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Novedades Impositivas 19/2/26

DECRETO (PE) 105/2026. Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI). Prórroga e incorporación de modificaciones en la reglamentación.

A través del presente decreto se prorroga la vigencia del plazo para acogerse al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) por el periodo de un año a contar desde el 8 de julio de 2026 así como también se introducen modificaciones en los criterios técnicos vinculados a la admisión y ampliación de proyectos, con especial foco en los sectores tecnológicos y energéticos.

Entre las principales modificaciones se destacan las siguientes:

  • Reformulación del concepto de “ampliación” y adecuaciones específicas para la actividad de tecnología, petróleo y gas. Actualización de los montos mínimos de inversión en activos computables por sector y subsector productivo.
  • Se han fijado precisiones respecto de aquellos beneficios aplicables a las importaciones de bienes de capital nuevos, repuestos, partes y componentes que se relacionen directamente con el Plan de Inversión.
  • Se precisan y aclaran puntos relacionados a las amortizaciones, dividendos o utilidades y el tratamiento y cómputo de divisas en la medida que se encuentren efectivamente destinadas al Proyecto.

DISPOSICIÓN (CACM) 4/2026. Convenio Multilateral. Prórroga. 

Mediante la presente disposición y debido a que se verificaron inconvenientes que afectaron el normal funcionamiento del servicio SIFERE es que aquellas presentaciones y pagos que operaban con vencimiento el pasado viernes 13 de febrero se considerarán en término hasta el día de hoy.

DISPOSICIÓN (CACM) 5/2026. Convenio Multilateral. Prórroga.

Mediante la presente disposición, y debido a inconvenientes técnicos en el sistema SIFERE ocasionados por problemas con proveedores de internet, se considerarán presentadas y pagadas en término las declaraciones juradas del anticipo 01/2026 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (Convenio Multilateral) cuyos vencimientos operaban los días 13, 18 y 19 de febrero de 2026, prorrogándose el plazo hasta el 20 de febrero de 2026.

Es importante mencionar que aún no se encuentra publicada en el Boletín Oficial

RESOLUCIÓN NORMATIVA (ARBA Bs. As.) 9/2026. Régimen Provincial de Inversiones Estratégicas: procedimiento para el reconocimiento y registración de los beneficios fiscales

Mediante la presente resolución el fisco provincial dispone que las exenciones en los impuestos Inmobiliario, Ingresos Brutos, Impuesto de Sellos y el beneficio de estabilidad fiscal contemplados en el Régimen Provincial de Inversiones Estratégicas (Ley 15.510) se registrarán únicamente con la información que remita el Ministerio de Producción. No se aceptarán gestiones directas de los contribuyentes ante el organismo.

Entre los puntos principales se destacan:

  • Ingresos Brutos: para que la exención se refleje en el padrón, el contribuyente debe estar previamente inscripto. ARBA ajustará las alícuotas de retención y percepción conforme a la normativa vigente.
  • Impuesto de Sellos: el beneficio se aplicará mediante la correspondiente declaración jurada en los instrumentos alcanzados.
  • Intercambio de información: el Ministerio consultará, a través de la aplicación web de ARBA, la existencia de deudas exigibles en los impuestos Inmobiliario, Automotores e Ingresos Brutos.

RESOLUCIÓN NORMATIVA (ARBA Bs. As.) 10/2026. Régimen de recaudación sobre créditos bancarios para contribuyentes con cuentas recaudadoras. Prórroga.

El organismo provincial adecua el procedimiento para gestionar exclusiones y posterga hasta el 1° de marzo de 2026 la entrada en vigor de las modificaciones al régimen general de recaudaciones bancarias establecida por la RN (ARBA) 1-2026.

En relación con la exclusión de retenciones en cuentas destinadas a la administración de fondos por cuenta y orden de terceros, los agentes de recaudación deberán presentar una declaración jurada detallando la operatoria y acreditando el cumplimiento de los requisitos. Dicha gestión deberá realizarse obligatoriamente a través del Sistema Integral de Reclamos y Consultas (SIRyC), utilizando CUIT y CIT.

Cabe aclarar que la exclusión no opera de manera automática ya que el organismo analizará la solicitud y notificará por el Sistema Integral de Reclamos y Consultas (SIRyC) la fecha desde la cual dejarán de practicarse las retenciones.

Asimismo, se confirma que los contribuyentes que sufran retenciones sobre operaciones exentas o no alcanzadas deberán canalizar sus reclamos directamente ante la entidad bancaria correspondiente.

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Cba.) 2224/2026. Anticipo 01/2026 de Ingresos Brutos. Prórroga.

La Dirección General de Rentas dispone un plazo excepcional hasta el 20/02/2026, considerándose efectuadas en término la presentación de la declaración jurada y el pago del anticipo 01/2026 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para los contribuyentes locales del Régimen General.

LEY (Cba.) 11092. Régimen de promoción de la industria de eventos y creativa con incentivos e impactos tributarios.

La Legislatura provincial instituye un régimen integral destinado a fomentar la industria de eventos y el sector creativo.

En ese marco, dispone la creación de un registro obligatorio para personas humanas y jurídicas que desarrollen actividades en estas áreas, y faculta al Poder Ejecutivo a implementar programas de promoción, asistencia y beneficios fiscales. Asimismo, la normativa contempla, entre los incentivos a reglamentar, la posibilidad de conceder exenciones y otros estímulos impositivos a quienes se inscriban en el registro, garantizando su aplicación sin distinciones entre los sujetos alcanzados.

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