RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5700 – Regímenes de emisión de comprobantes: Se incrementan los importes para requerir la identificación del consumidor final y para el uso del “Facturador”.
A partir del 29 de mayo de 2025, se eleva a $10.000.000 el monto a partir del cual será obligatorio identificar al consumidor final en las operaciones de venta, así como también en aquellas en las que se emitan guías, remitos u otros documentos equivalentes.
Por otro lado, el límite por operación para la utilización del servicio “Facturador” por parte de los contribuyentes adheridos al régimen de Monotributo se incrementa a $500.000.
Asimismo, se aclara que los monotributistas sociales no podrán utilizar el mencionado servicio cuando el importe de la operación supere los $250.000.
RESOLUCIÓN GENERAL (Tucumán) 28/2025 – Adecuaciones al régimen de percepción del Impuesto de Sellos y de las Tasas Retributivas de Servicios para escribanos públicos.
Se introducen modificaciones en el régimen de percepción del Impuesto de Sellos y de las Tasas Retributivas de Servicios aplicable a los escribanos públicos titulares de registros notariales y sus adscriptos, en el ámbito de la Provincia de Tucumán.
A partir de esta modificación, estarán alcanzados por el régimen todos aquellos instrumentos que documenten actos, contratos u operaciones cuya base imponible supere los $5.000.000, elevando así el umbral anteriormente establecido en $300.000. Asimismo, también se incluyen los instrumentos cuyo valor sujeto a gravamen resulte indeterminado.
Por otro lado, se establece que quedarán exceptuados de la mencionada percepción los instrumentos vinculados a transferencias de dominio otorgadas por el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano de Tucumán, las operaciones de compraventa, y los contratos de mutuo con garantía hipotecaria.
RESOLUCIÓN GENERAL (Jujuy) 1710/2025 – Modificaciones en el trámite de solicitud del beneficio de reducción de alícuota y de exención.
La Dirección Provincial de Rentas de Jujuy ha implementado adecuaciones en el procedimiento para solicitar la reducción de alícuota o exención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Acuerdo N.º 2980-HF-2025.
A partir de esta actualización, los contribuyentes alcanzados por dicho impuesto deberán gestionar su solicitud exclusivamente a través del sitio web del organismo, accediendo con clave fiscal al servicio denominado “Solicitudes y Reclamos – Medidas de Alivio Fiscal Decreto Acuerdo N.º 2980-HF-2025”, y completando el Formulario F-0245 “Solicitud de reducción de alícuota/exención – Impuesto sobre los Ingresos Brutos – Decreto Acuerdo N.º 2980-HF-2025”. Entre las principales modificaciones introducidas, se destaca la supresión del requisito de adjuntar, en formato PDF, la documentación complementaria que anteriormente era exigida.

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