RESOLUCIÓN (ME) 147/2025 – IVA: Devolución del saldo técnico para sujetos que prestan servicios públicos y reciben subsidios.
Por medio de la presente resolución, se fija en $5.500.000.000 el límite máximo anual para la devolución de los créditos fiscales del primer párrafo o técnicos, originados en inversiones en bienes -excepto automóviles- y locaciones de obras y/o servicios aplicables a los sujetos que prestan servicios públicos y reciben subsidios; y en consecuencia ven reducidos el importe de las tarifas que perciben.
A continuación exponemos cómo se asignará el correspondiente límite:
Sector energía: $ 3.500.000.000
Sector transporte: $ 1.800.000.000
Otros sectores: $ 200.000.000
DECRETO 111/2025 – Régimen de promoción para la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur: lineamientos para la aplicación y distribución de recursos del Fondo para la Ampliación de la Matriz Productiva Fueguina.
A través del siguiente decreto, se establecen adecuaciones en relación a los lineamientos para la aplicación y distribución de los recursos del Fondo para la Ampliación de la Matriz Productiva Fueguina -art. 6 D 727/2021-.
DECRETO (Sgo. del Estero) 233/2025 – Santiago del Estero actualiza los montos mínimos y límites de categorías de ingresos brutos.
Mediante el presente decreto, el Poder Ejecutivo de la Provincia de Santiago del Estero actualiza los montos mínimos para considerar gravadas en ingresos brutos determinadas actividades y los límites aplicables para la determinación de la categoría del contribuyente.
Al respecto, los importes se actualizan de la siguiente manera:
– Se eleva a $ 50.000 el importe de los ingresos no alcanzados en el impuesto para las locaciones de unidades funcionales destinadas únicamente para vivienda.
– Se eleva a $ 30.000 el mínimo no imponible del impuesto para los contribuyentes inscriptos ante la AFIP en el régimen de “Monotributo Social”.
– Se incrementa a $ 6.500.000 el monto de ingresos totales obtenidos durante el año anterior a considerar para la determinación de la categoría de los contribuyentes directos del impuesto.
– Se elevan los importes de los anticipos mínimos del impuesto para los contribuyentes categoría A a $ 7.500 mensual y para los contribuyentes de la categoría B a $ 5.500.
LEY (Chubut) XXIV-111 – Chubut: Ingresos brutos. Exención para la Actividad Ganadera.
Por medio de la mencionada ley, se exime a la actividad ganadera del impuesto sobre los ingresos brutos durante el período fiscal 2025.
Asimismo, se exime -por el período fiscal 2025- el impuesto inmobiliario de los inmuebles rurales destinados exclusivamente a la actividad ganadera, que se encuentren fuera de los ejidos municipales.
RESOLUCIÓN (DPR Jujuy) 1697/2025 – Modificación del régimen de anticipo o pago a cuenta del impuesto sobre los ingresos brutos aplicable a la organización de espectáculos públicos.
A través de la presente resolución, se establece un nuevo procedimiento para el pago a cuenta del impuesto sobre los ingresos brutos para la organización de espectáculos públicos.
A partir de febrero de 2025, los contribuyentes deberán ingresar un anticipo hasta 72 horas antes de la realización de cada evento. Además, se fijan categorías para los locales según su capacidad, y se define el cálculo del pago a cuenta según el valor de la entrada y la capacidad del mismo.
También se especifican los requisitos para los contribuyentes, incluyendo documentación sobre la seguridad de los locales y contratos con los artistas.

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