Novedades-Impostitivas-1600x900 ff

Novedades Impositivas 22/10/25

LEY (Tucumán) 9924 – Reordenamiento Legislativo de Tucumán – Año 2025.

Tucumán aprueba el nuevo Digesto Jurídico de la Provincia de Tucumán, conforme a lo establecido en la Ley N.º 7692 y sus modificatorias. Este Digesto consolida y ordena el marco normativo provincial, incluyendo todas las leyes sancionadas y promulgadas hasta el 31/12/2024, y aquellas posteriores solo si inciden sobre las anteriores.

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Tucumán) 72/2025 – Tucumán: especificaciones sobre referencias del nuevo ordenamiento tributario.

A través de la presente Resolución General se establecen los criterios para la correcta identificación y referencia de los textos consolidados del Código Tributario Provincial (Ley N.º 5121) y la Ley Impositiva (Ley N.º 8467), conforme a lo aprobado por la Ley N.º 9924, que ordena la compilación normativa vigente en la provincia, así como también se aprueban equivalencias entre los artículos de los textos consolidados y de las versiones anteriores.

RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5775 – Nuevo plazo para adherir al régimen de facilidades por quebrantos en el Impuesto a las Ganancias.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modifica el plazo de adhesión al régimen de facilidades de pago establecido por la Resolución General 5684, destinado a regularizar el saldo del impuesto a las ganancias de ejercicios cerrados entre diciembre de 2024 y noviembre de 2025, en los que se hayan computado quebrantos actualizados.

El nuevo plazo de adhesión:

  1. General: hasta el 28 de noviembre de 2025.
  2. Excepcional: cuando se trate de las obligaciones aludidas en el inciso b) del artículo 1° de la Resolución General 5684, hasta el último día del quinto mes posterior al vencimiento de la declaración jurada, si este fuera posterior al 28/11/2025

Esta medida entrará en vigencia a partir del 23 de octubre de 2025.

RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5776 – Actualización del régimen de facilidades de pago permanente.

Se introducen cambios en el régimen permanente de facilidades de pago (RG 5321 y modificatorias), con el objetivo de flexibilizar la cantidad máxima de planes por deuda general.

A partir de esta medida, a los fines del cómputo de la cantidad máxima de planes de deuda general, se considerarán planes caducos los relativos a los últimos 6 meses – en lugar de los de los últimos 12 meses.

La presente resolución general entrará en vigencia el 3 de noviembre de 2025.

RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5777 – Facilidades de pago especial: se amplían los períodos que se pueden regularizar y se reducen los pagos a cuenta.

Se establecen modificaciones al régimen especial de facilidades de pago establecido por la Resolución General 5711, introduciendo dos cambios principales:

  1. Extensión del alcance temporal: el régimen ahora incluye obligaciones vencidas hasta el 31/08/2025 – anteriormente solo se podían adherir obligaciones vencidas al 30/04/2025.
  2. Reducción del pago a cuenta según el siguiente detalle:
  1. Personas humanas, sucesiones indivisas, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud: 5%.
  2. Medianas empresas (Tramos 1 y 2): 10%.
  3. Resto de los contribuyentes: 15%.

Cabe mencionar que los porcentajes originales de los pagos a cuenta se fijaban en 10%, 15% y 20% respectivamente. La presente resolución general entrará en vigencia el 3 de noviembre de 2025.

Add a Comment

Your email address will not be published. Required fields are marked *