DECRETO N.º 767/2025 – Ganancias – Se realizan modificaciones en la reglamentación referida a operaciones internacionales y se flexibiliza la declaración jurada simplificada.
Mediante el Decreto, se realizaron modificaciones orientadas a actualizar los controles sobre operaciones internacionales y precios de transferencia, así como a flexibilizar la modalidad simplificada de declaración jurada del impuesto para personas humanas y sucesiones indivisas.
Entre las principales disposiciones del decreto:
Se eleva a $500.000.000 anuales el monto mínimo de operaciones internacionales (exportaciones o importaciones) a partir del cual los contribuyentes están obligados a suministrar información a la ARCA.
Se precisan los criterios para identificar los bienes considerados con cotización, incorporando referencias a mercados transparentes, bolsas nacionales e internacionales y agencias de fijación de precios reconocidas.
Los contribuyentes con operaciones vinculadas inferiores a $150.000.000 anuales o $15.000.000 individuales quedan exceptuados de presentar las declaraciones juradas de precios de transferencia, con posibilidad de ajuste de los montos por parte de la ARCA.
Se amplía la modalidad simplificada y opcional de declaración jurada del Impuesto a las Ganancias para personas humanas y sucesiones indivisas, incorporando las rentas de fuente extranjera, pero únicamente en los casos y momentos que determine la ARCA.
RESOLUCIÓN (SPyMEEyEC) 219/2025 – Prórroga de plazos para aceptación y rechazo de Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs.
La presente resolución, prorroga hasta el 31 de octubre de 2026 el plazo de 21 días corridos para que las empresas puedan aceptar, cancelar o rechazar las Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs, conforme a lo establecido por la Ley N° 27.440.
Asimismo, se mantiene, hasta la misma fecha, la exclusión del régimen para facturas emitidas por MiPyMEs a grandes empresas que sean cedidas antes de su aceptación o rechazo.
La resolución entra en vigencia el 1° de noviembre de 2025.
DISPOSICIÓN GENERAL (DGR Catamarca) 36/2025 – Modificación del régimen de retención sobre pagos con tarjetas de crédito y compra -SIRTAC.
Mediante la citada Disposición General se modifica el régimen de retención del Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra (SIRTAC) en la Provincia de Catamarca, con el propósito de armonizar su normativa local con las disposiciones más recientes dictadas por la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral. Se excluyen las propinas, recompensas y gratificaciones, y se incorpora que los importes recaudados en moneda extranjera deberán ser convertidos en pesos, utilizando la cotización tipo de cambio vendedor del Banco Nación, vigente al último día hábil anterior a la liquidación.
RESOLUCIÓN GENERAL (ATP Chaco) 35/2025 – Ampliación de exclusiones al régimen SIRCREB para acreditaciones bancarias específicas.
La Administración Tributaria de la Provincia de Chaco modifica el régimen de recaudación SIRCREB aplicable a acreditaciones en cuentas bancarias, incorporando nuevas exclusiones. Quedan comprendidas entre ellas:
Las acreditaciones bancarias originadas en la restitución de fondos por revocación de la aceptación de productos o servicios.
Las acreditaciones derivadas de rendiciones, recaudaciones y/o liquidaciones efectuadas por agentes de recaudación a sus clientes en el marco del Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra (SIRTAC).

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