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Novedades Impositivas 28/11/25

DECRETO 840/2025 – Prórroga parcial de la actualización del Impuesto a los Combustibles Líquidos y al Dióxido de Carbono hasta enero de 2026.

Mediante el presente, se actualizan los montos fijos del Impuesto a los Combustibles Líquidos (ICL) y del Impuesto al Dióxido de Carbono (IDC) aplicables a naftas y gasoil, estableciendo incrementos que regirán exclusivamente para los hechos imponibles ocurridos entre el 1 y el 31 de diciembre de 2025.

Asimismo, se dispone que el incremento total remanente —correspondiente a las actualizaciones de 2024 y de los tres primeros trimestres de 2025 que aún no han sido incorporadas— se postergará nuevamente, comenzando a regir de manera plena a partir del 1 de enero de 2026.

El decreto entra en vigor el 1 de diciembre de 2025.

RESOLUCIÓN NORMATIVA (DGR Córdoba.) 26/2025 – Adecuación al nuevo NAES y reempadronamiento obligatorio para contribuyentes locales de Ingresos Brutos.

La Dirección General de Rentas de la Provincia de Córdoba introduce modificaciones a la Resolución Normativa 1/2023 con el fin de adecuar la normativa local a las actualizaciones del Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación (NAES) dispuestas por la Comisión Arbitral mediante la RG 12/2025.

La resolución:

  • Adhiere al NAES actualizado, incorporando las nuevas equivalencias previstas por la Comisión Arbitral y deroga la anterior tabla de correspondencias utilizada para el reempadronamiento histórico previo al año 2018.
  • Establece la obligación de reempadronamiento para los contribuyentes locales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos cuyos códigos de actividad hayan sido sustituidos o que desarrollen actividades incorporadas recientemente al NAES. Este trámite deberá realizarse entre el 1° y el 31 de enero de 2026, a través de los medios habilitados por DGR.
  • Dispone que quienes no cumplan con el reempadronamiento dentro del plazo serán pasibles de multas por incumplimiento a los deberes formales.
  • Prevé que, una vez vencido el plazo, la DGR efectuará de oficio la conversión automática únicamente para contribuyentes inscriptos en determinados códigos específicos (530099, 631119, 631129 y 649299). En esos casos, la nueva codificación será notificada al Domicilio Fiscal Electrónico, manteniendo la fecha original de inicio de actividades.

La resolución entra en vigor desde su publicación, y sus disposiciones serán de aplicación a partir del 1 de enero de 2026.

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