Novedades Impostitivas

Novedades Impositivas 22/04/2024

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 5502 – Régimen de reintegro a misiones diplomáticas y diplomáticos, agentes consulares y representantes oficiales extranjeros. 

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció en $200.000 el nuevo monto mínimo a partir del cual los comprobantes de determinados gastos de las misiones diplomáticas y personales, de sustento propio, de las familias de los diplomáticos, agentes consulares y demás representantes oficiales, como así también los correspondientes a la adquisición de combustible, deben acompañar la solicitud de reintegro.

RESOLUCIÓN (DPR Neuquén) 113/2024 – Actualización de los importes mínimos no sujetos a retención del impuesto sobre los ingresos brutos.

La Dirección Provincial de Rentas de Neuquén determinó que a partir del 1° de Mayo de 2024, se incrementa el monto mínimo no sujeto a retención del impuesto sobre los ingresos brutos. 

La medida aplica a:

  • Régimen general: El monto mínimo sube de $50.000 a $150.000.
  • Repartición Nacional, Provincial o Municipal u organismos autárquicos descentralizados del Estado Nacional, de las Provincias y de los Municipios, incluyendo a las empresas del Estado: El monto mínimo se incrementa de $75.000 a $200.000.

RESOLUCIÓN (DPR Neuquén) 112/2024 – Plazo excepcional para presentar las retenciones del Impuesto de Sellos efectuadas por los Escribanos del período 03/2024.

A través de la presente, se informa que, con carácter excepcional, las presentaciones de las declaraciones juradas y pagos del período 03/2024, cuyo vencimiento operaba el 9 de Abril de 2024, se consideran realizadas en término hasta el día 30 de Abril de 2024.

Esta prórroga se aplica específicamente a las retenciones del Impuesto de Sellos realizadas por los Escribanos de Registro y sus Adscriptos de la Provincia del Neuquén.

RESOLUCIÓN GENERAL (ATM Misiones) 2/2024 – Modificaciones en la liquidación web del Impuesto de Sellos. La Dirección General de Rentas de Misiones (DGR Misiones) ha implementado modificaciones en la liquidación web del impuesto de sellos, específicamente para instrumentos relacionados con actos sobre inmuebles. En aquellos casos en donde los instrumentos se refieran a celebración de actos sobre inmuebles como operaciones de locación, escrituración, cesión de derechos, compra venta o permuta, será obligatoria la declaración del número de partida inmobiliaria asociada, no debiendo registrar deuda en impuesto inmobiliario o habiendo regularizado la misma hasta el momento de celebración de la operación.

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