RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5809 – Domicilio fiscal: simplifican procedimientos para su modificación.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero reglamenta de forma integral el régimen de domicilio fiscal estableciendo criterios uniformes para su determinación y modificación por parte de los contribuyentes. La norma establece la obligatoriedad de mantener el domicilio fiscal actualizado, con un plazo de 10 días hábiles para informar cambio, y faculta al organismo a determinarlo de oficio si se encontraran inconsistencias.
La presente resolución entrará en vigor el 2 de marzo de 2026.
RESOLUCIÓN (AGIP Buenos Aires) 628/2025 – Procedimiento para la condonación de deudas de Ingresos Brutos a instituciones de salud y educación.
La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos fija el procedimiento, junto con los requisitos, plazos, documentación pertinente y condiciones aplicables, para el otorgamiento de la condonación de deudas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a las instituciones que prestan servicios de habilitación, rehabilitación, prevención, terapéuticos, educativos y asistenciales, en el marco de la Ley (CABA) Nº 6867.
DECRETO (Tucumán) 3959-3/2025 – prórroga del Régimen de Regularización de Deudas Fiscales.
El Gobernador de la provincia de Tucumán decreta la prórroga del Régimen de Regularización de Deudas Fiscales al 30 de enero de 2026 incorporando al mismo las deudas vencidas y exigibles al 31 de octubre de 2025 inclusive.
DECRETO (Tucumán) 3960-3/2025 – Extensión del régimen de regularización fiscal para el transporte público.
El poder ejecutivo amplía el Régimen de Regularización de Deudas Fiscales para el transporte automotor urbano e interurbano de pasajeros, incorporando las obligaciones vencidas y exigibles hasta el 31 de diciembre de 2025, inclusive, y estableciendo como nueva fecha de corte para el acceso al beneficio el 1 de enero de 2026.
El presente Decreto entrará en vigor a partir del día de su publicación en el Boletín.
RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Tucumán) 4/2026 – Nueva versión del aplicativo para regularización de deudas fiscales.
La Dirección General de Rentas adopta la versión 53.0 del programa aplicativo “Régimen de Regularización de Deudas Fiscales – Decreto 1243/3 (ME) 2021”, destinado a la adhesión al referido régimen.
DECRETO (Corrientes) 130/2025 – Calendario fiscal 2026 para vencimientos de tributos provinciales.
El Poder Ejecutivo de Corrientes fija el cronograma de vencimientos correspondiente al ejercicio fiscal 2026 para los impuestos, tasas y contribuciones administrados por la Dirección General de Rentas. El calendario comprende las fechas para la presentación de declaraciones juradas mensuales y el ingreso de las cuotas fijas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, así como para los regímenes de retención y percepción, los agentes de recaudación bancaria y del Impuesto de Sellos.
RESOLUCIÓN GENERAL (DPR Jujuy) 1738/2026 – Actualización del régimen de retención y percepción del Impuesto de Sellos.
La Dirección Provincial de Rentas introduce modificaciones en el régimen de retención y percepción del Impuesto de Sellos de la provincia de Jujuy. En ese marco, se aprueban los nuevos formularios F-0201 y F-0202 y se actualizan los anexos que regulan el diseño de archivos y el nomenclador de operaciones del sistema S.I.R.P.S, de acuerdo con las alícuotas y los importes mínimos fijados por la Ley Impositiva Nº 6492/2025.
La presente norma tiene vigencia a partir del 1 de enero de 2026.
RESOLUCIÓN GENERAL (DPR Jujuy) 1739/2026 – Actualización del aplicativo SIPEP para percepciones de escribanos.
La Dirección Provincial de Rentas de Jujuy aprueba una nueva versión del Sistema Informático de Percepción de Escribanos Públicos, que permite a los escribanos y adscriptos presentar declaraciones juradas mensuales del Impuesto de Sellos mediante transferencia electrónica.
La presente resolución general será aplicable a las presentaciones que deban efectuarse a partir del 1 de enero de 2026.
RESOLUCIÓN GENERAL (DPR Jujuy) 1740/2026 – Actualización del régimen de percepción del Impuesto Sellos Automotor.
La Dirección Provincial de Rentas de Jujuy adecua el régimen de percepción del Impuesto de Sellos Automotor a lo dispuesto por la Ley Impositiva 2026.
El régimen prevé:
- Estructura técnica para la importación de operaciones en el sistema SIPSA.
- Un nomenclador con códigos, mínimos y alícuotas aplicables al Impuesto de Sellos Automotor (2 % para transferencias, 1,5 % para vehículos híbridos y 1 % para vehículos eléctricos).
- Calendario quincenal de vencimientos para la presentación de declaraciones juradas y el ingreso de los pagos correspondientes al año 2026.
La presente norma tiene vigencia a partir del 1 de enero de 2026.
RESOLUCIÓN (DGR San Juan) 25/2026 – Calendario de vencimientos impositivos para el período fiscal 2026.
La Dirección General de Rentas de San Juan aprueba el cronograma de vencimientos correspondiente al período fiscal 2026, aplicable al Impuesto sobre los Ingresos Brutos, tanto en el Régimen General como en el Simplificado, al Impuesto de Sellos, al Impuesto a la Radicación de Automotores y al Impuesto Inmobiliario. Asimismo, se contemplan las fechas para los agentes de retención y percepción y para los regímenes del Convenio Multilateral (SIRCAR, SIRCREB, SIRCUPA y SIRTAC), de acuerdo con lo establecido por la Comisión Arbitral.
RESOLUCIÓN (DGR San Juan) 26/2026 – Fijación del valor de la Unidad Tributaria para el año fiscal 2026.
La Dirección General de Rentas de San Juan determina que el valor de la Unidad Tributaria (U.T.) para el año fiscal 2026 será de cien pesos ($100), manteniendo el mismo importe fijado para el año anterior y su vigencia rige desde el 1° de enero de 2026.
RESOLUCIÓN GENERAL (ATP Formosa) 1/2026 – Actualización del valor de la Unidad Tributaria para el año fiscal 2026.
La Administración Tributaria Provincial establece el nuevo valor de la Unidad Tributaria (U.T.) en mil pesos ($1.000), aplicable a partir del 5 de enero de 2026.
RESOLUCIÓN GENERAL (DPIP San Luis) 2/2026 – Determinación del nuevo valor económico para el Impuesto de Sellos en inmuebles.
La Dirección Provincial de Ingresos Públicos dispone que, a los fines de la determinación del Impuesto de Sellos en actos, contratos u operaciones onerosas sobre inmuebles, el valor económico se fijará en una vez y media la valuación fiscal establecida por la Dirección de Catastro para el año 2026. Asimismo, se establecen un mínimo de $1.300.000 y un máximo de $4.000.000, admitiéndose prueba en contrario.
La presente Resolución se aplicará a partir del 1° de enero de 2026.
RESOLUCIÓN GENERAL (AREF Tierra del Fuego) 964/2025 – Cambios en el régimen de recaudación bancaria del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
La Agencia de Recaudación Fueguina modifica la Resolución General (AREF) Nº 412/2021, eliminando las condiciones para la restitución de saldos a favor y estableciendo que, cuando el contribuyente se encuentre inscripto en dos o más actividades con distinto tratamiento de recaudación bancaria, se aplicará la alícuota más alta, salvo que en los últimos seis períodos se haya declarado base imponible correspondiente a actividades específicas, en cuyo caso se aplicará la alícuota prevista para ellas.
La resolución entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

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