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Novedades Impositivas 23/1/26

DISPOSICIÓN (CACM) 1/2026 – Convenio Multilateral: modificación de los vencimientos del SIRCAR para anticipos 2026.

La Comisión Arbitral del Convenio Multilateral dispuso la reprogramación de ciertos vencimientos del SIRCAR correspondientes a agentes de retención y percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

La medida modifica las fechas previamente establecidas por la Resolución General 21/2025, exclusivamente para los anticipos de segunda quincena de los meses de enero, febrero, mayo, julio y octubre de 2026.

RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 24/2026 – CABA: actualización de montos en el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) estableció los nuevos importes mensuales que deben abonar los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Los valores fijados sustituyen a los anteriores y se adecuan a las actualizaciones de parámetros y escalas previstas en la Ley Impositiva 2026.

La resolución es aplicable a partir del 1° de febrero de 2026.

RESOLUCIÓN (API Santa Fe) 7/2026 – Santa Fe: nuevas escalas y vencimientos del Régimen Simplificado.

La Administración Provincial de Impuestos (API) dispuso la actualización de los tramos del Régimen Simplificado de Ingresos Brutos para pequeños contribuyentes en el ejercicio 2026, en línea con las modificaciones introducidas por la Ley 14.426 y la reciente actualización de las escalas del Monotributo nacional.

Los importes mensuales por categoría se mantienen sin cambios.

Aspectos principales de la resolución:

  • Actualización de los tramos de ingresos anuales: se modifican los límites “desde/hasta” para las categorías I a VIII del régimen, adecuando las escalas al nuevo valor de facturación anual. Las cuotas mensuales permanecen iguales (entre $10.500 a $203.000 según categoría).
  • Prórroga de vencimientos, se extienden los plazos para:
  • Pago Total Anual 2026: se considera abonado en término el pago anual del Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos si se abona hasta el 27 de febrero de 2026, inclusive.
  • Pago del período enero 2026: también se tendrá por ingresado en término el periodo de enero 2026 del Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos si se paga hasta el 27 de febrero de 2026.
  • Primera recategorización 2026: los pequeños contribuyentes del Régimen Simplificado podrán realizar la recategorización hasta el 27 de febrero de 2026.

DECRETO (Cba.) 4/2026 – Córdoba aprueba la reglamentación del régimen de promoción para el desarrollo e igualdad territorial.

El Poder Ejecutivo de la Provincia de Córdoba reglamentó el Programa de Promoción para el Desarrollo e Igualdad Territorial (Ley 11.062), detallando las condiciones que deben cumplir los inversores para acceder a los beneficios fiscales previstos y los mecanismos de control que acompañarán la ejecución de los proyectos.

Aspectos principales del decreto:

1. Requisitos de vinculación con la provincia. Las personas humanas o jurídicas que pretendan acceder al régimen promocional deberán demostrar una relación económica y jurídica efectiva con Córdoba, lo que implica:

  • Contar con domicilio de explotación en la provincia.
  • Inscribirse en los registros provinciales obligatorios según la actividad: SIIC, Córdoba Turismo SEM, SIFCoS, RUGEPRESA; y para explotaciones agropecuarias, la correspondiente declaración ante ARCA.
  • Presentar una nómina de empleados con residencia en Córdoba, con el porcentaje mínimo que establezca la Autoridad de Aplicación. Además de estar debidamente declarado ante ARCA.

2. Quedan excluidas las entidades financieras reguladas por la Ley 21.526. La Autoridad de Aplicación podrá incorporar otras exclusiones cuando razones de política fiscal lo justifiquen.

3. Garantías obligatorias para proyectos beneficiados: los proyectos que accedan al régimen deberán respaldarse mediante una garantía real presentada ante la Dirección General de Rentas. Esa garantía deberá constituirse sobre un inmueble perteneciente al propio inversor —persona humana o jurídica— o a alguno de los sujetos que participen como aportantes del proyecto. Podrá afectarse el mismo inmueble donde se desarrolle o ejecute la inversión, y la garantía deberá instrumentarse mediante hipoteca de primer grado, como mecanismo principal.

El presente Decreto es aplicable desde el 23 de enero de 2026.

RESOLUCIÓN (ASIP Santa Cruz) 4/2026 – Santa Cruz: modificación del calendario de vencimientos para anticipos y regímenes de recaudación.

La Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos (ASIP) corrige y reemplaza —mediante fe de erratas— diversas fechas de vencimiento contenidas en la Resolución General ASIP N° 194/2025 previsto para el año 2026 en materia de Impuesto sobre los Ingresos Brutos, tanto para contribuyentes locales como para sujetos alcanzados por Convenio Multilateral y por el Régimen Simplificado Provincial.

La norma también actualiza fechas de presentación y pago en los distintos sistemas de recaudación: SIRCAR, SIRTAC, SIRCREB y SIRCUPA.

RESOLUCIÓN GENERAL (ASIP Santa Cruz) 7/2026 – Santa Cruz: nuevos valores del Régimen Simplificado para pequeños contribuyentes.

La Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos (ASIP) dispuso una actualización de los importes fijos mensuales correspondientes al Régimen Simplificado Provincial del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, aplicable a partir del 1 de febrero de 2026, inclusive. La adecuación se realiza en función de las categorías del Régimen Simplificado para pequeños contribuyentes, en línea con las facultades otorgadas por el Código Fiscal provincial y la Ley Impositiva vigente. Los nuevos valores reemplazan los establecidos por la RG ASIP 096/2025.

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