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Novedades Impositivas 18/06/2024

LEY (Poder Legislativo Buenos Aires (Ciudad)) 6721 – Modificaciones del Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Se modifica el Código Fiscal y la ley tarifaria actualizando los parámetros del Régimen Simplificado del impuesto sobre los ingresos brutos.

Asimismo, se implementa un mecanismo automático de adecuación con el fin de acompañar los valores establecidos por el Monotributo Nacional.

Entre las principales adecuaciones, destacamos que se modifican las siguientes condiciones para ser considerados pequeños contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos :

-Se incrementa de $7.996.490,00 a $11.916.410,45 el monto de ingresos brutos máximos -gravados, no gravados y/o exentos- obtenido en el periodo fiscal inmediato anterior al que se trata, para ser considerados pequeños contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

-Se incrementa de $ 85.627,66 a $180.589,67 el precio máximo unitario de venta, solo en los casos de venta de cosas muebles.

En tanto , se faculta a la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos a ampliar anualmente las categorías previstas respecto del Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, adecuándolas a las categorías unificadas establecidas en la Ley Nacional N° 24.977, sus modificatorias y complementarias, o la que en el futuro la reemplace, ajustando proporcionalmente el precio máximo unitario de venta

LEY (Poder Legislativo Buenos Aires (Ciudad)) 6720 – Incremento de la valuación para acceder a la exención del impuesto de sellos en casos de vivienda única.

Se incrementa de $ 24.889.350 a $56.270.73 el importe de la valuación fiscal para acceder a la exención del impuesto de sellos de las transferencias de dominio y los contratos de compraventa, que tengan por objeto una vivienda única, familiar y de ocupación permanente y que constituyan la única propiedad en cabeza de cada uno de los adquirentes.

RESOLUCIÓN (Dir. Gral. Rentas Tucumán) 45/2024 – Tucumán: los contribuyentes comprendidos en Convenio Multilateral quedan eximidos de la utilización del programa Si.A.Pre.

Se exime de la obligación de utilizar el programa aplicativo Si.A.Pre para la liquidación y determinación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y de sus respectivos anticipos, a los contribuyentes comprendidos en el régimen de Convenio Multilateral cuyos vencimientos sean a partir del 1° de Julio de 2024.

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