Nuevas Disposiciones de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires
1) Disposición 303/2025 DPPJ, sobre la digitalización de la presentación de los EECC para las sociedades registradas en Provincia:
Dicha disposición aplica a las sociedades incluidas en el art. 299 LGS, a las sociedades por acciones no incluidas en el art. 299, a las sociedades de responsabilidad limitada con capital igual o superior de $2.000.000.000, y a las sociedades extranjeras inscriptas como sucursales bajo el art. 118 LGS.
La misma establece que la presentación de los estados contables de las sociedades arriba mencionadas ya se puede realizar de manera 100% digital a través del Formulario Digital, del cual se accede desde la pagina de DPPJ. Además, se estableció un único Anexo 9, para todas las sociedades alcanzadas, el cual debe ser acreditado en formato digital.
Asimismo, para las micro y pequeñas empresas que cuenten con el certificado MiPyME vigente establece como beneficio que las mismas están exceptuadas de presentar los EECC con informe de auditoria externa hasta el 31/12/26, pudiendo presentar los EECC firmados por el representante legal y certificados por el contador público legalizado por el consejo profesional.
Por otro lado, dicha disposición establece que se debe acompañar un certificado de libre deuda alimentaria vigente, correspondiente a cada integrante del órgano de administración y fiscalización.
Finalmente, resaltamos que toda la documentación a adjuntar a dicho trámite debe ser en archivo digital PDF cumpliendo con los parámetros establecidos por el organismo.
2) Disposición 306/2025 DPPJ, sobre la Presentación digital de casi todos los trámites registrales ante el organismo:
A través de esta disposición se estable que a partir del 1° de agosto de 2025, ciertos trámites registrales deberán ser presentados exclusivamente de forma digital a través de los Formularios Digitales disponibles en la página de DPPJ, esto aplicará a las siguientes inscripciones:
-Constitución de personas jurídicas, cambio de jurisdicción de ingreso a la provincia, apertura de sucursal, fideicomisos y contratos asociativos;
-Trámites registrales posteriores a la constitución y/o inscripción inicial de personas jurídicas o contratos con legajo 260.000 o superior;
-Las asociaciones civiles podrán optar por la presentación digital de los trámites indicados anteriormente, o seguir en formato papel ante la DPPJ y sus delegaciones, municipios u otros organismos con convenios vigentes;
-Los trámites iniciales o posteriores de personas jurídicas extranjeras, independientemente de su número de legajo, ingresarán exclusivamente de manera digital;
-Los trámites pertenecientes a legajos superiores al número 260.000 que al 01/08/2025 no se encuentren finalizados deberán continuar su tramitación a través presentaciones digitales efectuadas mediante la plataforma de Formularios Digitales.
Toda la documentación adjunta a los trámites se debe presentar en archivos digitales PDF cumpliendo con los parámetros establecidos por el organismo.

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