DECRETO 551/2023. IMPUESTO PAIS. PRORROGAN BENEFICIOS PARA LOS SUJETOS QUE RESPETEN ACUERDOS DE PRECIOS
Mediante el presente decreto extienden hasta el 31/12/2023 la suspensión del pago de cargas sobre la compra de moneda extranjera para la importación de las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (N.C.M.) elegidas por el Ministerio de Economía y la reducción al 0 % de la alícuota del derecho de exportación de ciertas mercaderías.
Estas medidas son aplicables para los contribuyentes que cumplan con los compromisos asumidos en los acuerdos de precios para el mercado local en las condiciones establecidas por la Secretaría de Comercio.
LEY 5668. RÍO NEGRO. EXENCIÓN EN EL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS PARA CONTRIBUYENTES ADHERIDOS AL RÉGIMEN SIMPLIFICADO DURANTE LOS PRIMEROS MESES
Mediante la Ley 5668, se incorpora como exención en el impuesto sobre los ingresos brutos a los ingresos que tengan los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, durante los primeros 24 meses desde el alta en el inicio de sus actividades económicas, siempre que cumplan con las siguientes condiciones:
a) Que tengan entre 18 y 29 años de edad.
b) Que inicien y mantengan sus actividades dentro de las categorías “A” o “B” del Régimen Simplificado.
c) Que no obtengan ingresos provenientes de las siguientes actividades o beneficios:
1. Cargos públicos.
2. Trabajos en relación de dependencia.
3. Ejercicio de la dirección, administración y/o conducción de sociedades.
4. Prestaciones e inversiones financieras, compraventa de valores mobiliarios y de participaciones
en las utilidades de cualquier sociedad.
5. Locación de bienes muebles o inmuebles”.

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