RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 5467 – La AFIP prorroga los vencimientos de los contribuyentes de Ciudad y provincia de Buenos Aires por el temporal.
A raíz del temporal climático que afectó el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) y diversas zonas del interior de la Provincia de Buenos Aires, la presentación de las declaraciones juradas y el pago de las obligaciones con vencimientos entre los días 18 y 21/12/ 2023, ambos inclusive, serán considerados cumplidos en término, siempre que se hayan efectivizado hasta el 22/12/2023.
La medida alcanza a las obligaciones a cargo de contribuyentes con domicilio fiscal en Ciudad Autónoma y Provincia de Buenos Aires y quedan exceptuadas de este beneficio las cuotas de planes de facilidades de pago.
RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 5468 – Deudas por importaciones: adecuaciones al régimen de percepción del Impuesto PAÍS.
En virtud de que se encuentran gravados con el impuesto País las suscripciones en pesos de los bonos y títulos emitidos por el Banco Central para quienes tengan deudas por importaciones de bienes y/o servicios efectivamente prestados hasta el 12/12/2023 –mediante D. 72/2023-, se realizan adecuaciones al régimen de percepción del Impuesto PAÍS -dispuesto por la RG (AFIP) 4659-.
RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 5469 – Se delimitan los Bonos emitidos por el BCRA que pueden usarse para cancelar deudas impositivas y aduaneras.
La AFIP establece el universo de “Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre” (BOPREAL), que tendrán poder cancelatorio de obligaciones impositivas y aduaneras –con sus intereses, multas y accesorios; y también establece el tipo de cambio a aplicar para determinar el poder cancelatorio de los citados bonos.
Recordemos que -por medio del el D. 72/23- se dispuso que quienes tengan deudas por importaciones de bienes con registro de ingreso aduanero y/o importación de servicios efectivamente prestados hasta el 12/12/2023, inclusive podrán suscribir los citados bonos.
RESOLUCIÓN GENERAL CONJUNTA (AFIP-SC) 5466/2023 – Comercio exterior: crean el “Sistema Estadístico de Importaciones (SEDI)”.
El nuevo sistema tiene como objetivo realizar el análisis y seguimiento de datos estadísticos sobre importación de bienes a fin de normalizar y facilitar el comercio exterior y reemplazará al “Sistema de Importaciones de la República Argentina” (SIRA) que se aplicaba a las destinaciones de importación para consumo registradas por los sujetos inscriptos en los Registros Especiales Aduaneros.
Además, se crea el “Padrón de Deuda Comercial por Importaciones con Proveedores del Exterior” brindará información actualizada de la deuda comercial privada vigente.
RESOLUCIÓN GENERAL (Dir. Gral. Rentas Salta) 15/2023 – Sustitución de la tabla base de cálculo de mercaderías sujetas a pago a cuenta del impuesto a las actividades económicas.
Se sustituye la tabla base de cálculo de mercaderías sujetas al régimen de pago a cuenta del impuesto a las actividades económicas para los sujetos a los que se les atribuye el hecho imponible y que por sí o por terceros encomienden el transporte de determinados bienes o mercaderías cuyo destino de comercialización sea la Provincia de Salta -RG (DGR Salta) 12/2016-.
RESOLUCIÓN GENERAL (Dir. Gral. Rentas Salta) 14/2023 – Feria administrativa 2024.
Se establece, entre el 1/1/2024 y el 31/1/2024, ambas fechas inclusive, la feria fiscal administrativa para el período fiscal 2024, durante la cual no se computarán, respecto de los plazos procedimentales, los días hábiles administrativos antes mencionados, en el ámbito de la Dirección General de Rentas.
RESOLUCIÓN GENERAL (Agencia Tributaria Misiones Misiones) 14/2023 – Implementación del aplicativo digital denominado “Legajo Único”.
Se establece la implementación de un aplicativo digital denominado “Legajo Único” el cual deberá ser utilizado por el contribuyente para la presentación y actualización de la documentación referida a todos los trámites que gestiona ante la Dirección General de Rentas.
El presente aplicativo estará disponible en el sitio web de Rentas ingresando con clave Fiscal Nivel 1 o 2, donde se adjuntará la documentación en formato digital.
Una vez revisada la documentación por parte de la D.G.R., la misma quedará en estado “validada” o “rechazada”, enviando la notificación del estado al Domicilio Fiscal Electrónico del contribuyente.

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