NUEVAS RESOLUCIONES I.G.J.
1)Resolución General 3/2024 de la Inspección General de Justicia. Modificación de los contenidos mínimos de los instrumentos sujetos a inscripción registral.
Dicha Resolución sustituye el último párrafo del artículo 37 de la Resolución General IGJ 7/2015 mediante el cual la IGJ requería que los instrumentos a inscribir contengan una trascripción íntegra de su contenido. Así, la IGJ elimina dicha obligación permitiendo la transcripción de la parte pertinente del acta que se pretende inscribir, estableciendo los contenidos mínimos que deben ser transcriptos, a saber:
a) El encabezado, que comprende lugar, fecha, carácter de la asamblea, reunión o acuerdo y, en su caso, el quorum reunido o la indicación de ser una asamblea o reunión unánime.
b) La designación de los asociados, socios o accionistas que suscriben el acta, con nombre y apellido.
c) Los puntos del orden del día que resuelvan aquellos actos cuya registración se solicita.
d) La decisión o resolución tomada por el órgano respecto a ese punto, con expresión completa y detallada de la misma.
e) Las mayorías por las cuales la decisión o resolución fue tomada.
f) El cierre final con indicación de las firmas obrantes al pie.
Dicha resolución entro en vigencia el 02/02/2024.
Link para acceder a la resolución completa: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/302307/20240202
2)Resolución 10/24 del Ministerio de Justicia. SOCIEDADES SUJETAS A FISCALIZACION PERMANENTE- CAMBIO DEL MONTO
Mediante esta Resolución se fija en $2.000.000.000 el monto del capital social a partir del cual las sociedades anónimas quedan sujetas a fiscalización estatal permanente, conforme la previsión del inciso 2º) del artículo 299 de la Ley General de Sociedades 19.550 (T.O. 1984) y sus modificatorias.
Dicha Resolución entro en vigencia el 08/02/2024.
Link para acceder a la resolución completa: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/302467/20240208

Add a Comment