Novedades Legales

Novedades Legales 27/02/2024

NUEVAS RESOLUCIONES I.G.J.

1 – Resolución General IGJ N° 5/2024- Cambios en el régimen de las garantías requeridas a los representantes legales de las sociedades extranjeras.

Mediante la presente resolución, publicada el 23/02/2024, se modifica el Art. 3° de la RG IGJ N°2/2020 sobre garantía de los representantes legales de sociedades constituidas en el extranjero, en tal sentido se exceptúa de la obligación de constituir y mantener vigente la garantía por el cumplimiento de sus funciones a los representantes legales de sociedades extranjeras que se inscriban en los términos del Art. 123 de la LGS, por lo que ahora sólo los representantes legales de sociedades constituidas en el extranjero en los términos del Art. 118 de la Ley General de Sociedades deberán hacerlo, al igual que los administradores de sociedades locales. 

Además, se modifica el monto de dicha garantía el cual deberá ser de cada representante equivalente 60% del capital mínimo establecido para las sociedades anónimas constituidas en el país o al sesenta por ciento 60% del capital asignado a la sucursal.

Link para acceder a la resolución completa: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/302972/20240223

2 – Resolución General I.G.J. Nº 6/2024 – Suspende la entrada en vigencia de la presentación digital de los EECC.

A través de la presente resolución, publicada el 26/02/2024, se suspende la entrada en vigencia de la presentación digital de los estados contables de las sociedades por acciones no incluidas en el art. 299 de la LGS, que había sido establecida para el 01/03/2024 por la RG IGJ 15/2023. 

Hasta tanto no esté listo el nuevo sistema de presentación digital de los balances antes mencionados, continuará vigente y operativo el programa aplicativo SITIG. 

Link para acceder a la resolución completa: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/304024/20240226

3 – Se modifica el capital social mínimo para las SAS.

Como consecuencia de las actualizaciones en el Salario Mínimo Vital y Móvil que se darán en los meses de febrero y marzo del corriente, el capital mínimo de las Sociedades por Acciones Simplificadas será de $360.000 a partir del 1 de febrero de 2024, y de $405.600 a partir del 1° de marzo de 2024. Esto conforme al Art. 40 de la Ley de Apoyo al Capital Emprendedor que establece que el capital social de las SAS, al momento de su constitución, no podrá ser inferior al importe equivalente a dos veces el salario mínimo vital y móvil. 

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