RESOLUCIÓN NORMATIVA (ARBA Bs. As.) 11/2025. Buenos Aires: Prórroga de vencimientos impositivos y suspensión de intimaciones de pago para Bahía Blanca y partidos aledaños en emergencia.
Por medio de la presente, la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires comunica la extensión de los plazos para la presentación de Declaraciones Juradas y el pago de las obligaciones fiscales en Bahía Blanca y los partidos aledaños que han sido declarados en emergencia, conforme al Decreto (Bs. As.) 316/2025. Las nuevas fechas de vencimiento son las siguientes:
- Impuesto Inmobiliario Urbano Edificado y Baldío – componente básico, anual y cuota 1: 6 de mayo de 2025.
- Impuesto a los Automotores – vehículos automotores, anual y cuota 1: 22 de mayo de 2025.
- Impuesto sobre los Ingresos Brutos – anticipo correspondiente a febrero de 2025, para los contribuyentes locales y aquellos sujetos al régimen del Convenio Multilateral: 14 de abril de 2025.
- Agentes de recaudación: 3 de abril de 2025.
- Agentes de información – Control Fiscal Agropecuario: 14 de abril de 2025.
- Agentes de información – Adicional Puertos: 7 de abril de 2025.
- Agentes de Información – Transacciones Electrónicas: 9 de abril de 2025.
- Regímenes de Regularización de Deudas: aquellos planes de regularización de deudas vigentes, no caducos al 9 de marzo de 2025, cuyo vencimiento correspondía a marzo de 2025, se extienden hasta el 10 de septiembre de 2025.
Además, se informa que se suspende por un plazo de 180 días corridos la emisión y gestión de intimaciones de pago, así como la emisión de nuevos títulos ejecutivos por parte de ARBA. Cabe aclarar que esta suspensión no afecta los procesos de apremio ya iniciados, las obligaciones de los agentes de recaudación relacionadas con retenciones o percepciones no ingresadas, ni las deudas con riesgo de prescripción.
RESOLUCIÓN (ATP Chaco) 13/2025. Régimen de incentivo fiscal para Pequeñas Y Medianas Empresas: Incremento del monto para acceder a los beneficios a partir de marzo 2025.
A través de la presente, se actualiza la normativa del Régimen de Incentivo al Cumplimiento Fiscal para las Pequeñas y Medianas Empresas, a raíz del aumento a $1.200.000.000 en el tope máximo de ventas anuales que los contribuyentes deben haber generado en el año calendario anterior para poder acceder a dicho régimen.

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