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Novedades Impositivas 11/12/24

RESOLUCIÓN (ME) 1358/2024 – RIGI: precisiones para el procedimiento ante la ARCA, sistema de control y otras adecuaciones.

Se modifica la Resolución 1074/2024 del Ministerio de Economía, que aprueba los “Procedimientos para la Implementación del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI)”, con el objetivo de incorporar aclaraciones sobre el procedimiento que debe seguir el solicitante ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) en relación con la adquisición de bienes destinados a su proyecto de inversión. Este procedimiento abarca desde la presentación de la solicitud hasta la aprobación o rechazo de la misma, mediante un acto administrativo, en lo que respecta a las importaciones definitivas para consumo.

Además, se establece un sistema de control sobre la ejecución del Plan de Inversión, de acuerdo con el cual, los Vehículos de Proyecto Único (VPU) deberán informar, mediante declaración jurada, las operaciones proyectadas y ejecutadas de su Plan de Inversión.

Por último, se ajustan ciertos aspectos relacionados con la implementación del RIGI, tales como la presentación de cronogramas de inversiones mensuales, la solicitud de adhesión al régimen y los contenidos del acto administrativo que aprueba dicha solicitud.

LEY (Neuquén) 3478 – Neuquén. Modificaciones al Código Fiscal a partir del período fiscal 2025.

El Poder Ejecutivo de la provincia introduce modificaciones al texto del Código Fiscal provincial, vigentes a partir del período fiscal 2025.

Resolución (ATP Chaco) 36/2024 – Adecuaciones al Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra “SIRTAC”.

Se adecua el texto de la normativa del Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra “SIRTAC” en virtud de la derogación de la Resolución General (AFIP) 4622/2019, a fin de definir las características que deben reunir las operaciones para ser consideradas habituales.

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Tucumán) 85/2024 – Adecuación de los requisitos para realizar presentaciones en el sistema informático “Sellos Liquidación WEB”.

Se establece en los casos de boletos de compra venta de inmuebles y de cesión de dichos boletos o de derechos posesorios de inmuebles, deberá consignarse el número de padrón del Impuesto Inmobiliario correspondiente al inmueble objeto de la operación en oportunidad de la confección de la declaración jurada 950 web (F.950 web), – RG (DGR Tucumán) 111/2020 -.

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