LEY 6683. BUENOS AIRES (CIUDAD). RÉGIMEN DE PROMOCIÓN DE LA ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO: CUPO ANUAL PARA EL OTORGAMIENTO DE BENEFICIOS.
Mediante la presente Ley se establece que el cupo fiscal anual destinado al otorgamiento del beneficio de reducción de la alícuota del impuesto sobre los ingresos brutos o un tratamiento fiscal asimilable a industria respecto de aquellas actividades beneficiadas será determinado en la Ley de Presupuesto de Gastos y Recursos de cada ejercicio.
En tanto, para el ejercicio fiscal del año 2023, el monto destinado al otorgamiento de los presentes beneficios se fija en la suma de $6.000.000.000
En ningún caso se podrá obtener en forma individual un beneficio que supere el 10% del monto determinado.
Asimismo, para cada uno de los beneficiarios, el beneficio otorgado se distribuirá proporcionalmente mes a mes durante el ejercicio fiscal, conforme se establezca en la reglamentación.

Add a Comment