RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 5505 – “Certificado de Transferencia de Automotores” (CETA).
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) resuelve que a partir del 25 de Abril de 2024 se elimina la obligación de tramitar el “Certificado de Transferencia de Automotores” (CETA) para la transferencia de vehículos automotores y motovehículos usados radicados en el país.
La medida no aplica a maquinarias agrícolas, tractores, cosechadoras, grúas, máquinas viales y todas aquellas que se autopropulsen. Por otro lado, informamos que sigue siendo necesario realizar la transferencia en el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios.
RESOLUCIÓN NORMATIVA (ARBA Bs. As.) 15/2024 – Beneficios actualizados para la generación distribuida de energía renovable en la Provincia de Buenos Aires.
A través de la presente, la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires introduce importantes modificaciones al “Régimen de Fomento a la Generación Distribuida de Energía Renovable integrada a la Red Eléctrica Pública”.
Los sujetos que se encuentren inscriptos en el Registro de Usuarios-Generadores de Energía Renovable (RUGER) -art. 4° bis de la Ley N° 15.325- de la provincia de Buenos Aires y que desarrollen como única actividad gravada la generación de energía eléctrica de origen renovable, quedan exentos de la obligación de inscribirse en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos ante ARBA. Los sujetos que ya se encuentren inscriptos en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos por esta actividad, deberán solicitar la baja del mismo y quedarán dispensados de la obligación de presentar las Declaraciones Juradas correspondientes a los períodos que se devenguen a partir del 1° de Enero de 2024.

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