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Novedades Impositivas 27/06/25

RESOLUCIÓN (ART Río Negro) 458/2025 – Tasa de interés para deudas fiscales a partir de julio de 2025.

La Agencia de Recaudación Tributaria de la Provincia de Río Negro establece la tasa de interés, vigente a partir del 1 de Julio de 2025, aplicable a las deudas fiscales. La tasa mensual será del 3% y su equivalente diario el 0,10%. 

RESOLUCIÓN (ART Río Negro) 462/2025 – Adecuaciones al régimen permanente de regularización de deudas tributarias.

La Agencia de Recaudación Tributaria de la Provincia de Río Negro introduce modificaciones al régimen permanente de regularización de deudas tributarias establecido por la Resolución (ART Río Negro) 768/2023.
Las adecuaciones estarán vigentes a partir del 1 de julio de 2025 y contemplan principalmente: nuevos tipos de planes de pago diferenciados por tipo de deuda, quita en intereses resarcitorios, cuotas mensuales, iguales y consecutivas y nuevas tasas de financiación.  

RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5716 – Facturación y Registración: flexibilizan las condiciones para la habilitación de Facturas clase “A”.

Se modifican las condiciones para la habilitación de comprobantes de venta tipo “A”. En particular, se eliminan los incumplimientos formales como causal de impedimento para obtener la autorización de emisión y se reducen los requisitos patrimoniales exigidos para las personas humanas.  Cuando se trate de bienes situados en el país, se deberán declarar por un valor superior al 15% del mínimo no imponible del impuesto sobre los Bienes Personales y cuando se trate de titularidad o participación en bienes inmuebles y/o automotores deberán superar el 6% del citado mínimo no imponible.
Asimismo, se dispone que el Régimen de Información de Operaciones (Título V – “Evaluación de Cumplimiento y Comportamiento Fiscal” – de la RG AFIP 1575) se considerará cumplido con la presentación del “Libro de IVA Digital”; además, se introduce una evaluación preventiva cuatrimestral de la situación fiscal del contribuyente, que será notificada en el domicilio fiscal electrónico e incluirá las inconsistencias o incumplimientos detectados por ARCA. El contribuyente podrá regularizar dichas observaciones antes de la evaluación definitiva, a fin de evitar la obligación de emitir comprobantes tipo “M”.

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