LEY (Poder Legislativo) 27737 – Reforma a la Ley de alquileres que incluye beneficios impositivos.
Hoy se publicó la Ley 27737, mediante la cual se establecen cambios en el Código Civil y Comercial. En materia impositiva, debemos destacar que se establecen las siguientes exenciones:
Impuesto sobre los Bienes Personales: Los inmuebles destinados a locación para casa-habitación, con contratos debidamente registrados, cuando el valor de cada uno de ellos sea igual o inferior a cincuenta y seis millones cuatrocientos diez mil setecientos cinco pesos con cuarenta y un centavos ($56.410.705,41).
Impuesto a los débitos y créditos bancarios: Los créditos y débitos en caja de ahorro o cuentas corrientes bancarias utilizadas en forma exclusiva para las operaciones inherentes a la actividad de locación de inmuebles con destino casa-habitación, cuyos contratos se encuentren debidamente registrados.
Monotributo: Los ingresos provenientes exclusivamente de la locación de hasta dos (2) inmuebles estarán exentos.
En el impuesto a las Ganancias se podrá deducir hasta el 10% del monto total anual de alquileres de inmuebles destinado a casa-habitación, y podrán hacer uso de este beneficio tanto el locatario como el locador.
Estos cambios son de aplicación para el ejercicio fiscal 2023 y siguientes.

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