DECRETO 929/2025. Se prorroga la aplicación total de los incrementos en impuestos a combustibles.
A través del presente decreto se difiere parcialmente hasta el 1 de febrero de 2026 la aplicación completa de las actualizaciones del impuesto sobre los combustibles líquidos (ICL) y del impuesto al dióxido de carbono (IDC), correspondientes al año 2024 y a los tres primeros trimestres de 2025.
Se fijan nuevos montos actualizados para ICL e IDC aplicables a naftas y gasoil, para hechos imponibles entre el 1° y el 31 de enero de 2026:
- Nafta sin plomo y nafta virgen: ICL: $17,291; IDC: $1,059.
- Gasoil: ICL: $14,390; Tratamiento diferencial (Patagonia): $7,792; IDC: $1,640.
Se modifica el Decreto 617/2025, postergando el inicio del incremento total remanente al 1° de febrero de 2026. La norma entró en vigencia el 1 de enero de 2026.
Resolución General (ARCA) 5808/2025. Procedimiento. Régimen de facilidades de pago de obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social.
Mediante la presente resolución, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero prórroga hasta el 31 de marzo de 2026 el plazo de adhesión al régimen de facilidades de pago establecido por la Resolución General 5.711 y su modificatoria, destinado a la regularización de obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social vencidas, con sus intereses y multas.
RESOLUCIÓN (MHF Bs. As. cdad.) 5474/2025. Procedimiento de actualización de la Unidad Tarifaria.
Mediante la presente resolución el Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires instrumenta el procedimiento para la actualización trimestral de la Unidad Tarifaria (UT), conforme lo dispuesto en el artículo 1° del Anexo de la Ley 6.928. Dicho procedimiento, elaborado por la Subsecretaría de Hacienda, será aplicado para determinar los valores de derechos, rentas, arrendamientos y demás conceptos previstos en la normativa vigente, en concordancia con la Ley Arancelaria para el ejercicio 2026.
RESOLUCIÓN (API Santa Fe) 42/2025. Calendario de vencimientos de impuestos provinciales para el año fiscal 2026.
Mediante la presente resolución, se establece el calendario de vencimientos impositivos para el año fiscal 2026, incluyendo las fechas para la presentación y pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos —tanto para contribuyentes locales, régimen simplificado y Convenio Multilateral—, la Declaración Jurada Anual, el Impuesto Inmobiliario urbano y rural, la Patente Única sobre Vehículos, el Impuesto de Sellos y otros regímenes especiales.
Asimismo, fija los plazos para agentes de retención y percepción, determina el ingreso quincenal de impuestos retenidos, prevé el corrimiento de vencimientos en caso de feriados y deroga disposiciones que se opongan a la presente, entrando en vigencia desde el 1 de enero de 2026.
DECRETO (Cba.) 269/2025 Córdoba: modificaciones al Código Tributario y nuevo régimen de promoción industrial.
Mediante el presente decreto se introducen modificaciones al Código Tributario Provincial y se reglamenta el nuevo Programa de Promoción Industrial. Entre los principales puntos, se actualizan disposiciones del Decreto N° 2445/23 para adecuarlas a la Ley N° 11.089, incluyendo cambios en normas de fiscalización, exenciones por edad y vulnerabilidad social, beneficios en el Impuesto Inmobiliario Rural y precisiones sobre el Impuesto a la Propiedad Automotor. Se crea el Programa de Promoción Industrial para incentivar inversiones productivas, innovación y empleo, estableciendo requisitos, procedimientos para acreditar inversiones y parámetros para contribuyentes de distintos regímenes, con vigencia desde el 1° de enero de 2026.
Además, se suspenden hasta fin de 2026 las obligaciones para portales virtuales, se otorga una reducción del 50% en el Impuesto Automotor para vehículos que utilicen biocombustibles, se prorrogan pagos diferidos sin intereses hasta enero de 2027 y se faculta a la Dirección General de Rentas para dictar normas complementarias.
RESOLUCIÓN (SIP Cba.) 37/2025. Córdoba: modificación de alícuotas de retención en seguros para Ingresos Brutos.
Mediante la presente resolución se modifica el régimen de retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos aplicable a entidades de seguros, adecuándolo a lo dispuesto por la Ley Impositiva 2026.
Se actualizan las alícuotas de retención sobre las comisiones abonadas a productores o intermediarios de seguros, diferenciando entre contribuyentes locales y del Convenio Multilateral según los ingresos brutos atribuibles a Córdoba en el año anterior:
- Hasta $88.100.000: Locales: 3,5%; Convenio Multilateral: 1,75%
- Más de $88.100.000 y hasta $431.800.000: Locales: 5,5%; Convenio Multilateral: 2,75%
- Más de $431.800.000: Locales: 6,5%; Convenio Multilateral: 3,25%
La norma entró en vigencia el 1 de enero de 2026.
RESOLUCIÓN (MEyGP Cba.) 842/2025. Córdoba: actualización de exenciones y vencimientos tributarios para 2026.
Mediante la presente resolución se actualiza el compendio normativo tributario para la anualidad 2026, adecuando disposiciones conforme a la Ley Impositiva N° 11.090.
Entre sus principales medidas: incorpora exenciones para ingresos provenientes de la exhibición de filmes y videocintas y para el Programa Provincial de Residencias Universitarias, establece nuevos parámetros para sujetos en situación de indigencia y pobreza, fija el calendario de vencimientos y modalidades de pago para los impuestos Inmobiliario, Automotor y a las Embarcaciones, y reglamenta los índices de variación aplicables para determinar topes de incremento en liquidaciones.
Asimismo, actualiza regímenes de retención del Impuesto de Sellos, sustituye denominaciones institucionales y faculta a la Dirección General de Rentas para dictar normas complementarias y extender plazos ante contingencias operativas.
RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Salta) 21/2025. Incorporación obligatoria de nuevos instrumentos al servicio de autoliquidación digital.
Mediante la presente resolución se modifica la Resolución General N° 14/2021, ampliando el uso obligatorio del servicio web de “Autoliquidación Impuesto de Sellos / Tasa Retributiva de Servicios”, incorporando nuevos instrumentos y tasas que serán publicados en la página institucional junto con instructivos y tutoriales. Se deroga el Anexo I de la resolución original y se renombra el Anexo II como Anexo I. Las disposiciones entrarán en vigencia el 1 de enero de 2026.
RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Salta) 22/2025. Salta: Modificación del régimen de pago a cuenta y exclusión de contribuyentes.
A través de la presente resolución se modifica el régimen de Pago a Cuenta del Impuesto a las Actividades Económicas establecido por la Resolución General N° 12/2016, incorporando nuevas exclusiones y facultades. Se excluyen del sistema a los contribuyentes con constancia de exención, certificado de no retención/percepción, los incorporados al sistema SARES 2000, y las mercaderías destinadas a exportación y aquellas facturadas con percepción previa acreditada.
Además, la Dirección podrá excluir de oficio a contribuyentes con saldo a favor y admite solicitudes de exclusión por razones fundadas.
RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Salta) 23/2025. Calendario de vencimientos 2026 para impuestos provinciales y regímenes de recaudación.
Mediante la presente resolución se fijó el calendario impositivo para el año 2026, que comprende los vencimientos de los impuestos provinciales sobre Actividades Económicas, Inmobiliario Rural y de Sellos. El cronograma incluye fechas mensuales para contribuyentes directos y para agentes de retención y percepción, además de los plazos para la presentación de declaraciones informativas. Asimismo, se establecen las fechas correspondientes a los regímenes nacionales de recaudación —SIRCREB, SIRCUPA, SIRCAR y SIRTAC—, las cuales se ajustarán a lo dispuesto por las resoluciones de la Comisión Arbitral.
LEY 27.799. Se publica oficialmente la Ley de inocencia fiscal.
Mediante la presente se oficializa la publicación de la Ley de Inocencia Fiscal, que introduce un régimen simplificado para la declaración del impuesto a las Ganancias aplicable a personas humanas con ingresos de hasta $1.000 millones y patrimonio de hasta $10.000 millones, otorgando efecto liberatorio al pago de la declaración propuesta por ARCA, salvo en casos de fraude o uso de documentación apócrifa.
Asimismo, la norma reduce los plazos de prescripción de tributos y recursos de la Seguridad Social cuando las obligaciones se cumplan en término y no existan discrepancias significativas, y eleva los umbrales de punibilidad previstos en la Ley Penal Tributaria, junto con un incremento en las sanciones por incumplimientos formales de la Ley de Procedimiento Fiscal.
Todas estas modificaciones rigen a partir del día de hoy. No obstante, aún queda por publicar la reglamentación
LEY 27.798. Ley de Presupuesto Nacional 2026.
A través de la presente Ley se establece el Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2026.
En materia impositiva se destaca lo siguiente:
- Exenciones para insumos sanitarios: se establecen exenciones para las vacunas y descartables importados por el Ministerio de Salud, destinados a garantizar la cobertura de vacunas y medicamentos (art. 63). Asimismo, dichos productos quedan exentos del IVA aplicable a la importación para consumo (art. 64).
- Beneficios impositivos sobre combustibles: Durante el año 2026, se exime del impuesto a los combustibles líquidos y al dióxido de carbono (capítulos I y II del título III de la Ley 23.966) a las importaciones de gasoil y diésel oil, así como a su entrega en el mercado interno.
- Cupos fiscales para regímenes promocionales: Se fijan los cupos fiscales correspondientes a los siguientes regímenes: Crédito fiscal para establecimientos industriales que organicen cursos de educación técnica (Ley 22.317) – art. 35; Promoción y fomento de la innovación tecnológica (Ley 23.877) – art. 36; Desarrollo y producción de Biotecnología Moderna y Nanotecnología (Ley 26.270) – art. 37; Promoción de la Economía del Conocimiento (Ley 27.506) – art. 39; Régimen de devolución del saldo a favor técnico de IVA por la adquisición, construcción, fabricación, elaboración o importación definitiva de bienes de capital (art. 24.1 de la ley del gravamen) – art. 38.
RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Tucumán) 92/2025. Tucumán: Uso obligatorio del sistema S.I.Re. para agentes de percepción desde enero 2026.
Mediante la presente resolución la Dirección General de Rentas de Tucumán establece que, a partir del 12 de enero de 2026, los agentes de percepción del Impuesto de Sellos y Tasas Retributivas de Servicios (escribanos y adscriptos designados por RG DGR N° 73/11) deberán utilizar obligatoriamente el sistema informático S.I.Re. – Sistema Integrado de Recaudaciones (aprobado por RG DGR N° 42/24) para presentar sus declaraciones juradas. Las presentaciones correspondientes a períodos anteriores se realizarán conforme al procedimiento vigente en esos períodos. Además, se aprueban los nuevos formularios generados por el sistema (F.813/D y anexos) y se dispone que la resolución rige partir del día de hoy.
RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Tucumán) 93/2025. Tucumán: nuevos contribuyentes excluidos de retenciones y percepciones de Ingresos Brutos.
Mediante la presente resolución, la Dirección General de Rentas de Tucumán dispone la incorporación de nuevos contribuyentes a la nómina de “Excluidos de Percepciones y Retenciones” del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, conforme lo previsto en el artículo 4° de la RG (DGR) N° 98/14 y sus modificatorias.
La exclusión alcanza a los sujetos detallados en los Anexos I y II de la resolución, con vigencia para el primer trimestre de 2026 (Anexo I) y para el primer y segundo trimestre de 2026 (Anexo II).
RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Tucumán) 94/2025. Excluyen contribuyentes de regímenes de retención y percepción.
Mediante la presente resolución, la Dirección General de Rentas de Tucumán resuelve incorporar a la nómina de contribuyentes “Excluidos de Percepciones y Retenciones” prevista en el artículo 4° de la RG (DGR) N° 98/14 y sus modificatorias, a determinados sujetos detallados en el Anexo de la presente resolución, con vigencia para el primer trimestre del año calendario 2026.
RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Tucumán) 95/2025. Se prorroga el plazo para obligaciones tributarias vencidas el 26/12/2025.
Mediante la presente resolución, se dispone que las declaraciones juradas y pagos correspondientes a vencimientos del 26 de diciembre de 2025 se considerarán presentados en término si fueron efectuados hasta el 29 de diciembre inclusive. Esta medida alcanza al Impuesto sobre los Ingresos Brutos (anticipo 11/2025 para CUIT terminados en 8 y 9), al Impuesto a los Juegos de Azar Autorizados (Quiniela y agentes de retención, período 12/2025, semana 4) y al Impuesto de Sellos (agentes de percepción – escribanías, período 12/2025, semana 2).
LEY (La Rioja) 10.852. Ley impositiva 2026.
A través de la presente ley se establece el régimen tributario provincial para 2026, fijando alícuotas, mínimos y montos fijos para impuestos inmobiliarios, automotores, sellos, ingresos brutos y tasas retributivas de servicios.
Incluye beneficios por pago contado y descuentos por cumplimiento, determina sanciones e intereses por incumplimientos, fija un monto no imponible para profesiones liberales, regula exenciones específicas y crea incentivos ambientales. También incorpora el Código de Operación de Traslado (COT) para transporte de bienes, actualiza procedimientos de determinación de oficio y presunciones especiales, y faculta a la Función Ejecutiva para ajustes y elaboración del texto ordenado del Código Tributario. La vigencia rige desde el 1 de enero de 2026.
RESOLUCIÓN (DPR Neuquén) 406/2025. Calendario de vencimientos IIBB 2026 para contribuyentes directos y Convenio Multilateral.
Mediante la presente resolución se establece el calendario de vencimientos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para el período fiscal 2026, fijando las fechas para la presentación y pago de declaraciones juradas mensuales de contribuyentes directos y para los inscriptos en el Convenio Multilateral, adhiriendo al cronograma dispuesto por la Comisión Arbitral.
Además, determina como vencimiento para la declaración jurada anual 2025 el 31 de marzo de 2026 para contribuyentes directos y el 30 de junio de 2026 para el formulario CM05 de Convenio Multilateral. Se aclara que, si la fecha coincide con día inhábil, se prorroga al primer día hábil siguiente.
RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Corrientes) 291/2025. Establecimiento de feria fiscal para enero 2026.
A través de la presente resolución, la Dirección General de Rentas de Corrientes establece feria fiscal del 2 al 16 de enero de 2026, durante la cual no se computarán plazos administrativos en trámites vinculados a tributos, ampliándose de oficio los términos procedimentales. Se aclara que esta feria no afecta ni prorroga los vencimientos impositivos fijados por la normativa fiscal o el calendario dispuesto por el Poder Ejecutivo.
RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Corrientes) 292/2025. Reglamentación de bonificación en ingresos brutos por adhesión a la Canasta Navideña.
A través de la presente resolución se reglamenta la bonificación del 15% en la alícuota del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para el mes de diciembre de 2025, prevista en el Decreto N° 55/2025, aplicable a contribuyentes que hayan suscripto el Convenio de Adhesión a la Canasta Navideña 2025, no registren deudas exigibles (salvo en planes vigentes) y cumplan las condiciones establecidas.
El beneficio se computará sobre ventas de productos alimentarios y deberá declararse consignando el impuesto total y abonando el importe neto de la bonificación. Se prevé la caducidad automática del régimen ante incumplimientos, diferencias en declaraciones, falta de pago o infracciones al convenio, haciendo exigible la deuda con sus accesorios. La Dirección verificará el cumplimiento y emitirá resolución reconociendo la bonificación. El régimen rige exclusivamente para diciembre de 2025.
RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Corrientes) 293/2025. Actualización del nomenclador NAES y sustitución de códigos de actividades.
Mediante la presente resolución, la Dirección General de Rentas de Corrientes dispone la adhesión a las modificaciones del Nomenclador NAES aprobadas por las Resoluciones Generales N° 12/2025 y N° 19/2025 de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral, para su aplicación a contribuyentes locales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Se actualiza el nomenclador NAES con alícuotas e impuestos mínimos conforme al Anexo I, modificando los anexos de las Resoluciones Generales N° 219/2021 y N° 233/2022. Asimismo, se establece la sustitución de códigos de actividades: 530090 por 530099, 631110 por 631119, 631120 por 631129 y 649290 por 649299. La norma rige desde el 1 de enero de 2026.

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