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Novedades Impositivas 13/01/25

RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5633 – Garantías otorgadas en resguardo de obligaciones fiscales: se adecúa la normativa con respecto a los despachantes de aduana, importadores y exportadores.

Por la presente resolución, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero efectúa adecuaciones sobre la constitución, prórroga, sustitución, ampliación y extinción de garantías para obligaciones fiscales ante la Aduana, a raíz de la eliminación en el Código Aduanero de los registros de despachantes de aduanas y de importadores y exportadores.

DECRETO (La Pampa) 6/2025 – La Pampa: Pérdida del beneficio de alícuota cero del Impuesto sobre los Ingresos Brutos por incumplimiento de las obligaciones a su vencimiento y condiciones para recuperarla.

Mediante el presente decreto, el Gobierno de la Pampa determina que la pérdida del beneficio de reducción de la alícuota al 0% en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos (L. La Pampa 3602, art. 28) ocurrirá si se incumplen las obligaciones formales o sustanciales al vencimiento, o alguno de los requisitos establecidos. En caso de infracción, el contribuyente deberá liquidar el impuesto aplicando la alícuota y los importes mínimos correspondientes según la Ley Impositiva vigente, a partir del primer anticipo que venza después de la infracción. También se fijan las condiciones a cumplir para recuperar el beneficio.

DECRETO (La Pampa) 8/2025 – La Pampa: “Plan Provincial de Venta de Lotes con Servicios” – Beneficios en el Impuesto de Sellos y Tasas Retributivas de Servicios.

Por medio del presente decreto, el Gobierno de la Pampa establece que, a partir del 1/1/2025, se exceptúa del pago del Impuesto de Sellos a los actos y contratos vinculados directamente con el “Plan Provincial de Venta de Lotes con Servicios” suscriptos por el Fideicomiso Viviendas para La Pampa. También se reducen a cero las Tasas Retributivas de Servicios vinculadas con dicho Plan.

DECRETO (Tucumán) 4434-3/2024 – Tucumán: Impuesto de Sellos año 2025. Actualización de los importes fijos.

A través del presente decreto, se ajustan los importes fijos que deben pagar los contribuyentes del Impuesto de Sellos para el período fiscal 2025.

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Tucumán) 4/2025 – Tucumán: Extensión del plazo para la presentación y pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a efectos del acogimiento al Régimen de Regularización de Deudas Fiscales.

Por la presente resolución, la Dirección General de Rentas de Tucumán prorroga al 14 de enero de 2025 la fecha hasta la cual se consideran presentadas e ingresadas en término las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para los contribuyentes del Convenio Multilateral, cuyos vencimientos operaron hasta el 19 de diciembre de 2024, al solo efecto del acogimiento al Régimen de Regularización de Deudas Fiscales establecido por el Decreto 1243/3 (ME)-2021.

LEY (Neuquén) 3491 – Neuquén: Adhesión al RIGI.

Por medio de la presente ley, el Gobierno de Neuquén se adhiere al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones establecido por la Ley Nacional 27.742. El Poder Ejecutivo Provincial implementará las medidas correspondientes.

RESOLUCIÓN (SHF San Juan) 2601/2024 – San Juan: Descuento del 15% para los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y su Adicional Lote Hogar para el período 2025.

A través de la presente resolución, la Secretaría de Hacienda y Finanzas de San Juan fija en un 15% el descuento previsto en la Ley San Juan 2730-I, art. 64, para los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y su Adicional Lote Hogar, siempre que el pago se realice hasta la fecha de vencimiento en instituciones bancarias autorizadas o mediante otros sistemas habilitados por la Dirección General de Rentas. Este descuento comenzará a regir el 1/1/2025.

RESOLUCIÓN (SHF San Juan) 2602/2024 – San Juan: Ratificación de la tasa de interés para planes de facilidades de pago a partir del 1º de enero de 2025.

Mediante la actual resolución, la Secretaría de Hacienda y Finanzas de San Juan ratifica la tasa de interés del 3% mensual para la financiación en los planes de facilidades de pago, a partir del 1º de enero de 2025.

RESOLUCIÓN (SHF San Juan) 2603/2024 – San Juan: Ratificación de las tasas de interés resarcitorio y punitorio a partir del 1º de enero de 2025.

Se ratifican las tasas de interés resarcitorio y punitorio, del 6% y 7% mensual, respectivamente, a partir del 1º de enero de 2025, aplicables a deudas fiscales.

DECRETO (Santa Cruz) 1415/2024 – Santa Cruz: receso anual durante los meses de enero y febrero del año 2025, para el ámbito de la Administración Pública Provincial, Centralizada, Descentralizada, Empresas y Sociedades del Estado.

Por medio del actual decreto, el Gobierno de Santa Cruz establece un receso anual en enero y febrero de 2025 para la Administración Pública Provincial, Centralizada, Descentralizada, así como para Empresas y Sociedades del Estado. Durante enero de 2025, se suspenden los plazos procesales administrativos, sin perjuicio de la validez de los actos que, por su naturaleza, resulten impostergables.

RESOLUCIÓN (DGR Chubut) 1442/2024 – Chubut: nuevo monto para la exención de la actividad ganadera para el período 2025.

A efectos de la exención a la actividad ganadera por las ventas que no superen el valor de 14.000 Kg de lana sucia de 20 micrones y con un rinde del 55%, prevista en el art. 149, inciso 13, del Código Fiscal, se fija en $ 3.889,35 el valor de referencia de dicha lana y se establece para el período fiscal 2025 el importe de $ 54.450.900 como monto total para el cálculo de la exención.

RESOLUCIÓN GENERAL 5632/2025 – Microempresas: modifican la reglamentación del pago a cuenta de contribuciones patronales.

A través de la esta resolución, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero extiende al 31 de diciembre de 2025 el beneficio, para las microempresas, del cómputo de hasta el 30 % del Impuesto sobre los Débitos y Créditos en Cuentas Bancarias como pago a cuenta de hasta el 15 % de las contribuciones patronales previstas en el artículo 19 de la Ley N° 27.541, con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). También se requiere que la determinación nominativa de los aportes y contribuciones a la seguridad social se realice mediante el release 3 de la versión 47 del sistema informático “Declaración en línea”.

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