevo aplicativo podrá descargarse desde el sitio web oficial de la Dirección General de Rentas provincial.

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