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Novedades en el ámbito nacional y provincial

| LEGAL

UIF. Régimen de Declaración Jurada Simplificada. Debida diligencia simplificada 

Se establece un régimen específico de “Antecedente Favorable” y de Debida Diligencia Simplificada Especial (DDSE) aplicable a los sujetos obligados por la Ley N.° 25.246 respecto de clientes adheridos al Régimen de Declaración Jurada Simplificada del Impuesto a las Ganancias. La adhesión al régimen deberá ser considerada como un factor mitigante en la evaluación de riesgo, y para determinadas operaciones canalizadas a través del sistema financiero formal se habilita la aplicación de procedimientos simplificados de identificación, verificación y monitoreo. 

Quedan excluidos del régimen los Grandes Contribuyentes Nacionales y los funcionarios públicos comprendidos en el artículo 38 bis de la Ley N.º 27.799. 

Asimismo, para las operaciones alcanzadas por la DDSE y dentro de los umbrales previstos, no será exigible requerir documentación respaldatoria de la actividad económica, acreditar el origen de los fondos, verificar la capacidad de ahorro ni solicitar información adicional sobre el propósito de la relación comercial en determinados supuestos.  

Se mantienen vigentes las obligaciones de control de listas, monitoreo, reporte de operaciones sospechosas y demás exigencias previstas por la normativa de prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo. 

> Ver Resolución

| TAX

IVA. Incorporación obligatoria de regímenes de retención y percepción al SIRE 

Se dispone la incorporación obligatoria al Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE) de diversos regímenes de retención y percepción del IVA actualmente administrados a través de SICORE.  

La obligación será aplicable a partir del 01 de abril de 2027 e incluye, entre otros, los regímenes vinculados con honorarios profesionales, servicios públicos, actividades agropecuarias, hacienda, minería, materiales a reciclar y autorización de comprobantes clase “A”. 

Asimismo, se habilita la adhesión voluntaria al SIRE desde la entrada en vigencia de la norma para los agentes alcanzados. Quienes opten por su utilización deberán emplearlo para la totalidad de los regímenes comprendidos y gestionar las altas y bajas correspondientes en el “Sistema Registral”.  

> Ver Resolución General

| TAX

CABA. RIMICABA. Reglamentación 

Se aprueban los criterios operativos para la implementación del Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (RIMICABA), incluyendo la definición de los sectores dinámicos promovidos, las zonas territoriales prioritarias, la metodología de distribución del cupo fiscal y el procedimiento de inscripción, evaluación y fiscalización de los proyectos. 

Asimismo, se establecen los formularios y requisitos para la inscripción y el seguimiento de las inversiones, disponiéndose que todas las gestiones deberán realizarse en forma digital a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD). Los beneficios del régimen estarán sujetos a la disponibilidad de cupo fiscal y serán incompatibles con otros regímenes promocionales de la Ciudad. 

> Ver Resolución (Pág 191)

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