DECRETO (Poder Ejecutivo Tucumán) 1568/2024 -Prórroga de la alícuota diferencial del 0,75% en Ingresos Brutos para determinadas actividades de transporte automotor de cargas.
Se prorroga la vigencia de la alícuota del 0,75% en el impuesto sobre los ingresos brutos, hasta el día 31 de diciembre de 2024 inclusive, para la actividad de transporte automotor de cargas correspondiente a los siguientes códigos de actividades:
– 602111 Servicios de mudanza (incluye servicios de guardamuebles);
– 602121 Servicios de transporte de mercaderías a granel, incluido el transporte por camión cisterna;
– 602131 Servicios de transporte de animales;
– 602181 Servicio de transporte urbano de carga n.c.p. (incluye el transporte realizado por fleteros y distribuidores dentro del ejido urbano) y;
– 602190 Transporte automotor de cargas n.c.p. (incluye servicios de transporte de carga refrigerada, automotores, transporte pesado y de mercaderías peligrosas).
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