RESOLUCIÓN (ME) 107/2025 – Entre Ríos: declaración de emergencia agropecuaria.
A efectos de la aplicación de la Ley N° 26.509 y sus modificatorias, se establece el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, vigente desde el 1° de octubre de 2024 hasta el 30 de septiembre de 2025, para las explotaciones citrícolas que han sufrido daños por granizo en el distrito de Mandisoví. Asimismo, se declara el mismo estado para las explotaciones de trigo y cultivos hortícolas afectadas por granizo en el distrito de Estacas, desde el 1° de octubre de 2024 hasta el 31 de marzo de 2025, ubicadas en la provincia de Entre Ríos.
Conforme con lo establecido en su artículo 8°, los productores afectados deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente de la provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos en dicho artículo.
La presente resolución entra en vigencia desde el día de la fecha.
RESOLUCIÓN GENERAL (ATM Mendoza) 14/2025 – Mendoza: exclusión de las propinas del régimen de retención del impuesto sobre los ingresos brutos SIRTAC.
Se dispone que los importes recibidos en concepto de propinas, recompensas o gratificaciones pagadas por el consumidor de productos o servicios quedarán excluidas del Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra -RG (ATM Mendoza) 68/2020-.
RESOLUCIÓN GENERAL (API Santa Fe) 9/2025 – Alícuota del impuesto sobre los ingresos brutos para Proveedores de Servicios de Pago -PSP-.
La Administración Tributaria Provincial resuelve que, los contribuyentes comprendidos en el artículo 26 de la Ley N° 14.386, Proveedores de Servicios de Pago registrados (PSP), dado que el Programa de apoyo a los micro y pequeños comercios (creado por el Ministerio de Desarrollo Productivo de la Provincia de Santa Fe) no se encuentra en vigor, podrán tributar al 6,5% en el anticipo 1/2025 para los ingresos no provenientes de operaciones de préstamos de dinero, descuentos de documentos de terceros y demás operaciones financieras. De igual manera, podrán aplicar esta alícuota en el anticipo 2/2025, en caso de que dicho programa no esté vigente para el 28 de febrero.
DECRETO (Chaco) 106/2025 – Chaco: se prorroga el Régimen de Incentivos Fiscales para Grandes Contribuyentes.
Se extiende la vigencia del Régimen de Incentivos Fiscales, en el marco de los lineamientos dispuestos en la Ley N° 2266-F y el Artículo 22 de la Ley N° 3898-F, desde el 1° de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2026. Asimismo, se ratifica en su totalidad la reglamentación de la mencionada Ley -a través del D. 9/2015- hasta que se emita una nueva normativa.
Cabe recordar que dicho régimen consistirá en una bonificación de hasta el 20% en el pago de los anticipos mensuales del impuesto sobre los ingresos brutos para aquellos que se encuentren al día con sus obligaciones fiscales en los últimos tres meses previos a la solicitud de acogimiento, hayan tenido ingresos por ventas netas totales superiores a $ 150.000.000 en el año calendario o ejercicio anterior y mantengan o incrementen el número de empleados en relación de dependencia durante los tres meses previos a la fecha de solicitud.

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